Control opacidad diésel en ITV

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Actualizdo el 8 de septiembre de 2022 a las 19:34

Normativa opacidad en la ITV. ¿Por qué razones o defectos te pueden dar la ITV desfavorable en la prueba de opacidad en un coche diésel? ¿Cuál es el límite de gases en la Inspección Periódica? ¿Diferencian los valores límite según la edad del Vehículo? ¿Tienen en cuenta el valor de la placa de opacidad? ¿Van a controlar las emisiones conectándose al puerto ODB? ¿Desde cuándo?

CAMBIOS PARA OCTUBRE 2019 (más detalles en el artículo):

  • Desde el 01/10/2019: Se especifica en el caso de los vehículos EURO 5, sólo se conectará a la entrada OBD a los de las categorías M1 y N1.
  • IMPORTANTE. Solo serán considerados como defectos el borrado de códigos de error de la centralita, en los vehículos pesados EURO VI. Anteriormente también eran defecto para los EURO 5 Y 6 (tanto turismos como camiones).

Cambios DICIEMBRE 2018:

  • Desde el 13 diciembre 2018: Se podrá considerar defecto leve en código de error OBD si se presenta en segunda inspección un informe de taller que verifique imposibilidad de borrar el código error.
  • En los vehículos pesados EURO VI solamente se revisarán las emisiones mediante el puerto OBD. Por lo tanto, no se inspeccionará físicamente por el tubo de escape.
Anteriormente, desde el lunes 10 de Septiembre de 2018, a los turismos y vehículos ligeros con categoría de emisiones Euro 5 y Euro 6 y los vehículos pesados EURO VI.
A estos vehículos, previamente a la prueba física de emisiones por el tupo de escape, se le realizará, a través de la conexión OBD (sistema de diagnóstico de a bordo), una prueba para detectar irregularidades y códigos de error.
Por norma general los vehículos con norma EURO 5 son todos los turismos y vehículos comerciales hasta 1.305 kg fabricados a partir del año 2011, y 2012 hasta los 2.610 kg.
Norma EURO 6. Lo mismo pero a partir del año 2015.
La norma EURO VI es para los vehículos pesados a partir del año 2013.Ante la duda de si tu vehículo entra dentro de estas nuevas pruebas de emisiones ITV, revisa la documentación o contacta con el fabricante (concesionario).


Prueba de opacidad de humos vehículos diésel. Vehículos de motor equipados con motores de encendido por compresión (diésel). La medición de la opacidad de humos de los vehículos diésel se realiza mediante el método de aceleración libre. La sonda conectada al tubo de escape es la encargada de medir el coeficiente de absorción durante los ciclos de aceleración.

Muchos cambios en los últimos meses. Lo más destacado es el acceso a los datos de la centralita mediante el puerto OBD del coche, e incluso, que si detectan que se han borrado códigos de error relacionados con el sistema de control de emisiones del vehículo, lo considerarán como defecto grave e inspección desfavorable, eso sí, únicamente a los vehículos pesados EURO VI, como ya hemos comentado.
Texto en vigor desde el 10/09/2018

Opacidad ITV

Desde comienzos del año 2018, la manera de controlar las emisiones, y en particular la opacidad en el caso de los vehículos diésel en la I.T.V. ha cambiado. Y es muy probable que en un futuro cercano siga modificándose.

Hay varias razones. Los vehículos cada vez tienen sistemas de control de emisiones más eficaces y complicados y todo se regula mediante la centralita. Además de que cada vez, éstos equipan más componentes para reducir sus emisiones.
Las exigencias, sobre todo en las grandes ciudades, en cuanto a la contaminación de los vehículos, y con más énfasis en los diésel, son cada vez más estrictas.

Para los coches más antiguos, estas modificaciones no les afectan, o son mínimas. Pero para los más modernos, los cambios sí son importantes.

