Actualizado el 5 de noviembre de 2023
Más días de plazo para pasar la ITV a vehículos en ciertos casos. Se devuelven los días «robados».
Por ello, es importante que los afectados por el recorte del plazo para pasar la siguiente inspección de tu vehículo, estén atentos para cuando vuelvan a pasar la ITV.
Devolución días plazo ITV
Cuando se cerraron las estaciones de ITV por la pandemia, el Gobierno a través del Ministerio de industria aplicó unas prórrogas prórrogas para pasar la ITV para pasar la ITV a los vehículos que tenían que pasarla y no podían porque, evidentemente estaban cerradas y cuando abrieron, éstas no podían absorber tal cantidad de vehículos. En teoría, para evitar un caos, se tomó esa medida.
Lo que pasa es que, después, los vehículos que se “beneficiaron” de las prórrogas, cuando tuvieron que pasar otra inspección, en muchos casos, tenían que volver a pasarla a los pocos días, porque según su periodicidad, le volvía a tocar pasar una nueva inspección, con el consiguiente cabreo.
Entre medias, el Supremo dictó una Sentencia ITV, que modificaba algunos aspectos de los plazos.
Ahora, el 14 de septiembre de 2022, el BOE publica un Real Decreto con la finalidad de devolver los días “robados”.
En principio nos parece que puede ser un caos, las estaciones de ITV tienen trabajo y además y muy probablemente recurrirán esta medida.
Veremos y seguiremos informando.
Normativa
En concreto la publicación del BOE al respecto, expresa textualmente:
Disposición adicional única. Modificación de la próxima fecha de inspección de los vehículos afectados por la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos.
Se incrementa el plazo de validez de la próxima inspección de aquellos vehículos afectados por la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos, excepcionalmente y por una única vez, en el mismo número de días que se les hubiera minorado en aplicación del apartado segundo de la orden, como consecuencia de la situación creada por las Sentencias 1237/2021, de 18 de octubre de 2021, 1243/2021, 1244/2021 y 1246/2021, de 19 de octubre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.
La ampliación de dicho plazo será implementada en la siguiente inspección a que se someta el vehículo a partir de la fecha de entrada en vigor del presente real decreto. Es decir, una vez realizada dicha inspección técnica, se obtendrá el plazo de validez, adicionando los días en que este se hubiera minorado, en aplicación del apartado segundo de la mencionada orden, al plazo de validez que le corresponde según establece el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, tomándose como referencia dicho plazo de validez ampliado para la cumplimentación de la fecha hasta la que es válida la inspección en la tarjeta ITV y el certificado de inspección técnica.
No obstante, para aquellas categorías de vehículos para los que la Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE establece en su artículo 5 una frecuencia de inspección mínima, el plazo de validez anterior se incrementará, como máximo, hasta alcanzar los límites establecidos en el citado artículo, siendo estos:
- Vehículos de las categorías M1 y N1: Hasta cuatro años exentos, y a partir de entonces, cada dos años;
- vehículos de la categoría M1 utilizados como taxis o ambulancias, vehículos de las categorías M2, M3, N2, N3, O3 y O4: Anual;
- tractores de ruedas de las categorías T1b, T2b, T3b, T4.1b, T4.2b y T4.3b que se utilizan en la vía pública sobre todo para el transporte comercial por carretera: Hasta cuatro años exentos, y a partir de entonces, cada dos años.
Cómo se hará?
Pues de momento no tenemos ni idea, y esto va a dar de qué hablar.
Entrada en vigor
Pero, ¿cuándo empezarán a devolver los días ITV perdidos anteriormente a ciertos vehículos? El Real Decreto entrará en vigor el 27 de septiembre de 2022.
Buenas tardes, necesito contactar telefónicamente con vosotros. Es muy urgente. Gracias con contestar.
A buenas horas van a regular esto!! Cómo todo en esta España de pandereta lo hacen mal y tarde.Los de las ITV deben estar que trinan y con razón.
Gracias por informar y cuando sepáis como lo van a hacer lo ponéis aquí. Estaré pendiente.