Actualizado el 30 de julio de 2023
¿Qué es un vehículo mixto? ¿cuál es su límite de velocidad? ¿cómo pasar de un vehículo mixto a un turismo? Si te estás haciendo éstas u otras preguntas relacionadas con este tipo de vehículo, estás en el sitio correcto.
A lo largo de esta guía te vamos a dar toda la información que buscas para que te quede todo súper claro relacionado con el vehículo mixto. Además, si necesitas aclarar alguna situación particular, puedes dejarnos tu comentario y resolveremos tus dudas tan pronto como podamos.
¿Qué es un vehículo mixto adaptable?
El código de tráfico define un vehículo mixto adaptable como un:
automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Este tipo de vehículos permite transportar tanto pasajeros como mercancías, por lo que es una gran opción en determinadas situaciones. Por ejemplo, si necesitas un vehículo para tu trabajo profesional entre diario, con cargas de diferentes productos, y más familiar para el fin de semana.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que si el transporte de mercancías y personas se realiza de manera simultánea, ambas deben estar debidamente separadas.
Sólo estaremos obligados a instalar una rejilla de seguridad cuando llevemos carga, que sea fácil de poner y de quitar, y no es necesaria llevarla instalada al pasar la ITV. Además, la mercancía debe ir sujeta con pulpos y nunca atornillada, ya que para eso habría que homologarla como vivienda.
Puedes consultar la clasificación completa por tipos de vehículo
¿Por qué comprar este tipo de vehículo?
Una de las principales razones puede ser la comentada líneas más arriba, es decir, el transporte simultáneo o no de mercancías y personas.
La otra razón primordial es la económica, ya que los vehículos mixtos están exentos de pagar el impuesto de matriculación. Recordemos que los turismos pueden llegar a pagar hasta un 14,75% del valor del vehículo si las emisiones de Co2 sobrepasan los 200g/km.
Ahora bien, si estás pensando en comprar un vehículo mixto para disfrutar de esa ventaja económica, tendrás que esperar hasta cuatro años para realizar el cambio a turismo. En caso contrario, tendrás que pagar el impuesto de matriculación que no abonaste en el momento de la compra.
¿Cuál es la velocidad máxima para un vehículo mixto?
Como veremos más adelante, uno de los posibles motivos para cambiar un mixto adaptable a un turismo es el límite de velocidad.
ACTUALIZACIÓN
La actualización del Real Decreto 1514/2018, que entró en vigor el 29 de enero 2019, que modifica los límites de velocidad en carreteras convencionales, supone un cambio en la velocidad máxima para los turismos, no así para los vehículos mixtos.
Por lo tanto antes:
- Autopistas y autovías: mientras que para un turismo el límite son 120 km/h, la velocidad máxima de un vehículo mixto es de 100km/h.
- Carreteras convencionales: hablamos de carreteras con un arcén pavimentado de 1’5 metros de ancho o más de un carril para alguno de los dos sentidos. En este caso, los mixtos adaptables no podrán superar los 90 km/h.
- Vías fuera de poblado: sólo podrán circular cómo máximo a 80 km/h.
Ahora:
- Autopistas/autovías:
- Turismo límite son 120 km/h
- Vehículo mixto 100km/h.
- Carreteras convencionales:
- Turismo 90 km/h.
- Vehículo mixto 90 km/h.
En el caso de que tengas un vehículo mixto o estés pensando en adquirirlo, es esencial conocer estas diferencias respecto a la velocidad máxima de un turismo. Sobrepasar el límite de velocidad acarrea una sanción que supone pérdida de puntos y cuantía económica.
Si no tienes muy claro si tu vehículo está catalogado como turismo o mixto adaptable, es importante que consultes la ficha técnica, en la que aparece claramente si es de una u otra modalidad.
¿Cómo cambiar un vehículo mixto a turismo?
Pasar un vehículo mixto adaptable a turismo requiere realizar 2 trámites: certificado e inspección.
En la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos, se añadirá una modificación importante en lo relativo a los cambios de clasificación y que afecta al paso de mixto a turismo.
En vehículos de categoría M1, para el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a Turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores, no será necesario informe de conformidad.
No se considerará reforma anotándose mediante diligencia en vehículos en los que en la tarjeta ITV aparezca la categoría M1, el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Y un apunte importante. Pese a que esta modificación todavía no esté añadida al Manual de Reformas, se aplicará de forma inmediata.