A continuación, detallaremos el método de revisión de las emisiones de gases ITV de los vehículos diésel, los actuales límites de opacidad, en qué casos nos darán la ITV desfavorable por gases diésel, qué defectos concretos serán los anotados en el informe de inspección una vez finalizada la inspección en cualquiera de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos de nuestro territorio.

Para entenderlo mejor, hay que aclarar, las pruebas puedes ser diferentes, principalmente por la edad del vehículo a inspeccionar:

  • Si el vehículo es anterior a los años 80, que no se realiza ningún tipo de prueba de humos.
  • Vehículos EURO 5 (sólo a M1 y N1) y 6, y EURO VI, a los que se conectarán a la entrada OBD. Esto es de aplicación desde septiembre del 2018.
    Octubre 2019: Precisión en cuanto a los EURO 5, que únicamente se conectarán mediante OBD a los de categorías M1 y N1.
  • Octubre 2019: Ya no es defecto el borrado de DTC. Seguirá siendo defecto sólo en el caso de vehículos pesados EURO VI, que podrán ser graves o leves.

Pruebas de opacidad de vehículos diésel en la ITV

Estas pruebas de emisiones se harán a vehículos Diésel matriculados a partir del 01/01/80. Los matriculados antes de esa fecha están exentos.

A partir del 10/09/2018 en los vehículos EURO 5 (desde 01/10/2019 sólo M1 y N1), EURO 6 y EURO VI se utilizará el puerto OBD para la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones. Cualquier error en la lectura o código de fallo de la centralita (a partir de octubre 2019 sólo a los pesados EURO VI) será considerado como defecto grave y por tanto inspección desfavorable. Ver tabla de defectos para conocer con precisión el tipo de defecto considerado como grave al final del artículo.

¿Qué es el control de humos en aceleración libre?
Consiste en acelerador a fondo con rapidez y continuidad, para conseguir el máximo caudal de combustible y régimen.

¿Cómo se mide la opacidad en los diésel?
La Medición de la opacidad de los gases de escape se efectúa acelerando el motor en vacío (motor desembragado y pasando de la velocidad de ralentí a la velocidad de desconexión).

Condiciones que debe tener el vehículo para que se pueda realizar la prueba de emisiones.

  • Se comprobará visualmente el sistema de escape para comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no tiene fugas.
  • Cuando sea posible, se realizará una inspección visual del equipo de control de emisiones a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.
  • Se comprobará que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas adecuadas, comprobables visualmente.
  • Todos los equipos que consuman energía (luces, aire acondicionado, luneta térmica, etc.) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático.
  • En el caso de vehículos híbridos se utilizará el protocolo de encendido del motor de combustión establecido por el fabricante.
  • El indicador MIL se apaga tras el chequeo del sistema. Esta comprobación debe realizarse sólo a vehículos matriculados a partir del 01/01/2008.
  • A partir del 10/09/2018:
    Si hay que hacer la lectura de OBD, en el caso de que se detecten defectos asociados al sistema de emisiones (ver los defectos en la tabla al final del artículo), ya no se realizará la prueba de medida física de emisiones.
    NOTA: Las estaciones no podrán almacenar datos relacionados con DTC controlados por el fabricante. Esta información es propiedad del fabricante del vehículo y por tanto es confidencial.

Precauciones antes de realizar la prueba de humos en los diésel. Según normativa.

Preacondicionamiento del vehículo:

  1. Los vehículos podrán ser sometidos a ensayo sin preacondicionamiento, aunque por razones de seguridad debe comprobarse que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas satisfactorias.
  2. No se rechazará ningún vehículo a menos que haya sido preacondicionado de conformidad con los requisitos que se detallan a continuación:
    • El motor deberá estar (desde 08/2017 se elimina la palabra «totalmente») caliente, por ejemplo la temperatura del aceite del motor medida mediante sonda introducida en el tubo de la varilla de nivel de aceite debe ser como mínimo de 80 grados centígrados, o a la temperatura normal de funcionamiento si es inferior, o la temperatura del cárter motor medida por el nivel de radiación infrarroja debe ser como mínimo equivalente. Si, debido a la configuración del vehículo, tal medición es impracticable, la temperatura normal de funcionamiento del motor podrá ser determinada por otros medios, por ejemplo mediante el funcionamiento del ventilador del motor.
      Si por la configuración del vehículo no es posible, la temperatura normal de funcionamiento del motor podrá ser determinada por otros medios, por ejemplo, mediante el funcionamiento del ventilador del motor.
    • El tubo de escape deberá ser purgado mediante un mínimo de tres ciclos de aceleración en vacío o un método equivalente, comprobándose que la velocidad de desconexión no sobrepasa el límite de la zona de peligro indicado en el taquímetro del vehículo o los valores establecidos por el fabricante.

