Actualizado el 18 de septiembre de 2024
¿Cuales son los plazos para pasar la ITV? ¿Con qué frecuencia debe pasar un determinado vehículo la Inspección Técnica de Vehículos? ¿A partir de que año tendría la primera inspección periódica?
Las inspecciones técnicas de vehículos periódicas deben realizarse con una periodicidad que depende de su categoría, antigüedad (fecha de su primera matriculación) y el uso al que se destinan. Estas inspecciones periódicas son obligatorias.
- Octubre 2024:
- Quedan exentos de pasar ITV los ciclomotores de cualquier antigüedad clasificados como históricos.
- Quedan exentos de pasar ITV los vehículos históricos de más de 60 años.
- En 2018:
- Se elimina que los vehículos de alquiler tengan una periodicidad más restrictiva.
Por ejemplo. Antes un coche de alquiler debía pasar su primera ITV a los 2 años, ahora es a los 4 años, igual que un coche de uso privado. - Ahora las periodicidades se basan en la categoría del vehículo y no según su clasificación.
- Para ser considerado un vehículo como histórico debe tener como mínimo 30 años, y no 25 como hasta ahora.
- Cambia la periodicidad de los Remolques O2. AHORA es anual hasta los diez años. Después de los diez años, semestral. Básicamente ahora la norma dice que todo remolque, sea del peso que sea, es anual hasta los 10 y luego semestral. Menos las caravanas remolcadas.
- Se elimina que los vehículos de alquiler tengan una periodicidad más restrictiva.
Para disipar las dudas, en la siguiente lista mostramos la periodicidad de cada vehículo, tanto su primera inspección como las siguientes.
Intentamos que sea fácil de entender, sobre todo en lo referente al tipo de vehículo, para que, de un rápido vistazo, tengamos clara la periodicidad de nuestro vehículo.
Hay otra forma de saber cuándo tengo que pasar la primera ITV un coche o una moto por su matrícula.
Plazos para Pasar la ITV según clasificación de vehículos
Motos
Periodicidad ITV de Motocicletas, Vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadríciclos ligeros
- La PRIMERA es a los 4 años
- De más de cuatro años: CADA 2
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años.
- De dos a cinco años: ANUAL.
- De más de cinco años: CADA 6 MESES.
Ciclomotores
Ciclomotores de combustión o eléctricas hasta 4KW:
- La PRIMERA es a los 3 años
- De más de 3 años: BIENAL
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años.
- De dos a cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Coches
Turismos – Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a diez años: Cada 2
- De más de diez años: ANUAL
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años
- De dos a cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
- Si es MIXTO (*Definición Vehículos Mixtos).
- La PRIMERA es a los 2 años
- De 2 a 6 años: Cada 2
- De 6 a 10 años: ANUAL
- De más de 10 años: Cada 6 meses
- Si es TAXI, AMBULANCIA o transporta escolares o menores.
- Cada año hasta los 5 años
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Pick Up
Periodicidad de vehículos y conjunto de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, hasta 3.500 kg. (también se incluyen los vehículos Pick Up).
- La PRIMERA es a los 2 años
- De 2 a 6 años: Cada 2
- De 6 a 10 años: ANUAL
- De más de 10 años: Cada 6 meses
Ambulancias
Frecuencia de inspección para Ambulancias y vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor
- Hasta los 5 años, ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Mercancías ligeros
Periodicidad Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías de PMA (peso máximo autorizado) menor o igual a 3,5 Tm.
- La PRIMERA es a los 2 años
- De dos a seis años: Cada 2
- De seis a diez años: ANUAL
- De más de diez años: Cada 6 meses
Camiones
Frecuencia de inspección ITV de Vehículos dedicados al transporte de mercancías de PMA mayor a 3,5 Tm y cabezas tractoras independientes:
- Hasta diez años: CADA AÑO
- De más de diez años: SEMESTRAL
- Si es de autoescuela:
- Hasta los cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Caravanas remolcadas
Caravanas remolcadas de PMA mayor a 750 kg.
