El alumbrado en la ITV

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Actualizado el 15 de septiembre de 2024

A lo largo de este artículo vamos a explicar todo lo referente al alumbrado del vehículo en la ITV. Obtendrás respuestas a preguntas como ¿La luz de marcha atrás es obligatoria para pasar la inspección? ¿Pasaré con un faro fundido? Normativa aplicable desde el 01/06/2021

Lo más lógico antes de acudir a pasar la ITV es haber comprobado previamente el funcionamiento de todas las bombillas que componen el sistema de alumbrado y señalización del vehículo.
Pero parece que no hacemos nada al respecto, pese a que es muy fácil subsanar el defecto. Simplemente cambiando la bombilla fundida, evitaríamos una posible ITV desfavorable y tener que volver a pasar por segunda vez la inspección, que en algunas Comunidades Autónomas, tiene coste.

Y es que, aunque parezca mentira, el defecto más detectado cuando pasamos la revisión, es el de «alumbrado y señalización», siendo el principal motivo de rechazo en las primeras inspecciones.
Y todo por una bombilla fundida, luz de la matrícula trasera, de la marcha atrás, de freno o de la luz antiniebla trasera.
Actualmente una de las dudas más recurrentes es si los intermitentes dinámicos pasan ITV.

Para la Inspección Técnica de Vehículos una luz fundida, siendo una de las piezas principales del sistema de alumbrado y señalización, puede considerarlo como defecto grave, con lo que nos daría la inspección como desfavorable, teniendo que volver una vez arreglados los defectos.

A continuación relatamos lo que dice el Manual con respecto a las luces del vehículo y cómo interpreta cada defecto según su gravedad a la hora de pasar o no favorablemente la ITV.

Luz de marcha atrás en la ITV

Vamos con la luz marcha atrás. Desde mediados del 1999, los vehículos de la categoría M y N están obligados a llevar luz de marcha atrás. En general como mínimo una, con opción a 2 luces.
Si el vehículo tiene más de 6 metros (excepto M1), debe equipar 2 como mínimo más dos opcionales.

A este tipo de luz no le solemos prestar atención o no consideramos importante, pero la mayoría de deficiencias en cuanto a la luz de marcha atrás puede hacer que no superemos la revisión.

Defectos

Ya en la línea de inspección se observará principalmente que:

  • En el caso de que No funcione ninguna luz de marcha atrás lo considerara como D. G. Pero si la luz que no funciona es opcional, simplemente Leve.
  • Que el foco no está homologado, Grave.
  • ¿Que el nº de luces no es el correcto? Grave.
  • Si está defectuoso simplemente lo anotará como Leve pero si tiene riesgo de que se caiga, ya sería D. G.
  • El color no es el adecuado, Defecto Grave.
  • Si se te queda encendida después de quitar la marcha atrás o al meter la marcha atrás se activa otra luz no reglamentaria, Grave.
  • También mirarán que estén situadas correctamente. De lo contrario, D. G.

Tenemos un artículo que te interesa si quieres saber si con una luz de posición fundida pasas ITV.

Luces de cruce o carretera en ITV

Los vehículos de las categorías M y N deben tener 2 luces de cruce y de 2 a 4 de carretera y la luz que emitan debe ser blanca.

Podemos destacar que, en el caso de las luces de cruce, se mirará con especial atención la orientación del haz luminoso, para no deslumbrar, y el color de la luz.

Para cruce y carretera mirarán que el foco tenga su correspondiente homologación y que el tipo de «bombilla» sea compatible con el proyector. Esto es importante para los que quieran cambiar el tipo de bombilla.

Por ejemplo, un foco que está construido para alojar lámparas halógenas, lo más probable es que no esté preparado para unas led o los típicos Kits de Xenón. Este es uno de los motivos de la importancia de la homologación del faro. Además que la sustitución del tipo de foco, requeriría de la legalización de la correspondiente reforma.

