Pasar un vehículo mixto a turismo

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Actualizado el 30 de julio de 2023

¿Qué es un vehículo mixto? ¿cuál es su límite de velocidad? ¿cómo pasar de un vehículo mixto a un turismo? Si te estás haciendo éstas u otras preguntas relacionadas con este tipo de vehículo, estás en el sitio correcto.

vehículo mixto

A lo largo de esta guía te vamos a dar toda la información que buscas para que te quede todo súper claro relacionado con el vehículo mixto. Además, si necesitas aclarar alguna situación particular, puedes dejarnos tu comentario y resolveremos tus dudas tan pronto como podamos.

¿Qué es un vehículo mixto adaptable?

El código de tráfico define un vehículo mixto adaptable como un:

automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

Este tipo de vehículos permite transportar tanto pasajeros como mercancías, por lo que es una gran opción en determinadas situaciones. Por ejemplo, si necesitas un vehículo para tu trabajo profesional entre diario, con cargas de diferentes productos, y más familiar para el fin de semana.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que si el transporte de mercancías y personas se realiza de manera simultánea, ambas deben estar debidamente separadas.

Sólo estaremos obligados a instalar una rejilla de seguridad cuando llevemos carga, que sea fácil de poner y de quitar, y no es necesaria llevarla instalada al pasar la ITV. Además, la mercancía debe ir sujeta con pulpos y nunca atornillada, ya que para eso habría que homologarla como vivienda.

Puedes consultar la clasificación completa por tipos de vehículo

¿Por qué comprar este tipo de vehículo?

Una de las principales razones puede ser la comentada líneas más arriba, es decir, el transporte simultáneo o no de mercancías y personas.

La otra razón primordial es la económica, ya que los vehículos mixtos están exentos de pagar el impuesto de matriculación. Recordemos que los turismos pueden llegar a pagar hasta un 14,75% del valor del vehículo si las emisiones de Co2 sobrepasan los 200g/km.

Ahora bien, si estás pensando en comprar un vehículo mixto para disfrutar de esa ventaja económica, tendrás que esperar hasta cuatro años para realizar el cambio a turismo. En caso contrario, tendrás que pagar el impuesto de matriculación que no abonaste en el momento de la compra.

¿Cuál es la velocidad máxima para un vehículo mixto?

Como veremos más adelante, uno de los posibles motivos para cambiar un mixto adaptable a un turismo es el límite de velocidad.

ACTUALIZACIÓN
La actualización del Real Decreto 1514/2018, que entró en vigor el 29 de enero 2019, que modifica los límites de velocidad en carreteras convencionales, supone un cambio en la velocidad máxima para los turismos, no así para los vehículos mixtos.

Por lo tanto antes:

  • Autopistas y autovías: mientras que para un turismo el límite son 120 km/h, la velocidad máxima de un vehículo mixto es de 100km/h.
  • Carreteras convencionales: hablamos de carreteras con un arcén pavimentado de 1’5 metros de ancho o más de un carril para alguno de los dos sentidos. En este caso, los mixtos adaptables no podrán superar los 90 km/h.
  • Vías fuera de poblado: sólo podrán circular cómo máximo a 80 km/h.

Ahora:

  • Autopistas/autovías:
    • Turismo límite son 120 km/h
    • Vehículo mixto 100km/h.
  • Carreteras convencionales:
    • Turismo 90 km/h.
    • Vehículo mixto 90 km/h.

En el caso de que tengas un vehículo mixto o estés pensando en adquirirlo, es esencial conocer estas diferencias respecto a la velocidad máxima de un turismo. Sobrepasar el límite de velocidad acarrea una sanción que supone pérdida de puntos y cuantía económica.

Si no tienes muy claro si tu vehículo está catalogado como turismo o mixto adaptable, es importante que consultes la ficha técnica, en la que aparece claramente si es de una u otra modalidad.

¿Cómo cambiar un vehículo mixto a turismo?

Pasar un vehículo mixto adaptable a turismo requiere realizar 2 trámites: certificado e inspección.

ACTUALIZACIÓN FEBRERO 2021.
En la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos, se añadirá una modificación importante en lo relativo a los cambios de clasificación y que afecta al paso de mixto a turismo.