- La PRIMERA es a los 6 años
- De más de seis años: CADA 2
Tractor
Periodicidad ITV para Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores y máquinas equiparadas:
- La PRIMERA es a los 8 años
- De ocho a dieciséis años: CADA 2
- De más de dieciséis años: CADA AÑO
Tractores +40 Km/h
Tractores agrícolas o forestales, con una velocidad máxima superior a 40 km/h.
- La PRIMERA es a los 4 años
- De 4 a 16 años: CADA 2
- De más de dieciséis años: CADA AÑO
Obras y especiales
Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción sea menor a 25 Km/h:
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a diez años: CADA 2
- De más de diez años: CADA AÑO
Vehículo ferias
Frecuencia de inspección ITV de Estaciones transformadoras móviles y vehículos adaptados para la maquinaria del circo a ferias recreativas ambulantes:
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a seis años: CADA 2
- De más de seis años: CADA AÑO
Vehículos Históricos
El 1 de octubre de 2024 se aprueba un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que modifica algunos aspectos relativos a la ITV de este tipo de vehículos.
Concretamente se modifican El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, que queda modificado como sigue:
- El apartado 9 del artículo 5 queda redactado de la siguiente forma:
9. Inspecciones técnicas previstas en el procedimiento de clasificación de
vehículos históricos, prescritas en el Reglamento de Vehículos Históricos, en las
condiciones que se establezcan para su clasificación. - El apartado 2 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:
2. Los vehículos históricos se someterán a inspecciones técnicas periódicas, al menos, con la siguiente frecuencia:
| Ciclomotores/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Cualquiera | EXENTOS |
| Motocicletas/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Cualquiera | Cada 4 años |
| Resto de categorías/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Inferior a 30 años | La que corresponda, según categoría |
| Igual o superior a 30 años e inferior a 40 años | Cada 2 años |
| Igual o superior a 40 años e inferior a 45 años | Cada 3 años |
| Igual o superior a 45 años | Cada 4 años |
| Superior a 60 años | EXENTOS |
En definitiva ahora se añade que los ciclomotores que sean clasificados como históricos no tendrán que pasar la ITV, independientemente de su antigüedad y que los demás tipos de vehículos que tengan más de 60 años estarán exentos de pasar la ITV.
Periodicidad ITV por categoría
A continuación mostramos en unas tablas la periodicidad ITV de los vehículos por la categoría en la que están clasificados. Esta información es un poco más técnica pero más precisa.
Al final de las tablas, añadimos algunas notas adicionales.
| Dentro de la Cat. L se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| L1e: Ciclomotores de dos ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h, de cilindrada inferior a igual a 50 cm3(combustión interna) o potencia contínua nominal máxima inferior o igual a 4 kW (motores eléctricos). | A los 3 años | De más de 3 años: Bienal |
| Resto L: Vehículos de motor de dos o tres ruedas, gemelas o no, y cuadriciclos, destinados a circular por carretera, así como sus componentes o unidades técnicas. | A los 4 años | De más de 4 años: Bienal |
| ** SI SON DE AUTOESCUELA ** | A los 2 años | De 2 a 5 años: Anual. De más de 5 años: Semestral |
| Dentro de la categoría M se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| M1: vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y de sus equipajes, con un máximo de ocho plazas, excluida la del conductor. | A los 4 años | De más de 4 años: Bienal De más de 10 años: Anual. |
| M2, M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje con más de ocho plazas, excluida la del conductor. | Hasta 5 años: Anual | De más de 5 años: Semestral |
| ** M1 SI SON DE AUTOESCUELA ** | A los 2 años | De 2 a 5 años: Anual. De más de 5 años: Semestral |
| Dentro de la categoría N, O se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas. | A los 2 años | De 2 a 6 años: Bienal. De 6 a 10 años: Anual. De más de 10 años: Semestral |
| N2,N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas.O2 (excepto caravanas remolcadas de esta cat.), O3, O4: Remolques concebidos y fabricados para el transporte de mercancías o de personas, así como para alojar personas. | Hasta 10 años: Anual | De más de 10 años: Semestral |
