Actualizado el 18 de septiembre de 2024
¿Cuales son los plazos para pasar la ITV? ¿Con qué frecuencia debe pasar un determinado vehículo la Inspección Técnica de Vehículos? ¿A partir de que año tendría la primera inspección periódica?
Las inspecciones técnicas de vehículos periódicas deben realizarse con una periodicidad que depende de su categoría, antigüedad (fecha de su primera matriculación) y el uso al que se destinan. Estas inspecciones periódicas son obligatorias.
- Octubre 2024:
- Quedan exentos de pasar ITV los ciclomotores de cualquier antigüedad clasificados como históricos.
- Quedan exentos de pasar ITV los vehículos históricos de más de 60 años.
- En 2018:
- Se elimina que los vehículos de alquiler tengan una periodicidad más restrictiva.
Por ejemplo. Antes un coche de alquiler debía pasar su primera ITV a los 2 años, ahora es a los 4 años, igual que un coche de uso privado. - Ahora las periodicidades se basan en la categoría del vehículo y no según su clasificación.
- Para ser considerado un vehículo como histórico debe tener como mínimo 30 años, y no 25 como hasta ahora.
- Cambia la periodicidad de los Remolques O2. AHORA es anual hasta los diez años. Después de los diez años, semestral. Básicamente ahora la norma dice que todo remolque, sea del peso que sea, es anual hasta los 10 y luego semestral. Menos las caravanas remolcadas.
- Se elimina que los vehículos de alquiler tengan una periodicidad más restrictiva.
Para disipar las dudas, en la siguiente lista mostramos la periodicidad de cada vehículo, tanto su primera inspección como las siguientes.
Intentamos que sea fácil de entender, sobre todo en lo referente al tipo de vehículo, para que, de un rápido vistazo, tengamos clara la periodicidad de nuestro vehículo.
Hay otra forma de saber cuándo tengo que pasar la primera ITV un coche o una moto por su matrícula.
Plazos para Pasar la ITV según clasificación de vehículos
Motos
Periodicidad ITV de Motocicletas, Vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadríciclos ligeros
- La PRIMERA es a los 4 años
- De más de cuatro años: CADA 2
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años.
- De dos a cinco años: ANUAL.
- De más de cinco años: CADA 6 MESES.
Ciclomotores
Ciclomotores de combustión o eléctricas hasta 4KW:
- La PRIMERA es a los 3 años
- De más de 3 años: BIENAL
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años.
- De dos a cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Coches
Turismos – Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a diez años: Cada 2
- De más de diez años: ANUAL
- Si es de autoescuela.
- La PRIMERA es a los 2 años
- De dos a cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
- Si es MIXTO (*Definición Vehículos Mixtos).
- La PRIMERA es a los 2 años
- De 2 a 6 años: Cada 2
- De 6 a 10 años: ANUAL
- De más de 10 años: Cada 6 meses
- Si es TAXI, AMBULANCIA o transporta escolares o menores.
- Cada año hasta los 5 años
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Pick Up
Periodicidad de vehículos y conjunto de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, hasta 3.500 kg. (también se incluyen los vehículos Pick Up).
- La PRIMERA es a los 2 años
- De 2 a 6 años: Cada 2
- De 6 a 10 años: ANUAL
- De más de 10 años: Cada 6 meses
Ambulancias
Frecuencia de inspección para Ambulancias y vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor
- Hasta los 5 años, ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Mercancías ligeros
Periodicidad Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías de PMA (peso máximo autorizado) menor o igual a 3,5 Tm.
- La PRIMERA es a los 2 años
- De dos a seis años: Cada 2
- De seis a diez años: ANUAL
- De más de diez años: Cada 6 meses
Camiones
Frecuencia de inspección ITV de Vehículos dedicados al transporte de mercancías de PMA mayor a 3,5 Tm y cabezas tractoras independientes:
- Hasta diez años: CADA AÑO
- De más de diez años: SEMESTRAL
- Si es de autoescuela:
- Hasta los cinco años: ANUAL
- De más de cinco años: Cada 6 meses
Caravanas remolcadas
Caravanas remolcadas de PMA mayor a 750 kg.
