Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

81 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 5 81 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es

Actualizado el 11 de noviembre de 2023

Sentencia Tribunal Supremo ITV. Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

Actualización septiembre 2022: El Gobierno publica Decreto devuelve días ITV.

El Tribunal Supremo, en sentencia firme, suspende el apartado segundo de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales por motivo de la crisis sanitaria para la Inspección Técnica de Vehículos, concretamente anula la parte de la Orden relativa a la fecha de caducidad de la inspección en la que se establece que…

se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Por lo tanto algunas Comunidades Autónomas, desde el 2 de octubre, tendrán en cuenta la fecha en la que el vehículo pase la inspección, pero sólo a los vehículos que les corresponda la primera prórroga ITV.

28/10/2020
Ojo, que la asociación de las ITVs recurren el Auto del Supremo.
No se esconden y alegan motivos económicos.
Veremos como acaba esto, pero será una vergüenza y un palo para los usuarios si el Supremo da marcha atrás.

26/11/2020:
Finalmente el Tribunal Supremo desestima el recurso y declara firme el auto.
ÚLTIMA HORA 30/12/2020:
Se publica en el BOE la resolución del Supremo.

Sentencia del Supremo ITV en el BOE

Desde el mes de octubre, algunas CCAA no han acatado la Sentencia alegando que no estaba publicado en el BOE. Qué pasará ahora que, el 30 de diciembre se publica en el BOE la Sentencia ITV del Supremo.

Ahora se está a la espera de que se resuelva el recurso al Supremo de FENADISMER en cuanto a si la Sentencia se debe aplicar retroactivamente, para que los vehículos que pasaron la ITV antes de la Sentencia teniendo la prórroga del Estado de Alarma, puedan modificar la fecha de próxima inspección que les recortaba periodo de vigencia.

RECALCAMOS. LA SENTENCIA SOLO AFECTA A LOS VEHÍCULOS DE LA PRÓRROGA ITV DEL E.A., NO LOS DE LA SEGUNDA PRÓRROGA «de verano».

Nuevos plazos de caducidad

Como ya hemos comentado, y aclarando que las C.C.A.A. tienen transferidas las competencias en materia de la Inspección Técnica de Vehículos, puede ser que apliquen en la práctica la sentencia de manera distinta. Pero sabemos que Industria comunicó a todas las Comunidades a través de una Instrucción que debían aplicar la sentencia del Supremo.

En principio, y esto es importante recalcarlo, la suspensión se aplica sobre la Orden SND/413/2020. Por lo tanto, únicamente se aplicará la anulación a los vehículos que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma (desde el 14 de marzo hasta el 20 de junio).

Por lo tanto, NO se aplica a los vehículos que obtuvieron la segunda prórroga de tres meses, cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

Además, y de momento, los vehículos que les caducó la ITV durante el E.A. pero ya pasaron la inspección, NO se beneficiarán de esta medida, ya que no tiene carácter retroactivo.
Es decir, por ahora, sólo se les dará la periodicidad normal (contando desde la fecha de inspección) a los vehículos que pasen la ITV desde el 2 de octubre y les correspondía la 1ª prórroga.

¿Te interesa conocer cuales son los Plazos ITV según el tipo de vehículo?

¿Qué pasará con los vehículos que ya pasaron la ITV?

Ahora viene el problema, ¿cómo se actuará con los vehículos que se vieron beneficiados de la primera prórroga y que ya pasaron la ITV y por tanto se les dio una fecha de caducidad menor a la que les correspondía y ahora se ven perjudicados? O incluso a los vehículos que les correspondía la segunda prórroga (denominada «de verano») y que también se les puso la fecha para la próxima inspección de menor plazo.

En noviembre el Tribunal Supremo declara FIRME el Auto, de modo que NO cabe recurso ordinario alguno contra él. Pero todavía queda pendiente el recurso de aclaración en relación al ámbito de aplicación, para que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto o no.

En definitiva, si el Supremo aclara que el Auto es de carácter retroactivo, se aplicaría a TODOS los vehículos afectados durante el estado de alarma, independientemente de si pasaron o no la inspección periódica.

Esta medida supondría un buen lío para las ITVs, tendrían que rectificar el recorte de la vigencia de la ITV aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran pasado la ITV antes de dictarse el Auto de suspensión cautelar a finales del mes de septiembre.

