Actualizado el 30 de julio de 2023
¿Qué es un vehículo mixto? ¿cuál es su límite de velocidad? ¿cómo pasar de un vehículo mixto a un turismo? Si te estás haciendo éstas u otras preguntas relacionadas con este tipo de vehículo, estás en el sitio correcto.
A lo largo de esta guía te vamos a dar toda la información que buscas para que te quede todo súper claro relacionado con el vehículo mixto. Además, si necesitas aclarar alguna situación particular, puedes dejarnos tu comentario y resolveremos tus dudas tan pronto como podamos.
¿Qué es un vehículo mixto adaptable?
El código de tráfico define un vehículo mixto adaptable como un:
automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de nueve incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Este tipo de vehículos permite transportar tanto pasajeros como mercancías, por lo que es una gran opción en determinadas situaciones. Por ejemplo, si necesitas un vehículo para tu trabajo profesional entre diario, con cargas de diferentes productos, y más familiar para el fin de semana.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que si el transporte de mercancías y personas se realiza de manera simultánea, ambas deben estar debidamente separadas.
Sólo estaremos obligados a instalar una rejilla de seguridad cuando llevemos carga, que sea fácil de poner y de quitar, y no es necesaria llevarla instalada al pasar la ITV. Además, la mercancía debe ir sujeta con pulpos y nunca atornillada, ya que para eso habría que homologarla como vivienda.
Puedes consultar la clasificación completa por tipos de vehículo
¿Por qué comprar este tipo de vehículo?
Una de las principales razones puede ser la comentada líneas más arriba, es decir, el transporte simultáneo o no de mercancías y personas.
La otra razón primordial es la económica, ya que los vehículos mixtos están exentos de pagar el impuesto de matriculación. Recordemos que los turismos pueden llegar a pagar hasta un 14,75% del valor del vehículo si las emisiones de Co2 sobrepasan los 200g/km.
Ahora bien, si estás pensando en comprar un vehículo mixto para disfrutar de esa ventaja económica, tendrás que esperar hasta cuatro años para realizar el cambio a turismo. En caso contrario, tendrás que pagar el impuesto de matriculación que no abonaste en el momento de la compra.
¿Cuál es la velocidad máxima para un vehículo mixto?
Como veremos más adelante, uno de los posibles motivos para cambiar un mixto adaptable a un turismo es el límite de velocidad.
ACTUALIZACIÓN
La actualización del Real Decreto 1514/2018, que entró en vigor el 29 de enero 2019, que modifica los límites de velocidad en carreteras convencionales, supone un cambio en la velocidad máxima para los turismos, no así para los vehículos mixtos.
Por lo tanto antes:
- Autopistas y autovías: mientras que para un turismo el límite son 120 km/h, la velocidad máxima de un vehículo mixto es de 100km/h.
- Carreteras convencionales: hablamos de carreteras con un arcén pavimentado de 1’5 metros de ancho o más de un carril para alguno de los dos sentidos. En este caso, los mixtos adaptables no podrán superar los 90 km/h.
- Vías fuera de poblado: sólo podrán circular cómo máximo a 80 km/h.
Ahora:
- Autopistas/autovías:
- Turismo límite son 120 km/h
- Vehículo mixto 100km/h.
- Carreteras convencionales:
- Turismo 90 km/h.
- Vehículo mixto 90 km/h.
En el caso de que tengas un vehículo mixto o estés pensando en adquirirlo, es esencial conocer estas diferencias respecto a la velocidad máxima de un turismo. Sobrepasar el límite de velocidad acarrea una sanción que supone pérdida de puntos y cuantía económica.
Si no tienes muy claro si tu vehículo está catalogado como turismo o mixto adaptable, es importante que consultes la ficha técnica, en la que aparece claramente si es de una u otra modalidad.
¿Cómo cambiar un vehículo mixto a turismo?
Pasar un vehículo mixto adaptable a turismo requiere realizar 2 trámites: certificado e inspección.
En la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos, se añadirá una modificación importante en lo relativo a los cambios de clasificación y que afecta al paso de mixto a turismo.
En vehículos de categoría M1, para el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a Turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores, no será necesario informe de conformidad.