- La PRIMERA es a los 6 años
- De más de seis años: CADA 2
Tractor
Periodicidad ITV para Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada, remolques agrícolas y otros vehículos agrícolas especiales, excepto motocultores y máquinas equiparadas:
- La PRIMERA es a los 8 años
- De ocho a dieciséis años: CADA 2
- De más de dieciséis años: CADA AÑO
Tractores +40 Km/h
Tractores agrícolas o forestales, con una velocidad máxima superior a 40 km/h.
- La PRIMERA es a los 4 años
- De 4 a 16 años: CADA 2
- De más de dieciséis años: CADA AÑO
Obras y especiales
Vehículos especiales destinados a obras y servicios y maquinaria autopropulsada, con exclusión de aquellos cuya velocidad por construcción sea menor a 25 Km/h:
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a diez años: CADA 2
- De más de diez años: CADA AÑO
Vehículo ferias
Frecuencia de inspección ITV de Estaciones transformadoras móviles y vehículos adaptados para la maquinaria del circo a ferias recreativas ambulantes:
- La PRIMERA es a los 4 años
- De cuatro a seis años: CADA 2
- De más de seis años: CADA AÑO
Vehículos Históricos
El 1 de octubre de 2024 se aprueba un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que modifica algunos aspectos relativos a la ITV de este tipo de vehículos.
Concretamente se modifican El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, que queda modificado como sigue:
- El apartado 9 del artículo 5 queda redactado de la siguiente forma:
9. Inspecciones técnicas previstas en el procedimiento de clasificación de
vehículos históricos, prescritas en el Reglamento de Vehículos Históricos, en las
condiciones que se establezcan para su clasificación. - El apartado 2 del artículo 6 queda redactado de la siguiente forma:
2. Los vehículos históricos se someterán a inspecciones técnicas periódicas, al menos, con la siguiente frecuencia:
| Ciclomotores/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Cualquiera | EXENTOS |
| Motocicletas/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Cualquiera | Cada 4 años |
| Resto de categorías/Antigüedad | Frecuencia de inspección |
|---|---|
| Inferior a 30 años | La que corresponda, según categoría |
| Igual o superior a 30 años e inferior a 40 años | Cada 2 años |
| Igual o superior a 40 años e inferior a 45 años | Cada 3 años |
| Igual o superior a 45 años | Cada 4 años |
| Superior a 60 años | EXENTOS |
En definitiva ahora se añade que los ciclomotores que sean clasificados como históricos no tendrán que pasar la ITV, independientemente de su antigüedad y que los demás tipos de vehículos que tengan más de 60 años estarán exentos de pasar la ITV.
Periodicidad ITV por categoría
A continuación mostramos en unas tablas la periodicidad ITV de los vehículos por la categoría en la que están clasificados. Esta información es un poco más técnica pero más precisa.
Al final de las tablas, añadimos algunas notas adicionales.
| Dentro de la Cat. L se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| L1e: Ciclomotores de dos ruedas con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h, de cilindrada inferior a igual a 50 cm3(combustión interna) o potencia contínua nominal máxima inferior o igual a 4 kW (motores eléctricos). | A los 3 años | De más de 3 años: Bienal |
| Resto L: Vehículos de motor de dos o tres ruedas, gemelas o no, y cuadriciclos, destinados a circular por carretera, así como sus componentes o unidades técnicas. | A los 4 años | De más de 4 años: Bienal |
| ** SI SON DE AUTOESCUELA ** | A los 2 años | De 2 a 5 años: Anual. De más de 5 años: Semestral |
| Dentro de la categoría M se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| M1: vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y de sus equipajes, con un máximo de ocho plazas, excluida la del conductor. | A los 4 años | De más de 4 años: Bienal De más de 10 años: Anual. |
| M2, M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje con más de ocho plazas, excluida la del conductor. | Hasta 5 años: Anual | De más de 5 años: Semestral |
| ** M1 SI SON DE AUTOESCUELA ** | A los 2 años | De 2 a 5 años: Anual. De más de 5 años: Semestral |
| Dentro de la categoría N, O se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima no sea superior a 3,5 toneladas. | A los 2 años | De 2 a 6 años: Bienal. De 6 a 10 años: Anual. De más de 10 años: Semestral |
| N2,N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas.O2 (excepto caravanas remolcadas de esta cat.), O3, O4: Remolques concebidos y fabricados para el transporte de mercancías o de personas, así como para alojar personas. | Hasta 10 años: Anual | De más de 10 años: Semestral |
| O2 caravanas remolcadas. | A los 6 años | De más de 6 años: Bienal |
| Dentro de la categoría N, O se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| Tractores de ruedas agrícolas o forestales, con una velocidad máxima de fabricación superior a 40 km/h. | A los 4 años | De 4 a 16 años: Bienal. De más de 16 años: Anual |
| Resto de tractores de ruedas agrícolas o forestales, maquinas automotrices (excepto las de 1 eje), remolques especiales, maquinas remolcadas y tractocarros. | A los 8 años | Entre 8 y 16 años: Bienal. De más de 16 años: Anual |
| Dentro de la categoría se especifica | Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas | |
| Únicamente aquellos cuya velocidad por construcción sea igual o superior a 25 Km/h. | A los 4 años | De 4 a 10 años: Bienal. De más de 10 años: Anual |
| Frecuencia de inspección por antigüedad | |
| Primera inspección | Sucesivas |
| A los 4 años | De 4 a 6 años: Bienal. De más de 6 años: Anual. |
Vehículos exentos de pasar ITV
- Desde el 1 de octubre de 2024, los vehículos históricos de más de 60 años y los ciclomotores de cualquier antigüedad quedan exentos de pasar la ITV.
