Actualizado el 30 de julio de 2023
¿Qué es un vehículo mixto? ¿cuál es su límite de velocidad? ¿cómo pasar de un vehículo mixto a un turismo? Si te estás haciendo éstas u otras preguntas relacionadas con este tipo de vehículo, estás en el sitio correcto.
A lo largo de esta guía te vamos a dar toda la información que buscas para que te quede todo súper claro relacionado con el vehículo mixto. Además, si necesitas aclarar alguna situación particular, puedes dejarnos tu comentario y resolveremos tus dudas tan pronto como podamos.
¿Qué es un vehículo mixto adaptable?
El código de tráfico define un vehículo mixto adaptable como un:
automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Este tipo de vehículos permite transportar tanto pasajeros como mercancías, por lo que es una gran opción en determinadas situaciones. Por ejemplo, si necesitas un vehículo para tu trabajo profesional entre diario, con cargas de diferentes productos, y más familiar para el fin de semana.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que si el transporte de mercancías y personas se realiza de manera simultánea, ambas deben estar debidamente separadas.
Sólo estaremos obligados a instalar una rejilla de seguridad cuando llevemos carga, que sea fácil de poner y de quitar, y no es necesaria llevarla instalada al pasar la ITV. Además, la mercancía debe ir sujeta con pulpos y nunca atornillada, ya que para eso habría que homologarla como vivienda.
Puedes consultar la clasificación completa por tipos de vehículo
¿Por qué comprar este tipo de vehículo?
Una de las principales razones puede ser la comentada líneas más arriba, es decir, el transporte simultáneo o no de mercancías y personas.
La otra razón primordial es la económica, ya que los vehículos mixtos están exentos de pagar el impuesto de matriculación. Recordemos que los turismos pueden llegar a pagar hasta un 14,75% del valor del vehículo si las emisiones de Co2 sobrepasan los 200g/km.
Ahora bien, si estás pensando en comprar un vehículo mixto para disfrutar de esa ventaja económica, tendrás que esperar hasta cuatro años para realizar el cambio a turismo. En caso contrario, tendrás que pagar el impuesto de matriculación que no abonaste en el momento de la compra.
¿Cuál es la velocidad máxima para un vehículo mixto?
Como veremos más adelante, uno de los posibles motivos para cambiar un mixto adaptable a un turismo es el límite de velocidad.
ACTUALIZACIÓN
La actualización del Real Decreto 1514/2018, que entró en vigor el 29 de enero 2019, que modifica los límites de velocidad en carreteras convencionales, supone un cambio en la velocidad máxima para los turismos, no así para los vehículos mixtos.
Por lo tanto antes:
- Autopistas y autovías: mientras que para un turismo el límite son 120 km/h, la velocidad máxima de un vehículo mixto es de 100km/h.
- Carreteras convencionales: hablamos de carreteras con un arcén pavimentado de 1’5 metros de ancho o más de un carril para alguno de los dos sentidos. En este caso, los mixtos adaptables no podrán superar los 90 km/h.
- Vías fuera de poblado: sólo podrán circular cómo máximo a 80 km/h.
Ahora:
- Autopistas/autovías:
- Turismo límite son 120 km/h
- Vehículo mixto 100km/h.
- Carreteras convencionales:
- Turismo 90 km/h.
- Vehículo mixto 90 km/h.
En el caso de que tengas un vehículo mixto o estés pensando en adquirirlo, es esencial conocer estas diferencias respecto a la velocidad máxima de un turismo. Sobrepasar el límite de velocidad acarrea una sanción que supone pérdida de puntos y cuantía económica.
Si no tienes muy claro si tu vehículo está catalogado como turismo o mixto adaptable, es importante que consultes la ficha técnica, en la que aparece claramente si es de una u otra modalidad.
¿Cómo cambiar un vehículo mixto a turismo?
Pasar un vehículo mixto adaptable a turismo requiere realizar 2 trámites: certificado e inspección.
En la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos, se añadirá una modificación importante en lo relativo a los cambios de clasificación y que afecta al paso de mixto a turismo.