Pasos para realizar el ensayo de opacidad de humos del escape

Procedimiento de ensayo:

  1. Inspección visual del equipo de control de emisiones instalado por el fabricante a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.
  2. El motor, y cualquier turbocompresor incorporado, debe estar al ralentí antes de que comience cada ciclo de aceleración en vacío. En el caso de los motores diésel de gran potencia, esto significa esperar al menos 10 segundos después de soltar el acelerador.
  3. Para comenzar cada ciclo de aceleración en vacío, el acelerador debe apretarse a fondo con rapidez y continuidad (en menos de un segundo), a fin de obtener el máximo paso de la bomba de inyección.
  4. Durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión o, la velocidad especificada por el fabricante o, o el máximo régimen de giro alcanzado.
    Esto se hará controlando la velocidad del motor (como se indica en el punto 3) o dejando pasar un tiempo suficiente entre el momento en que se aprieta el acelerador y el momento en que se suelta, que en los autobuses, autocares y vehículos de mercancías de MMA T 3.500 kg debe ser de, al menos, dos segundos.
  5. La sonda para la toma de muestras deberá situarse centrada en el tubo de escape o, en su caso, en su prolongación, y en una sección donde la distribución del humo sea aproximadamente uniforme. Para cumplir esta condición, la sonda deberá situarse en el tubo de escape lo más atrás posible o, si fuera necesario, en un tubo prolongador.
  6. A los efectos exclusivos de adquisición de datos de este ensayo, podrá emplearse una herramienta de lectura de diagnóstico de abordo (DAB) en los vehículos equipados con este sistema.

Valores límite de humos en los diésel

Ahora vamos con el límite de gases diésel en lo que respecta a la Inspección Técnica de vehículos.

Por norma general, el nivel de opacidad no debe ser superior al registrado en la placa obligatoria del fabricante.

Cuando no se disponga de este dato, o no está disponible el dato para el modelo/versión del vehículo, no se podrán superar los límites siguientes para el coeficiente máximo de absorción:

  • Vehículos con motor diésel de aspiración natural matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 2,5 m-1
  • Vehículos con motor diésel sobrealimentados matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 3,0 m–1
  • Vehículos con niveles de emisión en TITV Euro 4 y Euro IV o Euro 5 y Euro V, o matriculados después del 01/07/2008: 1,5 m-1
  • Vehículos con niveles de emisión en TITV Euro 6 y Euro VI: 0,7 m-1
  • Estas disposiciones no serán aplicables a los vehículos matriculados o puestos en circulación por primera vez antes del 1 de enero de 1980.
  • Los vehículos serán rechazados únicamente en el caso de que la media aritmética de al menos tres ciclos de aceleración en vacío sea superior al valor límite. Para efectuar tal cálculo, se podrá no tener en cuenta toda medición que se desvíe sustancialmente de la media medida o el resultado de cualquier cálculo estadístico que tenga en cuenta la dispersión de las medidas. El número máximo de ciclos a realizar será de ocho.
  • Para de evitar ensayos innecesarios, se podrán rechazar vehículos que hayan presentado valores superiores al 50 % a los valores límite después de menos de tres ciclos de aceleración en vacío.Igualmente, para evitar ensayos innecesarios, se podrán aceptar vehículos que hayan presentado valores inferiores a los valores límite después de menos de tres ciclos de aceleración en vacío.
  • COMO HEMOS COMENTADO, EL ÚLTIMO PUNTO QUE HABLA SOBRE LA OBLIGACIÓN DE TENER LA PLACA DE FABRICANTE, SE MODIFICA DESDE EL 1/08/2017, y decía exactamente:
    • Si el vehículo no dispone de la placa indicativa del coeficiente de absorción declarado por el fabricante, según la directiva 72/306/CEE:A partir del 20 de Mayo del 2017 será defecto leve no disponer de la placa.A partir del 20 de Mayo de 2018 será defecto grave
        no disponer de la placa.
    • PARA MODIFICAR A:
        En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicará los valores límites establecidos dependiendo del motor. (En definitiva, que el hecho de no tener la placa no es causa de rechazo en la ITV).

