Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

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Actualizado el 11 de noviembre de 2023

Sentencia Tribunal Supremo ITV. Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

Actualización septiembre 2022: El Gobierno publica Decreto devuelve días ITV.

El Tribunal Supremo, en sentencia firme, suspende el apartado segundo de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales por motivo de la crisis sanitaria para la Inspección Técnica de Vehículos, concretamente anula la parte de la Orden relativa a la fecha de caducidad de la inspección en la que se establece que…

se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Por lo tanto algunas Comunidades Autónomas, desde el 2 de octubre, tendrán en cuenta la fecha en la que el vehículo pase la inspección, pero sólo a los vehículos que les corresponda la primera prórroga ITV.

28/10/2020
Ojo, que la asociación de las ITVs recurren el Auto del Supremo.
No se esconden y alegan motivos económicos.
Veremos como acaba esto, pero será una vergüenza y un palo para los usuarios si el Supremo da marcha atrás.

26/11/2020:
Finalmente el Tribunal Supremo desestima el recurso y declara firme el auto.
ÚLTIMA HORA 30/12/2020:
Se publica en el BOE la resolución del Supremo.

Sentencia del Supremo ITV en el BOE

Desde el mes de octubre, algunas CCAA no han acatado la Sentencia alegando que no estaba publicado en el BOE. Qué pasará ahora que, el 30 de diciembre se publica en el BOE la Sentencia ITV del Supremo.

Ahora se está a la espera de que se resuelva el recurso al Supremo de FENADISMER en cuanto a si la Sentencia se debe aplicar retroactivamente, para que los vehículos que pasaron la ITV antes de la Sentencia teniendo la prórroga del Estado de Alarma, puedan modificar la fecha de próxima inspección que les recortaba periodo de vigencia.

RECALCAMOS. LA SENTENCIA SOLO AFECTA A LOS VEHÍCULOS DE LA PRÓRROGA ITV DEL E.A., NO LOS DE LA SEGUNDA PRÓRROGA «de verano».

Nuevos plazos de caducidad

Como ya hemos comentado, y aclarando que las C.C.A.A. tienen transferidas las competencias en materia de la Inspección Técnica de Vehículos, puede ser que apliquen en la práctica la sentencia de manera distinta. Pero sabemos que Industria comunicó a todas las Comunidades a través de una Instrucción que debían aplicar la sentencia del Supremo.

En principio, y esto es importante recalcarlo, la suspensión se aplica sobre la Orden SND/413/2020. Por lo tanto, únicamente se aplicará la anulación a los vehículos que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma (desde el 14 de marzo hasta el 20 de junio).

Por lo tanto, NO se aplica a los vehículos que obtuvieron la segunda prórroga de tres meses, cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

Además, y de momento, los vehículos que les caducó la ITV durante el E.A. pero ya pasaron la inspección, NO se beneficiarán de esta medida, ya que no tiene carácter retroactivo.
Es decir, por ahora, sólo se les dará la periodicidad normal (contando desde la fecha de inspección) a los vehículos que pasen la ITV desde el 2 de octubre y les correspondía la 1ª prórroga.

¿Te interesa conocer cuales son los Plazos ITV según el tipo de vehículo?

¿Qué pasará con los vehículos que ya pasaron la ITV?

Ahora viene el problema, ¿cómo se actuará con los vehículos que se vieron beneficiados de la primera prórroga y que ya pasaron la ITV y por tanto se les dio una fecha de caducidad menor a la que les correspondía y ahora se ven perjudicados? O incluso a los vehículos que les correspondía la segunda prórroga (denominada «de verano») y que también se les puso la fecha para la próxima inspección de menor plazo.

En noviembre el Tribunal Supremo declara FIRME el Auto, de modo que NO cabe recurso ordinario alguno contra él. Pero todavía queda pendiente el recurso de aclaración en relación al ámbito de aplicación, para que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto o no.

En definitiva, si el Supremo aclara que el Auto es de carácter retroactivo, se aplicaría a TODOS los vehículos afectados durante el estado de alarma, independientemente de si pasaron o no la inspección periódica.

Esta medida supondría un buen lío para las ITVs, tendrían que rectificar el recorte de la vigencia de la ITV aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran pasado la ITV antes de dictarse el Auto de suspensión cautelar a finales del mes de septiembre.

Y nos preguntamos:
¿Cómo lo harían? ¿Tendríamos que volver con la Ficha Técnica a que modificasen la fecha? ¿Nos devolverán el importe abonado?
Otro problema. ¿Podría circular tranquilamente con un coche que en un principio tiene la fecha de caducidad modificada? Recordemos que las estaciones de ITV comunican a la DGT la fecha de caducidad de cada vehículo, por ello tendrían que volver a comunicarlo y que la DGT actualizara su base de datos para evitar multas improcedentes.

Por ello, hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie, los vehículos que ya pasaron la inspección no se beneficiarán de esta medida.
Cabe otra posibilidad, y que sea el propio Ministerio de Industria quién comunique que pasará con estos vehículos, y en consecuencia, pueda modificarse algún aspecto.