No se considerará reforma anotándose mediante diligencia en vehículos en los que en la tarjeta ITV aparezca la categoría M1, el cambio de clasificación de vehículo mixto adaptable 31 00 a turismo 10 00 si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Y un apunte importante. Pese a que esta modificación todavía no esté añadida al Manual de Reformas, se aplicará de forma inmediata.
En definitiva:
- NO será necesario el Informe de Conformidad:
- si en la Ficha Técnica o Tarjeta ITV viene expresado que la categoría es M1.
- si se trata de una Ficha Técnica Electrónica, aunque no aparezca anotada la Categoría M1, porque se realizará la modificación automáticamente.
- SÍ será necesario Informe de Conformidad cuando no venga expresado en las antiguas Fichas Técnicas (las no electrónicas) que es Categoría M1.
Aclarados estos puntos, te explicamos paso a paso cómo realizar el cambio de clasificación.
- En primer lugar, el Informe de Conformidad.
Tienes que pedir al fabricante el certificado que diga que el vehículo puede ser catalogado como turismo [sólo en los casos descritos anteriormente].
Esta gestión te la puede hacer el concesionario por unos 80-120€ (precio orientativo) o un laboratorio de reformas. - Una vez dispongas del certificado del fabricante, debes acudir a la estación ITV para pasar la correspondiente inspección, previo pago de la tarifa. Una vez pasada, te anotan en la ficha técnica que se ha homologado como turismo. También te cambian la clasificación de, por ejemplo 3100 (mixto adaptable) a 1000 (turismo).
- Por útlimo, acude a una Jefatura a notificar el cambio en el Permiso de Circulación.
No se puede pasar a Turismo
No en todos los casos se puede tramitar el cambio de un vehículo a turismo.
Por ejemplo:
- Los vehículos de una categoría en la que sólo están destinados al transporte de mercancías.
Por ejemplo los de la categoría N; N1, N2 y N3. - Aquellos vehículos que la contraseña de homologación comienza por la letra «C».
Hay algunas excepciones (sólo en casos de vehículos antiguos) en las que sí es posible el cambio a turismo ya que algunos modelos tienen una doble homologación. Por ello, consultar previamente con el fabricante.
Un caso muy claro en el que NO se puede pasar a turismo es el Furgón.
Porque un Furgón o Furgoneta hasta 3.500 kg está destinado al transporte de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería.
En definitiva, sólo se podrán pasar a turismo los que, en su clasificación se mencione que pueden transportan personas.
¿Cuánto cuesta pasar un vehículo de Mixto a Turismo?
El coste aproximado del cambio sería de:
- Si es necesario el Informe -(certificado de 80 a 120€) + (inspección técnica entre 30 y 50 €) = 110-170€
- Si no es necesario – inspección técnica de 30 a 50€ aproximadamente.
Antes de pasar tu vehículo de Mixto a Turismo hay que tener en cuenta:
- Si el vehículo no tiene los 4 años hay que pagar a Hacienda el impuesto de matriculación que no se pagó en su día.
- Sólo puede tramitarse el cambio de mixto a turismo en los vehículos donde el fabricante lo tenga homologado en las dos categorías..
Información adicional: Cambiar algunos vehículos de Mixtos a Turismo con la contraseña C, recomendamos siempre solicitar información al fabricante, ya que es el único autorizado para conceder ese cambio si es posible.
Principales motivos para cambiar de un mixto adaptable a un turismo.
Como indicaba líneas más arriba, tras la modificación en 2019 de los límites de velocidad, ahora los vehículos mixtos tendrán el mismo límite de velocidad en carreteras convencionales que los turismos, no así en:
- Autopistas y autovías:
- 100 km/h Mixtos / 120 km/h. Turismos
ITV Vehículos Mixtos
Los mixtos adaptables tienen que pasar la ITV con el doble de frecuencia
- Turismo:
- Primera inspección: exento hasta los primeros cuatro años
- De 4 a 10 años: cada dos años
- A partir 10 años: cada año
- Mixto:
- primera inspección: a los dos años
- De 2 a 6 años: cada dos años
- De 6 a 10 años: cada año
- a partir de diez años: cada seis meses.