Cómo se consideran los diferentes defectos en cuanto a la prueba opacidad en ITV en vehículos diésel

Ahora, el temido veredicto!
Te explicamos cómo interpretará la ITV cada defecto que nos puedan encontrar a nuestro vehículo cuando pasa la prueba de emisiones contaminantes, opacidad en los vehículos diésel.

Como podrás comprobar, tienen en cuenta si está encendido el testigo MIL que sería defecto grave, y hasta, los posibles fallos en centralita. Éstos últimos, al inicio de su aplicación eran considerados como leves, pero a partir de septiembre 2018 ya son graves y por tanto ITV desfavorable por gases diésel. Incluso, si detectan que se ha borrado un código de error de la centralita, será también defecto grave.

Pero, tiempo después, se vuelven a realizar excepciones o puntualizaciones que detallamos a continuación:

  • Desde el 13/12/2018, se hace una especificación en cuanto al borrado de DTC, ya que podrán ser considerados leves en una segunda inspección, si se presenta informe del taller que indique que no es posible su borrado.
  • Desde el 01/10/19, y esta es importante. Únicamente se considera defecto el borrado DTC, en los vehículos pesados EURO VI, cuando antes se aplicaba a todos los que estaban obligados a la lectura a través del puerto OBD. Por lo tanto, se libran los turismos euro 5 y 6.

Ahora sí, mostramos una tabla donde se especifica los defectos en cuanto a la prueba de opacidad ITV en vehículos diésel. Atento a los asteriscos que detallan posibles excepciones o puntualizaciones.

Ejemplos de lectura OBD emisiones ITVVamos a mostrar con ejemplos el resultado de una inspección con conexión al puerto ODB del vehículo.En el primer caso no se obtendrían defectos con resultado de prueba superada. Se proseguiría con la prueba tradicional de emisiones por tubo de escape.En el segundo caso, la diagnosis indicaría defectos, por lo tanto prueba no superada e inspección desfavorable. En este caso ya no se haría la prueba de gases física.Hay que aclarar que se trata sólo de un ejemplo. Los datos contenidos en las tablas no son reales.Modificaciones normativa opacidad ITVComo ya se ha comentado, han sido varias las modificaciones en la normativa relativa a las emisiones en la Inspección Técnica de Vehículos, en concreto en lo que afecta a los coches diésel y su opacidad.
Además de nuevas formas de inspección, más aspectos a inspeccionar y con más detenimiento y profundidad.A continuación, detallamos los cambios más recientes. Es posible que, ante el número de ellos, sea difícil su comprensión. Intentamos mostrarlo lo más sencillo posible.ÚLTIMA MODIFICACIÓN octubre 2019Desde el 01/10/19, última modificación del Manual de Procedimientos ITV. Aquí mencionamos los cambios que afectan a la prueba de emisiones (opacidad) en los vehículos diésel:

  • En los casos en los que el vehículo está obligado a ser conectado al puerto OBD para la prueba de emisiones.
    • Ya no se considera defecto el borrado DTC para vehículos euro 5 y 6. Se mantienen los defectos para los vehículos pesados EURO VI, que serán graves o leves según el tiempo o distancia desde su borrado.