En vehículos de categoría M1, para el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a Turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores, no será necesario informe de conformidad.

No se considerará reforma anotándose mediante diligencia en vehículos en los que en la tarjeta ITV aparezca la categoría M1, el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.

Y un apunte importante. Pese a que esta modificación todavía no esté añadida al Manual de Reformas, se aplicará de forma inmediata.

En definitiva:

  • NO será necesario el Informe de Conformidad:
    • si en la Ficha Técnica o Tarjeta ITV viene expresado que la categoría es M1.
    • si se trata de una Ficha Técnica Electrónica, aunque no aparezca anotada la Categoría M1, porque se realizará la modificación automáticamente.
  • SÍ será necesario Informe de Conformidad cuando no venga expresado en las antiguas Fichas Técnicas (las no electrónicas) que es Categoría M1.

Aclarados estos puntos, te explicamos paso a paso cómo realizar el cambio de clasificación.

  1. En primer lugar, el Informe de Conformidad.
    Tienes que pedir al fabricante el certificado que diga que el vehículo puede ser catalogado como turismo [sólo en los casos descritos anteriormente].
    Esta gestión te la puede hacer el concesionario por unos 80-120€ (precio orientativo) o un laboratorio de reformas.
  2. Una vez dispongas del certificado del fabricante, debes acudir a la estación ITV para pasar la correspondiente inspección, previo pago de la tarifa. Una vez pasada, te anotan en la ficha técnica que se ha homologado como turismo. También te cambian la clasificación de, por ejemplo 3100 (mixto adaptable) a 1000 (turismo).
  3. Por útlimo, acude a una Jefatura a notificar el cambio en el Permiso de Circulación.



No se puede pasar a Turismo

No en todos los casos se puede tramitar el cambio de un vehículo a turismo.
Por ejemplo:

  • Los vehículos de una categoría en la que sólo están destinados al transporte de mercancías.
    Por ejemplo los de la categoría N; N1, N2 y N3.
  • Aquellos vehículos que la contraseña de homologación comienza por la letra «C».
    Hay algunas excepciones (sólo en casos de vehículos antiguos) en las que sí es posible el cambio a turismo ya que algunos modelos tienen una doble homologación. Por ello, consultar previamente con el fabricante.

Un caso muy claro en el que NO se puede pasar a turismo es el Furgón.
Porque un Furgón o Furgoneta hasta 3.500 kg está destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería.

En definitiva, sólo se podrán pasar a turismo los que, en su clasificación se mencione que pueden transportan personas.

¿Cuánto cuesta pasar un vehículo de Mixto a Turismo?

El coste aproximado del cambio sería de:

  • Si es necesario el Informe -(certificado de 80 a 120€) + (inspección técnica entre 30 y 50 €) = 110-170€
  • Si no es necesario – inspección técnica de 30 a 50€ aproximadamente.

Antes de pasar tu vehículo de Mixto a Turismo hay que tener en cuenta:

  • Si el vehículo no tiene los 4 años hay que pagar a Hacienda el impuesto de matriculación que no se pagó en su día.
  • Sólo puede tramitarse el cambio de mixto a turismo en los vehículos donde el fabricante lo tenga homologado en las dos categorías..
    Información adicional: Cambiar algunos vehículos de Mixtos a Turismo con la contraseña C, recomendamos siempre solicitar información al fabricante, ya que es el único autorizado para conceder ese cambio si es posible.

Principales motivos para cambiar de un mixto adaptable a un turismo.

Como indicaba líneas más arriba, tras la modificación en 2019 de los límites de velocidad, ahora los vehículos mixtos tendrán el mismo límite de velocidad en carreteras convencionales que los turismos, no así en:

  • Autopistas y autovías:
    • 100 km/h Mixtos / 120 km/h. Turismos

ITV Vehículos Mixtos

Los mixtos adaptables tienen que pasar la ITV con el doble de frecuencia

  • Turismo:
    • Primera inspección: exento hasta los primeros cuatro años
    • De 4 a 10 años: cada dos años
    • A partir 10 años: cada año
  • Mixto:
    • primera inspección: a los dos años
    • De 2 a 6 años: cada dos años
    • De 6 a 10 años: cada año
    • a partir de diez años: cada seis meses.

