Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

81 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 581 votos, promedio: 3,32 de 5 81 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es

Actualizado el 11 de noviembre de 2023

Sentencia Tribunal Supremo ITV. Suspensión cautelar (finales de noviembre ya es FIRME) de la Orden Ministerial SND/413/2020, que entre otras cosas se contaba para la nueva periodicidad la fecha en Ficha Técnica y no la fecha de paso de inspección. Por lo tanto, ahora se dará el plazo para la siguiente inspección desde el día que el vehículo pasa inspección y no desde la anotada en la Tarjeta ITV del vehículo. La novedad es que se publica en el BOE.

Actualización septiembre 2022: El Gobierno publica Decreto devuelve días ITV.

El Tribunal Supremo, en sentencia firme, suspende el apartado segundo de la Orden Ministerial SND/413/2020 publicada el 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales por motivo de la crisis sanitaria para la Inspección Técnica de Vehículos, concretamente anula la parte de la Orden relativa a la fecha de caducidad de la inspección en la que se establece que…

se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

Por lo tanto algunas Comunidades Autónomas, desde el 2 de octubre, tendrán en cuenta la fecha en la que el vehículo pase la inspección, pero sólo a los vehículos que les corresponda la primera prórroga ITV.

28/10/2020
Ojo, que la asociación de las ITVs recurren el Auto del Supremo.
No se esconden y alegan motivos económicos.
Veremos como acaba esto, pero será una vergüenza y un palo para los usuarios si el Supremo da marcha atrás.

26/11/2020:
Finalmente el Tribunal Supremo desestima el recurso y declara firme el auto.
ÚLTIMA HORA 30/12/2020:
Se publica en el BOE la resolución del Supremo.

Sentencia del Supremo ITV en el BOE

Desde el mes de octubre, algunas CCAA no han acatado la Sentencia alegando que no estaba publicado en el BOE. Qué pasará ahora que, el 30 de diciembre se publica en el BOE la Sentencia ITV del Supremo.

Ahora se está a la espera de que se resuelva el recurso al Supremo de FENADISMER en cuanto a si la Sentencia se debe aplicar retroactivamente, para que los vehículos que pasaron la ITV antes de la Sentencia teniendo la prórroga del Estado de Alarma, puedan modificar la fecha de próxima inspección que les recortaba periodo de vigencia.

RECALCAMOS. LA SENTENCIA SOLO AFECTA A LOS VEHÍCULOS DE LA PRÓRROGA ITV DEL E.A., NO LOS DE LA SEGUNDA PRÓRROGA «de verano».

Nuevos plazos de caducidad

Como ya hemos comentado, y aclarando que las C.C.A.A. tienen transferidas las competencias en materia de la Inspección Técnica de Vehículos, puede ser que apliquen en la práctica la sentencia de manera distinta. Pero sabemos que Industria comunicó a todas las Comunidades a través de una Instrucción que debían aplicar la sentencia del Supremo.

En principio, y esto es importante recalcarlo, la suspensión se aplica sobre la Orden SND/413/2020. Por lo tanto, únicamente se aplicará la anulación a los vehículos que les caducó la ITV durante el Estado de Alarma (desde el 14 de marzo hasta el 20 de junio).

Por lo tanto, NO se aplica a los vehículos que obtuvieron la segunda prórroga de tres meses, cuya inspección caducó entre el 21 de junio y el 31 de agosto.

Además, y de momento, los vehículos que les caducó la ITV durante el E.A. pero ya pasaron la inspección, NO se beneficiarán de esta medida, ya que no tiene carácter retroactivo.
Es decir, por ahora, sólo se les dará la periodicidad normal (contando desde la fecha de inspección) a los vehículos que pasen la ITV desde el 2 de octubre y les correspondía la 1ª prórroga.

¿Te interesa conocer cuales son los Plazos ITV según el tipo de vehículo?

¿Qué pasará con los vehículos que ya pasaron la ITV?