En vehículos de categoría M1, para el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a Turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores, no será necesario informe de conformidad.
No se considerará reforma anotándose mediante diligencia en vehículos en los que en la tarjeta ITV aparezca la categoría M1, el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Y un apunte importante. Pese a que esta modificación todavía no esté añadida al Manual de Reformas, se aplicará de forma inmediata.
En definitiva:
- NO será necesario el Informe de Conformidad:
- si en la Ficha Técnica o Tarjeta ITV viene expresado que la categoría es M1.
- si se trata de una Ficha Técnica Electrónica, aunque no aparezca anotada la Categoría M1, porque se realizará la modificación automáticamente.
- SÍ será necesario Informe de Conformidad cuando no venga expresado en las antiguas Fichas Técnicas (las no electrónicas) que es Categoría M1.
Aclarados estos puntos, te explicamos paso a paso cómo realizar el cambio de clasificación.
- En primer lugar, el Informe de Conformidad.
Tienes que pedir al fabricante el certificado que diga que el vehículo puede ser catalogado como turismo [sólo en los casos descritos anteriormente].
Esta gestión te la puede hacer el concesionario por unos 80-120€ (precio orientativo) o un laboratorio de reformas. - Una vez dispongas del certificado del fabricante, debes acudir a la estación ITV para pasar la correspondiente inspección, previo pago de la tarifa. Una vez pasada, te anotan en la ficha técnica que se ha homologado como turismo. También te cambian la clasificación de, por ejemplo 3100 (mixto adaptable) a 1000 (turismo).
- Por útlimo, acude a una Jefatura a notificar el cambio en el Permiso de Circulación.
No se puede pasar a Turismo
No en todos los casos se puede tramitar el cambio de un vehículo a turismo.
Por ejemplo:
- Los vehículos de una categoría en la que sólo están destinados al transporte de mercancías.
Por ejemplo los de la categoría N; N1, N2 y N3. - Aquellos vehículos que la contraseña de homologación comienza por la letra «C».
Hay algunas excepciones (sólo en casos de vehículos antiguos) en las que sí es posible el cambio a turismo ya que algunos modelos tienen una doble homologación. Por ello, consultar previamente con el fabricante.
Un caso muy claro en el que NO se puede pasar a turismo es el Furgón.
Porque un Furgón o Furgoneta hasta 3.500 kg está destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería.
En definitiva, sólo se podrán pasar a turismo los que, en su clasificación se mencione que pueden transportan personas.
¿Cuánto cuesta pasar un vehículo de Mixto a Turismo?
El coste aproximado del cambio sería de:
- Si es necesario el Informe -(certificado de 80 a 120€) + (inspección técnica entre 30 y 50 €) = 110-170€
- Si no es necesario – inspección técnica de 30 a 50€ aproximadamente.
Antes de pasar tu vehículo de Mixto a Turismo hay que tener en cuenta:
- Si el vehículo no tiene los 4 años hay que pagar a Hacienda el impuesto de matriculación que no se pagó en su día.
- Sólo puede tramitarse el cambio de mixto a turismo en los vehículos donde el fabricante lo tenga homologado en las dos categorías..
Información adicional: Cambiar algunos vehículos de Mixtos a Turismo con la contraseña C, recomendamos siempre solicitar información al fabricante, ya que es el único autorizado para conceder ese cambio si es posible.
Principales motivos para cambiar de un mixto adaptable a un turismo.
Como indicaba líneas más arriba, tras la modificación en 2019 de los límites de velocidad, ahora los vehículos mixtos tendrán el mismo límite de velocidad en carreteras convencionales que los turismos, no así en:
- Autopistas y autovías:
- 100 km/h Mixtos / 120 km/h. Turismos
ITV Vehículos Mixtos
Los mixtos adaptables tienen que pasar la ITV con el doble de frecuencia
- Turismo:
- Primera inspección: exento hasta los primeros cuatro años
- De 4 a 10 años: cada dos años
- A partir 10 años: cada año
- Mixto:
- primera inspección: a los dos años
- De 2 a 6 años: cada dos años
- De 6 a 10 años: cada año
- a partir de diez años: cada seis meses.