No olvidemos que cierto tipo de faros, normalmente los de Xenón, están obligado a equipar un sistema de limpieza y que lógicamente funcione.

Defectos

Para acudir a la inspección periódica con más seguridad, vamos a detenernos en los principales puntos en los que se fijará el inspector en lo que respecta a las luces de carretera (las largas) y las de cruce (las cortas) y el posible tipo de defecto.

A partir de junio 2021, buena noticia, en referencia a la orientación del haz luminoso luz de cruce se añade:
Una vez comprobado el reglaje, si éste tiene la consideración de defecto grave, se comunica al conductor antes de realizar cualquier anotación, indicándole que utilice el dispositivo regulador manual de las luces accesible desde el habitáculo (si dispone de él) para adecuar la posición de las luces. Si el reglaje queda corregido en cualquier posición del regulador para ambos proyectores, no se anotará ningún defecto.

Te darás cuenta, que la mayoría de irregularidades que conciernen a las luces de carretera o cruce son motivo de que nos rechacen la ITV, y algunas, son muy sencillas de solucionar, si nos paramos tan solo 5 minutos a revisarlas previamente.

  • Nada más entrar en la línea de inspección, si No funciona ALGUNA luz de carretera lo considerará como Defecto Leve. Pero si No funciona NINGUNA luz de carretera ya será Defecto Grave.
  • En el caso de la luz de cruce, simplemente con que ALGUNA NO funcione ya sería un Defecto Grave.
  • El tema del haz de luz. Sólo en las de cruce. Si está alto será Defecto Grave, pero si está bajo o tiene una desviación lateral sólo sería Leve.
    Como ya hemos indicado, desde el 01/06/2021 si utilizando el regulador de altura de luces se corrige el reglaje adecuado, no se anotará defecto grave.
  • En las luces de carretera miran también la intensidad, que no puede superar un determinado valor, de lo contrario, Defecto Grave.
  • Si los faros no están homologados nos anotarán un Defecto Grave.
  • En el caso de que la luz que emitan no sea la reglamentaria nos pondrán un Defecto Grave.
  • También observarán que el dispositivo no esté defectuoso, que podría considerarse como Leve, pero si su estado afecta a su funcionamiento o puede llegar a caerse ya se consideraría como Grave.
  • Cuando accionamos los mandos de las luces, que al encender un tipo, sólo se enciendas las reglamentarias. Si no, Grave.
  • Que no se enciende el testigo de que tenemos las luces de carretera encendidas, Leve.
  • Nos anotarán un Defecto Leve si el mando con el que nivelamos manualmente las luces no funciona.
  • En cambio, si el coche no tiene o no le funciona el lavafaros (únicamente los vehículos obligados) nos darán la ITV como desfavorable, ya que nos anotarán un Defecto Grave.
  • Que la fuente de luz con es compatible con el foco/proyector, Grave.
  • No olvidemos que las luces largas se tienen que apagar todas con un sólo mando, de lo contrario Grave.

Claxon o bocina

Si hablamos de vehículos cat. M y N, están obligados a tener un avisador acústico, más comúnmente conocido como claxon o bocina. Éste tiene que emitir un sonido continuo y suficientemente intenso.

Al pasar la inspección al coche, si no funciona el claxon como debe o no lo tiene, será inspección desfavorable por defecto grave.

Así pues, cuando en la ITV no se pasa la inspección por “una bombilla fundida”, realmente se está velando, en primer lugar por la seguridad del propio conductor del vehículo que tiene dicha luz fundida y en segundo lugar por el resto de los usuarios de la vía pública que pueden estar alrededor de él, al tratarse de luces principales del sistema de alumbrado y señalización del vehículo.