En definitiva:
- NO será necesario el Informe de Conformidad:
- si en la Ficha Técnica o Tarjeta ITV viene expresado que la categoría es M1.
- si se trata de una Ficha Técnica Electrónica, aunque no aparezca anotada la Categoría M1, porque se realizará la modificación automáticamente.
- SÍ será necesario Informe de Conformidad cuando no venga expresado en las antiguas Fichas Técnicas (las no electrónicas) que es Categoría M1.
Aclarados estos puntos, te explicamos paso a paso cómo realizar el cambio de clasificación.
- En primer lugar, el Informe de Conformidad.
Tienes que pedir al fabricante el certificado que diga que el vehículo puede ser catalogado como turismo [sólo en los casos descritos anteriormente].
Esta gestión te la puede hacer el concesionario por unos 80-120€ (precio orientativo) o un laboratorio de reformas. - Una vez dispongas del certificado del fabricante, debes acudir a la estación ITV para pasar la correspondiente inspección, previo pago de la tarifa. Una vez pasada, te anotan en la ficha técnica que se ha homologado como turismo. También te cambian la clasificación de, por ejemplo 3100 (mixto adaptable) a 1000 (turismo).
- Por útlimo, acude a una Jefatura a notificar el cambio en el Permiso de Circulación.
No se puede pasar a Turismo
No en todos los casos se puede tramitar el cambio de un vehículo a turismo.
Por ejemplo:
- Los vehículos de una categoría en la que sólo están destinados al transporte de mercancías.
Por ejemplo los de la categoría N; N1, N2 y N3. - Aquellos vehículos que la contraseña de homologación comienza por la letra «C».
Hay algunas excepciones (sólo en casos de vehículos antiguos) en las que sí es posible el cambio a turismo ya que algunos modelos tienen una doble homologación. Por ello, consultar previamente con el fabricante.
Un caso muy claro en el que NO se puede pasar a turismo es el Furgón.
Porque un Furgón o Furgoneta hasta 3.500 kg está destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería.
En definitiva, sólo se podrán pasar a turismo los que, en su clasificación se mencione que pueden transportan personas.
¿Cuánto cuesta pasar un vehículo de Mixto a Turismo?
El coste aproximado del cambio sería de:
- Si es necesario el Informe -(certificado de 80 a 120€) + (inspección técnica entre 30 y 50 €) = 110-170€
- Si no es necesario – inspección técnica de 30 a 50€ aproximadamente.
Antes de pasar tu vehículo de Mixto a Turismo hay que tener en cuenta:
- Si el vehículo no tiene los 4 años hay que pagar a Hacienda el impuesto de matriculación que no se pagó en su día.
- Sólo puede tramitarse el cambio de mixto a turismo en los vehículos donde el fabricante lo tenga homologado en las dos categorías..
Información adicional: Cambiar algunos vehículos de Mixtos a Turismo con la contraseña C, recomendamos siempre solicitar información al fabricante, ya que es el único autorizado para conceder ese cambio si es posible.
Principales motivos para cambiar de un mixto adaptable a un turismo.
Como indicaba líneas más arriba, tras la modificación en 2019 de los límites de velocidad, ahora los vehículos mixtos tendrán el mismo límite de velocidad en carreteras convencionales que los turismos, no así en:
- Autopistas y autovías:
- 100 km/h Mixtos / 120 km/h. Turismos
ITV Vehículos Mixtos
Los mixtos adaptables tienen que pasar la ITV con el doble de frecuencia
- Turismo:
- Primera inspección: exento hasta los primeros cuatro años
- De 4 a 10 años: cada dos años
- A partir 10 años: cada año
- Mixto:
- primera inspección: a los dos años
- De 2 a 6 años: cada dos años
- De 6 a 10 años: cada año
- a partir de diez años: cada seis meses.
Repuestos obligatorios en el vehículo mixto
En este otro artículo en el que hablamos de accesorios, repuestos y herramientas, obligatorios en el vehículo, destacamos aquellos específicos para los mixtos adaptables.
Conclusiones
Como ves, la adquisición de un vehículo mixto así como pasar de éste a un turismo, supone conocer una serie de informaciones específicas para no caer en una sanción por desconocimiento.
Si tras leer el artículo, continuas con dudas, te recomendamos que leas los comentarios que han realizado ya otros usuarios, encontrarás que las principales dudas quedan resueltas en esta sección.