Repuestos obligatorios en el vehículo mixto
En este otro artículo en el que hablamos de accesorios, repuestos y herramientas, obligatorios en el vehículo, destacamos aquellos específicos para los mixtos adaptables.
Conclusiones
Como ves, la adquisición de un vehículo mixto así como pasar de éste a un turismo, supone conocer una serie de informaciones específicas para no caer en una sanción por desconocimiento.
Si tras leer el artículo, continuas con dudas, te recomendamos que leas los comentarios que han realizado ya otros usuarios, encontrarás que las principales dudas quedan resueltas en esta sección.
Te agradecemos de antemano que valores nuestro artículo y lo compartas con aquellas personas a quiénes les pueda interesar esta información.
INFORMACIÓN ADICIONAL
En el Manual de Reformas de Importancia en su última revisión de Mayo 2020 hace referencia al cambio de clasificación del vehículo y viene a decir que si el cambio de clasificación no conlleva algún tipo de modificación en el vehículo no se considerará reforma.
Citamos textualmente el citado Manual de Reformas en lo referente a cambio de clasificación del vehículo:
El vehículo deberá estar homologado en las categorías para las que se pide el cambio de clasificación y/o que la nueva clasificación se derive de una reforma de las amparadas en los grupos anteriores.
Todo cambio de clasificación (B. Clasificación por criterios de construcción y C. Clasificación por criterios de utilización) se debe tramitar por este CR al estar consignado en la tarjeta ITV.
No se considerará reforma, anotándose mediante diligencia:
- la modificación en el dato de la clasificación por cambio en el servicio al que se destina el vehículo si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores. En estos casos, se realizará exclusivamente la inspección previa al cambio de destino establecida en el 6.7.d) del Real Decreto 920/2017 por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
- El cambio de clasificación como consecuencia de la desinstalación del taxímetro o de cualquiera de los elementos asociados
- El cambio de clasificación por criterios de utilización a “40” (taxi). Estará avalado por el boletín de identificación metrológico firmado por el organismo autorizado de verificación metrológica una vez se haya superado la correspondiente verificación después de modificación por la instalación del taxímetro en el vehículo.
Un vehículo se clasificará como “10 45” siempre que haya sido reformado cumpliendo el Anexo de vehículo especial como funerario. Si el vehículo se reforma interiormente para el transporte de uno o varios féretros sin cumplir con el Anexo de vehículo especial como funerario no podrán clasificarse por criterios de utilización como “45”. Concretamente para el caso de furgones adaptados para llevar varios féretros se clasificarán como “24 00”, “25 00” o “26 00” según su MMA.
EN EL REAL DECRETO QUE REGULA LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS, en el artículo 6 dice:
En los casos en que el vehículo, por cambio de uso, servicio, dedicación o destino, se viera obligado a una frecuencia de inspección más severa o implicara alguna modificación técnica del vehículo, deberá realizarse una inspección, anotándose en la tarjeta ITV el nuevo destino y la nueva fecha de inspección correspondiente a la nueva periodicidad por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se ha realizado la inspección.
Si el cambio de uso, servicio, dedicación o destino del vehículo tiene lugar antes del vencimiento del primer plazo de inspección, y no implica ninguna modificación técnica del vehículo, sólo se realizará la anotación pertinente en la tarjeta ITV, anotándose como plazo de la primera inspección la que le correspondería a la situación más severa de las dos.
En el caso de vehículos de turismo, no serán necesarias tales anotaciones si el fabricante incluye en el apartado observaciones de la tarjeta ITV una diligencia indicando que el vehículo deberá pasar la primera inspección periódica a los dos años de su matriculación si fue destinado a alquiler sin conductor y pasara a destino o servicio particular.


32 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es
He comprado una ambulancia para convertirla en Camper, cuanto cuesta hacer el cambio de ambulancia a furgoneta?podría utilizar las 6 plazas que lleva,tres de ellas detrás de la cabina del conductor,que más papeleo necesito y que coste aproximado tendría? La ambulancia me la han dado sin dispositivos propios de ambulancia con el certificado del taller.gracias
Buenas tardes, un poco más arriba he respondido a una persona que estaba pensando en adquirir un vehículo ambulancia y usarlo para uso particular.