- Para el resto, la única manera de que un vehículo quede exento de pasar la ITV por razón de su no utilización es imprescindible dar de baja temporal el vehículo en la Jefatura de Tráfico.
¿Cuándo se debe pasar la ITV?
Cuando nos compramos un vehículo nuevo o adquirimos uno de segunda mano, normalmente nunca pensamos en cuándo tendrá que acudir a pasar la Inspección Técnica de vehículos. Más concretamente, en pasar la Inspección Periódica, que es el tipo de inspección que debe pasar cualquier vehículo.
Hay que aclarar, que la antigüedad de un vehículo en lo que respecta a la periodicidad ITV, se computa desde la fecha de su primera matriculación.
En el caso de un coche nuevo, tendremos la duda de cuándo deberemos pasarle la inspección por primera vez. Si se trata de uno con unos años encima, lo que nos preocupará será saber la fecha en la que le caduca la ITV, y además cada cuanto tiempo.
Además, dentro de un mismo tipo de vehículo, la frecuencia con la que debe pasar la inspección periódica difiere, sobre todo por el uso que se le da.
Por ejemplo, un turismo que se utiliza de modo privado no tiene la misma periodicidad que si se utiliza como Taxi. Una moto de Autoescuela tiene una frecuencia de inspección más severa que una para nuestro propio uso.
¿Cuándo hay que pasar la inspección por primera vez?
Pues como ya hemos comentado, depende del vehículo y su utilización. En la lista de periodicidades, definimos en primer término y por cada tipo de vehículo, cuándo debe pasar su primera inspección.
Es bastante común, que adquirimos un vehículo, tipo furgoneta pequeña, que al ser un derivado de un turismo, pensemos que su primera ITV es a los 4 años. Y lo más normal (si está catalogada como mixta) es que sea a los 2 años de su matriculación.
De todas formas, para saber cuándo le toca la primera, desde hace un tiempo, ya viene reflejado en el Permiso de Circulación.
NOTAS A TENER EN CUENTA
- Vehículo mixto
- Vehículo especialmente dispuesto para el transporte simultáneo, o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve plazas incluida la del conductor y que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente por personas mediante la adición de asientos.
- En el caso de vehículos mixtos la frecuencia de inspección es las más restrictiva entre los correspondientes al transporte de personas o mercancías al vehículo de que se trate.
- En este artículo te explicamos cómo pasar un vehículo mixto a turismo y todo lo que tienes que saber sobre los mixtos adaptables.
- La antigüedad del vehículo se cuenta a partir de la fecha de matriculación que conste en el permiso de circulación. En el caso de vehículos ya matriculados con anterioridad, tanto en territorio nacional como en el extranjero, la antigüedad del vehículo deberá ser computada a partir de la fecha de primera matriculación o puesta en servicio que conste en el permiso de circulación del vehículo o documento equivalente. El plazo de validez de las inspecciones técnicas periódicas se logra añadiendo a la fecha en la que el resultado de la inspección haya sido favorable la frecuencia que corresponda a su periodicidad.
- No obstante, si dicha fecha está comprendida en los 30 días naturales anteriores a la expiración del plazo de validez de la inspección anterior, el plazo de validez se obtendrá adicionando la frecuencia correspondiente a la citada fecha en la que expide.
