Vehículo mixto, clasificación, ITV y cambio a turismo

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El vehículo mixto adaptable es una de las clasificaciones que genera más dudas entre propietarios de furgonetas. Aunque se matricula como categoría M1, a efectos de periodicidad ITV aplica la frecuencia de vehículos de mercancías, más restrictiva que la de turismos.

Esta página explica cómo identificar si tu vehículo es mixto, las diferencias con un turismo convencional, el proceso para cambiar la clasificación y las implicaciones fiscales del cambio.

Un vehículo mixto adaptable (código 3100) pasa la ITV con la misma frecuencia que una furgoneta de mercancías: semestral a partir de los 10 años. Un turismo convencional (código 1000) solo pasa a ITV anual a partir de esa antigüedad.

Qué es un vehículo mixto adaptable

El vehículo mixto adaptable es un vehículo de categoría M1 diseñado para transportar simultáneamente personas y mercancías en compartimentos separados. Su característica distintiva es la posibilidad de modificar la configuración interior para aumentar el espacio de carga o el número de plazas.

Características técnicas

  • Categoría de homologación: M1 (transporte de personas, máximo 8 plazas + conductor).
  • Código de clasificación en tarjeta ITV: 3100 (vehículo mixto adaptable).
  • Compartimento de carga separado de la zona de pasajeros.
  • Posibilidad de retirar o abatir asientos traseros para ampliar zona de carga.
  • Permiso de conducción: B (si MMA ≤ 3.500 kg).

Vehículos típicos clasificados como mixtos

  • Furgonetas derivadas de turismo con segunda fila de asientos abatible (Citroën Berlingo, Peugeot Partner, Renault Kangoo, Ford Tourneo Connect, etc.).
  • Monovolúmenes con configuración comercial.
  • Pick-up con cabina doble y espacio de carga.
  • Todoterrenos con zona de carga separada.

Cómo identificar la clasificación de tu vehículo

La clasificación del vehículo aparece en la tarjeta ITV, en el campo «Clasificación» mediante un código de cuatro dígitos. Los códigos más frecuentes en vehículos que pueden generar confusión son:

CódigoClasificaciónCategoríaPeriodicidad ITV
1000TurismoM1Exento 4 años → Bienal 4-10 → Anual +10
3100Vehículo mixto adaptableM1Exento 2 años → Bienal 2-6 → Anual 6-10 → Semestral +10
2000FurgónN1Exento 2 años → Bienal 2-6 → Anual 6-10 → Semestral +10

Consulta el significado de todos los códigos de clasificación en nuestra guía de clasificación de vehículos.

El código 3100 (vehículo mixto) aplica la periodicidad de vehículos de mercancías (N), no la de turismos. Esto significa ITV semestral a partir de los 10 años, frente a la anual de un turismo convencional.

Dónde consultar la clasificación

  • Tarjeta ITV: campo «Clasificación» en la primera página.
  • Permiso de circulación: puede no reflejar el código exacto, pero indica la categoría (M1, N1).
  • Informe de la DGT: consulta del historial del vehículo en sede electrónica de Tráfico.

Diferencias entre turismo y vehículo mixto

Aunque ambos son categoría M1, las diferencias prácticas son significativas y afectan a la ITV, fiscalidad y uso del vehículo.

Periodicidad de la ITV

AntigüedadTurismo (1000)Vehículo mixto (3100)
Hasta 2 añosExentoExento
De 2 a 4 añosExentoBienal
De 4 a 6 añosBienalBienal
De 6 a 10 añosBienalAnual
Más de 10 añosAnualSemestral

Fiscalidad en la compra

  • Turismo: IVA del 21% en la compra.
  • Vehículo mixto adaptable: puede acogerse a IVA reducido (deducible) si se adquiere para actividad profesional y cumple requisitos de la AEAT.

Impuesto de circulación

El IVTM (impuesto de circulación) se calcula igual para ambos, ya que depende de la potencia fiscal y el municipio, no de la clasificación.