Toda la información sobre el alumbrado en nuestra guía completa de las luces del vehículo

Normativas aplicables

La inspección de El alumbrado en la ITV está regulada por las siguientes normativas:

Reglamento General de Vehículos, Art. 15, 16, 17 y Anexo X

Directiva 76/756/CEE

Reglamento CEPE/ONU 48 R

Conozca a los Autores del Contenido

Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

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Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

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José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

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Hay 296 comentarios sobre El alumbrado en la ITV

  • Jon
    29 junio, 2017

    A mi me funcionan todas las luces pero he comprado nuevos faros (los anteriores estaban comido por el sol) y no se muy bien como regularlos. Si van demasiado altos es falta grave? y sin van demasiado bajos?
    Gracias.

    • Supervisor Itv
      30 junio, 2017

      Buenas tardes, si el haz de luz de cruce está alto es defecto grave. Si el haz de luz está bajo es defecto leve.
      Saludos.

      • Jon
        1 julio, 2017

        Muchas gracias, una última duda. Y la regulación horizontal de los faros? Quiero decir izquierda-derecha.

    • Supervisor Itv
      25 julio, 2017

      Buenas tardes, lo siento por responder ahora, no me había dado cuenta de que habías hecho otra pregunta.
      Ocurre una cosa parecida al reglaje en altura, el reglaje horizontal no puede permitir deslumbramientos hacia el lado izquierdo donde deslumbraríamos a otros vehículos. Pero en este caso el defecto se considera leve, si existe una desviación lateral.
      Saludos.

  • Ftrr
    25 junio, 2017

    Buenas tardes, ¿es falta leve que funcionen las luces de freno salvo la de la derecha?

    • Supervisor Itv
      25 junio, 2017

      Buenas tardes, si no te funciona la luz de freno izquierda y solo te funciona la derecha es defecto leve. Eso si, te recomiendo arreglar la luz izquierda, creo personalmente que es la más importante de las tres luces de freno, al menos en países de circulación por la derecha.
      Saludos.

  • Ana
    25 junio, 2017

    Buenas tardes;
    Un de las luces de marcha atrás está rota. La bombilla funciona pero el plástico de fuera está roto (lleva un agujero) ¿en esas condiciones el vehículo pasaría la itv?

    • Supervisor Itv
      25 junio, 2017

      Buenas tardes, no se como es el orificio del dispositivo pero si afecta a su función se considera defecto grave, o si existe riesgo de que alguien que lo toque se corte.
      Si es un pequeño desperfecto que no afecta a la función del dispositivo de marcha atrás o no existe ningún riesgo es defecto leve.
      Saludos.

  • Manuel
    23 junio, 2017

    Buenas, tengo puesto un kit de led en las luces de cruce supuestamente homologado (dijo mi vendedor) afectaria a la inspeccion técnica de mi vehículo? en las de posición tambien tengo puesto otras led, ninguna de las dos ha requerido modificacion alguna del vehículo.

    • Supervisor Itv
      25 junio, 2017

      Buenas tardes, se considera reforma, ya que estás modificando las características originales de los faros que están seguramente diseñados para lámparas halógenas o xenon, por lo que la fuente luminosa de LED es incompatible con el proyector, que se considera defecto grave en ITV.
      Saludos.

  • Luc
    3 junio, 2017

    Hola, gracias por la web.
    Tengo solo el intermitente lateral derecho fundido (va en el retrovisor y es el único que hay en el lateral)
    ¿Qué tipo de defecto sería?

    • Supervisor Itv
      7 junio, 2017

      Buenas tardes, que no funcionen los intermitentes laterales se considera defecto leve, pasaría la inspección como favorable con deficiencias leves, que tendrías que solucionar lo antes posible, si no te pueden denunciar.
      Saludos.

  • Felipe Nicolaz
    1 junio, 2017

    Si me funcionan las de cruce todas y las de posision me funcionan las de atras pero las de delante no ??

  • Felipe Nicolaz
    1 junio, 2017

    Supervisor si me funcionan las de de cruce todas y las de posision solo las de atras y las de delante no ???

