Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

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Actualizado el 11 de noviembre de 2023

Sentencia Tribunal Supremo ITV. Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

Actualización septiembre 2022: El Gobierno publica Decreto devuelve días ITV.

El Tribunal Supremo, en sentencia firme, suspende el apartado segundo de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales por motivo de la crisis sanitaria para la Inspección Técnica de Vehículos, concretamente anula la parte de la Orden relativa a la fecha de caducidad de la inspección en la que se establece que…

se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Por lo tanto algunas Comunidades Autónomas, desde el 2 de octubre, tendrán en cuenta la fecha en la que el vehículo pase la inspección, pero sólo a los vehículos que les corresponda la primera prórroga ITV.

28/10/2020
Ojo, que la asociación de las ITVs recurren el Auto del Supremo.
No se esconden y alegan motivos económicos.
Veremos como acaba esto, pero será una vergüenza y un palo para los usuarios si el Supremo da marcha atrás.

26/11/2020:
Finalmente el Tribunal Supremo desestima el recurso y declara firme el auto.
ÚLTIMA HORA 30/12/2020:
Se publica en el BOE la resolución del Supremo.

Sentencia del Supremo ITV en el BOE

Desde el mes de octubre, algunas CCAA no han acatado la Sentencia alegando que no estaba publicado en el BOE. Qué pasará ahora que, el 30 de diciembre se publica en el BOE la Sentencia ITV del Supremo.

Ahora se está a la espera de que se resuelva el recurso al Supremo de FENADISMER en cuanto a si la Sentencia se debe aplicar retroactivamente, para que los vehículos que pasaron la ITV antes de la Sentencia teniendo la prórroga del Estado de Alarma, puedan modificar la fecha de próxima inspección que les recortaba periodo de vigencia.

RECALCAMOS. LA SENTENCIA SOLO AFECTA A LOS VEHÍCULOS DE LA PRÓRROGA ITV DEL E.A., NO LOS DE LA SEGUNDA PRÓRROGA «de verano».

Nuevos plazos de caducidad

Como ya hemos comentado, y aclarando que las C.C.A.A. tienen transferidas las competencias en materia de la Inspección Técnica de Vehículos, puede ser que apliquen en la práctica la sentencia de manera distinta. Pero sabemos que Industria comunicó a todas las Comunidades a través de una Instrucción que debían aplicar la sentencia del Supremo.

En principio, y esto es importante recalcarlo, la suspensión se aplica sobre la Orden SND/413/2020. Por lo tanto, únicamente se aplicará la anulación a los vehículos que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma (desde el 14 de marzo hasta el 20 de junio).

Por lo tanto, NO se aplica a los vehículos que obtuvieron la segunda prórroga de tres meses, cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

Además, y de momento, los vehículos que les caducó la ITV durante el E.A. pero ya pasaron la inspección, NO se beneficiarán de esta medida, ya que no tiene carácter retroactivo.
Es decir, por ahora, sólo se les dará la periodicidad normal (contando desde la fecha de inspección) a los vehículos que pasen la ITV desde el 2 de octubre y les correspondía la 1ª prórroga.

¿Te interesa conocer cuales son los Plazos ITV según el tipo de vehículo?

¿Qué pasará con los vehículos que ya pasaron la ITV?

Ahora viene el problema, ¿cómo se actuará con los vehículos que se vieron beneficiados de la primera prórroga y que ya pasaron la ITV y por tanto se les dio una fecha de caducidad menor a la que les correspondía y ahora se ven perjudicados? O incluso a los vehículos que les correspondía la segunda prórroga (denominada «de verano») y que también se les puso la fecha para la próxima inspección de menor plazo.

En noviembre el Tribunal Supremo declara FIRME el Auto, de modo que NO cabe recurso ordinario alguno contra él. Pero todavía queda pendiente el recurso de aclaración en relación al ámbito de aplicación, para que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto o no.

En definitiva, si el Supremo aclara que el Auto es de carácter retroactivo, se aplicaría a TODOS los vehículos afectados durante el estado de alarma, independientemente de si pasaron o no la inspección periódica.

Esta medida supondría un buen lío para las ITVs, tendrían que rectificar el recorte de la vigencia de la ITV aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran pasado la ITV antes de dictarse el Auto de suspensión cautelar a finales del mes de septiembre.