- Saber la fecha de primera matriculación:
- Para saber la fecha de matriculación de tu vehículo debes mirar el Permiso de Circulación.
Te mostramos un ejemplo para que puedas ver exactamente dónde se muestra la fecha de matriculación. - ANTIGUO PERMISO DE CIRCULACIÓN

- NUEVO PERMISO DE CIRCULACIÓN

- Para saber la fecha de matriculación de tu vehículo debes mirar el Permiso de Circulación.
¿Tienes pedida cita para la inspección pero para la fecha que te dieron estará caducada?
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10 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es
hola, tengo un vehiculo catalogado como mixto, que aun no tiene los 4 años, si lo paso a turismo, tengo que pagar algo si el vehiculo por baja contaminacion no paga impuesto de matriculacion?
Hola. Estoy utilizando una furgoneta de menos de 3.500 Kg en alquiler. Me han comentado que al ser alquilada debo pasar la ITV anualmente a partir de segundo año y hasta el quinto y a partir del quinto debe pasar de forma semestral. La están considerando como vehículo de transporte de personas.
Yo entiendo que al ser un vehículo mixto de menos de 3.500 Kg la periodicidad debe ser bianual a partir del segundo año y hasta el sexto.
¿Podrías indicarme que criterio es el correcto?
Muchas gracias
Buenas noches, el criterio correcto es el que te han indicado, al ser para transporte de personas y de alquiler su periodicidad es la primera a los dos años de su matriculación, anualmente hasta los cinco años y después de los cinco años semestral.
Saludos.
Quiero comprar una caravana de remolque de menos de 750 kg. ¿como va el tena de itv? ¿cada cuanto la pasan? precio?
Gracias.
Buenas tardes, si es un remolque de menos de 750 kg no está obligado a pasar ITV.
Saludos.
Hola,
Tengo un coche matriculado a finales de enero de 2014.
Ahora estoy viviendo en EEUU y quería saber si tengo que pasar la Itv en enero del 2018 así como si puedo pasarla al comienzo del mes de enero de ser el caso.
Al vivir fuera tendría que pedirle a alguien que llevase el coche. Eso sería posible? En caso contrario tendría que esperar a volver y pasarla en el mes de junio. Tendría alguna sanción?
Un saludo y muchas gracias
Si es un turismo de uso particular deberá pasar su primera ITV a finales de Enero del año que viene.
Le recomendamos que si tu no puedes, que lleve el vehículo alguien a pasar la inspección y así evitar problemas posteriores por ITV caducada.
Buenas, tengo un camión tienda vivienda, cada que tiempo tengo que pasar la itv. Gracias.
Buenas tardes, los vehículos vivienda (menos los remolques vivienda) tienen la misma periodicidad que los turismos. Mi duda está en lo de tienda-vivienda, ya que si está clasificado como tienda es más restrictivo, y tendría la periodicidad de los camiones ligeros o vehículos mixtos.
¿Me puedes indicar la clasificación que viene en tu tarjeta técnica? Ejemplo, 20.48, 20.51, 24.51, 24.48, 10.48, etc…
Si me indicas la clasificación te digo con exactitud la periodicidad de tu vehículo.
Saludos.
2251
el camion es del 2002
Buenas tardes, un 22.51 corresponde a camión de más de 12.000 kg de MTMA y tienda, por lo que tienes la periodicidad de un vehículo pesado que transporta mercancías, es decir, hasta los 10 años anual y después de los 10 años semestralmente. Como tiene más de 10 años tienes que pasar cada seis meses.
Saludos.
Buenas, la itv de un coche caduca un día específico del mes o es válida hasta el fin del mes indicado en la pegatina?
Gracias!
Caduca un día específico que puede ser según el caso:
– Si no ha pasado nunca una ITV; la fecha de primera matriculación.
– Si ya ha pasado alguna ITV; la fecha exacta está anotada en la Ficha Técnica del vehículo.
Hola! Si el camión está de viaje en estrajero y la ITV caduca el dia 16 de agosto 2017 y lo para la policia lo va multar?
Buenas noches, entiendo que si, porque a partir del día 17 tiene la ITV caducada, no existen excepciones para este tipo de casos.
Saludos.
Puedo pasar la itv del coche con un remolque ligero engancha?
