El alumbrado en la ITV

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Actualizdo el 14 de septiembre de 2022 a las 18:28

A lo largo de este artículo vamos a explicar todo lo referente al alumbrado del vehículo en la ITV. Obtendrás respuestas a preguntas como ¿qué ocurre si no se ilumina bien la matrícula? ¿La luz de marcha atrás es obligatoria para pasar la inspección? ¿Pasaré sin luz de posición o con un faro fundido? Normativa aplicable desde el 01/06/2021

Lo más lógico antes de acudir a pasar la ITV es haber comprobado previamente el funcionamiento de todas las bombillas que componen el sistema de alumbrado y señalización del vehículo.
Pero parece que no hacemos nada al respecto, pese a que es muy fácil subsanar el defecto. Simplemente cambiando la bombilla fundida, evitaríamos una posible ITV desfavorable y tener que volver a pasar por segunda vez la inspección, que en algunas Comunidades Autónomas, tiene coste.

Y es que, aunque parezca mentira, el defecto más detectado cuando pasamos la revisión, es el de «alumbrado y señalización», siendo el principal motivo de rechazo en las primeras inspecciones.
Y todo por una bombilla fundida de posición, de un intermitente, de la matrícula trasera, de la marcha atrás, de freno o de la luz antiniebla trasera.

Para la Inspección Técnica de Vehículos una luz fundida, siendo una de las piezas principales del sistema de alumbrado y señalización, puede considerarlo como defecto grave, con lo que nos daría la inspección como desfavorable, teniendo que volver una vez arreglados los defectos.

A continuación relatamos lo que dice el Manual con respecto a las luces del vehículo y cómo interpreta cada defecto según su gravedad a la hora de pasar o no favorablemente la ITV.

Luz de marcha atrás en la ITV

Vamos con la luz marcha atrás. Desde mediados del 1999, los vehículos de la categoría M y N están obligados a llevar luz de marcha atrás. En general como mínimo una, con opción a 2 luces.
Si el vehículo tiene más de 6 metros (excepto M1), debe equipar 2 como mínimo más dos opcionales.

A este tipo de luz no le solemos prestar atención o no consideramos importante, pero la mayoría de deficiencias en cuanto a la luz de marcha atrás puede hacer que no superemos la revisión.

Defectos

Ya en la línea de inspección se observará principalmente que:

  • En el caso de que No funcione ninguna luz de marcha atrás lo considerara como D. G. Pero si la luz que no funciona es opcional, simplemente Leve.
  • Que el foco no está homologado, Grave.
  • ¿Que el nº de luces no es el correcto? Grave.
  • Si está defectuoso simplemente lo anotará como Leve pero si tiene riesgo de que se caiga, ya sería D. G.
  • El color no es el adecuado, Defecto Grave.
  • Si se te queda encendida después de quitar la marcha atrás o al meter la marcha atrás se activa otra luz no reglamentaria, Grave.
  • También mirarán que estén situadas correctamente. De lo contrario, D. G.

Luz matrícula ITV

Lógicamente, la matrícula que debe llevar luz es la trasera. En este caso, cualquier vehículo categoría M, N y O están obligados a tener luz en la matrícula trasera y debe ser de color blanco.

La luz de la matrícula, pese a que parezca que no, tiene su importancia para la Inspección Técnica de Vehículos ya que puede ser motivo de rechazo.
Una duda recurrente es si pasaremos la inspección teniendo una luz fundida de la placa de matrícula. Y la respuesta puede ser variada.

Si por ejemplo, el sistema que alumbra la matrícula tiene 2 bombillas y una de ellas está fundida pero la otra ilumina suficientemente la matrícula, sería considerado como un Defecto Leve, y por tanto inspección favorable. Pero en ese mismo caso, si no está correctamente iluminada, ya sería Grave e inspección desfavorable.

Para entendernos. La matrícula tiene que estar correctamente iluminada.

Defectos

Pero vamos a ver qué tipo de incidencias podemos tener con esta luz.

  • Faltas Graves:
    • No funciona NINGUNA luz.
    • La luz no es blanca.
    • Placa con iluminación insuficiente.
    • Tiene algún tipo de defecto que impide que se ilumine correctamente la matrícula.
    • Riesgo de desprendimiento.
  • Defectos leves:
    • Está defectuoso pero no afecta a su correcto funcionamiento.

Luces de cruce o carretera en ITV

Los vehículos de las categorías M y N deben tener 2 luces de cruce y de 2 a 4 de carretera y la luz que emitan debe ser blanca.