Y nos preguntamos:
¿Cómo lo harían? ¿Tendríamos que volver con la Ficha Técnica a que modificasen la fecha? ¿Nos devolverán el importe abonado?
Otro problema. ¿Podría circular tranquilamente con un coche que en un principio tiene la fecha de caducidad modificada? Recordemos que las estaciones de ITV comunican a la DGT la fecha de caducidad de cada vehículo, por ello tendrían que volver a comunicarlo y que la DGT actualizara su base de datos para evitar multas improcedentes.

Por ello, hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie, los vehículos que ya pasaron la inspección no se beneficiarán de esta medida.
Cabe otra posibilidad, y que sea el propio Ministerio de Industria quién comunique que pasará con estos vehículos, y en consecuencia, pueda modificarse algún aspecto.

En definitiva y de momento:

  • A partir de ahora (octubre) los vehículos con la primera prórroga, si pasan la inspección, la nueva fecha para volver a pasarla contará desde el día que la pasan.
  • Los vehículos que ya pasaron la inspección, no se beneficiarán, seguirán con la fecha que se les dio.
  • Esta medida no se aplica a los vehículos que les corresponde la segunda prórroga de 3 meses.
  • A día 30 de diciembre se publica la resolución del Supremo sobre el recorte de vigencia de la ITV.

Recalcar que las medidas que se establezcan de manera definitiva pueden variar con el transcurso del tiempo. Seguiremos informando.

¿Dónde NO se aplica la Sentencia del Supremo?

Pese a la Suspensión dictada por el Supremo (a finales de noviembre pasó a ser FIRME), parece que en algunas CCAA siguen sin aplicarla (gracias al comentario de un usuario), contando para la nueva fecha de caducidad la anotada en la Ficha Técnica. Alegan que no está publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pero, como ya hemos indicado, ¿cómo procederán ahora que a día 30 de diciembre se publica en el BOE?

Según nuestros usuarios siguen sin aplicar (a 29/12/2020) el Auto del Supremo en:

  • Murcia.
  • Euskadi.
  • ITV de Cerceda, en Madrid. Confirmación a primeros de diciembre.
Aplicación de la resolución del Supremo después de que se publique en en BOE:

  • En ITV Itevemur Alhama, confirmado por usuario que dan validez desde fecha que se pasa inspección.

Necesitamos la colaboración de los usuarios para saber qué CCAA o estaciones de ITV no están aplicando la nueva medida.

Lo que se puede hacer en estos casos es poner una queja/reclamación/denuncia en la Consejería de Industria y/o Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Hay 578 comentarios sobre Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

  • Jeromar
    4 abril, 2021

    Tengo la primera inspección de mi vehículo para el 4 de mayo 2021, pero para esa fecha no hay citas disponibles.
    Se me puede sancionar si paso la ITV en la fecha propuesta por internet?

    Gracias

  • Yoshua
    4 abril, 2021

    Pasé 2 semanas de acabarse mi prorroga de estado de alarma porque tuve el coche averiado varios meses ;ITV 28-3-20 . prorroga acababa 3-9-20 y pasé fuera de plazo el 15-9-20 . Y me pusieron caduca 28-3-21 . Me han ROBADO hasta los 15 días después de mi prorroga pero no pienso ir hasta el 15-9-21 .

  • Yoshua
    4 abril, 2021

    Mi mecánico dice que le pague los cambios de aceite y de neumáticos que no hice durante el estado de alarma , las estaciones de ITV están de acuerdo……….. Ironic mode

  • Pedro A. Sánchez
    3 abril, 2021

    Ustedes son unos interesado que te beneficias del robo por tener que pasar dos ITV en 4 meses. Lo menos que podrían hacer es cobrar la parte proporcional por los meses que validan. Se les tiene que acabar el monopolio de las ITV deben permitir que cualquier taller pueda acceder a pasar la ITV cumpliendo las normas que se exijan.

  • Itvcitaprevia
    31 marzo, 2021

    Lamentablemente no.

