ITV furgonetas, inspección vehículos mercancías N1

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Las furgonetas de categoría N1, con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg, tienen una periodicidad de inspección diferente a los turismos. El primer año está exento, pero a partir de los dos años la ITV pasa a ser obligatoria con una frecuencia que aumenta progresivamente hasta llegar a semestral en vehículos de más de 10 años.
Explicamos los requisitos específicos, diferencias según la clasificación del vehículo y los defectos más frecuentes en la inspección de furgonetas.

La periodicidad de la ITV en furgonetas depende de su clasificación en la tarjeta técnica. Un vehículo mixto (código 3100) tiene la misma frecuencia que una furgoneta de mercancías, más restrictiva que la de un turismo.

Categoría N1. Qué vehículos incluye

La categoría N1 agrupa a los vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima autorizada no supere los 3.500 kg. Incluye:

  • Furgonetas comerciales: vehículos de carga con zona de mercancías separada de la cabina. Códigos de clasificación 20XX (furgón, furgón isotermo, etc.).
  • Derivados de turismo: vehículos basados en plataformas de turismo adaptados para transporte de mercancías.
  • Pick-up: vehículos con cabina y zona de carga descubierta.
  • Vehículos mixtos adaptables: permiten configurar el espacio para pasajeros o carga según necesidad.

La categoría N1 se subdivide en tres clases según la masa de referencia:

  • Clase I: masa de referencia inferior o igual a 1.305 kg.
  • Clase II: masa de referencia superior a 1.305 kg e inferior o igual a 1.760 kg.
  • Clase III: masa de referencia superior a 1.760 kg.

El permiso de conducción B es suficiente para conducir cualquier vehículo N1, siempre que la MMA no supere los 3.500 kg.

Periodicidad ITV furgonetas N1

Los vehículos de categoría N1 tienen un período de exención inicial de dos años. A partir de esa fecha, la frecuencia de inspección aumenta progresivamente según la antigüedad, conforme establece el Real Decreto 920/2017:

Antigüedad del vehículoFrecuencia de inspección
Hasta 2 añosExento
De 2 a 6 añosBienal (cada 2 años)
De 6 a 10 añosAnual
Más de 10 añosSemestral
La periodicidad de las furgonetas N1 es más restrictiva que la de los turismos (M1). Mientras un turismo pasa a ITV anual a los 10 años, una furgoneta lo hace a los 6 años. Y a partir de los 10 años, la furgoneta requiere inspección semestral frente a la anual del turismo.

El plazo de validez se calcula sumando la frecuencia correspondiente a la fecha de inspección favorable. Si la inspección se realiza en los 30 días anteriores al vencimiento, el nuevo plazo se calcula desde la fecha de caducidad anterior.

Clasificación 1000 vs 3100, impacto ITV

Una de las confusiones más frecuentes entre propietarios de furgonetas afecta a la diferencia entre la clasificación como turismo (código 1000) y como vehículo mixto (código 3100).

Turismo (código 1000)

Vehículo de categoría M1, diseñado para transporte de personas. La periodicidad ITV es:

  • Hasta 4 años: exento.
  • De 4 a 10 años: bienal.
  • Más de 10 años: anual.

Vehículo mixto (código 3100)

Vehículo que puede transportar simultáneamente personas y mercancías en compartimentos separados. Aunque se matricula como M1, a efectos de ITV aplica la periodicidad de la categoría N más restrictiva:

  • Hasta 2 años: exento.
  • De 2 a 6 años: bienal.
  • De 6 a 10 años: anual.
  • Más de 10 años: semestral.
El código de clasificación aparece en la tarjeta ITV (campo «Clasificación»). El código 3100 corresponde a «vehículo mixto adaptable» y sigue la periodicidad de vehículos de mercancías, no la de turismos.

Puedes verificar el código de clasificación de tu vehículo consultando la guía de códigos de clasificación en la ficha técnica.

¿Se puede cambiar la clasificación?

Sí, mediante una reforma de importancia. El cambio de vehículo mixto a turismo (o viceversa) requiere:

  • Informe de conformidad de un laboratorio o servicio técnico.
  • Inspección ITV de reforma.
  • Actualización de la tarjeta ITV y el permiso de circulación.

El cambio puede tener implicaciones fiscales. Si se realiza antes de transcurridos 5 años desde la matriculación, Hacienda puede reclamar la diferencia del IVA si se aplicó el tipo reducido de vehículos comerciales. Consulta información detallada en nuestra página sobre ITV de vehículos mixtos.

Documentación ITV

Para pasar la ITV de una furgoneta N1 es necesario presentar:

  • Permiso de circulación del vehículo en vigor.
  • Tarjeta ITV (Ficha Técnica) con todas las inspecciones anteriores anotadas.
  • Justificante del Seguro(no es imprescindible ya que lo comprueban telemáticamente).
Desde el 1 de enero de 2018, todos los vehículos de categorías N y O deben presentar una declaración responsable indicando si transportan o no mercancías peligrosas. Esta declaración es obligatoria incluso cuando el vehículo no transporta este tipo de mercancías.