Ahora viene el problema, ¿cómo se actuará con los vehículos que se vieron beneficiados de la primera prórroga y que ya pasaron la ITV y por tanto se les dio una fecha de caducidad menor a la que les correspondía y ahora se ven perjudicados? O incluso a los vehículos que les correspondía la segunda prórroga (denominada «de verano») y que también se les puso la fecha para la próxima inspección de menor plazo.

En noviembre el Tribunal Supremo declara FIRME el Auto, de modo que NO cabe recurso ordinario alguno contra él. Pero todavía queda pendiente el recurso de aclaración en relación al ámbito de aplicación, para que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto o no.

En definitiva, si el Supremo aclara que el Auto es de carácter retroactivo, se aplicaría a TODOS los vehículos afectados durante el estado de alarma, independientemente de si pasaron o no la inspección periódica.

Esta medida supondría un buen lío para las ITVs, tendrían que rectificar el recorte de la vigencia de la ITV aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran pasado la ITV antes de dictarse el Auto de suspensión cautelar a finales del mes de septiembre.

Y nos preguntamos:
¿Cómo lo harían? ¿Tendríamos que volver con la Ficha Técnica a que modificasen la fecha? ¿Nos devolverán el importe abonado?
Otro problema. ¿Podría circular tranquilamente con un coche que en un principio tiene la fecha de caducidad modificada? Recordemos que las estaciones de ITV comunican a la DGT la fecha de caducidad de cada vehículo, por ello tendrían que volver a comunicarlo y que la DGT actualizara su base de datos para evitar multas improcedentes.

Por ello, hasta que el Tribunal Supremo no se pronuncie, los vehículos que ya pasaron la inspección no se beneficiarán de esta medida.
Cabe otra posibilidad, y que sea el propio Ministerio de Industria quién comunique que pasará con estos vehículos, y en consecuencia, pueda modificarse algún aspecto.

En definitiva y de momento:

  • A partir de ahora (octubre) los vehículos con la primera prórroga, si pasan la inspección, la nueva fecha para volver a pasarla contará desde el día que la pasan.
  • Los vehículos que ya pasaron la inspección, no se beneficiarán, seguirán con la fecha que se les dio.
  • Esta medida no se aplica a los vehículos que les corresponde la segunda prórroga de 3 meses.
  • A día 30 de diciembre se publica la resolución del Supremo sobre el recorte de vigencia de la ITV.

Recalcar que las medidas que se establezcan de manera definitiva pueden variar con el transcurso del tiempo. Seguiremos informando.

¿Dónde NO se aplica la Sentencia del Supremo?

Pese a la Suspensión dictada por el Supremo (a finales de noviembre pasó a ser FIRME), parece que en algunas CCAA siguen sin aplicarla (gracias al comentario de un usuario), contando para la nueva fecha de caducidad la anotada en la Ficha Técnica. Alegan que no está publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Pero, como ya hemos indicado, ¿cómo procederán ahora que a día 30 de diciembre se publica en el BOE?

Según nuestros usuarios siguen sin aplicar (a 29/12/2020) el Auto del Supremo en:

  • Murcia.
  • Euskadi.
  • ITV de Cerceda, en Madrid. Confirmación a primeros de diciembre.
Aplicación de la resolución del Supremo después de que se publique en en BOE:

  • En ITV Itevemur Alhama, confirmado por usuario que dan validez desde fecha que se pasa inspección.

Necesitamos la colaboración de los usuarios para saber qué CCAA o estaciones de ITV no están aplicando la nueva medida.

Lo que se puede hacer en estos casos es poner una queja/reclamación/denuncia en la Consejería de Industria y/o Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Hay 578 comentarios sobre Sentencia Tribunal Supremo sobre ITV. NOTICIÓN!!

  • Abel Martos
    20 octubre, 2020

    Buenas noches:

    Tengo que pasar la ITV el 22/11/2020. Aún no he recibido ni carta ni SMS recordatorio.

    La fecha más próxima de cualquier estación de Sevilla es a finales de diciembre, un mes después de lo que me corresponde.