Cambios diciembre 2018Cambio que ha sufrido la normativa de la ITV en cuanto a la prueba de emisiones vehículos diésel que serán de aplicación desde el 13/12/2018.Nueva especificación de códigos de error OBD que podrán ser considerados leves en una segunda inspección si se presenta informe del taller. Básicamente, la declaración de taller debe verificar que no ha sido posible eliminar el código del defecto. Anteriormente no había esta posibilidad.Septiembre 2018Cambios que se aplicaron desde el mes de septiembre del 2018.

  • A partir del 10/09/2018. Los vehículos con categoría de emisiones EURO 5 y 6, y EURO VI, en la prueba de emisiones, se utilizará la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones (EOBD / WWHOBD4), más conocida como OBD (On Board Diagnostic).

Cambios febrero 2018Actualización que entró en vigor el 01/02/2018.

  • Con respecto al testigo MIL, únicamente serán rechazados los vehículos posteriores a 2008 que tengan encendido el testigo.
  • 19/02/2018 Rectificación:
    Testigo MIL, vehículos a partir del 2008 es obligatorio el chequeo, si este no se produce automáticamente es desfavorable por Testigo MIL y condiciones inadecuadas para el ensayo de Emisiones Contaminantes.
  • Vehículos anteriores al 2008, no se le hace chequeo para el testigo MIL, pero si el testigo se encuentra encendido con el motor arrancado es defecto grave.Más información sobre el testigo MIL en la ITV o comúnmente conocido como «chivato fallo motor».

Cambios agosto 2017Los siguientes cambios en la normativa emisiones opacidad diésel serán de aplicación desde el el 1/08/2017.

  • Se elimina en el párrafo del ciclo de aceleración en vacío (aunque no con violencia).
  • Dentro del método de medición se especifican que todos los equipos que consuman energía (aire acondicionado, luces, etc…) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático.
  • CAMBIO MUY IMPORTANTE. Se especifica que respecto al indicador MIL, se debe verificar que el testigo se apaga tras el chequeo del sistema.
    Concretamos cómo se realiza el chequeo.

    • El chequeo es visual.
    • Se para el motor del vehículo.
    • Se acciona el contacto.
    • Se observa que se enciende el testigo MIL y que al arrancar el vehículo éste se apaga.
    • Añadimos, pese a que no afecta a esta sección, que el mismo procedimiento se seguirá para el testigo del Airbag.
    • Si no se enciende un testigo de los dispositivos obligatorios directamente sería defecto grave, lo mismo pasaría si el testigo sigue encendido después de arrancar el vehículo.

CAMBIO MUY IMPORTANTE. También se elimina el defecto leve y grave por no tener la placa indicativa del coeficiente de absorción declarado por el fabricante.
En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicará los valores límites establecidos dependiendo del motor.
En este caso, se rectifica (una medida que a nuestro entender era absurda) la anterior modificación del 2016 que imponía tener la placa de emisiones del vehículo, más concretamente decía, que a partir del 20 de Mayo del 2017 sería defecto leve no disponer de la placa y a partir del 20 de Mayo de 2018 sería considerado como defecto grave no tener la placa.Cambios 2016Desde el 1 de Noviembre 2016 modificación del Manual de Procedimientos en lo que respecta a la prueba de emisiones:

    1. Sección I Apartado 5.2:
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: Condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
      Sección I Apartado 5.3:
  • Aclaración criterio de aceptación a fin de evitar ensayos innecesarios (eliminación de mención a ciclos de purga).
  • Eliminación nota 1 sobre valor de placa, exigiendo que sea inferior a los valores del resto de apartados.
  • Eliminación nota aclaratoria sobre criterio de aceptación en relación con rango de calibración del opacímetro.
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
  • Introducción defecto 4: sobre lectura DAB.

