El ABS en la ITV

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Actualizdo el 4 de septiembre de 2022 a las 13:53

¿Miran en la ITV el ABS? ¿Se puede pasar la ITV con el testigo del ABS encendido? ¿Qué vehículos están obligados a llevarlo? ¿Y el ESP o control de estabilidad? ¿Si se enciende la luz ESP pasa ITV? En este artículo hablaremos del sistema antibloqueo de frenos o ABS en la Inspección Técnica de Vehículos para intentar aclarar todas las dudas.
En vigor a partir del 01/06/2021.

¿Qué es el sistema antibloqueo de frenos?

Testigo ABS y TCS Básicamente es un dispositivo de frenado que regula automáticamente el grado de deslizamiento en el sentido de rotación de la rueda o ruedas, en una o varias ruedas durante el frenado del vehículo (evita que las ruedas se bloqueen). Para que el conductor pueda conocer su estado, el vehículo que lo equipa, lleva un testigo en el cuadro de mandos.

En la actualidad y como añadido al dispositivo antibloqueo de frenado (ABS), es común que los vehículos vengan equipados con sistemas electrónicos de control de estabilidad. Según sea el fabricante varía su denominación y puede ser: ESC, ESP, VCA. Este sistema también lleva su correspondiente testigo en el cuadro de nuestro vehículo.

Cuando pasemos la inspección periódica obligatoria, se revisará tanto el ABS, como el sistema de control de estabilidad, eso sí, uno con más detalle que el otro.

IMPORTANTE: A partir del 1 de junio de 2021 todo vehículo que equipe el ABS en el sistema de frenado y tenga el testigo del ABS encendido será considerado como defecto grave y motivo de inspección desfavorable.
Hasta ahora, en los vehículos no obligados a llevarlo (por ejemplo los turismos) se consideraba defecto leve y por tanto no era motivo de rechazo.

Vehículos obligados a llevar ABS

En la siguiente tabla mostramos cada tipo de vehículo y el año desde el cual es obligatorio que esté equipado con el dispositivo antibloqueo de frenos:

CATEGORÍA Fecha de Matriculación
M3 > 12 t interurbano y de línea 01/01/1993
N3 > 16 t autorizados a remolcar O4 01/01/1993
O4 01/01/1993
O3 31/03/2002
Todo M distinto de M1 31/03/2002
Todo N distinto de N1 31/03/2002

Para entender mejor la tabla.

  • Es obligatorio el ABS para N2 y N3, M2 y M3, O3 y O4, es decir, cabezas tractoras, camiones, autobuses, remolques y semirremolques, con la fecha de aplicación reflejada en el cuadro.
  • Sería opcional el ABS para M1 (turismos y vehículos ligeros de hasta 3.500kg) y N1 (de 3.500 a 12.000kg). Por lo tanto, en el caso de estar instalado y que no funcione, o de fallo, sería defecto leve hasta el 31/05/2021 y pasa a ser grave desde el 01/06/2021.

Cómo se inspecciona el ABS en la ITV

Vamos a explicar brevemente cuál es el procedimiento de inspección que siguen en las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos tanto para revisar el sistema antibloqueo de frenos como el ESP.
Mediante inspección visual se comprueba:

  • Si existe el dispositivo antibloqueo de frenado.
  • Si la señal óptica de aviso (testigo) de fallo en el dispositivo antibloqueo (ESP; ESC; VCA) de frenado indica fallo en el sistema.
  • La función de la señal óptica: por ejemplo, poniendo la llave de contacto en posición de marcha, el testigo debe encenderse y apagarse tras un periodo corto de tiempo durante el cual se chequea el sistema.
  • Que el testigo de funcionamiento del sistema de control de estabilidad del vehículo no señala ninguna avería del sistema (esta comprobación deberá realizarse antes de que el vehículos se haya sometido a la prueba de frenado en el frenómetro o de control de funcionamiento de velocímetros, porque estas pruebas pueden generar avisos de error del sistema).
  • Cuando sea posible, el estado de los componentes de los dispositivos anteriores (antibloqueo de frenado y control de estabilidad).

NOTAS:
En algunos casos se puede encender el testigo de avería del sistema al entrar en funcionamiento los rodillos del frenómetro. Para solucionar el problema una vez que el vehículo haya salido del frenómetro, se para el motor y se vuelve a encender, con lo cual el testigo se apagará tras el chequeo del sistema. En algunos casos habrá que realizar un pequeño recorrido, con velocidad superior a 10 km/h, para que ésta se apague.

Si el vehículo tiene la obligación de equipar ABS, no se permiten los dispositivos manuales que desconecten o cambien el modo de control del dispositivo de frenado antibloqueo, excepto en los vehículos todo terreno de las categorías N2 o N3.

Cómo se consideran los diferentes defectos ABS en ITV

IMPORTANTE CAMBIO QUE AFECTARÁ SOBRETODO A COCHES Y MOTOS: A partir del 1 de junio de 2021 todo vehículo que equipe el ABS en el sistema de frenado y tenga el testigo del ABS encendido será considerado como defecto grave y motivo de inspección desfavorable. OJO, no intentes anular/tapar el testigo, ya que también será defecto grave que el testigo no funcione.
Hasta ahora, en los vehículos no obligados a llevarlo (por ejemplo los turismos) se consideraba defecto leve y por tanto no era motivo de rechazo.

Este cambio, como advertimos, va a traer consecuencias, porque a partir del cambio, por ejemplo coches y motos que antes pasaban sin problemas la ITV con fallos en el ABS, serán rechazados.
Y aunque parezca mentira, el problema de tener el testigo ABS encendido, es bastante común.
Y reiteramos, no te servirá de nada inutilizar el testigo para que no se encienda, porque incluso si no funciona el testigo, será igualmente desfavorable.

En la siguiente tabla puedes conocer qué defectos son considerados leves, graves o muy graves en lo que respecta al ABS y al ESP (control de estabilidad) en la Inspección Técnica de Vehículos.

Interpretación de defectos en cuanto al ABS en vigor hasta el 31/05/2021.
Descripción DL DG DMG
Inexistencia del dispositivo antibloqueo en vehículos obligados a llevarlo X
Testigo de aviso de fallo del ABS encendida
– Si el vehículo no está obligado a llevarlo
X
X
Testigo de aviso de fallo no funciona
– En vehículos no obligados a llevarlo
X
X
Indicación de fallo en el sistema de control de estabilidad (ESC, ESP, VCA) X
Defectos de estado que impidan su función X
DL: Defecto Leve
DG: Defecto Grave
DMG: Defecto Muy Grave
Tabla Defectos ABS en vigor desde el 1 de junio 2021
Descripción DL DG DMG
Inexistencia del dispositivo antibloqueo en vehículos obligados a llevarlo X
Testigo de aviso de fallo del ABS encendida X
Testigo de aviso de fallo no funciona X
Indicación de fallo en el sistema de control de estabilidad (ESC, ESP, VCA) X
Defectos de estado que impidan su función X
DL: Defecto Leve
DG: Defecto Grave
DMG: Defecto Muy Grave

Hay 264 comentarios sobre El ABS en la ITV

  • Carlos
    5 abril, 2022

    Hola buenas. Tengo un BMW 330d que se me a quedado el chivato del control de tracción encendido y no se apaga. Es motivo de tirarme en la itv? (El coche es del 2001)

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