Repuestos obligatorios en el vehículo mixto

En este otro artículo en el que hablamos de accesorios, repuestos y herramientas, obligatorios en el vehículo, destacamos aquellos específicos para los mixtos adaptables.

Conclusiones

Como ves, la adquisición de un vehículo mixto así como pasar de éste a un turismo, supone conocer una serie de informaciones específicas para no caer en una sanción por desconocimiento.

Si tras leer el artículo, continuas con dudas, te recomendamos que leas los comentarios que han realizado ya otros usuarios, encontrarás que las principales dudas quedan resueltas en esta sección.

Te agradecemos de antemano que valores nuestro artículo y lo compartas con aquellas personas a quiénes les pueda interesar esta información.

INFORMACIÓN ADICIONAL
En el Manual de Reformas de Importancia en su última revisión de Mayo 2020 hace referencia al cambio de clasificación del vehículo y viene a decir que si el cambio de clasificación no conlleva algún tipo de modificación en el vehículo no se considerará reforma.

Citamos textualmente el citado Manual de Reformas en lo referente a cambio de clasificación del vehículo:

El vehículo deberá estar homologado en las categorías para las que se pide el cambio de clasificación y/o que la nueva clasificación se derive de una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Todo cambio de clasificación (B. Clasificación por criterios de construcción y C. Clasificación por criterios de utilización) se debe tramitar por este CR al estar consignado en la tarjeta ITV.
No se considerará reforma, anotándose mediante diligencia:

  • la modificación en el dato de la clasificación por cambio en el servicio al que se destina el vehículo si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores. En estos casos, se realizará exclusivamente la inspección previa al cambio de destino establecida en el 6.7.d) del Real Decreto 920/2017 por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
  • El cambio de clasificación como consecuencia de la desinstalación del taxímetro o de cualquiera de los elementos asociados
  • El cambio de clasificación por criterios de utilización a “40” (taxi). Estará avalado por el boletín de identificación metrológico firmado por el organismo autorizado de verificación metrológica una vez se haya superado la correspondiente verificación después de modificación por la instalación del taxímetro en el vehículo.

Un vehículo se clasificará como “10 45” siempre que haya sido reformado cumpliendo el Anexo de vehículo especial como funerario. Si el vehículo se reforma interiormente para el transporte de uno o varios féretros sin cumplir con el Anexo de vehículo especial como funerario no podrán clasificarse por criterios de utilización como “45”. Concretamente para el caso de furgones adaptados para llevar varios féretros se clasificarán como “24 00”, “25 00” o “26 00” según su MMA.

EN EL REAL DECRETO QUE REGULA LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS, en el artículo 6 dice:

En los casos en que el vehículo, por cambio de uso, servicio, dedicación o destino, se viera obligado a una frecuencia de inspección más severa o implicara alguna modificación técnica del vehículo, deberá realizarse una inspección, anotándose en la tarjeta ITV el nuevo destino y la nueva fecha de inspección correspondiente a la nueva periodicidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se ha realizado la inspección.

Si el cambio de uso, servicio, dedicación o destino del vehículo tiene lugar antes del vencimiento del primer plazo de inspección, y no implica ninguna modificación técnica del vehículo, sólo se realizará la anotación pertinente en la tarjeta ITV, anotándose como plazo de la primera inspección la que le correspondería a la situación más severa de las dos.

En el caso de vehículos de turismo, no serán necesarias tales anotaciones si el fabricante incluye en el apartado observaciones de la tarjeta ITV una diligencia indicando que el vehículo deberá pasar la primera inspección periódica a los dos años de su matriculación si fue destinado a alquiler sin conductor y pasara a destino o servicio particular.

Hay 1077 comentarios sobre Pasar un vehículo mixto a turismo

  • Manuel
    27 agosto, 2020

    Buenos días !quiero comprar una furgoneta mista que tiene 3años y medio y soy particular puedo llevarla sin ser autónomo.

