Los remolques y semirremolques tienen una inspección técnica independiente del vehículo tractor. La periodicidad varía según la categoría (O1, O2, O3, O4) y el uso, las caravanas remolcadas tienen un régimen más favorable que los remolques de mercancías.
Esta página explica las diferencias entre categorías, los elementos específicos de inspección y los defectos más frecuentes en la ITV de remolques.
Los remolques ligeros (hasta 750 kg.) NO PASAN ITV, sólo los pesados
Categorías remolques O1, O2, O3, O4
La clasificación de remolques se basa en la masa máxima autorizada (MMA) y determina tanto los requisitos técnicos como la periodicidad de la ITV.
| Categoría | MMA | Descripción | Ejemplos |
|---|---|---|---|
| O1 | ≤ 750 kg | Remolque ligero | Remolques portaequipajes, portamotos pequeños |
| O2 | > 750 kg ≤ 3.500 kg | Remolque medio | Caravanas, plataformas, remolques portavehículos |
| O3 | > 3.500 kg ≤ 10.000 kg | Remolque pesado | Remolques industriales, plataformas de carga |
| O4 | > 10.000 kg | Remolque muy pesado | Semirremolques, cisternas, portacontenedores |
Semirremolques
Los semirremolques son remolques diseñados para ser acoplados a un tractocamión, de forma que parte de su peso descansa sobre el vehículo tractor. Se clasifican dentro de las categorías O3 y O4 según su MMA. A efectos de ITV, se inspeccionan de forma independiente al tractocamión, aunque pueden presentarse conjuntamente.
Periodicidad ITV remolques
La frecuencia de inspección depende de la categoría del remolque y, en el caso de O2, del uso (mercancías o caravana).
Remolques O1 (≤ 750 kg)
Los remolques de categoría O1 están exentos de ITV periódica. Solo requieren inspección en caso de:
- Reforma del vehículo.
- Transferencia (cambio de titularidad en algunas comunidades).
- Requerimiento por accidente o defectos observados.
Remolques O2, O3 y O4 de mercancías
| Antigüedad | Frecuencia |
|---|---|
| Hasta 10 años | Anual |
| Más de 10 años | Semestral |
Caravanas remolcadas (O2)
Las caravanas clasificadas como O2 tienen un régimen especial más favorable:
| Antigüedad | Frecuencia |
|---|---|
| Hasta 6 años | Exento |
| Más de 6 años | Bienal |
Permiso conducción y masa máxima del conjunto
El permiso necesario para remolcar depende de la masa máxima del conjunto (vehículo tractor + remolque).
Permiso B
- Vehículos de hasta 3.500 kg de MMA.
- Conjuntos de hasta 3.500 kg de MMA (tractor + remolque).
- Conjuntos de hasta 4.250 kg si el remolque no supera 750 kg de MMA.
Las furgonetas de categoría N1 pueden remolcar dentro de estos límites con permiso B.
Permiso B96
Autoriza a conducir conjuntos de vehículo tractor M1 + remolque con MMA del conjunto entre 3.500 kg y 4.250 kg, cuando el remolque supera los 750 kg. Se obtiene mediante una formación específica sin examen.
Permiso BE
Autoriza a conducir conjuntos de vehículo tractor M1 + remolque de más de 750 kg, cuando la MMA del conjunto supera los 4.250 kg (con límite de 7.000 kg para el remolque). Requiere examen teórico y práctico.
Permisos C1E, CE
Para conjuntos con vehículo tractor de categoría N2/N3 (camiones) y remolques de más de 750 kg. Consulta los requisitos específicos en la página de ITV de camiones.
Documentación obligatoria
Para pasar la ITV de un remolque es necesario presentar:
- Permiso de circulación del remolque.
- Tarjeta ITV del remolque con inspecciones anteriores anotadas.
- Justificante del seguro: el remolque va cubierto por el seguro del vehículo tractor cuando circula enganchado, pero necesita seguro independiente si circula sin enganchar (situación poco habitual).
Declaración de mercancías peligrosas
Desde el 1 de enero de 2018, los remolques de categorías O2, O3 y O4 deben presentar la declaración responsable de mercancías peligrosas, indicando si transportan o no este tipo de mercancías. Consulta todos los detalles sobre esta obligación en nuestra página de ITV mercancías peligrosas. Esta declaración es obligatoria incluso cuando el remolque nunca transporta mercancías peligrosas.