Podemos destacar que, en el caso de las luces de cruce, se mirará con especial atención la orientación del haz luminoso, para no deslumbrar, y el color de la luz.

Para cruce y carretera mirarán que el foco tenga su correspondiente homologación y que el tipo de «bombilla» sea compatible con el proyector. Esto es importante para los que quieran cambiar el tipo de bombilla.

Por ejemplo, un foco que está construido para alojar lámparas alógenas, lo más probable es que no esté preparado para unas led o los típicos Kits de Xenón. Este es uno de los motivos de la importancia de la homologación del faro. Además que la sustitución del tipo de foco, requeriría de la legalización de la correspondiente reforma.

No olvidemos que cierto tipo de faros, normalmente los de Xenón, están obligado a equipar un sistema de limpieza y que lógicamente funcione.

Defectos

Para acudir a la inspección periódica con más seguridad, vamos a detenernos en los principales puntos en los que se fijará el inspector en lo que respecta a las luces de carretera (las largas) y las de cruce (las cortas) y el posible tipo de defecto.

A partir de junio 2021, buena noticia, en referencia a la orientación del haz luminoso luz de cruce se añade:
Una vez comprobado el reglaje, si éste tiene la consideración de defecto grave, se comunica al conductor antes de realizar cualquier anotación, indicándole que utilice el dispositivo regulador manual de las luces accesible desde el habitáculo (si dispone de él) para adecuar la posición de las luces. Si el reglaje queda corregido en cualquier posición del regulador para ambos proyectores, no se anotará ningún defecto.

Te darás cuenta, que la mayoría de irregularidades que conciernen a las luces de carretera o cruce son motivo de que nos rechacen la ITV, y algunas, son muy sencillas de solucionar, si nos paramos tan solo 5 minutos a revisarlas previamente.

  • Nada más entrar en la línea de inspección, si No funciona ALGUNA luz de carretera lo considerará como Defecto Leve. Pero si No funciona NINGUNA luz de carretera ya será Defecto Grave.
  • En el caso de la luz de cruce, simplemente con que ALGUNA NO funcione ya sería un Defecto Grave.
  • El tema del haz de luz. Sólo en las de cruce. Si está alto será Defecto Grave, pero si está bajo o tiene una desviación lateral sólo sería Leve.
    Como ya hemos indicado, desde el 01/06/2021 si utilizando el regulador de altura de luces se corrige el reglaje adecuado, no se anotará defecto grave.
  • En las luces de carretera miran también la intensidad, que no puede superar un determinado valor, de lo contrario, Defecto Grave.
  • Si los faros no están homologados nos anotarán un Defecto Grave.
  • En el caso de que la luz que emitan no sea la reglamentaria nos pondrán un Defecto Grave.
  • También observarán que el dispositivo no esté defectuoso, que podría considerarse como Leve, pero si su estado afecta a su funcionamiento o puede llegar a caerse ya se consideraría como Grave.
  • Cuando accionamos los mandos de las luces, que al encender un tipo, sólo se enciendas las reglamentarias. Si no, Grave.
  • Que no se enciende el testigo de que tenemos las luces de carretera encendidas, Leve.
  • Nos anotarán un Defecto Leve si el mando con el que nivelamos manualmente las luces no funciona.
  • En cambio, si el coche no tiene o no le funciona el lavafaros (únicamente los vehículos obligados) nos darán la ITV como desfavorable, ya que nos anotarán un Defecto Grave.
  • Que la fuente de luz con es compatible con el foco/proyector, Grave.
  • No olvidemos que las luces largas se tienen que apagar todas con un sólo mando, de lo contrario Grave.

Luz de posición

Ahora hablamos de las luces de posición en lo que respecta a la ITV, que en este caso tiene importancia cómo estén situadas. ¿Qué pasa si tengo una luz de posición fundida? ¿Y si son Led?

Si hablamos de vehículos cat. M, N y O, básicamente tienen que tener:

  • Dos luces delanteras y dos traseras.
  • Las delanteras de color blanco, no obligatorio si está matriculado antes de julio de 1999. Las traseras rojas.

En el caso de las luces de posición, en la ITV tendrán en cuenta si son de tipo LED.