    • Supervisor Itv
      7 junio, 2017

      Buenas tardes, que no funcionen las dos luces de posición delanteras se considera defecto grave, por lo que no pasaría favorable la inspección.
      Saludos.

  • Laura
    19 mayo, 2017

    Hola, buenas tardes. Se me acaba de fundir una luz de posición y para cambiarla hay que desmontar muchas cosas porque es un wolksvagen touareg. Tengo la cita el lunes y es viernes por la tarde. ¿Pasaría la inspección? Gracias.

    • Itvcitaprevia
      19 mayo, 2017

      Que no funcione una luz de posición se considera defecto leve y pasarías la inspección como favorable con deficiencias leves. Deberías arreglarlo lo antes posible (a riesgo de que te paren y multen) pero no tendrías que volver a la ITV a solventarlo.

  • Francis
    24 abril, 2017

    Hola buenas,
    No aclara mi duda aunque viene todo muy bien explicado…
    Tengo puestas unas bombillas de led (No creo que sean legales) en las de posición… Ambas funcionando… ¿Pasaría aún así la ITV? Gracias.

    • Supervisor Itv
      25 abril, 2017

      Buenas tardes, no, no pasará favorable con luces de posición led en los faros, se considera defecto grave al modificar las características del faro.
      Saludos.

  • álvaro
    23 marzo, 2017

    Buenas. Como se concidera que Las luces de galibo traseras de una caveza tractora esten fundidas.? Solo las de galibo las de más están bien.

    • Supervisor Itv
      24 marzo, 2017

      Buenas tardes, se considera defecto grave si no funciona ninguna de las dos luces de galibo traseras obligatorias. Si no funcionara una sería defecto leve.
      Saludos.

  • Ignacio
    17 marzo, 2017

    Ayer pasé la ITV de una VESPA IRIS de 1991 estaba todo correcto , pero me exigen poner una luz de posición que de fábrica NO la trae lo califican como defecto GRAVE y no puedo circular hasta que la ponga.
    El mecánico me comenta que es la primera noticia que tiene al respecto.
    – ¿Como califican de defecto GRAVE esto si está homologada…? y como consecuencia NO puedo circular.

    • Supervisor Itv
      24 marzo, 2017

      Buenas tardes, la luz de posición delantera y trasera es obligatoria para todas motocicletas, esta normativa es así desde que comenzaron las inspecciones en España, por lo que no se como poder ayudarte, de verdad que lo siento.
      Saludos.

  • Virgilio
    13 marzo, 2017

    Buenos días, lleve al mecánico un suzaki vitara y me hizo una chapuza y no se encienden los antinieblas…es falta grave y no pasa la itv?

    • Supervisor Itv
      13 marzo, 2017

      Buenas tardes, si tu vehículo está matriculado a partir 26/07/1999 la antiniebla trasera es obligatoria, si no encienden será defecto grave.
      Saludos.

  • Sergio Garcia
    27 febrero, 2017

    Hola tengo una Chevy modelo 70 y tengo que hacer el ITV para poder viajar a olavarria por si me lo piden. No tengo luces en las patentes ni luz de reversa las de más luces si. Y el freno de mano no está en funcionamiento sólo tengo el del tren delantero y funciona bien. Me an dicho que si pasa y otros que no. Así que quería ver que me dicen.

    • Supervisor Itv
      1 marzo, 2017

      Buenas tardes, frenos tiene que llevar en los dos ejes, y freno de estacionamiento al menos en uno de los ejes. Lo de las luces no te he entendido bien, disculpa, me podrías realizar la pregunta de otra forma, porque no se cuáles llevas o no llevas.
      Saludos, y quedo a la espera para poderte responder a la otra cuestión.

  • Paco
    25 febrero, 2017

    Buenas, tengo un Renault Scenic de uso particular y no me funciona ninguna de las 2 luces antinieblas delanteras; se considera falta grave ??? Gracias de antemano.