Tienes que reformar el vehículo y cambiar la clasificación, el tema de los asientos lo tendrías que consultar con el fabricante, al igual que el cambio de clasificación, necesitas un informe de conformidad para realizar dicho cambio. También necesitas un certificado de taller que por lo que me indicas ya lo tienes.
Puedes ponerte en contacto con el fabricante y comentarle que quieres un cambio de clasificación y del número de plazas de asientos. Y tendrías que solicitar a un ingeniero o a un laboratorio de reformas para convertirla en Camper, ya que para ello se necesita proyecto técnico. Con el proyecto técnico, el certificado final de obra, el informe de conformidad y el certificado de taller tienes que presentarlos en ITV junto al vehículo reformado para homologar en tarjeta técnica los cambios realizados en el vehículo.
Saludos
hola estaba buscando una furgoneta (furgon) no mixta, para camperizar mas adelante he estado en el concecionario y me han dicho que como soy un particular y no tengo ni empresa ni soy autonomo tengo que pagar un impuesto de matriculacion que se aproxima a los 3 mil euros y la tendre que matricular como turismo, eso es correcto? un furgon de carga se puede matricular como turismo? el dicho furgon lleva 3 asientos y atras es el cajon cerrado …. tendré problemas al comprar un furgon y matricularlo como turismo?
Otra duda es que si sale como turismo no pondré llevar nada de carga detrás en el cajón?
Buenas tardes, el tema de la compra del vehículo por ser particular o autónomo no te podemos ayudar, es un tema que no controlamos y no podemos orientarte correctamente, lo siento.
Un vehículo se puede matricular como turismo o vehículo mixto, e incluso como furgón dependiendo de su homologación, eso lo indica el fabricante.
Sobre si en un turismo puedes llevar mercancías si te puedo responder, y es que no, los turismos están concebidos solo para transportar personas y sus maletas, compra, etc… pero nunca se podría utilizar para transportar mercancías.
Saludos.
Buenos días, hemos comprado un coche pensando que estaba como turismo, pero está clasificado como 3100 mixto adaptable y nos dicen que no lo podemos pasar a turismo, el fabricante dice que con la codificación N no es posible.
No hay ninguna posibilidad?
Si es adaptable, se le pueden poner más asientos para trasladar a más personas? Ahora tiene una única fila de asientos atrás.
Por favor, agradecería si hay alguna posibilidad para poder pasarlo a turismo.
Muchas gracias
Si el fabricante dice que no, complicado. Contactar con un laboratorio de reformas.
Buenos dias. Estoy pensando en comprar un furgón ambulancia, ya no tiene los distintivos, las luces ni las sirenas pero le quedan los asientos, el aire acondicionado detrás y la estantería del lateral. Me ha dicho el dueño que tiene un certificado i dicanso que esta fuera de servicio con el que se puede conducir sin problema. ¿Significa eso que por el momento no tendria que hacer modificación alguna y podría seguir conduciendola sin problemas o tendría que pasarla a particular o hacer algún otro trámite?
Muchas gracias. Un saludo.
Buenas tardes, necesitas cambiar la clasificación del vehículo. Entiendo que ahora mismo está como furgón ambulancia 24.43 y la tienes que pasar a 24.00 o 24.20, es decir, a furgón sin especificar o furgón caja cerrada.
Necesitas certificado del taller que te ha desmontado todos los dispositivos propios de una ambulancia, e informe de conformidad con todas las reformas realizadas.
En una ITV realizas la reforma, con su respectivo cambio de clasificación, y uso particular (esto en tráfico, al solicitar el permiso de circulación).
Saludos.
Tengo una Reanul Kamgoo que quiero pasar a turismo. El concesionario me ha dicho que no hay problema. Pregunto. Además de turismo, la quiero utilizar para ir de pesca y caza. ¿Podría llevar luego a los animales y los materiales de pesca y caza abatiendo los asientos?
Si tengo que trasnportar un mueble propio de mi casa, o comprado en una tienda hasta mi casa, se podría?
Buenas tardes, en el momento que un vehículo es turismo solo puedes transportar a personas y sus equipajes, compra, etc…nunca mercancías.