Defectos

En la línea de inspección se mirarán diferentes aspectos para determinar si son:

  • Faltas Graves:
    • Que no funcionen correctamente.
    • El número de luces.
    • No están bien situadas con respecto a:
      • Separación, distancias, alturas.
    • No homologadas.
    • No funcionan las delanteras o traseras.
    • No funcionan las de un lateral.
    • El color no es correcto.
    • Se encienden otras luces.
    • Si tiene algún fallo que afecta a su funcionalidad o puede caerse.
      • En el caso de luces de posición Led, revisarán la cantidad de diodos LED funcionando.
  • Defectos leves:
    • Está defectuoso pero no afecta a su correcto funcionamiento.
    • El testigo no funciona.
    • El testigo no funciona.

Claxon o bocina

Si hablamos de vehículos cat. M y N, están obligados a tener un avisador acústico, más comúnmente conocido como claxon o bocina. Éste tiene que emitir un sonido continuo y suficientemente intenso.

Al pasar la inspección al coche, si no funciona el claxon como debe o no lo tiene, será inspección desfavorable por defecto grave.

Así pues, cuando en la ITV no se pasa la inspección por “una bombilla fundida”, realmente se está velando, en primer lugar por la seguridad del propio conductor del vehículo que tiene dicha luz fundida y en segundo lugar por el resto de los usuarios de la vía pública que pueden estar alrededor de él, al tratarse de luces principales del sistema de alumbrado y señalización del vehículo.

Toda la información sobre el alumbrado en nuestra guía completa de las luces del vehículo

Hay 341 comentarios sobre El alumbrado en la ITV

  • Fernando
    26 julio, 2022

    Tengo un faro roto antiniebla delantero y bombilla rota me darian paso la itv o es falta grabe

  • Biel
    12 julio, 2022

    Hola,

    Tengo un Seat Cordoba matriculado en el 99. Nunca ha tenido la tercera luz de freno y el año pasado pasé la ITV correctamente.
    Mi sorpresa a sido éste año al hacer la revisión pre ITV cuándo me han dicho que la tenia que instalar. Ha habido un cambio en la normativa? Porque el año pasado pasé la ITV sin ningún problema y ahora me dicen que la tengo que instalar.

    Gràcias.

  • Patricia
    19 abril, 2022

    Hola pasará la itv si tengo una luz fundida de freno de la parte lateral izquierda,la de la parte lateral derecha enciende y la elevadora horizontal también enciende.

  • Luis
    10 febrero, 2022

    Hola, tengo un Seat León del 2007. Hace tiempo cambié los intermitentes laterales que tenía por unos dinámicos y no pude pasar la itv, me dijeron que tiene que ser oficial y legal. Estoy viendo foros y páginas y pone que ese cambio no supone problema. La luz del intermitente es ámbar, va en el mismo sitio que el de fábrica y funcionaba a la perfección. ¿Me pueden aclarar si es legal cambiarlo o no? Gracias.

  • Victor
    23 enero, 2022

    Hola. En un faro trasero no me funciona la luz de posición ni la luz de freno (comparten bombilla). Creo que es un problema en el portalámpara. Como tengo la itv proximamente y estos días me es imposoble dejar el coche en el taller tengo la duda de si pasaré la ITV con este problema. Gracias por vuestra respuesta.

  • Luis
    17 enero, 2022

    Buenas, tengo una duda

    Quiero cambiar los antinieblas delanteros de un clio hatchback 2 del 2003 ya que el cristal tiene una raja y eso cuenta como fallo leve. Voya comprar unos para mi modelo fuera de europa que son antinieblas normales ya adicionalmente tienen la opcion de tener «halo de angel» de otro o el mismo color, obviamente cogería ambos blancos, ¿Incumple esto alguna normativa? no acabo de encontrar nada al respecto.

  • Miguel Angel
    13 enero, 2022

    Hola buenas, mañana paso la itv y tengo una de las luces de freno opcionales ( las de en medio ) fundidas, es necesario que la repare o no me dará problemas a la hora de la inspección? Gracias.

  • Jesus
    10 enero, 2022

    Hola, me han puesto la itv desfavorable por llevar plafones led homologados en la matrícula.
    Por lo que tenía entendido se podían cambiar a led y no se consideraba reforma. ¿Es así? ¿Como puedo alegar?

  • Annie
    31 diciembre, 2021

    Tener luces DRL adicionales no homologadas es falta grave según veo, pero tiene sanción y de que índole.

    • Respuesta A Consultas Itv
      3 enero, 2022

      Hola Annie, de cara a ITV sería defecto grave, la sanción al no estar homologadas si no me equivoco serían 200 €.
      Saludos.

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