Elementos específicos inspección remolques
Además de los puntos comunes (identificación, alumbrado, neumáticos, suspensión), los remolques tienen elementos específicos de inspección.
Dispositivo de acoplamiento
El enganche del remolque debe estar homologado según la Directiva 94/20/CEE (obligatorio desde 26/01/2001 para nuevas matriculaciones). Consulta información detallada sobre la inspección del enganche en nuestra página de enganche de remolque en la ITV. Se verifica:
- Anotación en tarjeta ITV del dispositivo de acoplamiento.
- Coincidencia del dispositivo instalado con lo anotado.
- Estado y fijación del enganche.
- Funcionamiento de la instalación eléctrica (luces).
- Ausencia de manipulaciones.
Si necesitas instalar o homologar un enganche de remolque, consulta nuestra guía específica.
Dispositivo secundario de seguridad
Los remolques con MMA superior a 1.500 kg que no dispongan de freno automático en caso de rotura del enganche deben llevar un dispositivo secundario (cadena o cable de seguridad) que mantenga cierta capacidad de dirección si se separa el acoplamiento principal.
Sistema de frenos
Los remolques O2, O3 y O4 deben disponer de sistema de frenado. Se verifican:
- Freno de servicio: eficacia mínima según categoría y fecha de matriculación.
- Freno de estacionamiento: eficacia mínima del 16%.
- Freno de inercia (en O1 y O2): estado, integridad de la transmisión, ausencia de daños.
- Frenado automático: funcionamiento correcto en caso de desconexión del acoplamiento.
Protección trasera
Los remolques deben disponer de protección trasera contra empotramiento. Los requisitos varían según categoría:
- O1 y O2: altura libre máxima de 550 mm sobre el suelo, a 450 mm de la parte trasera.
- O3 y O4: dispositivo de protección trasera homologado según Reglamento CEPE/ONU 58R.
Protecciones laterales
Obligatorias en remolques O3 y O4 matriculados a partir del 01/04/2005. Evitan que peatones o ciclistas queden atrapados bajo el remolque en caso de colisión lateral.
Eficacia frenado remolques
La eficacia mínima de frenado en remolques se mide respecto a la MMA (o suma de cargas por eje autorizadas en semirremolques).
Remolques matriculados desde 01/01/2012
| Tipo | Eficacia mínima |
|---|---|
| Remolques O2, O3, O4 | 50% |
| Semirremolques | 45% |
Remolques matriculados antes de 01/01/2012
| Tipo | Eficacia mínima |
|---|---|
| Remolques O2, O3, O4 | 43% |
| Matriculados antes de 1988 | 40% |
Freno de estacionamiento
El freno de estacionamiento debe alcanzar una eficacia mínima del 16% en remolques aislados.
Tabla defectos ITV remolques
A continuación se detallan los defectos más relevantes en la inspección de remolques, según el Manual de Procedimiento de Inspección ITV v7.8.
Defectos en dispositivo de acoplamiento
| Defecto | DL | DG | DMG |
|---|---|---|---|
| Dispositivo de acoplamiento no anotado en tarjeta ITV | X | ||
| Dispositivo instalado no coincide con lo anotado | X | ||
| Fijación defectuosa del dispositivo | X | ||
| Estado defectuoso que afecte a su función | X | ||
| Inexistencia de dispositivo secundario en remolques MMA > 1.500 kg obligados | X | ||
| Manipulaciones en el dispositivo de acoplamiento | X |
Defectos en acoplamiento de frenos
| Defecto | DL | DG | DMG |
|---|---|---|---|
| Válvulas de cierre automático no aíslan adecuadamente | X | ||
| Válvula insegura o montada incorrectamente | X | ||
| Pérdida de fluido excesiva sensible | X | ||
| Sistema de frenado automático no funciona correctamente | X |
Defectos en freno de inercia
| Defecto | DL | DG | DMG |
|---|---|---|---|
| Estado defectuoso | X | ||
| Integridad de la transmisión comprometida | X | ||
| Daños o corrosión que afecten al sistema | X | ||
| Riesgo de desprendimiento | X | ||
| Modificaciones o reparaciones inadecuadas | X |
Defectos en protección trasera
| Defecto | DL | DG | DMG |
|---|---|---|---|
| Inexistencia en vehículos obligados | X | ||
| Fijación defectuosa con riesgo de desprendimiento | X | ||
| Estado defectuoso que impida su función | X | ||
| Incumplimiento de emplazamiento y/o configuración | X |
Defectos en protecciones laterales
| Defecto | DL | DG | DMG |
|---|---|---|---|
| Inexistencia en vehículos obligados a llevarlas | X | ||
| Fijación defectuosa con riesgo de desprendimiento | X | ||
| Estado defectuoso que impida su función | X | ||
| Incumplimiento emplazamiento y/o configuración | X |
Caravanas vs furgonetas camper
Si estás valorando entre una caravana remolcada o una furgoneta camperizada, estas son las principales diferencias desde el punto de vista de la ITV.