Te agradecemos de antemano que valores nuestro artículo y lo compartas con aquellas personas a quiénes les pueda interesar esta información.
INFORMACIÓN ADICIONAL
En el Manual de Reformas de Importancia en su última revisión de Mayo 2020 hace referencia al cambio de clasificación del vehículo y viene a decir que si el cambio de clasificación no conlleva algún tipo de modificación en el vehículo no se considerará reforma.
Citamos textualmente el citado Manual de Reformas en lo referente a cambio de clasificación del vehículo:
El vehículo deberá estar homologado en las categorías para las que se pide el cambio de clasificación y/o que la nueva clasificación se derive de una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Todo cambio de clasificación (B. Clasificación por criterios de construcción y C. Clasificación por criterios de utilización) se debe tramitar por este CR al estar consignado en la tarjeta ITV.
No se considerará reforma, anotándose mediante diligencia:
- la modificación en el dato de la clasificación por cambio en el servicio al que se destina el vehículo si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores. En estos casos, se realizará exclusivamente la inspección previa al cambio de destino establecida en el 6.7.d) del Real Decreto 920/2017 por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
- El cambio de clasificación como consecuencia de la desinstalación del taxímetro o de cualquiera de los elementos asociados
- El cambio de clasificación por criterios de utilización a “40” (taxi). Estará avalado por el boletín de identificación metrológico firmado por el organismo autorizado de verificación metrológica una vez se haya superado la correspondiente verificación después de modificación por la instalación del taxímetro en el vehículo.
Un vehículo se clasificará como “10 45” siempre que haya sido reformado cumpliendo el Anexo de vehículo especial como funerario. Si el vehículo se reforma interiormente para el transporte de uno o varios féretros sin cumplir con el Anexo de vehículo especial como funerario no podrán clasificarse por criterios de utilización como “45”. Concretamente para el caso de furgones adaptados para llevar varios féretros se clasificarán como “24 00”, “25 00” o “26 00” según su MMA.
EN EL REAL DECRETO QUE REGULA LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS, en el artículo 6 dice:
En los casos en que el vehículo, por cambio de uso, servicio, dedicación o destino, se viera obligado a una frecuencia de inspección más severa o implicara alguna modificación técnica del vehículo, deberá realizarse una inspección, anotándose en la tarjeta ITV el nuevo destino y la nueva fecha de inspección correspondiente a la nueva periodicidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se ha realizado la inspección.
Si el cambio de uso, servicio, dedicación o destino del vehículo tiene lugar antes del vencimiento del primer plazo de inspección, y no implica ninguna modificación técnica del vehículo, sólo se realizará la anotación pertinente en la tarjeta ITV, anotándose como plazo de la primera inspección la que le correspondería a la situación más severa de las dos.
En el caso de vehículos de turismo, no serán necesarias tales anotaciones si el fabricante incluye en el apartado observaciones de la tarjeta ITV una diligencia indicando que el vehículo deberá pasar la primera inspección periódica a los dos años de su matriculación si fue destinado a alquiler sin conductor y pasara a destino o servicio particular.


32 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es
Buenas tardes, tengo un furgón mixto 3100, Ford Transit del 2001
Quiero semi-camperizar: quitar asientos traseros y poner una cama.
¿Debo hacer cambio a Turismo?, no voy a realizar ninguna modificación estructural!
o debo hacer proyecto, homologar,…
Gracias.
Buenos días, proyecto se realiza si afecta a la estructura, de todas formas, para realizar la modificación correctamente te recomiendo ponerte en contacto con un Ingeniero o laboratorio de Reformas e informarles sobre el cambio que quieres realizar, ellos te guiaran correctamente, porque yo no te puedo garantizar si necesitas o no Proyecto.
Reformas si que es el instalar una cama.
Saludos.
Buenas tardes
Tengo un Actyon del 2007 Mixto, si lo paso a turismo, afecta en el pago al ayuntamiento en el impuesto de circulación,
Gracias
Saludos
Buenos días, te recomiendo solicitar información en el propio Ayuntamiento o en el Organismo Autonómico de Recaudación, porque no tengo información sobre ello, lo siento.
Saludos.
Buenas, he pasado una vw transporter de mixto a turismo. ¿Afecta eso al índice de carga en los neumáticos? Quiero cambiar de medida pero no encuentro equivalencia al ser el índice de carga muy alto por ser vehículo de carga.