Seguro

Las aseguradoras pueden aplicar tarifas diferentes según la clasificación. Generalmente, el seguro de un vehículo mixto es ligeramente superior al de un turismo equivalente por su uso potencialmente comercial.

Uso del vehículo

  • Turismo: diseñado principalmente para transporte de personas.
  • Vehículo mixto: permite transporte simultáneo de personas y mercancías. Puede circular con la zona de carga vacía o con pasajeros en todas las plazas.

Proceso de cambio de clasificación

Es posible cambiar la clasificación de un vehículo mixto a turismo (o viceversa) mediante una reforma de importancia regulada por el Real Decreto 866/2010.

Cambio de vehículo mixto (3100) a turismo (1000)

Para cambiar a turismo, el vehículo debe cumplir los requisitos de homologación como M1 turismo:

  • Todos los asientos deben ser fijos (no abatibles para ampliar carga).
  • Eliminación del espacio de carga diferenciado.
  • Configuración interior permanente orientada a pasajeros.

El proceso incluye:

  • Proyecto técnico: elaborado por ingeniero o servicio técnico de homologación.
  • Ejecución de la reforma: modificación física del vehículo según proyecto.
  • Informe de conformidad: emitido por laboratorio o servicio técnico acreditado.
  • Inspección ITV de reforma: verificación y anotación en tarjeta ITV.
  • Actualización en Tráfico: cambio del permiso de circulación.

Consulta el proceso completo y documentación necesaria en nuestra guía de cambio de vehículo mixto a turismo.

Cambio de turismo (1000) a vehículo mixto (3100)

El proceso inverso requiere:

  • Instalación de separación entre zona de pasajeros y carga.
  • Configuración que permita uso mixto (asientos abatibles o extraíbles).
  • Mismo proceso de reforma: proyecto, informe de conformidad e inspección ITV.
El coste total del cambio de clasificación oscila entre 600 € y 1.500 €, incluyendo proyecto técnico, informe de conformidad e inspección ITV de reforma.

Implicaciones fiscales del cambio de clasificación

El cambio de clasificación puede tener consecuencias fiscales importantes, especialmente si se realiza en los primeros años tras la matriculación.

IVA y cambio antes de 5 años

Si el vehículo se adquirió como mixto con IVA deducible y se cambia a turismo antes de transcurridos 5 años desde la matriculación, la AEAT puede reclamar:

  • La diferencia del IVA deducido.
  • Intereses de demora.
  • Posibles sanciones si se considera que hubo intención de fraude.
Si compraste el vehículo como mixto y dedujiste el IVA, espera al menos 5 años antes de cambiar la clasificación a turismo. De lo contrario, Hacienda puede exigir la devolución del IVA deducido con intereses.

Impuesto de matriculación

El cambio de clasificación no genera un nuevo impuesto de matriculación, ya que el vehículo ya está matriculado en España.

Plusvalía en venta

El cambio de clasificación puede afectar al valor de mercado del vehículo. Un turismo suele tener mejor salida comercial que un vehículo mixto equivalente, especialmente en el mercado de particulares.

Dispositivo de retención de carga

Los vehículos mixtos adaptables matriculados a partir del 26 de enero de 2000 deben disponer de anclajes para un dispositivo de retención que separe la zona de pasajeros del compartimento de carga, según el Anexo VI del Reglamento General de Vehículos.

Requisitos del dispositivo

  • Los anclajes deben situarse entre los respaldos de los asientos posteriores y el compartimento de carga.
  • Deben estar en un plano vertical, transversal al sentido de la marcha.
  • El dispositivo puede ser red, reja o barras.

Retención parcial

Los vehículos mixtos adaptables pueden instalar opcionalmente un dispositivo de retención parcial que proteja únicamente la zona situada por encima del respaldo de los asientos. En este caso, el respaldo del asiento asume parcialmente la función de retención.