    Como lo que se está es dando prioridad a los vehículos que aún tiene que pasar la inspección por haber sufrido el Estado de Alarma, en que situación nos quedamos los conductores que tenemos que pasar aún nuestra inspección?? No creo que sea justo que no podamos utilizar el vehículo en un mes.

    Hay algún tipo de alternativa a estos casos?

    Gracias

  • Ruben
    20 octubre, 2020

    Yo tengo una furgoneta y me tocaba pasar la ITV durante el estado de alarma, concretamente en el mes de abril. Conseguí cita y pasarla el día 22 de junio pero la validez de la ITV es solo hasta el mes de octubre y no sé si se aplica la sentencia del Supremo en este caso.

  • Andrés Vega
    19 octubre, 2020

    He pasado hoy 19/10/2020 la ITV en Badajoz. Caducaba el 19 de agosto. Pedí la cita a primeros de agosto y me la dieron para hoy. Me han dado validez hasta 19/08/2021. Esto es un robo, no hacen pagar a nosotros su atasco. Me cobran la tasa completa y me quitan 2 meses de validez. Sinvergüenzas!!!

  • Itvcitaprevia
    19 octubre, 2020

    Las estaciones ITV empezaron a tomar la medida del Supremo el día 2 de octubre, y algunas CCAA aún a día de hoy no la están aplicando.

  • Manolo
    19 octubre, 2020

    Yo tenia que pasar la itv en el estado de alarma el 17 de abril me dieron prorroga hasta el 3 de octubre la pase el 1 de octubre y me pusieron la fecha de abril puedo reclamarla.

  • Aita
    19 octubre, 2020

    ITV Trapagaran continúa sin aplicar la sentencia del tribunal supremo.
    Acabo de pasar hoy 19/10/20 la ITV (me tocaba el 26/4/20) y me dieron solo hasta el 26/4/21 Les reclamé allí mismo pero me dijeron que en Euskadi no se aplica.
    Esto es un robo.

  • Francisco Javier
    19 octubre, 2020

    Lo han “hecho bien” porque la anulación del decreto sólo aplica a los de la primera prórroga. A mi me ha pasado lo mismo y he puesto una hoja de reclamación pidiendo la periodicidad de un año. Entiendo que si todos los afectados ponemos hojas de reclamaciones al final acabarán dándonos periodicidad anual. Pero si solo protestamos en redes nos tendremos que aguantar.

  • Caligari
    17 octubre, 2020

    Hombre, supongo que el Supremo se pronunciará de la misma forma para la segunda prórroga en breve…

  • Consultas Itv
    17 octubre, 2020

    Hola Antonio, si hubieras pasado favorable la primera vez te hubieran dado para el 13/07/2021 (suponiendo que es un turismo de más de 10 años que no lo has indicado), al haber ido de segunda inspección el 14 de Octubre te tienen que haber dado hasta el 14/10/2021 (si es un turismo de más de 10 años).
    Todo esto es si en tu Comunidad Autónoma ya está aplicando la nueva Normativa, ya que en algunas ITV todavía no lo están aplicando, y las segundas inspecciones siempre son desde fecha de inspección y no la fecha de validez de la prórroga de verano.
    Saludos.

  • Andrés
    17 octubre, 2020

    Yo la tenía el 29 de agosto. Fui a pasarla el 29 de septiembre, que es la fecha que me dieron a mediados de agosto. Fue desfavorable por una tontería y la he pasado por fin hoy. Me han puesto revisión para el 29 de agosto de 2021, alegando que mi fecha de revisión ya no estaba en el periodo de estado de alarma. ¿Lo han hecho bien o deberían haberme puesto fecha de hoy o del 29 de septiembre? Gracias.

  • Antonio Torres
    16 octubre, 2020

    a mi no me quisieron devolver el dinero porque alegaban que el trabajo ya lo habian hecho

  • Toni
    16 octubre, 2020

    Por lo que yo he leido el 30 del 7 tu ya perteneces a la segunda fase.
    Te digo lo que me ha pasado a mi. Yo la tenía que pasar el 8 de Agosto pero como había tan de follon que en la ITV Que voy yo pidiendo la cita previa me decía que podía pasarla hasta el 10 o el 15 de nov. entonces yo pedí cita para el 15 de oct. la pasé pero me han puesto fecha del 8 de agosto.