    • Consultas Itv
      30 agosto, 2020

      Hola Manuel, si, que yo sepa un vehículo mixto la puede llevar cualquier persona, no se exige que sea de empresa o seas autónomo.
      Saludos.

  • Javier
    6 agosto, 2020

    Buenas,una Renault trafic de 2018 6 plazas con panel divisor furgón largo se podra hacer turismo?

    • Consultas Itv
      9 agosto, 2020

      Hola Javier, tienes que ponerte en contacto con la Renault o un laboratorio de reformas y realizar la consulta, solo ellos están autorizados para ver si un vehículo puede cambiar de clasificación.
      Saludos.

  • Venan
    5 agosto, 2020

    Duda URGENTE tengo una monovolumen, una Volkswagen Sharan, y quisiera saber si puedo circular quitándole todos los asientos traseros y colocar una cama, sin ningún tipo de anclaje

    • Consultas Itv
      9 agosto, 2020

      Hola Venan, si te para tráfico te denunciará. En ITV también sería desfavorable. Por lo que legalmente no puedes circular en esas condiciones.
      Saludos.

      • Josele
        18 agosto, 2020

        En el caso de Venan, cuál sería la causa de la denuncia?
        Haber quitado los asientos?
        Porque llevar una cama sin anclajes, es llevar un colchón detrás…,
        O es porque se considera carga y debe ir cogida con un pulpo..?

    • Consultas Itv
      18 agosto, 2020

      Hola Josele, los asientos se pueden desmontar, no es denuciable si no eliminas los cinturones ni los anclajes, y para la ITV en ese caso tampoco tendrías problemas.

      Pero instalar una cama en un turismo siempre se consideraría denuciable porque los turismos no están construidos para ese tipo de fin. Un furgón o un vehículo mixto que tiene debidamente instalados unos dispositivos de retención de carga si, en caso de accidente el colchón (por no pensar que lleve también una base o somier) en un turismo sería un bulto peligroso para los ocupantes del vehículo.
      Yo siempre lo he entendido así desde el conocimiento que tengo de la norma, de todas formas si cabe alguna duda más os recomiendo solicitar información directamente a Tráfico, para ver como actúan según la Normativa de circulación para caso de turismos con una cama en la zona trasera del vehículo.
      Saludos.

  • Manuel
    30 julio, 2020

    Hola buenas tardes, tengo una furgoneta wolsvagen transportar , clasificación del vehiculo 3100 mixto adaptable y la contraseña C – 2016, la uso como un turismo, aunque no lo es, mi pregunta es, puedo ponerle los anclajes para una silla de rueda de minusválido, en el taller me han dicho que no, que tengo que cambiar la furgoneta, seria un fastidio y un gasto de dinero, ruego me informe al respecto gracias

    • Consultas Itv
      2 agosto, 2020

      Buenas tardes Manuel, ponte en contacto con un laboratorio de reformas, sea como turismo o vehículo mixto es una reforma, y tendrá un coste, y si o si se necesita un informe de Conformidad que el coste no va a cambiar por cambiar la clasificación si es necesario.
      Seguramente te obligan a cambiar a turismo, e instalar los anclajes para la silla de rueda.
      Saludos.

  • Jose
    25 julio, 2020

    tengo una peugeot parther mixta ,clasificado 3100 categoria n1 se puede pasar a turismo ,no se utilizado nunca para carga

    • Consultas Itv
      28 julio, 2020

      Hola Jose, tienes que realizar la consulta al fabricante o a un laboratorio de reformas, son los únicos autorizados para realizar un cambio de clasificación si es posible.
      Saludos.

  • Rosa
    24 julio, 2020

    Hola, compré en el 2017 un furgón Fiat l2h2 me la camperizo y llevó a homologar el propio vendedor. En la itv le cambiaron la clasificación a autocaravana 3200. El problema es que ahora la queremos vender y nos hemos enterado que en tráfico sigue como vehículo mixto. Tendremos algún problema?

    • Consultas Itv
      27 julio, 2020

      Hola Rosa, si en Industria consta que está como Autocaravana, y en tarjeta técnica de ITV está claramente reflejado no tendréis problemas, ya que cuando pase al nuevo dueño se actualizarán los datos en tráfico.
      Saludos.