| O2 caravanas remolcadas. | A los 6 años | De más de 6 años: Bienal |
| Dentro de la categoría N, O se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| Tractores de ruedas agrícolas o forestales, con una velocidad máxima de fabricación superior a 40 km/h. | A los 4 años | De 4 a 16 años: Bienal. De más de 16 años: Anual |
| Resto de tractores de ruedas agrícolas o forestales, maquinas automotrices (excepto las de 1 eje), remolques especiales, maquinas remolcadas y tractocarros. | A los 8 años | Entre 8 y 16 años: Bienal. De más de 16 años: Anual |
| Dentro de la categoría se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| Únicamente aquellos cuya velocidad por construcción sea igual o superior a 25 Km/h. | A los 4 años | De 4 a 10 años: Bienal. De más de 10 años: Anual |
| Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas |
| A los 4 años | De 4 a 6 años: Bienal. De más de 6 años: Anual. |
Vehículos exentos de pasar ITV
- Desde el 1 de octubre de 2024, los vehículos históricos de más de 60 años y los ciclomotores de cualquier antigüedad quedan exentos de pasar la ITV.
- Para el resto, la única manera de que un vehículo quede exento de pasar la ITV por razón de su no utilización es imprescindible dar de baja temporal el vehículo en la Jefatura de Tráfico.
¿Cuándo se debe pasar la ITV?
Cuando nos compramos un vehículo nuevo o adquirimos uno de segunda mano, normalmente nunca pensamos en cuándo tendrá que acudir a pasar la Inspección Técnica de vehículos. Más concretamente, en pasar la Inspección Periódica, que es el tipo de inspección que debe pasar cualquier vehículo.
Hay que aclarar, que la antigüedad de un vehículo en lo que respecta a la periodicidad ITV, se computa desde la fecha de su primera matriculación.
En el caso de un coche nuevo, tendremos la duda de cuándo deberemos pasarle la inspección por primera vez. Si se trata de uno con unos años encima, lo que nos preocupará será saber la fecha en la que le caduca la ITV, y además cada cuanto tiempo.
Además, dentro de un mismo tipo de vehículo, la frecuencia con la que debe pasar la inspección periódica difiere, sobre todo por el uso que se le da.
Por ejemplo, un turismo que se utiliza de modo privado no tiene la misma periodicidad que si se utiliza como Taxi. Una moto de Autoescuela tiene una frecuencia de inspección más severa que una para nuestro propio uso.
¿Cuándo hay que pasar la inspección por primera vez?
Pues como ya hemos comentado, depende del vehículo y su utilización. En la lista de periodicidades, definimos en primer término y por cada tipo de vehículo, cuándo debe pasar su primera inspección.
Es bastante común, que adquirimos un vehículo, tipo furgoneta pequeña, que al ser un derivado de un turismo, pensemos que su primera ITV es a los 4 años. Y lo más normal (si está catalogada como mixta) es que sea a los 2 años de su matriculación.
De todas formas, para saber cuándo le toca la primera, desde hace un tiempo, ya viene reflejado en el Permiso de Circulación.
NOTAS A TENER EN CUENTA
- Vehículo mixto
- Vehículo especialmente dispuesto para el transporte simultáneo, o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve plazas incluida la del conductor y que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente por personas mediante la adición de asientos.
- En el caso de vehículos mixtos la frecuencia de inspección es las más restrictiva entre los correspondientes al transporte de personas o mercancías al vehículo de que se trate.
- En este artículo te explicamos cómo pasar un vehículo mixto a turismo y todo lo que tienes que saber sobre los mixtos adaptables.
- La antigüedad del vehículo se cuenta a partir de la fecha de matriculación que conste en el permiso de circulación. En el caso de vehículos ya matriculados con anterioridad, tanto en territorio nacional como en el extranjero, la antigüedad del vehículo deberá ser computada a partir de la fecha de primera matriculación o puesta en servicio que conste en el permiso de circulación del vehículo o documento equivalente. El plazo de validez de las inspecciones técnicas periódicas se logra añadiendo a la fecha en la que el resultado de la inspección haya sido favorable la frecuencia que corresponda a su periodicidad.