En definitiva, lo más importante es que si el testigo MIL (diagnóstico de emisiones contaminantes) del vehículo está encendido se considera como inspección desfavorable y no se realiza la prueba de emisiones.Modificaciones normativa julio 2016Desde Julio 2016 el límite de las emisiones es el que dicta el fabricante, para todos los vehículos diésel. Se añade (editado en el artículo) que para los motores Euro VI y posteriores el valor es 0,7.A partir de septiembre 2017 los vehículos nuevos homologarán las cifras de consumo y emisiones con unas pruebas más realistas que las actuales.

Tabla interpretación defectos prueba emisiones vehículos diésel Cat. M, N y O
DESCRIPCIÓN DEFECTO DL DG DMG
Condiciones del vehículo inadecuadas para el ensayo. X
Indicador MIL encendido. X
Emisiones con nivel de coeficiente de absorción superior a lo permitido. X
Desde el 10/09/2018 vehículos Euro 5 (sólo M1 y N1) y Euro 6: Conexión OBD no es accesible o no operativa. X
Desde el 10/09/2018. Defectos por lectura mediante puerto OBD
Testigo MIL encendido X
DTC confirmados y/o permanentes. X
Sólo EURO VI(**), distancia o tiempo desde borrado de DTC inferior a 1h. ó 1km. X* X
Sólo EURO VI(**), ni distancia ni tiempo desde borrado de DTC están disponibles. X
Distancia o tiempo desde activación de MIL es superior a 1km/1h.con lectura de OBD MIL off X* X
Ni distancia ni tiempo desde la activación de MIL están disponibles X
* Sólo podrá ponerse defecto leve en los casos de vehículos con inspección desfavorable, en los que en segunda inspección se presente la declaración de taller que exprese que verificado el vehículo identificado con su VIN, no es posible restituir los valores del mismo para eliminar el defecto. Dicha declaración deberá incluir la fecha de verificación y la identificación de la herramienta de lectura del diagnóstico de abordo empleada en la misma.
** EURO VI se refiere a vehículos pesados (añadido y en vigor desde el 01/10/2019).
DL: Defecto Leve
DG: Defecto Grave
DMG: Defecto Muy Grave
Ejemplo de lectura OBD en ITV superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido # Encendido
Prueba OBD y MIL motor arrancado # Apagado
Inspección visual con el motor encendido # Apagado
Códigos listos ECU: 9E9 Todos los test del sistema realizados
Asistido 01101100100
Finalizado 00000000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error 0
Distancia recorrida desde borrado de errores 23455 km
Tiempo desde borrado errores 45345 min
Protocolo OBD: CAN (ISO 12235)
RESULTADO SUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.
Ejemplo de lectura OBD en ITV no superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido # Apagado
Prueba OBD y MIL motor arrancado # Encendido
Inspección visual con el motor encendido # Encendido
Códigos listos ECU: 9E9 Todos los test del sistema NO realizados
Asistido 01101100100
Finalizado 00010000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error 2
Cylinder 2 Misfire Detected P0302
Cylinder 4 Misfire Detected P0304
Potocolo OBD: CAN (ISO 13235)
RESULTADO NO SUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.

Hay 364 comentarios sobre Control opacidad diésel en ITV

  • Jorge
    29 diciembre, 2022

    Mi vehículo es una Renault Kangoo 1,9 diésel del año 2001.
    Dado que por fecha de matrícula no le corresponde etiqueta ambiental por que la DGT considera que es un vehículo muy contaminante, ¿para que sirve la ITV si la opacidad registrada, para asombro del técnico que la camprobó, es de 0,07 m-1?¿Por qué no puedo entrar con mi furgoneta en ZBE? Por que no podré entrar y salir de mi domicilio con mi furgoneta opacidad real 0,07 m-1 y si podré entrar y salir compro un vehículo de 2ª mano norma Euro 6 que contamine 0,7 m-1 (10 veces más) ¿por qué me obligan a cambiar de coche por antigüedad si el mio contamina 20 veces menos que uno con etiqueta C? Por qué no dan la etiqueta en función del resultado de análisis de opacidad en la propia ITV?

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