Por lo que tu me preguntas no te puedo responder con exactitud, porque no se si tráfico te va a denunciar por el uso indebido de un turismo, te recomiendo solicitar ese tipo de información directamente a tráfico para ver si te interesa realizar el cambio a turismo o dejarlo como vehículo mixto.
Saludos.
que mierda de articulo ni tienen ni puta idea
Hola… Me dicen en Renault que pasar mi Kangoo a turismo cuesta 265€!!!!!
¿es posible este precio?… me parece muy caro…
¿Hay algún sitio mas barato?
Gracias
Buenas tardes, tendrías que solicitar información en otros concesionarios para comparar los precios, porque tiene que ser Renault quien te lo emita.
Saludos.
Hola tengo una duda, en un vehículo mixto adaptable puedo quitar, abatir los asientos y transportar carga, pero con los asientos abatidos, ¿puedo trasportar un niño de menos 135 cm sentado delante con su silla homologada? Estaría dentro de los tres casos en los que se podría sentar delante, considerando que no lleva asientos detrás al estar estos abatidos?
Buenas noches, esa consulta se la debes realizar a tráfico, ya que es un tema que nosotros desconocemos, lo siento.
Saludos.
Hola, yo compré una furgoneta marca fiat escudo, en el concesionario de la calle meridiana en Barcelona y con la crisis (supongo) que ha cerrado, ¿Qué tengo que hacer? ¿puedo ir a cualquier concesionario fiat? gracias.
Claro, puedes acudir a cualquier concesionario.
Hola. Tengo una vito homologada como turismo desde hace unos años. Ahora me interesa pasarla a mixto adaptable (como venía originalmente), para poder quitar asientos y llevar carga. ¿Cuál sería el trámite? ¿Es necesario ir al concesionario puesto que ya fue mixto adaptable anteriormente? Gracias.
Buenas noches, si, tienes que ponerte en contacto con el fabricante para que te realice un informe de conformidad y restituir el vehículo a mixto, es un cambio de clasificación. Después en ITV realizas la reforma.
Saludos.
He cambiado mi vehículo de mixto a turismo, cambia la MMA?
Buenas tardes, no, en pricipio no. Porque ya no puedes utilizarlo para transportar mercancia y con las personas que el vehículo puede transportar y sus maletas nunca pasarás del límite de MMA.
Si quieres cambiar la MMA es el mismo procedimiento que para realizar el cambio de clasificación, necesitas un informe de conformidad y realizar el cambio en ITV.
Saludos.
hola, a ver si me podeis ayudar
quiero comprar un vehiculo de segundamano catalogado como vehículo mixto y yo quiero pasarlo a turismo, el coche tiene ahora 2 años, habría que pagar el impuesto de matriculación? y si es así, quien debería de pagarlo?
saludos
Sí, habría que pagar el impuesto de matriculación. En teoría lo debería abonar el dueño actual, que se lo ahorró, pero eso lo podéis negociar ambos.
y en el caso de que el vendedor no lo pague me lo podrían reclamar a mi para que lo pagara yo??
Pues no lo sabemos, lo sentimos.
Buenos días,me acabo de comprar una Peugeot Partner de segunda mano del año 2013 con clasificación «mixta» y mas adelante la quiero pasar a «particular», pero me han dicho que si el propietario que se la compró nueva se aprovechó de una ayuda del Plan Pive en su momentoal comprarla pues no puedo cambiarla de clasificación ya que nace como mixta y muere como mixta dicho vehículo. ¿Qué hay de cierto o de falso con esta explicación?
Buenas noches, para cambiar la clasificación del vehículo se necesita la autorización del fabricante, que emite si es posible dicho cambio un inform de conformidad y con este documento se realiza el cambio en una ITV.
Sobre si te puede sancionar o no Hacienda porque en su día el comprador del vehículo se aprovechó de algún tipo de descuento no te puede informar, porque esa información la tienes que solicitar en Hacienda.
Pero que un vehículo dependiendo de como se haya comprado no se pueda cambiar de clasificación no es cierto, depende de la homologación del vehículo que homologa el fabricante.
Saludos.