- No obstante, si dicha fecha está comprendida en los 30 días naturales anteriores a la expiración del plazo de validez de la inspección anterior, el plazo de validez se obtendrá adicionando la frecuencia correspondiente a la citada fecha en la que expide.
- Saber la fecha de primera matriculación:
- Para saber la fecha de matriculación de tu vehículo debes mirar el Permiso de Circulación.
Te mostramos un ejemplo para que puedas ver exactamente dónde se muestra la fecha de matriculación. - ANTIGUO PERMISO DE CIRCULACIÓN

- NUEVO PERMISO DE CIRCULACIÓN

- Para saber la fecha de matriculación de tu vehículo debes mirar el Permiso de Circulación.
¿Tienes pedida cita para la inspección pero para la fecha que te dieron estará caducada?
Aclaramos la duda en itv caducada con cita previa


10 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es
Buenos días. He comprado un coche de segunda mano en junio de 2015. El coche fue matriculado por primera vez en septiembre de 2014. En el permiso de circulación pone que la próxima itv debería ser en septiembre de 2018 (4 años desde la fecha de matriculación). Sin embargo en algún lado he leído que los vehículos de segunda mano deberían pasar la primera itv a los dos años, esto es cierto? podría estar equivocado en el permiso de circulación?
La periodicidad de un vehículo depende del tipo que sea y el uso que se vaya a dar. Por ejemplo, si un turismo es de uso privado (lo más normal), su primera ITV es a los 4 años. En cambio, si ese mismo turismo lo matricularon como «Vehículo de alquiler» la periodicidad cambia y tendría que pasar la primera inspección periódica a los 2 años.
Buenas tardes,
Tengo un turismo matriculado el 22 de marzo de 2013 por lo que tiene que pasar la ITV ya, mi duda es si puedo pasarla el mismo día 22, o tiene que ser el 21 o anteriores.
Último día el 22.
Saludos. Me encuentro en Alemania trabajando por 4 meses y la fecha de próxima inspección me coincide con mi estancia aquí. ¿Hay alguna forma de pasar la TUV y convalidarla en España u otra opción que no sea de viajar a España para pasarla y volverme?, ya que sería tediosa y muy costosa.
Gracias de antemano.
Buenas tardes, que yo sepa no existe forma de convalidar una ITV de otro país. Supongo que tienes que solicitar información en tráfico, a ver si ellos te pueden guiar, porque es posible que realizando una inspección voluntaria en ese país te permita circular por allí y el permiso para desplazarte hasta una Estación ITV en España cuando vuelvas al país. pero todo esto es un supuesto.
Si te informas sobre el tema te agradecería que nos informases, estoy seguro que la información le es muy útil a más usuarios que estén en tu misma situación.
Saludos.
Estimados,
Un Ford Tourneo con 5 plazas del 2005 pasa la ITV cada 6 meses mientras que un Seat 600 la pasa anualmente. ¿Cómo puedo cambiar la clasificación de dicho vehículo? ¿Cual es la documentación para realizar esta tarea? Gracias
Son los mismos pasos que para pasar de mixto a turismo.
Buenas Tardes. En Junio del pasado año, me camperizaron una furgoneta de carga con homologacion incluida a Furgón Vivienda 24.48, descrito así en la ficha técnica. Tengo entendido que el plazo ITV de estos tipos de Vehiculo es de 4 años.
La primera fecha de matriculación es Mayo del 2014. La ITV con cambio de homologacion a Furgon Vivienda fue el 9 de Junio 2016, pero me pusieron dos años, hasta el 9 de Junio del 2018.
No tendría que ser la próxima ITV para Junio del 2020? Un saludo y gracias.