Repuestos obligatorios en el vehículo mixto
En este otro artículo en el que hablamos de accesorios, repuestos y herramientas, obligatorios en el vehículo, destacamos aquellos específicos para los mixtos adaptables.
Conclusiones
Como ves, la adquisición de un vehículo mixto así como pasar de éste a un turismo, supone conocer una serie de informaciones específicas para no caer en una sanción por desconocimiento.
Si tras leer el artículo, continuas con dudas, te recomendamos que leas los comentarios que han realizado ya otros usuarios, encontrarás que las principales dudas quedan resueltas en esta sección.
Te agradecemos de antemano que valores nuestro artículo y lo compartas con aquellas personas a quiénes les pueda interesar esta información.
INFORMACIÓN ADICIONAL
En el Manual de Reformas de Importancia en su última revisión de Mayo 2020 hace referencia al cambio de clasificación del vehículo y viene a decir que si el cambio de clasificación no conlleva algún tipo de modificación en el vehículo no se considerará reforma.
Citamos textualmente el citado Manual de Reformas en lo referente a cambio de clasificación del vehículo:
El vehículo deberá estar homologado en las categorías para las que se pide el cambio de clasificación y/o que la nueva clasificación se derive de una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Todo cambio de clasificación (B. Clasificación por criterios de construcción y C. Clasificación por criterios de utilización) se debe tramitar por este CR al estar consignado en la tarjeta ITV.
No se considerará reforma, anotándose mediante diligencia:
- la modificación en el dato de la clasificación por cambio en el servicio al que se destina el vehículo si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores. En estos casos, se realizará exclusivamente la inspección previa al cambio de destino establecida en el 6.7.d) del Real Decreto 920/2017 por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
- El cambio de clasificación como consecuencia de la desinstalación del taxímetro o de cualquiera de los elementos asociados
- El cambio de clasificación por criterios de utilización a “40” (taxi). Estará avalado por el boletín de identificación metrológico firmado por el organismo autorizado de verificación metrológica una vez se haya superado la correspondiente verificación después de modificación por la instalación del taxímetro en el vehículo.
Un vehículo se clasificará como “10 45” siempre que haya sido reformado cumpliendo el Anexo de vehículo especial como funerario. Si el vehículo se reforma interiormente para el transporte de uno o varios féretros sin cumplir con el Anexo de vehículo especial como funerario no podrán clasificarse por criterios de utilización como “45”. Concretamente para el caso de furgones adaptados para llevar varios féretros se clasificarán como “24 00”, “25 00” o “26 00” según su MMA.
EN EL REAL DECRETO QUE REGULA LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS, en el artículo 6 dice:
En los casos en que el vehículo, por cambio de uso, servicio, dedicación o destino, se viera obligado a una frecuencia de inspección más severa o implicara alguna modificación técnica del vehículo, deberá realizarse una inspección, anotándose en la tarjeta ITV el nuevo destino y la nueva fecha de inspección correspondiente a la nueva periodicidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se ha realizado la inspección.
Si el cambio de uso, servicio, dedicación o destino del vehículo tiene lugar antes del vencimiento del primer plazo de inspección, y no implica ninguna modificación técnica del vehículo, sólo se realizará la anotación pertinente en la tarjeta ITV, anotándose como plazo de la primera inspección la que le correspondería a la situación más severa de las dos.
En el caso de vehículos de turismo, no serán necesarias tales anotaciones si el fabricante incluye en el apartado observaciones de la tarjeta ITV una diligencia indicando que el vehículo deberá pasar la primera inspección periódica a los dos años de su matriculación si fue destinado a alquiler sin conductor y pasara a destino o servicio particular.
Buenas tardes compre una peugeot partner,matriculada 2014, M1.3100, en la itv ya le hicieron el cambio de servicio, pero no en la ficha técnica en enero 2022 pasa la itv, quiero cambiar de mixto a turismo, debo cambiarla en la itv, y también en el permiso de circulación, gracias de antemano.
