Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

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Actualizado el 11 de noviembre de 2023

Sentencia Tribunal Supremo ITV. Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

Actualización septiembre 2022: El Gobierno publica Decreto devuelve días ITV.

El Tribunal Supremo, en sentencia firme, suspende el apartado segundo de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales por motivo de la crisis sanitaria para la Inspección Técnica de Vehículos, concretamente anula la parte de la Orden relativa a la fecha de caducidad de la inspección en la que se establece que…

se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Por lo tanto algunas Comunidades Autónomas, desde el 2 de octubre, tendrán en cuenta la fecha en la que el vehículo pase la inspección, pero sólo a los vehículos que les corresponda la primera prórroga ITV.

28/10/2020
Ojo, que la asociación de las ITVs recurren el Auto del Supremo.
No se esconden y alegan motivos económicos.
Veremos como acaba esto, pero será una vergüenza y un palo para los usuarios si el Supremo da marcha atrás.

26/11/2020:
Finalmente el Tribunal Supremo desestima el recurso y declara firme el auto.
ÚLTIMA HORA 30/12/2020:
Se publica en el BOE la resolución del Supremo.

Sentencia del Supremo ITV en el BOE

Desde el mes de octubre, algunas CCAA no han acatado la Sentencia alegando que no estaba publicado en el BOE. Qué pasará ahora que, el 30 de diciembre se publica en el BOE la Sentencia ITV del Supremo.

Ahora se está a la espera de que se resuelva el recurso al Supremo de FENADISMER en cuanto a si la Sentencia se debe aplicar retroactivamente, para que los vehículos que pasaron la ITV antes de la Sentencia teniendo la prórroga del Estado de Alarma, puedan modificar la fecha de próxima inspección que les recortaba periodo de vigencia.

RECALCAMOS. LA SENTENCIA SOLO AFECTA A LOS VEHÍCULOS DE LA PRÓRROGA ITV DEL E.A., NO LOS DE LA SEGUNDA PRÓRROGA «de verano».

Nuevos plazos de caducidad

Como ya hemos comentado, y aclarando que las C.C.A.A. tienen transferidas las competencias en materia de la Inspección Técnica de Vehículos, puede ser que apliquen en la práctica la sentencia de manera distinta. Pero sabemos que Industria comunicó a todas las Comunidades a través de una Instrucción que debían aplicar la sentencia del Supremo.

En principio, y esto es importante recalcarlo, la suspensión se aplica sobre la Orden SND/413/2020. Por lo tanto, únicamente se aplicará la anulación a los vehículos que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma (desde el 14 de marzo hasta el 20 de junio).

Por lo tanto, NO se aplica a los vehículos que obtuvieron la segunda prórroga de tres meses, cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

Además, y de momento, los vehículos que les caducó la ITV durante el E.A. pero ya pasaron la inspección, NO se beneficiarán de esta medida, ya que no tiene carácter retroactivo.
Es decir, por ahora, sólo se les dará la periodicidad normal (contando desde la fecha de inspección) a los vehículos que pasen la ITV desde el 2 de octubre y les correspondía la 1ª prórroga.

¿Te interesa conocer cuales son los Plazos ITV según el tipo de vehículo?

¿Qué pasará con los vehículos que ya pasaron la ITV?

Ahora viene el problema, ¿cómo se actuará con los vehículos que se vieron beneficiados de la primera prórroga y que ya pasaron la ITV y por tanto se les dio una fecha de caducidad menor a la que les correspondía y ahora se ven perjudicados? O incluso a los vehículos que les correspondía la segunda prórroga (denominada «de verano») y que también se les puso la fecha para la próxima inspección de menor plazo.

En noviembre el Tribunal Supremo declara FIRME el Auto, de modo que NO cabe recurso ordinario alguno contra él. Pero todavía queda pendiente el recurso de aclaración en relación al ámbito de aplicación, para que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto o no.

En definitiva, si el Supremo aclara que el Auto es de carácter retroactivo, se aplicaría a TODOS los vehículos afectados durante el estado de alarma, independientemente de si pasaron o no la inspección periódica.

Esta medida supondría un buen lío para las ITVs, tendrían que rectificar el recorte de la vigencia de la ITV aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran pasado la ITV antes de dictarse el Auto de suspensión cautelar a finales del mes de septiembre.

Y nos preguntamos:
¿Cómo lo harían? ¿Tendríamos que volver con la Ficha Técnica a que modificasen la fecha? ¿Nos devolverán el importe abonado?
Otro problema. ¿Podría circular tranquilamente con un coche que en un principio tiene la fecha de caducidad modificada? Recordemos que las estaciones de ITV comunican a la DGT la fecha de caducidad de cada vehículo, por ello tendrían que volver a comunicarlo y que la DGT actualizara su base de datos para evitar multas improcedentes.

Por ello, hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie, los vehículos que ya pasaron la inspección no se beneficiarán de esta medida.
Cabe otra posibilidad, y que sea el propio Ministerio de Industria quién comunique que pasará con estos vehículos, y en consecuencia, pueda modificarse algún aspecto.