Buenas tardes, en tu caso es un furgón vivienda. La periodicidad que te han dado es la correcta, si el vehículo es del 2014, y la has camperizado en 2016, no te pueden dar cuatro años, son dos años de periodicidad. Tienes que pasar a los dos años de la fecha que te han realizado la reforma.
Saludos.
Buenos días
Un vehículo catalogado como 3148 con más de 10 años cada cuanto tiene que pasar la ITV? se considera como una autocaravana que sería anual o como un furgón de mercancias?
Un slaudo
Buenas tardes, está clasificada como vehículo mixto vivienda, por lo que tienes la periodicidad de un vehículo mixto, es decir, a partir de los 10 años la periodicidad es semestralmente.
Saludos.
Hola buenos días, Nos vamos a comprar un todoterreno. Este viene en el permiso de circulación denominado como Todoterreno sólo . No viene ni como turismo todoterreno, ni vehículo mixto, ni otra denominación . Cuáles son sus plazos de itvs? Gracias
Buenas tardes, tienes que ver la clasificación en la tarjeta técnica, no en el permiso de circulación.
Puede venir como turismo todoterreno (10.33) o como vehículo mixto todoterreno (31.33).
Si es turismo tiene la periodicidad de los turismo y si es Mixto pues la de los vehículos mixtos, que vienen muy bien explicados al principio de esta sección.
Saludos.
Hola. He comprado un coche de ocasión con 1 año de antigüedad y no se me informó que había sido coche de alquiler sin conductor y por lo visto los periodos de itv son distintos. Ahora que el coche es mio para uso particular tengo que seguir los periodos de coche de alquiler? y si es así cuales son esos periodos? Gracias.
La periodicidad es la siguiente:
Hasta dos años: EXENTO
De dos a cinco años: ANUAL
De más de cinco años: SEMESTRAL
Lo que puedes hacer es Pasar de coche de alquiler a turismo, y así tendrás la periodicidad de un turismo, que dobla a la de un coche de alquiler. En la página de ejemplo, pese a ser un paso de un mixto a turismo, los pasos son los mismos.
Hola poseo una cuba de purin destinada a obras y servicios y tiene la placa de 25 km/h,debe pasar itv?
Si la velocidad es menor a 25 km/h. estaría exento. Igual o mayor a 25 km/h está obligado a pasar ITV.
Buenas tardes, si tengo un vehículo mixto adaptable y paso la itv el próximo mes de febrero, y el coche cumple los 10 años en agosto, ¿Cuánto tiempo me darían de itv?
Y si este coche lo paso a turismo, ¿qué tiempo me darían? ¿Qué opción tengo que coger al pedir la cita para cambiarlo?
Muchísimas gracias.
Buenos días, como vehículo mixto se te daría de periodicidad desde el día que pases la inspección hasta el día de su primera matriculación más 6 meses. Y si es turismo desde el día que pases la inspección hasta la fecha de su primera matriculación más un año, ahora le ganarías 6 meses si le cambias la clasificación, y a partir de la siguiente inspección y en cada una de ellas 6 meses.
Saludos.
Buenos días,
El 14 de diciembre me caducó la ITV, pero como nos íbamos de vacaciones decidí pasarla a la vuelta. Pedí cita previa y me dieron para el 17 de enero. La mala suerte es que ayer me rompieron un cristal del coche y para hacer el parte y que me cubra el vehículo tiene que tener la ITV al día… La pregunta es: ¿Hay algún plazo establecido para pasarla? ¿Se ha modificado ya la legislación según la normativa europea? Gracias
Buenas tardes, no, no existe un plazo establecido, tienes que pasar inspección antes o el mismo día que tienes de periodicidad. A día de hoy la normativa sigue igual que los años anteriores.
Saludos.
Buenos días,
Una scooter de 125 cc debe pasar la primera ITV a los 3 años o a los 4 años? Es decir, tengo una Kymco de 125 cc matriculada en agosto de 2014 y no sé si debo pasarla este año antes de agosto o puedo esperar al próximo año (2018). Gracias.