Y nos preguntamos:
¿Cómo lo harían? ¿Tendríamos que volver con la Ficha Técnica a que modificasen la fecha? ¿Nos devolverán el importe abonado?
Otro problema. ¿Podría circular tranquilamente con un coche que en un principio tiene la fecha de caducidad modificada? Recordemos que las estaciones de ITV comunican a la DGT la fecha de caducidad de cada vehículo, por ello tendrían que volver a comunicarlo y que la DGT actualizara su base de datos para evitar multas improcedentes.

Por ello, hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie, los vehículos que ya pasaron la inspección no se beneficiarán de esta medida.
Cabe otra posibilidad, y que sea el propio Ministerio de Industria quién comunique que pasará con estos vehículos, y en consecuencia, pueda modificarse algún aspecto.

En definitiva y de momento:

  • A partir de ahora (octubre) los vehículos con la primera prórroga, si pasan la inspección, la nueva fecha para volver a pasarla contará desde el día que la pasan.
  • Los vehículos que ya pasaron la inspección, no se beneficiarán, seguirán con la fecha que se les dio.
  • Esta medida no se aplica a los vehículos que les corresponde la segunda prórroga de 3 meses.
  • A día 30 de diciembre se publica la resolución del Supremo sobre el recorte de vigencia de la ITV.

Recalcar que las medidas que se establezcan de manera definitiva pueden variar con el transcurso del tiempo. Seguiremos informando.

¿Dónde NO se aplica la Sentencia del Supremo?

Pese a la Suspensión dictada por el Supremo (a finales de noviembre pasó a ser FIRME), parece que en algunas CCAA siguen sin aplicarla (gracias al comentario de un usuario), contando para la nueva fecha de caducidad la anotada en la Ficha Técnica. Alegan que no está publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pero, como ya hemos indicado, ¿cómo procederán ahora que a día 30 de diciembre se publica en el BOE?

Según nuestros usuarios siguen sin aplicar (a 29/12/2020) el Auto del Supremo en:

  • Murcia.
  • Euskadi.
  • ITV de Cerceda, en Madrid. Confirmación a primeros de diciembre.
Aplicación de la resolución del Supremo después de que se publique en en BOE:

  • En ITV Itevemur Alhama, confirmado por usuario que dan validez desde fecha que se pasa inspección.

Necesitamos la colaboración de los usuarios para saber qué CCAA o estaciones de ITV no están aplicando la nueva medida.

Lo que se puede hacer en estos casos es poner una queja/reclamación/denuncia en la Consejería de Industria y/o Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Hay 578 comentarios sobre Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

  • David
    28 octubre, 2020

    Yo estoy en el mismo caso… ¿Alguien que ya la haya pasado caducada nos puede decir que han hecho? Gracias

  • David
    28 octubre, 2020

    Yo tenía validez para pasar la ITV el 30/07/20. Como dieron la vigencia de 3 meses, tengo hasta hoy 28/10/20. Mi pregunta es la siguente.. Si yo paso la ITV el día 01/11/20 (por ejemplo) ¿que fecha me van a poner? El 30/07/21 o el 01/11/21 porque ya se encuentra caducada??? Es que no he visto ningún caso de estos… Gracias

  • Anselmo Rodríguez Plaza
    27 octubre, 2020

    A mi vehiculo le caduco la itv el 11 de julio. Por la porroga de covid he podido circular con el legalmente hasta el 11 de octubre , ahora esta caducada. ¿Si llevo mi vehiculo a revisión y es favorable que fecha me pondrán de validez? Un año desde la fecha de hacer la prueba o un año despues de la fecha de caducidad de la tarjeta?
    Gracias un saludo.

  • Anselmo Rodríguez Plaza
    27 octubre, 2020

    A mi vehiculo le caduco la itv el 11 de julio. Por la porroga de covid he podido circular con el legalmente hasta el 11 de octubre , ahora esta caducada. ¿Si llevo mi vehiculo a revision y es favorable que fecha me pondrán de nueva revisión? Un año desde la fecha de hacer la prueba o un año despues de la fecha de caducidad de la tarjeta?
    Gracias un saludo.

  • Itvcitaprevia
    27 octubre, 2020

    COn la prórroga que tienes, puedes pasar la ITV cualquier día hasta el 21/10/2020.