Buenos días, no afecta, si quieres cambiar o modificar el índice de carga o velocidad necesitas un informe de conformidad del fabricante o laboratorio de reformas, y realizar el cambio de neumáticos en ITV.
Saludos.
Buenos días, tengo una Kia Carnival 2003, la compré hace dos años y está matriculada como vehículo industrial (mixto?), en ATISAE de Amposta me comentaron que puedo pedir a la KIA un certificado para cambiar de vehículo industrial o mixto a turismo. Ahora, mi duda es: ya que paso dos veces al año la revisión y acabo de pasar la primera del 2018 hace un mes, suponiendo que pague el certificado de la casa antes de que caduque la ITV recién pasada, ¿tengo que volver a pagar la segunda revisión aunque tenga el certificado dentro del plazo? He llamado a las oficinas y una chica me ha dicho que pida el certificado faltando un mes para que caduque la ITV actual y entonces tendré que pagar la segunda revisión + 30€ de no sé qué, lo cuál no le veo ningún sentido si el certificado es un documento oficial de la casa y lo quiero justamente para no tener que pagar dos veces al año.¿ Por qué hacen pagar una segunda itv si la misma casa ya te está reconociendo que es un turismo?
Buenos días, una cosa es el servicio de una inspección (conlleva un coste) y otro distinto es el servicio de reforma (que lleva otro coste), si en ITV vas a realizar dos servicios lo normal es que te cobren dos servicios, no te van a hacer pagar dos ITV, si ahora con la ITV en vigor quieres ir a cambiar la clasificación de tu vehículo te cobrarán el servicio de reforma, realizas el cambio y cuando tengas que pasar la ITV vuelves y pasas la ITV.
Saludos.
Hola tengo un par de dudas…
1: Tengo una Chrysler Voyager año 2003 puesta como vehículo mixto adaptable. En donde se supone que es el concesionario no me dan la conformidad porque dicen que el fabricante en España no existe y que me lo tiene que hacer la ITV directamente o un centro de homologaciones. ¿Qué hago?
2: Una vez pasado a turismo si mas adelante me encuentro mejor y aun la tengo la puedo pasar a vehículo vivienda o autocaravana o como se diga ahora.
3: He visto que alguna gente le mete mobiliario camper sin fijar nada a vehículos caracterizado turismos.¿ Es legal?
MUCHAS GRACIAS POR VUESTROS SERVICIOS Y AYUDA
Buenos días, sobre la cuestión 1 es complicada de responder, ya que no existe otra manera de realizar un cambio de clasificación de vehículo mixto a turismo sin el informe de conformidad del fabricante. El concesionario entiendo que lo único que puede hacer es intentar contactar con el servicio de homologaciones o representante en España para ver si es posible realizar ese servicio, pero poco más.
Sobre la cuestión 2 puedes realizar esa reforma mediante un laboratorio de reformas, con ingeniero de reformas para realizar el proyecto.
La cuestión 3 depende, si no se sujeta nada a la carrocería o al chasis es carga, por lo que no es ilegal, el problema es que por tara, por eliminación de anclajes, cinturones, etc… si que es reforma, y es complicado de circular sin ser sancionado o pasar la ITV.
Saludos.
Buenos días. Tengo un duda. Tengo una Renault Traffic. Si cambio el asiento de dos plazas del copiloto por un asiento de una plaza, pasaré la ITV?
Muchas gracias
Buenos días Eva, se considera reforma la sustitución de asientos, tendrías que realizar la reforma. Necesitas certificado del taller que te instala el asiento, e informe de conformidad del fabricante o laboratorio de reformas.
Saludos.
Buenos días,
Acabo de comprar un vehículo de km0 que esta como vehículo mixto y he solicitado que lo quiero como turismo. ¿como me puedo asegurar que ha sido realizado el cambio?, me dicen que pasan la ITV y que ya me la puedo llevar como turismo pero según he leído aquí pasar la ITV no implica que se haya pagado el impuesto de matriculación ni las tasas de tráfico por lo que no me quedo tranquilo de que no se realice el cambio en tráfico por su parte.
Gracias y saludos
Buenas tardes, en el momento que tengas la Documentación tiene que venir la clasificación del vehículo como 10.00 Turismo sin especificar, en el caso que venga 31.00 Vehículo mixto quiere decir que no se habría cambiado la clasificación.
Saludos.