Certificación

Si los anclajes fueron montados por un instalador diferente al fabricante del vehículo, se requiere certificado del fabricante o de un laboratorio acreditado que acredite el cumplimiento del Anexo VI del RGV.

Tabla de defectos ITV específicos

A continuación se detallan los defectos específicos que pueden afectar a vehículos mixtos en la ITV, según el Manual de Procedimiento de Inspección ITV v7.8.

Defectos en dispositivo de retención de carga

DefectoDLDGDMG
Inexistencia de anclajes para dispositivo de retención en vehículos obligadosX
Anclajes sin certificación cuando es obligatoriaX
Estado defectuoso de los anclajes o del dispositivoX

Defectos en asientos y plazas

DefectoDLDGDMG
Número de plazas superior al que figura en documentaciónX
Fijación defectuosa de asientos con riesgo de desprendimientoX
Asientos inadecuados o con elementos sueltos que presenten riesgo de lesionesX
Asientos que no permiten acceso a plazas posterioresX

Defectos en reformas

DefectoDLDGDMG
Reforma realizada sin anotación en tarjeta ITVX
Manipulaciones posteriores a la anotación sobre elemento reformadoX

Preguntas frecuentes

Las siguientes preguntas resuelven las dudas más habituales sobre vehículos mixtos y su ITV.

¿Por qué mi vehículo mixto pasa la ITV más a menudo que un turismo?

Los vehículos clasificados como mixtos (código 3100) aplican la periodicidad de vehículos de mercancías (categoría N), aunque técnicamente sean M1. Esto se debe a que están diseñados para un uso potencialmente más intensivo, combinando transporte de personas y mercancías. La diferencia es significativa: ITV semestral a partir de 10 años frente a anual en turismos.

¿Puedo cambiar mi vehículo mixto a turismo para pagar menos ITV?

Sí, mediante una reforma de importancia. El proceso requiere proyecto técnico, informe de conformidad e inspección ITV de reforma, con un coste aproximado de 600-1.500 €. Sin embargo, si dedujiste el IVA en la compra, debes esperar al menos 5 años para evitar que Hacienda reclame la devolución del IVA con intereses.

¿Cómo sé si mi vehículo es mixto o turismo?

Consulta la tarjeta ITV, en el campo «Clasificación». El código 1000 corresponde a turismo y el 3100 a vehículo mixto adaptable. Si tienes dudas, puedes solicitar un informe del vehículo en la sede electrónica de la DGT.

¿El vehículo mixto necesita dispositivo de retención de carga?

Sí, si está matriculado a partir del 26 de enero de 2000. Debe disponer de anclajes para fijar un dispositivo (red, reja o barras) que separe la zona de pasajeros del compartimento de carga. Los mixtos adaptables pueden optar por retención parcial, que protege solo la zona por encima del respaldo.

¿Cuánto cuesta cambiar la clasificación de mixto a turismo?

El coste total oscila entre 600 € y 1.500 €, dependiendo de la complejidad de la reforma. Incluye proyecto técnico (200-500 €), informe de conformidad (200-400 €) e inspección ITV de reforma (100-200 €). Si requiere modificaciones físicas significativas, el coste puede aumentar.

¿Afecta el cambio de clasificación al seguro?

Sí. Debes comunicar cualquier cambio de clasificación a tu aseguradora. Generalmente, el seguro de un turismo es ligeramente inferior al de un vehículo mixto, por lo que podrías obtener un ahorro adicional tras el cambio.

¿Cuánto cuesta la ITV de un vehículo mixto?

El precio es el mismo que para una furgoneta de categoría N1, ya que aplica la misma tarifa de vehículos de mercancías ligeros. Consulta los precios actualizados en nuestra comparativa de precios ITV por comunidad.


Normativas aplicables

La inspección de Vehículo mixto, clasificación, ITV y cambio a turismo está regulada por las siguientes normativas:

Real Decreto 2822/1998

Real Decreto 920/2017

Conozca a los Autores del Contenido

Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

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Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

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Foto de José Antonio Benitez

José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

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