Hola Elio, si, tienes que cambiar la clasificación en la tarjeta técnica, en la propia ITV, después de cambiarla en ITV te indican si tienes que ir a tráfico (la mayoría de las veces no, se realiza todo el trámite desde la ITV).
Saludos.
Buenas tardes.
Tengo una Ford Transit del año 1991. Modelo 190L de 80 CV.
En el año 2000 se pasó a particular , no se utiliza para transporte de mercancias .
La clasificación del vehiculo es 2400 .
Estoy muy interesada en saber si se puede pasar a turismo, pues es para lo que se utiliza.
Tiene 3 plazas.
Pago 2 ITV al año y como mucho la utilizo 40 dias al año ,no seguidos . ¿Se podria hacer historica?
Un cordial saludo. Y muchas gracias.
Hola Ana, si quieres pasarla a turismo tienes que solicitar información al fabricante del vehículo o un laboratorio de reformas.
Y para pasarla a histórico directamente a laboratorio, ellos te indicaran si es posible poner tu vehículo como histórico y los pasos a seguir.
Saludos.
Buenas, tengo una partner, acabo de pasar la itv. Si quiero pasar a turismo, tengo que esperar a la próxima revisión? Y si no es así y la cambio, en vez de dentro de 6 meses, pasaría a 1 año?
Gracias
Hola Aitor, puedes cambiar la clasificación de tu vehículo cuando quieras, no tiene que ir asociada a la inspección periódica, es un servicio diferente en ITV.
Y si, cuando sea turismo en las siguientes inspecciones tendrá la periodicidad de un turismo.
Saludos.
Buenos días.
Tengo una Dacia Docker, que entiendo que está como Turismo, y me interesa realizar la homologación para mixto.
Es posible ??. Que requisitos o documentación es necesaria ?.
Gracias
Hola Damián, en algunos casos se exigirá informe de conformidad del fabricante o laboratorio y en otros casos simplemente una diligencia en ITV. Tienes que solicitar información al fabricante o laboratorio para realizar el cambio de clasificación de turismo a vehículo mixto.
Saludos.
Buenas tardes,
Tengo una volkswagen california beach, comprada a finales de diciembre del 2017, por lo que ahora cumple 4 años.
¿Podría cambiarla a turismo a partir de enero? En la ficha técnica me aparece la especificación M1.
Hoy le he pasado la ITV y me han dicho que la puedo pasar a turismo a los cinco años, cuando tenía entendido a partir de los cuatro…
Si me podéis informar.
Saludos,
Hola Alberto, en ITV la puedes cambiar cuando quieras, lo que no te puedo informar es como te afecta fiscalmente, que me imagino que es a partir de un tiempo cuando no ocurre nada si la cambias a turismo, tendrías que asesorarte en una gestoría.
Saludos.
Hola, tengo una vito del 2003 categoria vehiculo mixto adaptable N1. La puedo pasar a turismo?
Tengo que llevar separador de carga? Ha pasado la itv sin separador de carga y sin asientos traseros (solo con 3 plazas delanteras)
Sin pasar a turismo puedo camperizarla sin poner tormillos en la carrozeria?
He leido (no oficial) que si tengo los muebles con tornillos a una madera para fixarlos que no esta anclada, es legal. Es cierto? Haria falta quitar los muebles para pasar la ITV?
Gracias
Hola Marc, en principio no se puede pasar a turismo, a no ser que un laboratorio de reformas o el fabricante puedan mediante un informe de conformidad.
El separador de carga se puede quitar por reforma, lo que no puedes eliminar en un furgón o vehículo mixto son los dispositivos de retención de carga.
Camperizar es reforma, una cosa e llevar un colchón en el suelo que es carga, y otra cosa panelarlo y más aún anclar a esos paneles. Si ponemos paneles de madera no pueden superar el 5 % del peso del vehículo, si no se considera reforma, y si anclas muebles a los paneles es reforma, por lo que tendrás que legalizar o tener que desmontar cada 6 meses para para pasar la ITV y las posibles multas que te puedan poner.