Buenos días Justo, es motocicleta, clasificación 04.00, puedes verlo en la tarjeta técnica, tienes que pasar la primera inspección a los 4 años, ¿tiene matrícula blanca verdad?. Si es ciclomotor, que son de menos de 50 cc, matrícula amarilla, clasificación 03.00 sería los 3 años.
Saludos.
Bueno mi revision tecnica esta con seis meses de vigencia y esta vigente pero tengo soat particular placas particulares y un efectivo me ha intervenido y me ha querido poner una papeleta porque la revision tecnica dice que es de servicio publico ,quisiera saber si la revision tecnica es unica ..gracias
Buenas tardes, el servicio que presta el vehículo puede ser como servicio particular, público, alquiler,etc… dependiendo del servicio que preste tiene una periodicidad u otra. Puedes verlo en el permiso de circulación o en algunos casos en la propia tarjeta técnica.
Saludos.
«Supervisor ITV dijo:
15 diciembre, 2016 en 15:23
Buenas tardes Raúl, ejemplo con un turismo que cumpla 10 años, se refiere a que si tu vas a pasar la inspección antes de que te cumpla el vehículo los 10 años, como va a existir un cambio de frecuencia de inspección, es decir, pasará de bianual a anual, se te tiene que dar de periodicidad desde el día que pasas la inspección, hasta el día que cumpla tu vehículo los 10 años más un año, esos días se le incrementan.
Ejemplo con datos,que suele ser de más ayuda; tu vehículo es un turismo, fecha de matriculación el 20/12/2016, pasa la inspección hoy, fecha 15/12/2016, tu periodicidad es hasta el 20/12/2017, se le da la periodicidad desde hoy hasta el día 20 que es el día que el vehículo cumple los 10 años, más un año(que es la periodicidad que le toca a partir de esa fecha).
Saludos, y espero haberte ayudado en esa duda, es un tema con el que la mayoría de la gente se hace un lío.»
Hola de nuevo. Entiendo perfectamente el caso que me ha explicado. Pero lo que no acabo de entender es el motivo por el cual ese párrafo del artículo 6.2 no se aplica también al supuesto que yo planteé: un vehículo turismo que acude por primera vez a realizar la itv, es decir, a los cuatro años. Me parece que en ese caso, tal y como ya comenté, también se produce un cambio de frecuencia porque la primera vez pasas la itv a los cuatro años y la próxima vez va a ser a los dos años. ¿O en este caso no se considera que exista un cambio de frecuencia? ¿Por qué?
Buenos días Raúl, si que es cambio de frecuencia, pero nunca te pueden dar más periodicidad de la que está establecida en la Normativa, es decir, la máxima periodicidad que se establece para un turismo es de 2 años, por lo que aunque vayas a pasar antes de fecha no te pueden dar más de dos años, por el simple motivo de que no existen normativa ni excepción para más periodicidad (solo para vehículos históricos existe más periodicidad, porque el uso que hacen está limitado) ni tampoco existen pegatinas para más de dos años…
Más no puedo ayudarte, de verdad que lo siento, si tienes alguna queja formal la puedes exponer al Ministerio de Industria que es el que realiza estas normativas y que se establecen para todos por igual en todo el País.
Saludos.
Tengo un turismo con fecha de matriculación 04 de enero de 2013. La cuestión es si la fecha limíte para pasar la ITV es 04 de enero de 2017 o tiene k ser antes de este día
El día 5 la tendrás caducada.
Buenas tardes. Mi vehículo es un turismo y he acudido a que me realizaran la itv por primera vez el día 3 de diciembre. La fecha de matriculación fue el 15 de diciembre de 2012. He visto que en mi tarjeta de itv y en el informe de inspección me han hecho constar como próxima fecha de renovación el 3 de diciembre de 2018. Yo creo que se han equivocado y en realidad la fecha límite de la próxima renovación debería ser el 15 de diciembre de 2018. Pienso así por lo que establece el segundo párrafo del artículo 6.2 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos:
“En las inspecciones realizadas con antelación a un cambio de frecuencia y en fecha próxima al mismo, el plazo de validez de las mismas se fijará incrementando a la fecha en que se produce el cambio un período de tiempo igual al de la nueva frecuencia”.