  • Jose Antonio Cañizares
    27 octubre, 2020

    HOLA A TODOS . A mi vehiculo le cumplio la ITV el 21/07/2020 y me dieron prorroga hasta el 21/10/2020 entonces, mi pregunta es . Cuando tengo que pasar realmente mi inspeccion , por que tengo una duda muy dudosa, porque realmente nose cuando pasarla porque no me cuadra mucho la fecha de pasarla y necesito saber si alguno me pudiera ayudar y despejarme estas dudas.

    Nose si con el nuevo estado de alarma se han vuelto a poner nuevas medidas sobre las nuevas inspecciones.

    GRACIAS

  • Octavio Cueva Fanjul
    26 octubre, 2020

    Buenas noches. Hoy 26 de octubre a las 20/00 pase la ITV a una marco polo y con certificado de mercedes para ponerla como autocaravana y pasar ITV al año. Como tenía caducada la ITV del 29 de julio mi próxima ITV es en julio del 2021.Es normal?

  • Itvcitaprevia
    26 octubre, 2020

    Sí, te pueden multar. Otra cosa es la decisión del agente.

  • Pedro
    26 octubre, 2020

    Buenas.
    Me mandan cita para la itv para finales de enero, pero me caduca a finales de noviembre, no hay posibilidad de citas para antes de enero en las itvs cercanas.
    Mi pregunta es: me pueden multar en diciembre, enero, antes de pasar la itv , cuando la culpa es de la itv que no tiene fecha para poder pasarla antes.

  • Francisco Javier
    26 octubre, 2020

    Hola a todos. A mi turismo de más de 10 años le vencía la ITV el 30/07/2020, y me acogí a la segunda prórroga de 3 meses, por consiguiente el nuevo vencimiento es el próximo 30/10/2020. Aún no la he pasado. Pregunta práctica: cuando tendría que pasar la revisión para que el plazo para la próxima fuera del año que por edad le corresponde al vehículo, independientemente de tener que pasarla más allá de su caducidad (30/10/2020)?. Gracias por anticipado y un saludo.

  • José Manuel Bouza Anido
    25 octubre, 2020

    Comunidad Autónoma de Galicia. ITV Maquinaria Agrícola.
    Las ITV`s Móviles no responden a las fechas de inspección de cuando pasan por los Ayuntamientos respecto del año 2.019, ya que algunos ayuntamientos no aparecen en el actual calendario de este año 2020, caso del Ayuntamiento de Miño en A Coruña.
    Se solicitó información en la estación ITV correspondiente y dicen desconocer si se van a pasar por estos ayuntamientos afectados ya que no constan en el calendario del año 2020.
    No sabemos como actuar por estar a caducar la actual inspección, es decir, si van a pasar próximamente o eliminaron de la inspección este Ayuntamiento, o bien si van retrasados el tiempo que duró el Estado de Alarma, etc.
    Necesitamos más INFORMACION por parte la empresa concesionaria de la ITV.

  • Consultas Itv
    25 octubre, 2020

    Hola Abel, la única alternativa es desplazarte a otra ITV que tengan fecha más próxima, aunque sea fuera de tu Comunidad, si no estarás circulando con tu vehículo con la ITV cumplida.
    Saludos.

  • Consultas Itv
    25 octubre, 2020

    Hola Andrés, te tenían que haber dado un año, porque al ser de segunda inspección es a fecha de inspección, y no de cuando te cumplía (los afectados de la segunda prórroga se le da fecha de vigencia de ITV a no ser que sean segundas inspecciones).
    Si no te han dado la periodicidad anual es porque en tu Comunidad Autónoma no están aplicando la nueva Normativa.
    Saludos.

  • Itvcitaprevia
    24 octubre, 2020

    Ya lo indicamos en el artículo. La sentencia cautelar del Supremo se refiere a la primera prórroga, la de las ITVs que caducaban en el Estado de Alarma.