Buenas tardes, tendrías que desconectar el remolque para pasar seguramente por el foso, por el tema de que es muy estrecho, te tendrían que desconectar el dispositivo de las luces del remolque para comprobarlo con el comprobador de enganches.
Por lo que te recomiendo desengancharlo antes de pasar la ITV. Una norma estricta sobre llevar o no un remolque enganchado no existe.
Saludos.
Hola, en mi ficha técnica pone que mi coche es de uso particular. Resulta que Hacienda me dice que como lo uso para mi actividad, soy un comercial autónomo, tengo que cambiar el uso en la ficha técnica. ¿Qué uso hay que poner?
Gracias.
Buenas tardes, entiendo que lo que Hacienda te solicita es que realices un cambio de servicio del vehículo, que sería Servicio Público entiendo yo. Lo que te recomiendo consultar en tráfico si puedes realizar el cambio de servicio en el permiso de circulación sin la anotación en tarjeta ITV, si no es posible tienes que realizar un cambio de servicio en ITV.
Saludos.
Hola tengo una caravana y me toca pasar la itv ¿me podrían decir que es lo que se le mira? Gracias.
Buenas tardes, es muy complejo en un comentario responderte todos los puntos a inspeccionar de un vehículo.
Identificación (placas de matrícula, documentación y número de bastidor), carrocería y chasis, alumbrado y señalización, frenos, suspensión, neumáticos, posibles reformas instaladas en el vehículo, etc… Puedes consultar en el Manual de Procedimientos de ITV todos los detalles que suponen la inspección, si quieres preguntar por algún punto en concreto estaré encantado de responderte pero siento no poderte responder a todo lo que se inspecciona ya que me supondría redactar más de 30 páginas para detallar la inspección del mismo.
Saludos.
Hola tengo una caravana de remolque matriculada, le tocaba pasar la itv en abril, pero mi marido que es el que conduce cuando se lleva la caravana está navegando.
La culpa la he tenido yo, que pensé que habia que pasarla en junio que fué cuando la compramos y le hicimos el seguro.
La caravana no es un modelo actual con lo que hay que pasarsela cada dos años.
La cuestión es, como puedo desplazar la caravana hasta la itv si no la tiene pasada? ¿Me supondría algun tipo de sanción el hacerlo aunque no me parara la policía de camino?
Otra pregunta: he leído el post de alguién que hacía referencia a la bola de remolque.
Nuestro coche pasará su primera itv a finales de año y la bola de remolque aún no tiene dos años de antiguedad, habría que revisarla?
Gracias.
Buenas tardes, la puedes transportar en una góndola o grúa para ese tipo de vehículo, puedes consultarlo con el Seguro del vehículo. Si la llevas enganchada te pueden denunciar.
Entiendo que la bola del enganche la tenéis debidamente legalizada, si es así siempre te la revisarán en la inspección periódica cuando pasé el vehículo, es decir, identificación, instalación eléctrica, su estado, que no exista riesgo de desprendimiento, etc… no tendrías que pasar una inspección a parte.
Si no la tenéis legalizada, si que tendrías que pasar por ITV para ponerla en regla, es decir, necesitas informe de conformidad, certificado del taller, y manual de montaje y realizar un servicio de reforma en una ITV para legalizarla en tarjeta técnica.
Saludos.
Hoe lang mag je over tijd zijn voor de itv?
Sorry, maar we begrijpen hem niet.
Tengo que pasar la ITV el 01 de Junio, pero me es imposible poder ir, tengo algunos días de plazo o tengo que ir el mismo día.
Saludos.
No tienes ningún día de plazo.
Buenas tardes.
He adquirido un remolque nuevo de más de 750 Kgs para transporte de una embarcación (náutica). ¿A partir de cuando tiene que pasar la ITV?
Gracias.
Buenas tardes, al ser un remolque de categoría O2, es decir, de más de 750 kg y menos de 3.500 kg, tiene que estar matriculado, y está obligado a pasar ITV.
La primera inspección a los dos años, entre los dos años y los seis bienal, entre los seis años y los diez anual, y a partir de los diez años semestralmente.
Saludos.
Buenas tardes. Voy a comprar un turismo de segunda mano a una empresa de alquiler de vehículos sin conductor. ¿Cada cuanto tiempo tendré que pasar la ITV?
Gracias y un saludo.
La primera a los dos años.
De dos a cinco años: cada año.