En definitiva y de momento:

  • A partir de ahora (octubre) los vehículos con la primera prórroga, si pasan la inspección, la nueva fecha para volver a pasarla contará desde el día que la pasan.
  • Los vehículos que ya pasaron la inspección, no se beneficiarán, seguirán con la fecha que se les dio.
  • Esta medida no se aplica a los vehículos que les corresponde la segunda prórroga de 3 meses.
  • A día 30 de diciembre se publica la resolución del Supremo sobre el recorte de vigencia de la ITV.

Recalcar que las medidas que se establezcan de manera definitiva pueden variar con el transcurso del tiempo. Seguiremos informando.

¿Dónde NO se aplica la Sentencia del Supremo?

Pese a la Suspensión dictada por el Supremo (a finales de noviembre pasó a ser FIRME), parece que en algunas CCAA siguen sin aplicarla (gracias al comentario de un usuario), contando para la nueva fecha de caducidad la anotada en la Ficha Técnica. Alegan que no está publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pero, como ya hemos indicado, ¿cómo procederán ahora que a día 30 de diciembre se publica en el BOE?

Según nuestros usuarios siguen sin aplicar (a 29/12/2020) el Auto del Supremo en:

  • Murcia.
  • Euskadi.
  • ITV de Cerceda, en Madrid. Confirmación a primeros de diciembre.
Aplicación de la resolución del Supremo después de que se publique en en BOE:

  • En ITV Itevemur Alhama, confirmado por usuario que dan validez desde fecha que se pasa inspección.

Necesitamos la colaboración de los usuarios para saber qué CCAA o estaciones de ITV no están aplicando la nueva medida.

Lo que se puede hacer en estos casos es poner una queja/reclamación/denuncia en la Consejería de Industria y/o Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Hay 578 comentarios sobre Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

  • Juan León
    15 diciembre, 2020

    Hoy me ha multado la Policía Local de Zaragoza por llevar la ITV caducada desde el 27 de septiembre, tenía que haber pasado la ITV el 27 de marzo, pero con el tema del estado de alarma no la pasé hasta el 25 de agosto, pero con la dichosa Orden de plazos, me dieron para 33 días, y hoy el policía no miraba nada más que la fecha de caducidad, nos van a volver locos, al final más trabajo para los jueces.

  • Juan León
    15 diciembre, 2020

    Hoy he sido multado por la Policía Local de Zaragoza, por tener caducada la ITV.
    Resumo, me caducaba la ITV el 27 de marzo de 2020, con las prórrogas la pasé el 25 de agosto con caducidad de 27 de septiembre, hoy en un control Policía Local argumenta que la fecha de paso, es indiferente que rige la de caducidad.
    Por cierto alguien tiene el enlace a la sentencia de noviembre, gracias.

  • Jessica
    14 diciembre, 2020

    Estoy en la misma situación con la de Cartagena, tb voy a poner la reclamación.

  • Sebastián
    14 diciembre, 2020

    Pepe, gracias por (entiendo que perteneces a Fenadismer) trabajar en favor de la coherencia y sentido común. Cualquier ciudadano entiende que si pasas la ITV correctamente, te deberían de dar un año de validez (a quien le corresponda un año) como ha sido siempre, ya que las prórrogas no deben interferir en el tiempo en que según la normativa es el tiempo de seguridad y validez de esa revisión.
    Esperemos que El Tribunal Supremo o bien Industria aclaren a la mayor brevedad el punto sobre la retroactividad que sería lo coherente.
    Gracias.

  • Pepe
    14 diciembre, 2020

    Especifica para las prorrogas del estado alarma es mentira porque a mi no pusieron un año que correspondia lo que se ha conseguido es por fenadismer que denuncio a itv faltaba que digas que nos lo regalan itv ellos solo miran por sus beneficios amparados por industria deverian ponerles mas control estafadores

  • Consultas Itv
    13 diciembre, 2020

    Hola Anselmo, fecha de tarjeta ITV, es decir, para Agosto del año que viene si tu periodicidad es anual, es más vayas cuando vayas te van a dar esa fecha si no cambia la Normativa.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    13 diciembre, 2020

    Hola Sebastián, no se si habrá otros cambios de Normativa sobre el tema de las prórrogas, tu a día de hoy ya has pasado la ITV, la tienes favorable, si no cambia nada en la fecha que te corresponda pasas la ITV y ya te darán la periodicidad correcta.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    13 diciembre, 2020

    Hola Esther, no, porque cuando tu pasaste te aplicaron la Normativa que había en ese momento, la fecha es correcta.
    Si quieres reclamar tendrías que denunciar, ya que hay una resolución del tribunal supremo, pero en ella no se acuerda nada con carácter retroactivo.
    Saludos.

  • Itvcitaprevia
    13 diciembre, 2020

    En tu caso, la fecha que te han puesto es correcta. Lo hemos dicho, y está en la información del artículo, que la Sentencia del Supremos sólo se aplica para las prórrogas del Estado de Alarma, y no para la segunda prórroga.