En definitiva y de momento:

  • A partir de ahora (octubre) los vehículos con la primera prórroga, si pasan la inspección, la nueva fecha para volver a pasarla contará desde el día que la pasan.
  • Los vehículos que ya pasaron la inspección, no se beneficiarán, seguirán con la fecha que se les dio.
  • Esta medida no se aplica a los vehículos que les corresponde la segunda prórroga de 3 meses.
  • A día 30 de diciembre se publica la resolución del Supremo sobre el recorte de vigencia de la ITV.

Recalcar que las medidas que se establezcan de manera definitiva pueden variar con el transcurso del tiempo. Seguiremos informando.

¿Dónde NO se aplica la Sentencia del Supremo?

Pese a la Suspensión dictada por el Supremo (a finales de noviembre pasó a ser FIRME), parece que en algunas CCAA siguen sin aplicarla (gracias al comentario de un usuario), contando para la nueva fecha de caducidad la anotada en la Ficha Técnica. Alegan que no está publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pero, como ya hemos indicado, ¿cómo procederán ahora que a día 30 de diciembre se publica en el BOE?

Según nuestros usuarios siguen sin aplicar (a 29/12/2020) el Auto del Supremo en:

  • Murcia.
  • Euskadi.
  • ITV de Cerceda, en Madrid. Confirmación a primeros de diciembre.
Aplicación de la resolución del Supremo después de que se publique en en BOE:

  • En ITV Itevemur Alhama, confirmado por usuario que dan validez desde fecha que se pasa inspección.

Necesitamos la colaboración de los usuarios para saber qué CCAA o estaciones de ITV no están aplicando la nueva medida.

Lo que se puede hacer en estos casos es poner una queja/reclamación/denuncia en la Consejería de Industria y/o Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Hay 578 comentarios sobre Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

  • María Eugenia López
    2 noviembre, 2020

    Hola, quisiera preguntar si un coche que tiene la ITV vencida el 10 de mayo de 2020 cuál es el tiempo máximo para pasar la ITV?? Yo consideraba según lo publicado en varios periódicos que era hasta el 2 de diciembre de 2020, pero el día 31 de octubre estando el vehículo estacionado me ha multado un agente por no tener la ITV pasada. Mi pregunta es si puedo reclamar dicha denuncia.Gracias.

  • Jose
    2 noviembre, 2020

    Me caducó la ITV el 31-08-2020 y tenía el coche en el taller, he ido hoy a pasarla día 02-11-2020 y me dan fecha próxima ITV el 31-08-2021. considero que la próxima ITV será el 02-11-2021. Alguien me puede sacar de dudas.

  • Juan
    31 octubre, 2020

    Hola. Para cuando se va a pronunciar el Tribunal Supremo con respecto a los vehículos que ya han pasado la ITV y que son de la primera prorroga?. Tenemos el mismo derecho. Yo por si acaso, ya pasé por la ITV a poner la segunda reclamación, pidiendo la fecha con caracter retroactivo de 1 año o la devolución del importe. La primera reclamación se la puse el 1 de septiembre , cuando pasé la ITV.Qué diferencia hay un mes depués cuando se pronunció el Tribunal Supremo?. Ahora la disculpa en la ITV es que no es con caracter retroactivo,pero cuando la pasé alegaban que se acogían a la ley.Siempre los perjudicados somos nosotros.

  • Luis
    30 octubre, 2020

    Vehículo con mas de 10 años y periodo de ITV de 6 meses . ITV caduca 23/03/2019. pasa itv 27/05/2020 hasta 27/09/2020. Le corresponde añadir los días entre el 23/03 hasta 27/05/2020 según la sentencia?
    gracias

  • David
    30 octubre, 2020

    Gracias por la respuesta. La verdad es que no tiene ningún sentido lo que están aplicando… Es decir que si yo por lo que sea me dejó la ITV sin pasar hasta el 1/06/21, me darán fecha para 1 mes solo? Jajajaja es surrealista..