  • Roberto Arenas
    16 octubre, 2020

    Yo la he pasado sin problemas y cuando me la han dado,veo que venció el 5 de junio y me la ponen para el 5/6 del año siguiente, tras hablar con el responsable, me han devuelto el dinero y anulada, la pasaré en otro sitio, Esto en Murcia hoy 16/10.saludos.

  • Antonio Torres
    16 octubre, 2020

    Hola,me gustaria hacer una consulta ya que como bien parece no hacen nada mas que liarnos con decretos y boes,pero de seguridad vial que es de lo que se trata no aparece por ningun sitio.
    Mi inspeccion caduco el 13-07-20 es decir la segunda prorroga fui a pasarla el 29-09-20 y fue desfavorable o sea que no la pase,despues de hacer las reparaciones pertinenetes volvi a una segunda inpeccion el dia 14-10-20
    siendo esta favorable.
    ¿Que plazo se me deberia haber aplicado para una nueva inspeccion?.
    gracias.

  • Francisco
    15 octubre, 2020

    Os aseguro que las itv estan para sacarnos el dinero a los pobres por que yo tengo amigos a los que les han pasado la itv con el coche o el camion que se les caia a trozos por que son conocidos y otros que lo llevan perfectamente les tiran por una chorrada.
    Son unos ladrones y unos sinvergüenzas.

  • Alberto Trecio
    14 octubre, 2020

    Madre mía como está el patio. ¿Te pongo un ejemplo? El código de circulación dice que no puedes pasarte un semáforo en rojo. Evidentemente, si te da la gana, te lo pasas.
    ¿Otro? En autopista prohibido pasar de 120 kms/h…
    Es que eres tonto.

  • Jorge Fernández Blanco
    14 octubre, 2020

    No podrás sera no deberás porque poder se puede ahora será que no se deba . Muy osados sois en las contestaciones.

  • Aitor
    13 octubre, 2020

    A fecha de hoy dia 13 de Octubre de 2020 en la estación de ITV situada en TRAPAGA (Bizkaia) NO están aplicando la suspensión cautelar dictada por el Tribunal Supremo y siguen poniendote la fecha de «cuando te tocaba» en la ficha.
    Ahora yo digo antes del Covid tu ibas con un vehiculo sin la ITV pasada en varios años y que fecha te ponian para la próxima inspección??? Por supuesto la del dia que la pasabas +1 año asi que no hay mas preguntas señoria.

  • Aitor
    13 octubre, 2020

    Acabo de llegar de la itv de poner una hoja de reclamaciones ya que dicen que aun no se ha publicado en el Boe y la resolucion fue el dia 24 de Septiembre.

  • Miriam
    13 octubre, 2020

    Mi furgoneta tiene 11 años y pasa la ITV cada 6 meses, tenía que haberla pasado en abril pero me cancelaron la cita y la pasé en julio y me han dado cita para noviembre y aún por encima me cobran la tasa completa, muy fuerte el tema!!

Danos tu valoración

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas 81 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.esCargando...
itvcitaprevia.es te informa que los datos como el nombre y dirección de correo electrónico que añades para envíar un comentario, son exclusivamente para el correcto funcionamiento del sistema de comentarios y, en su caso, evitar el SPAM. No son cedidos a terceros.
Deja tu comentario
He leído y acepto la política de privacidad.

Publicar comentario
Es posible que tu comentario no tenga respuesta de nuestros expertos.
Solicitar soporte
Podrás adjuntar documentación, fotos. Un Agente experto la estudiará y te dará una respuesta totalmente privada en 24 horas.

¿Quieres que te ayude uno de nuestros expertos?

Por tan solo 15€, uno de nuestros expertos revisará tu caso y en 24/48h tendrás la ayuda que necesitas.

He leído y acepto la política de privacidad.