  • Jose Jesus
    13 diciembre, 2020

    ATENCION LA ITV DE LA HITA de Molina de Segura se salta la ley y
    no cumpre la Sentencia del Tribunal Supremo de ITV sentencia declarada firme el 26/11/2020
    He pasado la ITV LA HITA de molina el dia 12 de diciembre para un año pero me ponen en la tarjeta validez al 28 de agosto de 2021 (segun ellos por que es lo establece) Por supuesto, les he pedido una hoja de reclamaciones…y tengo intencion de denunciar ante la Consejería de Industria y Consumo de Murcia y hacer publico sus abusos…que solo responden a interes economico y especulativo CUIDADO PIDO A TODOS QUE PIDAN LA HOJA DE RECLAMACIOM Y DENUCIEN ANTE la consejeria de consumo de Murcia para terminar con estos abusos

  • Antonio
    11 diciembre, 2020

    Acabo de pedir una cita de ITV, para un turismo que le cumple la revisión el 14 de enero de 2021, y sorpresa, la primera cita disponible, en la provincia de Sevilla es en la ITV de la Rinconada para el 5 de marzo de 2021, la cual he cogido. pero que ocurre entre la fecha de caducidad y la fecha de revisión.¿Dejo el coche en el garaje? Los usuarios no somos los culpables de esta situación, tan injusta

  • Fernando
    11 diciembre, 2020

    BuenS tardes,acabo de pasar la ITV en Sevilla me correspondía el pasado 31 de agosto pero no
    había fechas disponible hasta hoy, me la han dado para 9 meses y lógicamente he puesto una reclamación.
    Los usuarios no tenemos la culpa que por falta de personal (hay huelga ITV andalucia) tengamos que pagar más por la revisión .ESTO ES UN ROBO!!!!

  • Amatheo
    11 diciembre, 2020

    Hoy he recibido la comunicación de la ITV Certio- Viladecavvalls que dice que en enero próximo tengo que pasarla cuando la había pasado en 4 de noviembre. Tendría que haberla a mediados de julio, es furgoneta, pero desde primeros de septiembre, me dieron largas por falta de fechas en los próximos dos meses.

  • Juan Manuel
    11 diciembre, 2020

    En la ITV de Úbeda en Jaén acabo de pasar la itv hoy día 11 de diciembre y me la han dado válida hasta agosto de 2021, se han chupado 4 meses por la cara. Acabo de poner una hoja de reclamaciones y esta tarde ya he quedado con mi abogado para poner una demanda. Esto es una república bananera.

  • Pepe
    10 diciembre, 2020

    Me parece muy bien ciudadado todos deberiamos hacer lo mismo mirate la denuncia que les puso fenadismer estamos a la espera si nos respetan el carater retroativo norma tribunal supremo defiende tus derechos que no nos tapen la boca

  • Jose Luis Maneiro
    10 diciembre, 2020

    Mi coche por su edad le corresponde itv anual. La fecha de caducidad era el 14 de julio de 2020. Esta comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto, para los cuales el R.D. especifica una prorroga de tres mese a partir de la fecha de caducidad…es decir, fecha limite 14 de octubre…
    He pasado la itv hoy, dia 10 de diciembre en ITVASA, estacion de Pruvia ( Asturias) sin fallos…pero me ponen en la tarjeta validez al 14 de julio de 2021…segun ellos por que asi lo establece la ley…Por supuesto, les he cubierto una hoja de reclamaciones…y tengo intencion de denunciar y hacer publico sus abusos…que solo responden a interes economico y especulativo….no a criterio tecnico.

  • Anselmo Rodríguez Plaza
    9 diciembre, 2020

    Pero yo he dejado pasar la prórroga y en vez de marcarme un año desde la fecha de inspección me han puesto un año desde la fecha marcada en la tarjeta. Me parece un abuso.

  • Alberto
    9 diciembre, 2020

    Furgo en el taller por averia desde Agosto (cuando le tocaba la ITV)
    ITV pasada este lunes 7-12-2020 y me dan plazo para la próxima ITV en ENERO!!!!!
    Es una VERGUENZA!!

  • Juan
    8 diciembre, 2020

    Si colazo itv como justifican que nos esten reduciendo la fecha de volverla pasar supeestamente y van dejar de recaudar dinero con el estado de alarma para que los amparo sanida y industria que devuelvan el dinero que cobraron de los ertes cuando estuvo cerrada fenadismer los a denunciado sigue reclamando por tu derecho

  • Nacho Ibañez
    7 diciembre, 2020

    Sugiero que como mínimo todos denuncieis en consumo la situación y no se incluso si ante la guardia civil ya que nos desampara la ley en todos los sentidos, eso de momento.
    Yo igual que vosotros voy a estar sin itv hasta marzo ya que es cuando me dan la cita
    ¿en serio, esta es la solución del gobierno?
    Que circule 3 meses bajo mi responsabilidad y en un accidente tenga un problemon?

    Uniros todos y denunciar.

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