Saludos.
Muchas gracias.
Si en la ficha tecnica sale que tiene 5 plazas, tengo que dejar los anclajes visibles? me vendieron la furgo solo coon las 3 plazas delanteras, no tengo los de detras.
Ahora mismo no tengo ningun dispositivo de retencion de carga, entinedo que no hace falta.
Como se comprueba que el peso del los paneles no supere el 5% del vehiculo?
Si los muebles (és solo cama) no estan anclados, tambien los tengo que sacar para pasaar la ITV?
Hola Marc, no es obligatorio llevar los asientos traseros pero si que se vean los anclajes y cinturones si estos van en los laterales.
El 5 % del peso en paneles se comprueba tarando el vehículo, es más, en la ITV te lo van a pesar si dudan si pasa de peso por esos paneles.
Si los muebles no están anclados son carga, nadie te puede decir nada, pero si ven una cama y cualquier mueble algo anclado si te lo dirán, ya que está claro que es un furgón vivienda.
Saludos.
Hola un saludos para todos a ver algunos podéis alludar e comprado una Nissan primastar esta homologada como mista y quiero pasarla a partícular la ficha técnica pone 31=00 vehículo mixto adataptable sin especificar se puede cambiar
Hola Pedro, si en la tarjeta técnica viene que es M1 la puedes cambiar en ITV sin necesidad de solicitar informe de conformidad.
Si en la tarjeta técnica no viene la categoría tienes que solicitar a un laboratorio de reformas o al fabricante si puedes cambiar la clasificación de tu vehículo, si es que si, te emitirán un informe de conformidad.
Saludos.
Buenas tardes.
Estoy buscando un buen furgón para camperizar, y he encontrado uno con buenoa relación km y precio. El problema: es un mixto adaptable. Una única fila de asientos delante, separada con mampara del habitáculo. Se ha utilizado como vehículo de transpote de mercancía. Según el artículo, y cito textualmente «NO se puede pasar a turismo es el Furgón. Porque un Furgón o Furgoneta hasta 3.500 kg está destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería». ¿Estaría por tanto en este caso? ¿Debería descartarlo de mi lista de posibles vehículos?
Muchas gracias y un saludo 🙂
Hola Javier, si se puede pasar, y quitar la mampara de separación, son modificaciones muy comunes en la transformación de furgón a furgón vivienda.
De todas formas te recomiendo ponerte en contacto con un ingeniero de reformas para consultar la duda antes de adquirir el furgón por si hay algo que se me escapa.
Saludos.
Hola, he comprado un vehículo mixto a un concesionario y tengo movilidad reducida , estaría exento del pago del impuesto de matriculación para pasarlo a turismo , se matriculó hace 16 meses?
Gracias
Hola Jose, no controlamos esos temas, te recomiendo asesorarte en una gestoría, a ver que te comentan.
Saludos.
Buenos días,
Tengo una furgoneta Expert combi de 6 asientos que cambié a turismo. Una vez al año necesito llevar los cajones de olivas al molino y quisera saber si puedo hacerlo tal y como está ahora. Si puedo quitar completamente el asiento trasero o si debo plegarlo pero no quitarlo, si no pueden sobrepasar la altura del asiento delantero o si no se puede llevar esa mercancía. ¿Hasta cuánto peso podría llevar?
Muchas gracias
Hola, puedes quitar los asientos, pero no transportar mercancía, antes cuando era vehículo mixto podías transportar tanto a personas como mercancía, ahora no, de todas formas en ITV no es defecto, te lo estoy comentando de cara a tráfico.
El peso máximo que tenga la furgoneta, no puedes sobrepasar la MMA ni por ejes ni el total de lo que tenga permitido en tarjeta técnica.
Saludos.
Hola,
Respecto a lo de «puedes quitar los asientos, pero no transportar mercancía», ¿la restricción es sólo para «mercancias»? Sí que podría quitar algún asiento de la fila central para llevar más equipaje?