Mucho de lo que se comenta aquí es falso, yo pase el año pasado una kangoo a turismo en 10 minutos en la itv de bilbao ,vas allí con los papeles se los das a la chica de ventanilla, ella verifica si es posible el cambio (osea que no hace falta ningún papel de la renault¡¡) si es posible .. le pagas 25 euros de tasa (mas o menos ) y en 10 minutos te trae los papeles con una anotación en la que figura el cambio, no tienes ni que pasar la inspección ni nada¡¡¡, así de fácil ¡¡¡¡ ,no se quien es el que responde aquí de la itv pero no tiene ni idea ¡¡¡ ,por lo menos a mi me lo hicieron así en la itv de trapaga.
Hola, para realizar un cambio de clasificación de un vehículo (no un cambio de servicios del vehículo, que es una diligencia) se necesita un informe de conformidad del fabricante del vehículo, según establece el Manual de Reformas, código de reforma 11.1, que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo tiene publicado y aprobado para su aplicación en todas las ITV de España.
Por lo que si es cierto lo que comentas no deberías de publicarlo, ya que existe una posibilidad muy alta de que se investigue a esa ITV por realizar reformas sin tener la documentación necesaria para realizar dichas reformas. Porque has realizado un cambio de clasificación sin tener el informe de conformidad del fabricante.
Saludos.
Si cambio mi Ford ranger de mixto a turismo puedo llevar carga en la parte de atrás o simplemente se queda sin uso.
Si lo pasas a turismo solo podrás llevar de «carga» a personas y sus maletas. No puedes utilizar un turismo para transportar mercancía. El límite de la carga es la MMA que tenga autorizada el Ford Ranger menos la tara.
Tu ford en España no la puedes pasar a turismo, ya que tiene la homologacion de camión todoterreno y cabina abierta.
Para realizar el cambio a turismo el informe lo puede realizar tanto el fabricante como un laboratorio homologado, en España hay muchos.
Depende de que vehículo hay laboratorios que no pueden y en algunos casos solo es el fabricante el que puede.
Referente a precios cada cual pone el suyo varia mucho incluso de un concesionario a otro.
Hola:
Carlos Jimenez.
He leído tu comentario y mi pregunta es ¿podías facilitarme correo electrónico, dirección ,nr. de teléfono de alguna de esos laboratorios de homologaciónn?
Gracias.
Hola, me interesaría saber si el certificado solo te lo puede proporcionar el concesionario de la marca en este caso Renault, o se puede conseguir por otra vía porque me dicen que vale 152€, es caro?
Gracias.
Buenas tardes, el informe de conformidad para realizar el cambio de clasificación solo te lo puede emitir el fabricante (lo normal es solicitarlo en un concesionario de la marca, que es el que se pone en contacto con el encargado de homologaciones, etc…).
Que yo conozca es la única vía a día de hoy.
Saludos.
Y un laboratorio de homologación, puede emitir dicho informe?
Hola, mi vehículo es una Citroen c15 catalogada en ficha técnica como VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE. ¿Se puede pasar a turismo? Gracias, saludos.
El fabricante es el único que te dirá si es posible o no.
Hola. ¿Un coche con más de 10 años se puede pasar a turismo? Gracias.
Buenas días, hace varios años realicé el cambio de clasificación de vehículo mixto a turismo. Actualmnete el vehículo tiene una antiguedad de 15 años y vengo pasando la ITV anualmente como corresponde a un turismo.
Pero hace unos días me llegó la carta avisandome que tengo que pasar la ITV antes del 25 mayo 2017 (justo a los 6 meses de haber pasado la última). Es decir, toma una periodicidad semestral y no anual como creo que correspondería.
Esto es correcto? O puede tratarse de algún error a la hora de fijar el vencimiento en el ordenador la última vez que pasé la ITV? Gracias
Buenas tardes, si tu vehículo está como turismo tiene que pasar anualmente. Entiendo que la carta es un error, ya que no existe otra explicación, de todas formas, mira la tarjeta técnica y el informe de inspección de la última ITV, y observa la fecha de próxima inspección, a ver si se equivocaron en ITV y está para seis meses. Si así fuera tendrías que volver a la ITV para que te solucionen el problema.
Saludos.