De más de cinco años: cada seis meses.
Hola, tengo un vehículo mixto de 1988 (29 años) que pasa la ITV semestralmente, ¿hay alguna forma de que la pase una vez al año como mucho?
gracias
Buenas tardes, tienes que solicitar al fabricante un informe de conformidad para realizar el cambio de clasificación de Vehículo mixto a Turismo, si es posible el cambio el fabricante te lo autoriza y te realiza el informe de conformidad. Con ese documento en una Estación ITV realizas la reforma.
Si el fabricante no te autoriza el cambio de clasificación no puedes realizar el cambio.
Saludos.
Buenos días, he puesto una bola en el coche para remolque de menos de 750 kg. ¿Tiene que pasar el remolque ITV por separado en distinta fecha que la del coche? o al pasar el coche la periódica ya se renueva el remolque comprobando la bola?
Buenas tardes, los remolques de menos de 750 kg no tienen que pasar inspección periódica por lo que no tienes problemas.
Lo que si que tienes es que legalizar en tarjeta técnica del vehículo el enganche.
Saludos.
Buenos días.
Quería comentar una duda que me surgió en la última revisión.
El coche en la última revisión tenía 9 años, y pasó favorable.
Pero me dieron de plazo 1 año por que estaba cerca de los 10 años de antigüedad.
Le dije al técnico que por muy cercano que el lo viese, el coche tenía 9 años y me tenía que dar 2.
Al final ni para el ni para mi, me dio la diferencia hasta llegar a los 10 años.
Eso es así, o el técnico en cuestión aplicó su «ley»??
Buenas tardes, los vehículos que todavía no tienen los diez años, se le da de periodicidad desde el día que pasa la inspección hasta la fecha de matriculación más un año, se reajusta automáticamente.
Te pongo un ejemplo, pasa hoy día 10/05/2017 la inspección periódica y la fecha de matriculación de tu vehículo es el día 25/11/2007, como todavía no tiene los diez año se te da la periodicidad para el día 25/11/2018 porque es un año a partir de cuando tu vehículo tiene los diez años.
De todas formas si me dices tu fecha de matriculación y la fecha en la que pasaste la ITV te digo con exactitud la periodicidad.
Saludos.
Hola, ¿es cierto que se está dando validez de 18 meses para los vehículos de 10 años cuando antes era anual?
Buenos días, no, no es cierto. A día de hoy la periodicidad para los turismos de más de 10 años es anual. Si la normativa se modifica os lo indicaremos en nuestra página para que el usuario esté bien informado.
Saludos.
Hola buenas tardes,compré mi vehículo supuestamente km0 en un concesionario, en junio de 2016.
Hoy he cogido los papeles del coche para solicitar la pegatina de zona azul de residente y veo que mi coche debía haber pasado la ITV en febrero de 2017!!
Me pongo en contacto con el concesionario y me dicen que eso es imposible a menos que fuese un vehículo de alquiler sin conductor. Busco el contrato de compra venta y efectivamente es así como está clasificado.
Les pido que solventen el problema, ya que por ignorancia llevo dos meses circulando sin ITV haciendo muchos km hasta mi trabajo (240km) para ser exactos.
Y me dan fecha para dentro de 12 días, y les digo que me dejen un coche en sustitución que lo necesito para trabajar.
Y me dice el concesionario; que no preocupe que lleve la hoja de la cita, y que no provoque el que me pueda parar la policía!!!! Me parece denunciable la actitud del concesionario. Me están induciendo a coger el coche sin tener todos los papeles en regla, todo por no haber ellos cambiado la clasificación del vehículo, de alquiler sin conductor a turismo particular.
¿Qué puedo hacer? ¿Es legal vender el coche sin haberlo clasificado?
Les he dicho que si me paran la multa será a mi nombre, los puntos me los quitaran a mi. Y el sofocón y el disgusto también es para mi. ¿Pueden orientarme para ver cómo actuar con el concesionario? Gracias de antemano.
Lo que tenía que hacer el concesionario al vender el coche es informar de las consecuencias de la clasificación que tenía y periodicidad más estricta.
Aunque lleves el comprobante de cita previa te podrán denunciar. Incluso sin que te paren, con las cámaras de Trafico e incluso estando aparcado.
Te recomendamos el asesoramiento de un abogado o acudir a Consumo de tu Comunidad Autónoma.
Muchísimas gracias.