Gracias,,
Enric
Buenos días,
Tengo una Kangoo mixto adaptable (3100) y también indica M1, que la quiero cambiar a turismo, así que por lo que he entendido en las diferentes respuestas no necesito certificado de conformidad y directamente voy a la itv.
Mi duda es: fecha de matriculación es 06/2013 y la próxima itv es en 06/2022. Si yo hago ahora, en 2021, el cambio a turismo, cambiaría la próxima itv al 2023 en lugar de 2022? Y si no es así, qué es mejor cambiarlo a turismo ahora, en 2021, o esperarme al próximo año cuando pase la itv?
Y por último, cuando se realice el cambio a turismo, si lo he entendido bien, no hace falta comunicarlo a la DGT.
Muchas gracias y un saludo
Hola Esther, no, si haces el cambio de clasificación sin pasar una inspección periódica no varía la fecha de próxima inspección, por lo que te recomiendo cambiarlo ahora a turismo (haber si van a cambiar de nuevo la Normativa) y en Junio de 2022 pasas tranquilamente la ITV. No le ganas nada pasando la inspección periódica ahora.
Saludos.
Hola, he comprado un suzuki samurai sj413, que viene como «31-33 vehículo mixto adaptable todo terreno» . Esta homologado en dos plazas y quería saber si directamente en la Itv puedo hacer el trámite para pasarlo a turismo.
Este vehículo antiguamente era un Turismo, pero se le hicieron unas reformas tanto interiores como exteriores, más alto, más ancho, etc.. y se le calificó posteriormente como os decía: vehículo Mixto Adaptable todo terreno. Lo que no veo es lo de categoría M1, no se en que parte debe aparecer o debo mirarlo, y si no aparece. Me sabría decir con estas características que les he expuesto, ¿se le podría pasar a turismo directamente en la itv? o tengo uqe pedir certificado al fabricante?
Muchas gracias de antemano
Hola David, al ser de las tarjetas técnicas antiguas no viene reflejado la categoría por lo que tendrás que solicitar informe de conformidad al fabricante o a un laboratorio de reformas.
Saludos.
Buenas tengo un suzuki vitara del 91 y queria pasarlo a torismo como se hace?
Hola Julian, tienes que ponerte en contacto con el fabricante del vehículo o un laboratorio de reformas de vehículos, ellos te indicarán si es posible el cambio de clasificación a turismos, si es así te realizarán un informe de conformidad y con éste documento en una ITV se realizará el cambio de clasificación.
Saludos.
Hola, buenas, resulta que el año pasado compré una Ford transit connect, 5 plazas mixta, la compré en la misma ford como vehículo de km0, le dije al vendedor que la quería como turismo.
Previo pago (creo que pagué la matriculación tambien) por cambiarla a turismo…..me dieron una hoja y fui a pasar la ITV como me indico el vendedor.
Ahora bien, mirando la ficha técnica me pone en el apartado CL….3100, lo que quiere decir que sigue estando como mixta, sabéis si tengo que ir a trafico o algo para que esté como turismo?
Muchas gracias
Hola Santiago, si en la propia tarjeta técnica te pone que es M1 puedes cambiar la clasificación en una ITV, es un diligencia que realizará la propia ITV.
Saludos.
Tengo una Caravelle del 92 no veo en ningún sitio que ponga m1 me pone que es mixto adaptable y creo que la contraseña de homologacion si ni me confundo es la c781 necesito informe del concesionario aunque me venga con las 9 plazas puestas y en ficha técnica me ponga 9 asientos para pasarla o solo ir a la itv
Hola Mario, si, necesitas informe de conformidad del fabricante o laboratorio de reformas, si es posible realizar el cambio que en muchos casos con la contraseña de homologación C-XXXX no es posible.
Saludos.
Tengo una furgoneta de 5 plazas registrada como turismo. ¿Se puede circular legalmente con la misma retirando uno de los asientos (teniendo así 4 plazas)?
Con respecto a llevar una carga,¿es estrictamente necesario montar una malla/rejilla/separador para circular legalmente?