    • Supervisor Itv
      13 marzo, 2017

      Buenas tardes, sería defecto leve, al ser opcionales.
      Saludos.

  • Felipe
    21 febrero, 2017

    Buenas tardes, hace poco se me quemaron las luces de cruce, las cambié, y ahora resulta que una ilumina de color blanco y otra de color amarillo claro, ¿habría algún problema al pasar la itv? ¿Se considera defecto leve o grave? Mi coche es de 2004, muchas gracias de antemano.

    • Supervisor Itv
      22 febrero, 2017

      Buenas tardes, pues el color amarillo en luces de cruce está solamente permitido en vehículos matriculados anteriormente al 26/07/1999. Por lo que sería defecto grave.
      Saludos.

  • Diego
    14 febrero, 2017

    Quería saber, ¿cómo es posible, que en una motocicleta, cuando no funcionan las luces de posición que lleva instaladas sea un defecto grave, si no son obligatorias, y las de cruce funcionan perfectamente?.
    Si por el contrario estuviera bloqueado el mando de las luces y estas estuvieran encendidas siempre y en la revisión no se pudieran poner en posición, ¿sería un defecto grave también?

    • Supervisor Itv
      16 febrero, 2017

      Buenas tardes, si que son obligatorias, las luces de posición en las motocicletas son obligatorias, por lo que si no funciona ninguna delantera o ninguna trasera es defecto grave.
      Sobre el tema del funcionamiento del mando debería de funcionar independientemente, si se activa se tienen que encender las luces de posición, y si no se activa y no tiene función de automático deberían de estar apagadas, aunque no creo que se metan mucho en eso, lo más importante es que funcionen.
      Saludos.

  • Roger
    29 enero, 2017

    Buenos dias.
    No doy con el error pero una luz de marcha atrás no me funciona. Si una de las dos luces de marcha atras funciona, podria pasar la itv al considerarse falta leve?
    Muchas gracias de antemano y saludos.

    • Supervisor Itv
      30 enero, 2017

      Buenas tardes, entiendo que tu vehículo es un turismo matriculado después del 26/07/1999, si es de antes de esta fecha no tienes ningún problema porque no son obligatorias.
      Si está matriculado a partir de esa fecha, una luz de marcha atrás es obligatoria y la segunda es opcional para los turismos de menos de 6 m de longitud, por lo que sería considerado como defecto leve que no te funcione la segunda luz de marcha atrás.
      Saludos.

  • Toni
    5 enero, 2017

    No me funciona la luz interna del habitaculo que se enciende al abrir la puerta del conductor y se apaga al cerrarla. . Sin embargo, con los interruptores internos del techo si se enciende y apaga al pulsarlos. Entiendo que no tiene nada de repercusión a la hora de pasar la ITV.

    • Supervisor Itv
      9 enero, 2017

      Buenas tardes Toni, si tu vehículo está destinado al servicio público o es de alquiler con conductor sería defecto leve que no funcione y defecto grave que no esté instalado en el vehículo. Pero si tu vehículo es de uso particular no se considera ni defecto en la inspección, ya que no es inspeccionable.
      Saludos.

  • Fran
    15 julio, 2016

    Buenos días. Son oblgatorias las luces de repuesto? Gracias. Fran.

    • Supervisor Itv
      15 julio, 2016

      Buenas tardes Fran, no son obligatorias de cara una ITV llevar las luces de repuesto. De cara a tráfico lo desconozco.
      Saludos.

  • Alex
    14 noviembre, 2015

    Si una de las dos luces cortas del coche ilumina poco se trataría de defecto leve o defecto grave? Y si una de las dos luces cortas ilumina un poco más arriba de lo normal se considera defecto leve o defecto grave? Gracias.

    • Supervisor Itv
      9 enero, 2017

      Buenas tardes, que la intensidad sea baja podría considerarse defecto leve, depende de lo poco que ilumine. Que el haz de luz esté alto si es defecto grave.
      Saludos.

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