  • Respuesta A Consultas Itv
    31 marzo, 2021

    Hola José, este tema ha sido muy complicado de llevar en las ITV, porque lo más sencillo es que se hubiera dado la periodicidad que siempre le han correspondido a los vehículos y no a fecha que se le cumplió por tener una prórroga, a día de hoy, se está dando periodicidad en algunos casos de dos o tres meses porque le cumplió en verano del año pasado y no han pasado la ITV…a día de hoy la Normativa está así, espero que puedan solucionarte el problema.
    Saludos.

  • Raul
    31 marzo, 2021

    Acabo de pasar la ITV en Bizkaia, tenía que pasarla en Julio de 2020 y la he pasado en marzo de 2021, y me la siguiente es en Julio de 2022…

    Se puede hacer algo?

    Gracias.

  • Itvcitaprevia
    29 marzo, 2021

    ¿Dónde está la mentira?

  • Javi
    29 marzo, 2021

    Mentira

  • Javi
    29 marzo, 2021

    Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

  • Javi
    29 marzo, 2021

    Buenas
    El año pasado tendria que haber pasado la i.t.v el 18 de abril,al estar cerradas por la pandemia la pasé el 2 de junio ,a dia 27 de marzo de este mismo año ,me mandan un wasap de dicha i.t.v que la tengo que pasar el 1 de abril ,yo creo que la tendria que pasar antes de junio ,me podriais decir cual es la fecha real en la que la tengo que pasar,gracias

  • Jose
    26 marzo, 2021

    Justice tienes un pequeño error en las fechas tenian que haber puesto ficha tenica 23 marzo 2021 no se esta aplicando caracter retroativo sentenci tribunal supremo nos cobran doble para recuperar perdidas del estado alarma

  • Itvcitaprevia
    26 marzo, 2021

    Tienes que pasarla el 27 de marzo.

  • Justice
    26 marzo, 2021

    Buenas a todos

    Ayuda por favor. Yo debería haber pasado la ITV 23/03/20 pero la pase el 27/05/20 y me dicen que debo pasarla el 27/3/21. He puesto una hoja de reclamación en la ITV de Murcia. Pero me dicen por carta la ITV que la revisión es correcta y debo pasarla el 27/03/21

    Me pregunto porque no sacan esta noticia? Acaso la política tiene amordazada a los medios de comunicación? Donde está la veracidad y la responsabilidad de la prensa con los ciudadanos?

  • Rafa
    26 marzo, 2021

    eso no es lo que dice la sentencia del Supremo, deberían haber dado un año para la siguiente revisión

  • Rafa
    26 marzo, 2021

    la sentencia debe tener efecto retroactivo para todos los que pasamos la ITV en cuanto pudimos, por ser responsables y querer estar al día cuanto antes hemos salido perjudicados, es un timo que por ese motivo la inspección nos dure sólo 7 u 8 meses en vez de los 12 que debería…., es una discriminación clara, la justicia debe ser igual para todos

  • Pepe
    22 marzo, 2021

    Adriana la sentencia del tribunal supremo si ha servido para algo que se lo digan a los que pasaron itv apartir del 2 octubre aunquev algunas itv no lo aplicaron hasta 30 diciembre boe mira como ellos estan contentos con itv no como nosotros que lo pasamos antes de esa fecha y somos de primera prorroga que acabo la revicion el 1 marzo 2021 ellos no hablan en esta pagina porque sera te lo imaginas

  • Gonzalo
    22 marzo, 2021

    Acabo de pasar la ITV en Olot y me han dado una validez hasta agosto de 2021 que es la última fecha que tenía. La pregunta es qué puedo hacer. ¿Se puede interponer alguna queja? En el artículo dice que sí, pero alguien lo ha hecho. ¿Se sabe de alguna queja interpuesta? No acabo de entender lo del estado de alarma. Gracias por adelantado.

  • Adriana
    22 marzo, 2021

    La sentencia no ha valido para nada. Si no es con carácter retroactivo, cuando salió la sentencia ya habíamos pasado la ITV los del primer Estado de alarma. Supongo que para callarnos la boca.

  • Adriana
    22 marzo, 2021

    Lo del Tribunal Supremo a válido para poquito. Yo soy de marzo del 2020 pase en agosto y ahora tengo que pasar en marzo otra vez. Cuando salió la sentencia ya habíamos pasado la ITV la mayoría, si no todos, los de el primer Estado de alarma… La sentencia si no es de carácter retroactivo no ha valido para nada.

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