  • Juan
    30 octubre, 2020

    Buenos días.
    Fuí a la ITV a preguntar si están respetando la sentencia de Tribunal Supremo, me contestan que sì.
    Yo la pasé el 1/09 y no me respetaron la fecha de un año, puse reclamación que según ellos,están pendiente de la contestación de Industria.Hoy 30/10 le he puesto otra reclamación pidiendo la fecha con caracter retroactivo o la devolución del importe, o es que los que las pasamos antes de la sentencia no tenemos los mismos derechos, claro,como ya hemos pagado,….. Para cuando van a decir lo que van a hacer con todos lo que ya la pasaron antes de la sentencia,a ver si se deciden.
    Encima me dicen en la ITV que hay muchas reclamaciones y por eso se pronunció el Defensor del Pueblo. Ya se sabe lo que hay que hacer entOnces no, TODOS A RECLAMAR para que se RESPETEN nuestros DERECHOS.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Octavio, si, es correcta la fecha de próxima ITV, ya que tenía concedida una prórroga y se aplica desde esa fecha.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Anselmo, vayas cuando vayas a la ITV te darán para 11/07/2021 porque es la fecha en que te caducó la ITV, y te concedieron una prórroga, para todos estos vehículos que le caducó entre el 21 de Junio y el 31 de Agosto la periodicidad cuenta desde fecha de caducidad de ITV.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola David, te van a dar a fecha caducidad de tu ITV, es decir, 30/07/2021, vayas cuando vayas a la ITV.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Francisco, la fecha que te han dado es correcta, el Tribunal Supremo suspendió la validez de siguiente ITV a los vehículos que le caducaba durante el Estado de Alarma, pero no a los vehículos que le tienen concedida una prórroga en verano.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Joana, la fecha está correcta, te tienen que dar fecha de ITV favorable, una cosa es el plazo máximo que tenías para pasar la ITV sin que te multen y otra cosa la periodicidad desde que se día se aplica.
    Es correcto, por lo que no te recomiendo reclamar nada.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Ivan, hay Comunidades Autónomas que no están aplicando la suspensión del Tribunal Supremo, me imagino que el País Vasco es unas de las Comunidades que no lo están aplicando, porque hemos visto más comentarios como el tuyo.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    30 octubre, 2020

    Hola Ponticracio, la suspensión del Tribunal Supremo solo afectaba a los vehículos que le caducó la ITV en el Estado de Alarma, no a los vehículos que le caducó entre el 21 de Junio y 31 de Agosto, que tienen concedida una prórroga de 3 meses para no ser sancionados pero se le da periodicidad desde su fecha de caducidad y no desde fecha ITV.
    Está correctamente la periodicidad.
    Saludos.

  • Ramón
    30 octubre, 2020

    Hola. Yo la pasé ya caducada y después de que vencieran los tres meses extra de prórroga suponiendo que ya no debería estar sujeto a las condiciones de la prórroga y porque el vehículo estaba aparcado sin ser utilizado pero igualmente me pusieron la fecha para la próxima revisión la que le hubiera correspondido desde la última vez que le hubiera tocado pasar la inspección (14 Julio de 2020) y no desde el día que la pasé (16 de octubre de 2020) lo cual es un sinsentido pero ya se sabe, la Ley se interpreta a perjuicio del ciudadano y no de una forma racional y no hay interés en corregir si se está haciendo mal pero beneficia a la administración. Con la interpretación que se está haciendo actualmente se pueden dar casos en los que la vigencia de la ITV tenga solamente unos días si alguien no utiliza su vehículo y pasa la ITV poco antes de la fecha en la que le hubiera tocado la siguiente inspección.

  • Itvcitaprevia
    29 octubre, 2020

    La ITV es una obligación administrativa, por lo tanto, con el justificante de la cita podrás acudir a pasar la inspección. A día de hoy y mientras no cierren las estaciones.

  • Ponticracio Dominguez Ponti
    29 octubre, 2020

    He pasado hoy la ITV en la estación de Sarrión (Teruel). Me había caducado el 30 de julio y me han puesto en la tarjeta de Inspección Técnica que debo renovarla el 30 de julio de 2021, es decir, dentro de NUEVE MESES. He reclamado verbalmente y por escrito pero me temo que con eso me quedo, salvo que a la suspensión cautelar del Tribunal Supremo le siga otra resolución con efectos de «cosa juzgada».

  • Toni
    29 octubre, 2020

    Yo tenía cita pasar ITV en julio. Con la prórroga la podría pasar en octubre. Pedí cita en septiembre y me la dieron para noviembre. Pero ahora nos hace un cierre perimetral y la ITV está en la localidad vecina. Como actuamos en este caso? Pq la cita la tengo el 4 y el cierre esde 30 oct al 9 nov.

  • Ivan
    28 octubre, 2020

    Hola.
    Turismo más de 10 años itv anual. Caducada la ITV en abril, la pasé este mes, octubre, me han dado validez para 6 meses en la itv polígono jundiz vitoria, no aplican lo que dice el supremo una vergüenza…

  • Joana
    28 octubre, 2020

    He pasado la itv hoy día 28 de Octubre y me habia caducado el 19 de Junio. Tenia plazo hasta Febrero, pero en la ITV no sabían muy bien.Me han puesto en la ficha técnica la fecha de hoy.
    ¿Puedo reclamar para poderla pasar en Febrero?Ya que no me han informado y he visto que hay una sentencia del Supremo.

  • Francisco J. Gijón
    28 octubre, 2020

    Acabo esta mañana de pasar la ITV en Los Tablones de ORGIVA (Granada). Tenía que haberla pasado el 27 de Julio
    y cuando han terminado me dan fecha de nueva fecha el 27 de julio de 2021. les he dicho que tenía que ser en la
    misma fecha el año que viene (28-10-2021) y me han dicho que son normas del ministerio y que no hay nada que hacer. he pedido la hoja de reclamaciones y ya me han adelantado el resultado (ajo y agua) que reclame al ministerio.
    Siguen en su onda y nos complican con recursos. Que alguien les pare ya por favor.
    Fco. J. Gijón

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