Es decir, yo entiendo que en mi caso se produce un cambio de frecuencia: de 4 años (primera vez en que acudo para que me realicen la itv) a 2 años (segunda vez). Por ello, se tendría en cuenta la fecha de antigüedad del vehículo (la de matriculación) y no aquella en que se ha efectuado la inspección. ¿En realidad es así? En caso de que se hayan equivocado, ¿se puede hacer algo para que lo rectifiquen?
Gracias.
Buenas tardes Raúl, te han dado dos años de periodicidad, no te pueden dar más de dos años. No se han equivocado, si te has presentado el día 3 de Diciembre del 2016 como mucho te pueden dar de periodicidad hasta el día 3 de Diciembre del 2018, sea el vehículo que sea, no se contempla en la normativa más tiempo de periodicidad.
Saludos.
Gracias por su respuesta. Pero entonces no he interpretado bien lo que establece el segundo párrafo del artículo al que me referí (6.2). ¿Me puede explicar qué significa el contenido de ese párrafo y en qué casos se aplica? Es que no lo entiendo.
Gracias. Un saludo.
Buenas tardes Raúl, ejemplo con un turismo que cumpla 10 años, se refiere a que si tu vas a pasar la inspección antes de que te cumpla el vehículo los 10 años, como va a existir un cambio de frecuencia de inspección, es decir, pasará de bianual a anual, se te tiene que dar de periodicidad desde el día que pasas la inspección, hasta el día que cumpla tu vehículo los 10 años más un año, esos días se le incrementan.
Ejemplo con datos,que suele ser de más ayuda; tu vehículo es un turismo, fecha de matriculación el 20/12/2006, pasa la inspección hoy, fecha 15/12/2016, tu periodicidad es hasta el 20/12/2017, se le da la periodicidad desde hoy hasta el día 20 que es el día que el vehículo cumple los 10 años, más un año(que es la periodicidad que le toca a partir de esa fecha).
Saludos, y espero haberte ayudado en esa duda, es un tema con el que la mayoría de la gente se hace un lío.
Si paso la ITV a finales de diciembre y la fecha tope era el 8 de enero de 2017, ¿la nueva ITV pasada es válida hasta cumplirse un año o hasta el 8 de enero de 2018?
Lo pregunto porque el carnet de conducir puede ser renovado hasta 3 meses antes de caducar, si perder días de vigencia.
La periodicidad empieza a contar desde la fecha de la última inspección.
Hola, compre un vehículo en un concesionario como km 0 en abril, esta matriculado en abril de 2015 y en el permiso de circulación me pone que debo pasar el año que viene la ITV, osea a los dos años de la matriculación. El coche lo usaban los comerciales del concesionario por lo que entiendo que tendrían el coche como leasing l renting. Mi pregunta es si después de pasar la ITV el año que viene, mi coche pasaría a ser un particular normal y por tanto pasaría la ITV cada dos años o si tendríaotros plazos diferentes para pasar la ITV.
Gracias
Hablamos sobre la ITV en un coche km0
Buenas,
Un vehículo clasificado como autocaravana cuando tiene que pasar itv?
Buenos días, las autocaravanas tienen la misma periodicidad que un turismo, es decir, hasta los 4 años está exenta, de los 4 años hasta los 10 años bianual, y a partir de los 10 años anual.
Si fuera una caravana mayor de 750 kg, hasta los 6 años exento, y a partir de los 6 años sería bianual.
Saludos.
Buenas tardes. Y si alcanza justo los 25 km/h?? Ahi es donde tengo la duda.., si con 25 km/h se considera exento o no…
Saludos y muchas gracias.
Buenos días, estaría obligado, ya que si fuera menor estaría exento. Igual o mayor a 25 km/h está obligado.
Saludos.