Caravana remolcada (O2)
- Periodicidad: exenta hasta 6 años, después bienal.
- Requiere matrícula y tarjeta ITV propias.
- No necesita seguro independiente si circula enganchada.
- Permiso B suficiente si el conjunto no supera 3.500 kg (o 4.250 kg con remolque ≤ 750 kg).
- Puede dejarse aparcada y usar el vehículo tractor de forma independiente.
Furgoneta camperizada
- Periodicidad según clasificación: furgón vivienda N1 (semestral +10 años) o autocaravana M1 (anual +10 años).
- Vehículo autónomo, no depende de otro para circular.
- Seguro obligatorio independiente.
- Permiso B si MMA ≤ 3.500 kg.
- Más versátil para viajes cortos y uso urbano.
Preguntas frecuentes
Las siguientes preguntas resuelven las dudas más habituales sobre la ITV de remolques.
¿Los remolques pequeños pasan ITV?
Los remolques de categoría O1 (MMA ≤ 750 kg) están exentos de ITV periódica. Solo requieren inspección en caso de reforma, transferencia o requerimiento por accidente.
¿Cada cuánto pasa la ITV una caravana?
Las caravanas remolcadas clasificadas como O2 tienen un régimen especial: exentas hasta 6 años de antigüedad y después ITV bienal (cada 2 años). Esta periodicidad es más favorable que la de remolques de mercancías.
¿El remolque tiene que tener seguro propio?
No necesariamente. Cuando el remolque circula enganchado, va cubierto por el seguro del vehículo tractor. Solo necesitaría seguro independiente si circulara sin enganchar, lo cual es una situación muy poco habitual.
¿Qué permiso necesito para llevar un remolque?
Depende de la masa del conjunto. Con permiso B puedes llevar conjuntos de hasta 3.500 kg, o hasta 4.250 kg si el remolque no supera 750 kg. Para conjuntos mayores necesitas B96 (hasta 4.250 kg con remolque > 750 kg) o BE (hasta 7.000 kg de remolque).
¿Puedo pasar la ITV del remolque sin el vehículo tractor?
Sí. Los remolques pueden inspeccionarse de forma independiente. Solo necesitas presentar la documentación del remolque (permiso de circulación y tarjeta ITV). El remolque se inspecciona estáticamente y se verifica el funcionamiento de frenos y luces.
¿Qué eficacia de frenado debe tener un remolque?
Los remolques matriculados desde 2012 deben alcanzar una eficacia mínima del 50% (45% para semirremolques). Los matriculados antes de 2012 tienen un mínimo del 43% (40% antes de 1988). El freno de estacionamiento debe alcanzar el 16%.
¿Necesito declaración de mercancías peligrosas para el remolque?
Sí, desde el 1 de enero de 2018 los remolques de categorías O2, O3 y O4 deben presentar la declaración responsable de mercancías peligrosas, indicando si transportan o no este tipo de mercancías, aunque nunca las transporten.
¿Cuánto cuesta la ITV de un remolque?
El precio depende de la categoría y la comunidad autónoma. Las tarifas de remolques suelen ser inferiores a las de vehículos a motor. Consulta los precios actualizados en nuestra comparativa de precios ITV.
Normativas aplicables
La inspección de ITV Remolques pesados está regulada por las siguientes normativas:
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