      • Rosa
        28 julio, 2020

        Hola de nuevo, pues en la ficha técnica del vehículo no viene nada. Pero tengo el informe favorable de la itv al cambio de clasificación y en las siguientes revisiones de itv, sí que viene reflejado en el informe la clasificación 3200

      • Consulta Itv
        30 julio, 2020

        Hola Rosa, si en los informes de inspección consta esa clasificación no creo que tengas ningún problema, de todas formas lleva copia a tráfico de esos Documentos por si fueran a poner alguna pega, si os pusieran alguna pega tendríais que poneros en contacto con la ITV donde se tramitó el cambio de clasificación y se camperizó.
        Saludos

  • Clemente Delgado
    15 julio, 2020

    Si cambio mi coche de la categoria mixta a turismo normal, pagaré un impuesto de circulacion mayor?

  • Dídac
    9 julio, 2020

    Si un vehiculo mixto tiene el cerfiticado de la casa que constata que el vehículo puede ser tanto mixto como turismo y ha pasado la ITV como mixto… ¿Puede ser que luego al cambiarlo a turismo no pueda pasar la ITV como turismo?

    ¿Que diferencias hay entre la ITV de vehículo mixto y la ITV de turismo?

    • Consultas Itv
      14 julio, 2020

      Buenas noches, en ITV se inspeccionan dependiendo de su categoría, no de su clasificación. Si que hay algunos puntos a inspeccionar que son diferentes para vehículos mixtos.
      Sería muy complicado redactar todas las diferencias de inspección, son diferencias de alcance de inspección, de resultado, etc…
      Si quieres saber algún punto en concreto estaré encantado de contestarte.
      Saludos.

  • Blanco
    8 julio, 2020

    hola , tengo pensado comprar un peugeot 206 hdi , matriculado el 28-04-2005 y en las especificaciones tecnicas esta en la letra K c-1871 , esta para transportar mercancia en su parte trasera , mi pregunta es ¿ puedo cambiarlo a turismo? gracias . un saludo . a cuidarse

    • Consultas Itv
      14 julio, 2020

      Buenas noches, tienes que realizar la consulta al fabricante o a un laboratorio de reformas, ellos tienen acceso a la homologación del vehículo y te pueden indicar si es posible realizar el cambio de clasificación.
      Saludos.

    • Leo Lukacs
      2 septiembre, 2020

      Que tramites debo hacer para pasarla a turismo y cual es el coste aproximado.
      Gracias.

  • Antonio
    6 julio, 2020

    Buenas tardes

    Tengo un vehículo mixto adaptable (3100) con MMA 4600 kgs. Primera matriculación 17/09/2003. Es de uso particular. No transporte.
    Está exento de llevar y usar tacógrafo?. Y limitador de velocidad?

    • Consultas Itv
      7 julio, 2020

      Buenos días, el tacógrafo sería obligatorio ya que la MMA es mayor de 3.500 kg.
      El limitador depende, si es motor Euro 3 si es obligatorio, si no es motor Euro 3 o es un vehículo según la Directiva 88/77/CEE no es obligatorio por la fecha de matriculación de tu vehículo.
      Saludos.

      • Antonio
        8 julio, 2020

        Gracias por su respuesta.

        Siendo de uso particular (sin tarjeta de transporte ni actividad comercial) pensaba que podría estar exento del tacógrafo

        saludos

  • Miguel Angel
    30 junio, 2020

    Hola.
    TEngo una furgoneta mixta adaptable (3100) con contraseña de homologación empezada por «e» a la que le he hecho una camperización con idea de pasarla a «turismo» con accesorios. La empresa de homologación que me ha hecho el proyecto le ha pasado la documentación a la ITV y me han llamado de la ITV para decirme que ellos no hacen eses cambio por que ujna furgoneta es una furgoneta ¿?.
    ¿Es posible pasar de 3100 a 1000 como turismo con accesorios o no llevando cama, claraboya etc..? ¿En que ITV de Madrid lo harían?
    Un saludo

    • Consultas Itv
      2 julio, 2020

      Buenas tardes, es complicado que un furgón pase a turismo vivienda, no imposible pero complicado. Lo que si puedes es reformarlo y pasarlo a furgón vivienda sin problema.
      Te recomiendo realizar la consulta en un laboratorio de reformas de vehículos, para ver si puedes realizar de alguna manera dicho cambio, es posible que primero se pueda pasar a turismo y luego realizar la camperización (aunque sean dos tasas de reforma).
      Saludos.