  • Ramón
    24 octubre, 2020

    Hola,
    Supongamos que no se hubiera producido el estado de alarma. Si yo paso la ITV en estado caducado me darían la fecha para la siguiente inspección basándose en el día en que la hubiera pasado y no según la fecha de la última inspección. Mi caso se corresponde con los de la segunda prórroga de 3 meses. Si paso la ITV fuera del plazo prorrogado entonces ya no debería estar sujeto a las condiciones de la prórroga y se debería poner como fecha de la próxima ITV la que le hubiera correspondido normalmente si no se hubiera dado el estado de alarma ¿verdad? No tiene sentido que a una inspección se le quiten meses de validez por acontecimientos totalmente ajenos a lo que se refiere a los plazos que se han establecido para la seguridad de los vehículos según sus características. Es más, se supone que muchos vehículos estuvieron inoperativos durante el estado de alarma. Y no tiene sentido que se pudieran dar casos en los que la vigencia de la inspección tuviera solamente unos días si se pasara la ITV fuera de plazo y solamente unos días antes de que le tocara la siguiente inspección en un caso en el que le hubiera correspondido pasar la ITV en la segunda prórroga.

  • Jose
    24 octubre, 2020

    Hola he pasado Itv en Toro (Zamora) con fecha 22/10/2020. Mi Itv caduco el pasado 15 de julio, me han puesto la fecha de julio que figuraba en la tarjeta, se lo comunico al operario de la inspeccion y me dice que es asi, que es lo que marca industria, me tocara hacer una reclamación.

  • Juanma
    23 octubre, 2020

    Hola
    acabo de pasar inspección itv en Castellón con fecha 23/10/2020
    después de comunicarle al responsable de planta que la orden estaba suspendida por el supremo y que debia ponerme la fecha de inspección conforme a r.D. 920/2017 art.605 (mi coche caduco a finales de julio) me dice que no.
    Paso la inspeccion favorable, me ponen fecha de julio y le hago una reclamación que presentaré a conselleria de gva el próximo lunes.

  • Andres
    21 octubre, 2020

    Yo tb he puesto una reclamación. Gracias por tu respuesta.

  • Andres
    21 octubre, 2020

    Yo la tenía el 29 de agosto. Fui a pasarla el 29 de septiembre, que es la fecha que me dieron a mediados de agosto. Fue desfavorable por una tontería y la he pasado por fin hoy. Me han puesto revisión para el 29 de agosto de 2021, alegando que mi fecha de revisión ya no estaba en el periodo de estado de alarma. ¿Lo han hecho bien o deberían haberme puesto fecha de hoy o del 29nde septiembre? Gracias.

  • Armando
    20 octubre, 2020

    Buenas, a mi me gustaría saber si alguien ayuda al que quiera presentar las reclamaciones en las diferentes Consejerias o juzgados. Yo creo que esto es un robo, tengo dos vehículos, los dos me vencía la ITV en Julio, en junio pido cita para pasarlas, en Asturias no encontré fecha antes de terminar el año, lo más rápido en Cantabria, para hoy, con un vehículo que está pasando la ITV cada seis meses, la paso favorable, y me dan para volver en dos meses, casi tres, después de explicarle al jefe, lo injusto que era, y mi disconformidad, siempre con educación y buenos modales, me dice que son las normas que tienen, ya un poco enfadado, recojo la documentación y la pegatina y salgo, me pongo otra vez a la cola, pago otra inspección no sin antes tener que forzar la situación, pues no entendían para que pasar en media hora dos ITV, me pasan otra vez una segunda inspección total del vehículo, y ahora me sellan para seis meses, de nuevo, le pregunto al jefe si eso es normal o era que me estaban robando, contestando me que si quería que pudiese la reclamación
    No lo puedo entender y por supuesto me gustaría poner la correspondiente reclamación, pidiendo la devolución del dinero y daños
    El jueves voy con el otro vehículo, será más de lo mismo

Danos tu valoración

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas 81 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.esCargando...
itvcitaprevia.es te informa que los datos como el nombre y dirección de correo electrónico que añades para envíar un comentario, son exclusivamente para el correcto funcionamiento del sistema de comentarios y, en su caso, evitar el SPAM. No son cedidos a terceros.
Deja tu comentario
He leído y acepto la política de privacidad.

Publicar comentario
Es posible que tu comentario no tenga respuesta de nuestros expertos.
Solicitar soporte
Podrás adjuntar documentación, fotos. Un Agente experto la estudiará y te dará una respuesta totalmente privada en 24 horas.

¿Quieres que te ayude uno de nuestros expertos?

Por tan solo 15€, uno de nuestros expertos revisará tu caso y en 24/48h tendrás la ayuda que necesitas.

He leído y acepto la política de privacidad.