Tengo una Crysler Grant Voyager 3.3 LX, quiero pasarla a turismo ya que está como vehículo mixto. El problema que tengo es que para solicitar el certificado en algún concesionario en España es hoy imposible ya que no hay ninguno.
¿Hay algún otro organismo oficial donde pueda solicitarlo?
Que sepamos, no existe otra forma. Intenta en alguna empresa de homologaciones.
Buenos días tengo una ford transit 2.5 del año 1995 y la estoy arreglando para mi club de Running. Mi pregunta es si puedo pasar la ITV sin los asientos traseros, se los hemos quitado para tenerla como furgoneta de avituallamiento en carrera.
Tenemos un informe nº ****** con la conformidad para el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable sin especifica a turismo sin especificar de Ford, tenemos que pasar una itv especial o esto se hace a la vez que una ITV normal.
Para terminar, la furgoneta está en mi garaje particular parada desde el 2015 arreglándola poco a poco, ¿Pasa algo si desde ese año no has pasado ITV y la quieres pasar en este AÑO?
Hola, lo primero, gracias por el foro, ya que he leído más de una vez cosas que me han ayudado en las dudas que tenía. Pero aquí, ya no me aclaro y es por eso que os escribo.. Un Toyota Aigo, tiene los asientos traseros instalados y demás. Pero no están homologados!! No habría que modificar nada como indicas en el artículo, ni nada.. Solo homologar! Pasos y costes de ésta gestión??? Nuevamente, muchas gracias, un saludo.
Hola, tengo la intencion de comprar una furgoneta mixta en un pais de la CE,una vez comprada mi idea es ponerla uso particular y poderla modificar por dentro para poder hacer acampadas, cama , frigo , cocina ,armario, mi pregunta es la siguiente,es posible hacer todos estos pasos de una sola vez , o como deberia ser, y si es posible todo esto dentro de una normativa y legalidad, un saludo , gracias
Una vez que el concesionario te expida el correspondiente certificado de homologación para el cambio de vehículo mixto a turismo… ¿Qué plazo de tiempo o validez tiene dicho documento para presentarlo en la ITV?
Los certificados de taller tienen una caducidad de 15 días, pero los informes de conformidad, si no nos equivocamos, no tienen fecha de caducidad, a no ser que algunos de los actos reglamentarios que el informe contenga sufra alguna modificación. En ese caso tendrían que emitir el fabricante un nuevo informe con su respectivo importe. Recomendación, realizar el cambio lo antes posible desde que tengas el informe de conformidad.
Buenas, se puede cambiar la clasificacion de vehiculo, de un autobus a camion, si quito los asientos?
Yo tengo el carnet de camion y si tengo un autobus y lo quiero vaciar por dentro, lo puedo conducir?
Muchas gracias
Sabe alguien precio aproximado de cambio de mixto a turismo, de una Volkswagen Multivan 1,9, diésel, potencia fiscal 12,89, año matriculación 2005.
hola buenas noches mi pregunta es una peugeot partner del 2007 esta puesta como forgoneta se puede pasar a turismo esta totalmente acristalada afesta como decis a los kilos o a otra cosa
¿se puede pasar un patrol de mixto a turismo?
Buenos días, tengo una Opel Vivaro que compramos nueva y exclusivamente para transportar a mi hija paralítica con su silla de ruedas. Instalamos una rampa extensible manual que se pliega detrás del asiento del copiloto. Como es vehículo industrial tenemos que pasar la ITV semestral. Hemos ido al concesionario para cambiarlo a turismo y nos deniegan el certificado de autorización por la rampa. ¿Qué se puede hacer?
Un saludo.
Hola, yo tengo una navara y estoi mirando si puedo cambiarla d industrial a turismo,si alguno lo a exo asi puede informarme.gracias
Tengo un vehículo matriculado el 17 de enero del 2005, este no tiene cintos ni anclajes en los asientos traseros, viene de fabrica así la clasificación según la ficha técnica es 3100 furgoneta transformable de 3 o 6 plazas, a pasado la itv cada seis meses los últimos 20 años en la ultima me ha salido desfavorable por no tener los cinturones de seguridad en los asientes de atrás, según la itv dice que esta como turismo y tiene que llevarlo, ¿es correcto?
quisiera pasar un Mitsubishi j3 ( jeep willys cj3b) de 1959 de mixto a turismo, hay que seguir solicitando al fabricante la documentación??? o como se puede hacer?? el vehiculo se usa solo para fines ludicos