  • Ignacio
    20 junio, 2020

    Buenas tardes a todos, alguien me puede ayudar he llevado los papeles de mi transporter t5 a la volkswagen, me ha dicho que no puedo pasarla a turismo y no me han dado esplicacion según lo que dicen aquí los vehículos del tipo (c) no es posible pero tiene los asientos para 6 plazas.no acabo de entender. Gracias.
    Un saludo.

    • Consultas Itv
      21 junio, 2020

      Buenos días, el fabricante o un laboratorio de reformas son los únicos autorizados para realizar un cambio de clasificación. hay vehículos que aunque tenga la homologación «C» pueden realizar el cambio de clasificación a turismo, para ello el vehículo tiene que tener una homologación Europea para ese mismo tipo de vehículo, y el único autorizado son el fabricante o un laboratorio de reformas, solicita información en otro sitio pero si el fabricante te ha comentado que no se puede realizar el cambio es que no se puede.
      Saludos.

  • Liviu
    18 junio, 2020

    Tengo una furgo wv Cadyy 4 motion y quiero cambiarlo a turismo porque lo gasto para ir a trabajar no para cargar mercancia.Que tengo que hacer.Gracias

    • Consultas Itv
      21 junio, 2020

      Buenos días, tienes que solicitar información al fabricante del vehículo o a un laboratorio de reformas para solicitar un informe de conformidad para el cambio de clasificación de tu vehículo en el caso que se pueda realizar. Con ese informe en ITV realizas la reformas y se realizaría el cambio de clasificación.
      Saludos.

  • Miguel Angel
    11 junio, 2020

    Hola. He comprado recientemente una Chrysler Voyager y esta como vehiculo mixto adaptable pero me gustaria pasarla a turismo para no pasar la ITV cada 6 meses. Que es lo que tengo que hacer? Ir a trafico o en la ITV lo hacen en el momento de pasar la ITV? Muchas gracias. Saludos

  • Adrian
    9 junio, 2020

    Hola,

    Tengo una Nissan Primastar del 2007 la cual salio de fabrica como turismo y a posteriori se le hizo una reforma a 6 plazas y carga.

    Siendo un vehiculo mixto adaptable, puedo ponerle la fila trasera y tener 9 plazas?

    De lo contrario, si la paso a turismo, puedo llevar carga? Como una moto? Sacando la ultima fila de asientos?

    • Respuesta A Consultas Itv
      11 junio, 2020

      Buenas noches, sobre la ampliación de asientos tienes que consultarlo con un laboratorio de reformas o la Nissan para ver si se puede realizar la ampliación.
      Sobre si la pasas de nuevo a turismo y puedes transportar carga, entiendo que mercancía, no, los turismos están concedidos para transporta personas y sus equipajes, compras, etc… pero nunca para transportar mercancías.
      Saludos.

  • Hana
    5 junio, 2020

    Buenas tardes,

    Me pueden decir que validez tiene el certificado del fabricante Citroen por favor? Quiero pasar mi Berlingo de mixto a turismo y he oído que solo vale 15 días. Es verdad? Yo pesaba que es para la vida.

    Muchas gracias
    Un saludo
    Hana

    • Consultas Itv
      6 junio, 2020

      Buenas noches, un informe de conformidad tiene validez hasta que no haya un cambio de Normativa. Pueden ser años, pero la validez de 15 días es verdad, pero es más real en reformas donde se produce un cambio en el vehículo, ejemplo, instalas un enganche, pues tienes 15 días para legalizarlo sin que te denuncien.
      A ti no te pueden denunciar ya que no has reformado el vehículo.
      Si no hay cambio Normativo tu Documento siempre es válido, eso sí, si cambia la Normativa y afecta a los Actos Reglamentarios de tu informe de conformidad tendrías que solicitar el documento de nuevo.
      Saludos.