Gracias.
Hola Alejandro, si que puedes quitar un asiento sin eliminar los anclajes del mismo o eliminando cinturones si vienen montados en el vehículo, si van montados en el asiento no hay problema.
Sobre circular con carga entre asientos si que tienes que montar una malla, rejilla, separador o anclarlo perfectamente gracias a los dispositivos de retención de carga que van instalados en el vehículo (en turismos no se puede pero en vehículos mixtos y furgones si).
Saludos.
Hola, tengo una Kangoo M1 y deseo cambiar su clasificación a turismo. He visitado una ITV para que me aclararan si era necesario solicitar un informe de conformidad en el fabricante, porque hace unos años le coloqué la bola de remolque. La respuesta no ha sido concluyente
¿Esta reforma estaría incluida dentro de lo que se consideraría «amparada en los grupos anteriores»?
De ser así sería preceptivo contar con el informe de conformidad del fabricante, aunque el dispositivo de remolque no suponga una modificación que afecte al resto del vehículo.
Por favor, aclárenme si, finalmente en mi caso, necesito contar con el certificado del fabricante.
Gracias.
Hola Javier, te puedo responder lo mismo que te ha respondido la ITV, es un tema que no está aclarado por completo, se que se está haciendo diferente dependiendo de la Comunidad Autónoma donde está la ITV.
-Si la tarjeta técnica pone que el vehículo es M1 y no tiene reformas previas en una ITV sin necesidad de informe te realizan una diligencia para cambiar la clasificación.
-En tarjetas técnicas donde no venga expresado que es M1 se necesitará informe de conformidad del fabricante o laboratorio de reformas (pero en algunas ITV de algunas Comunidades Autónomas están también realizando diligencias si la contraseña de homologación del vehículo solo pertenece a jun vehículo M1).
-En vehículos con reformas previas sea la tarjeta técnica que sea se solicita informe de conformidad o al menos realizar la consulta al fabricante o laboratorio de reformas.
Más o menos así es como está el tema del cambio de clasificación en las Estaciones ITV, está claro que ha sido un buen cambio para el usuario pero que todavía se tiene que unificar criterios para que a nivel Nacional se actúe de la misma manera y esté claro este asunto.
Saludos.
Buenos días, tengo una trafic que quiero realizarle el cambio de categoría de mixto a turismo.
Siendo que es M1 no hace falta consultar con el fabricante.
Mi duda es, justo en un mes le toca pasar la itv, al hacer el cambio de categoría eso incluye la itv o luego tengo que sacar turno para pasarla o al hacer este cambio se incluye la verificación ?
Muchas gracias
Hola Federico, son dos servicios diferentes, lo normal es que lo hagan directamente los dos servicios con una sola cita, pero hay ITV que funcionan de una u otra manera, por eso te recomiendo informarte antes de presentarte en la ITV.
Y si, si en la tarjeta técnica te especifica que es M1 no necesitas informe de conformidad y en vez de ser reforma es una diligencia en la ITV.
Saludos.
Buenas tardes, tengo entendido por la ITV de Las Palmas, que el certificado el cual cuesta una fortuna no hace falta, cambio la normativa y no hay mucha información sobre eso, mi caso es que lo compré en julio pasar un vehículo mixto a turismo y mi sorpresa fue al llegar y decirme que no servía para nada. Puedo reclamar ese pago? No entiendo que debo hacer, gracias y un saludo.
Hemos actualizado el artículo para explicar con detalle el cambio de normativa.
Buenas tarde,tengo una citroen berlingo con clasificación N1 y puesta como vehículo adaptable, y tengo pensado en poner un mini kit camper desmontable agarrado con las argollas de sujeción puesto en el maletero.Mi pregunta es para pasar itv,que sería cada 6 meses,tendría que sacar el kit del maletero o podría dejarlo dentro al no ir anclado?
Hola Lorena, si no está fijada ni anclada permanentemente en el vehículo es considerado carga y en la ITV no te pondrán pegas.
Saludos.