  • Eduardo Pastor Lobo
    29 mayo, 2020

    Distinguidos señores de ITV, me dirijo a ustedes porque mañana me entregan matriculada una Fiat Talento nueva que por ofertármela a un precio 3000€ más barata de su valor está catalogada como vehículo mixto y a nombre del concesionario hasta que tráfico expida la documentación original a mí nombre. Al parecer, estos trámites se están realizando a cuentagotas por motivo de la situación actual de estado de alarma. Iré con un provisional de momento. Me dice el comercial que una vez con la documentación en mi poder solo tengo que pedir cita a ustedes y realizar el cambio a turismo. Tengo que decir que el vehículo viene totalmente configurado de serie para transporte de pasajeros con 8 plazas y totalmente acristalado.¿Tendré algún problema?.¿Tengo que pagar impuesto de matriculación?. Me ha parecido leer que si no han pasado 4 años hay que ir a tráfico. ¿Se pueden tramitar estos temas a través de gestoría?. Muchas gracias.
    Un saludo

    • Respuesta A Consultas Itv
      30 mayo, 2020

      Buenas Eduardo, todos esos trámites los puede realizar una gestoría, con su respectivo coste.
      Sobre el cambio a turismo me imagino que es porque te han entregado un informe de conformidad para realizar dicho cambio en la ITV, ya que es indispensable ese documento para realizar el cambio.
      Saludos.

  • Juan Antonio
    24 mayo, 2020

    Hola buenas tardes, tengo una Toyota Hiace, de cinco plazas y cuando la compre no me dijeron que hera mixta, que fuera dentro de unos meses que me la pasaban a turismo, siempre que llamaba por teléfono me contestaba lo mismo, lo que quiero es pasarla a turismo.
    Se puede pasar, muchas gracias.
    Tenía que denunciar a Toyota por engaño. Lo mismo con un alerón que me pusieron, con certificado de Toyota, o del concesionario donde la compre, llevo muchos años pasándola cada seis meses, por culpa de este señor que me vendió la furgoneta..

    • Josep
      23 septiembre, 2020

      Hola, has podio cambiarla? tengo el mismo problema

  • Ricardo
    22 mayo, 2020

    esta claro que los comentarios que no les interesan los quitan ,cuando uno se equiboca aviendo intereses asu fabor no es equibocacion es engaño estafa y lo que mas ma jodido que no man pidio disculpas no se puede manipular fichas tecnicas ,tengo pruevas de lo que hablo esto a sido en la itv de ribaroja

    • Itvcitaprevia
      22 mayo, 2020

      Aquí no se quitan comentarios. Este portal es totalmente independiente de las estaciones de ITV.

  • Ricardo
    19 mayo, 2020

    resulta que compre una furgoneta citroen yumper de 9 plazas acristalada con sus asientos la lleve a un taller hacer un arreglillo y pregunte por la posibilidad de hacerla turismo y tras comprobar la contraseña creo que fue eso que ponia E3-2001-116-0234 ESO O ESTO no estoy seguroCD2 ,,me dijeron que si ,,al tiempo fuy ala casa citroen por ahorrarme algo ta puesta como categoria y pregunte y me pidiero documentacion resulta que solo llevava copias me dijeron que si se podia pero avia que traer orijinales ,,como no los tenia que me los robaron tube que sacar documentacion nueva ..la ficha tecnica en la itv fuy y le esplique que queria hacer y que pasos dar para omologar lo primero que dijeron era hacer ficha tecnica nueva y me la hicieron ellos ahora viene el problema cuando boy de nuevo ala casa citroen dicen que no se puede cambiar porque en mi ficha tecnica pone que mi furgona es categoria N1 NO SE PUEDE CAMBIAR PORQUE MI FURGONA ESTA ADACTA PARA CARGA tocate esa..aber como se come esto e consegido una copia de un antiguo seguro donde tienen una copias de mi documentacion primera en la cual si era acta .segun espertos ahora que .pueden cambiar eso legalmente a sido un error veneficioso para la itv o como esta esto haver si algien puede alludarme gracia un saludo

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