Consulta todos los requisitos sobre la declaración de mercancías peligrosas.
Si el vehículo ha sido objeto de una reforma (cambio de clasificación, instalación de baca, enganche, etc.), debe aportarse también el certificado de conformidad de la reforma y su anotación en la tarjeta ITV.

Proceso inspección elementos específicos furgonetas

Además de los puntos comunes a todos los vehículos (identificación, alumbrado, frenos, dirección, ejes, neumáticos, emisiones), las furgonetas N1 tienen algunos elementos de inspección específicos.

Dispositivo de retención de carga

Los vehículos N1 destinados al transporte de mercancías matriculados a partir del 26 de enero de 2000 deben disponer de anclajes para fijar un dispositivo de retención (red, reja o barras) que separe la zona de pasajeros del compartimento de carga.

  • Los anclajes deben estar situados entre los respaldos de los asientos posteriores y el compartimento de carga, en un plano vertical transversal al sentido de la marcha.
  • Los vehículos mixtos adaptables pueden instalar un dispositivo de retención parcial que proteja la zona situada por encima del respaldo.
  • Si los anclajes fueron montados por un instalador diferente al fabricante, se requiere certificado del fabricante o laboratorio acreditado.

Cinturones de seguridad

La obligatoriedad de cinturones en furgonetas N1 depende de la fecha de matriculación:

  • Matriculadas a partir del 01/07/1994: obligatorios en plazas delanteras.
  • Matriculadas a partir del 01/10/1996: obligatorios en todas las plazas en sentido de la marcha.
  • Matriculadas a partir del 01/10/1999: obligatorios también en plazas en sentido contrario a la marcha.

Neumáticos

Las furgonetas N1 pueden equipar neumáticos de clase C1 (diseñados para M1, N1, O1 y O2) o C2 (diseñados para vehículos más pesados).

  • La profundidad mínima del dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura es de 1,6 mm.
  • Los neumáticos deben disponer de indicadores de desgaste (testigos TWI).
  • El reesculturado NO está permitido en vehículos de MMA igual o inferior a 3.500 kg.
  • Todos los neumáticos del mismo eje deben ser del mismo tipo (marca, dimensiones, categoría de velocidad, índice de carga y estructura).

Si se utilizan neumáticos de nieve (M+S) con índice de velocidad inferior a la velocidad máxima del vehículo, debe colocarse una etiqueta de advertencia visible desde el puesto de conducción.

Protección trasera contra empotramiento

Los vehículos N1 cumplen el requisito de protección trasera si la altura libre sobre el suelo de la parte trasera en vacío no supera los 550 mm sobre una anchura no inferior a la del eje trasero menos 100 mm por cada lado, a una distancia máxima de 450 mm desde la parte más trasera del vehículo.

Emisiones contaminantes

Se verifica mediante analizador de gases (gasolina) u opacímetro (diésel). Los valores límite dependen del nivel de emisiones homologado:

  • Diésel Euro 4/5: opacidad máxima 1,5 m⁻¹.
  • Diésel Euro 6: opacidad máxima 0,7 m⁻¹.
  • Gasolina con catalizador: CO máximo 0,3% a ralentí y 0,2% acelerado (Lambda entre 0,97 y 1,03).

Prueba frenos furgonetas

La prueba de frenado en furgonetas N1 se realiza mediante frenómetro de rodillos, verificando cada eje por separado.

Valores de eficacia mínimos

CategoríaMatriculados desde 01/01/2012Matriculados antes de 01/01/2012
N150%45%

La eficacia se calcula como la relación entre la suma de las fuerzas de frenado de todas las ruedas y el peso correspondiente a la MMA del vehículo.

Otros parámetros verificados

  • Desequilibrio: diferencia de frenado entre ruedas del mismo eje. El máximo permitido es del 30% en ejes directrices.
  • Fluctuación: variación de la fuerza de frenado durante el giro de la rueda (indica ovalización de discos o tambores).
  • Freno de estacionamiento: eficacia mínima del 16%.
A diferencia de los camiones pesados, las furgonetas N1 no requieren el método de extrapolación. La prueba se realiza con el vehículo en el estado de carga en que acude a la inspección.

Tabla defectos ITV furgonetas N1

A continuación se detallan los defectos más relevantes en la inspección de furgonetas, según el Manual de Procedimiento de Inspección ITV v7.8. La calificación DL corresponde a defecto leve, DG a defecto grave y DMG a defecto muy grave.

Defectos en neumáticos

DefectoDLDGDMG
Algún neumático no tiene marca de homologaciónX
Dimensiones, características o configuración no coinciden con homologaciónX
Neumáticos de distinto tipo montados en el mismo ejeX
Montaje incorrecto del neumáticoX
Profundidad de las ranuras principales inferior al mínimo (1,6 mm)X
Reesculturado no autorizadoX
Desgaste irregular excesivo en la banda de rodaduraX
Ampollas, deformaciones anormales o roturas en flancos o bandaX
Ampollas, deformaciones o roturas con peligro de reventónX
Cables al descubierto, grietas o síntomas de rotura de carcasaX
Interferencia del neumático con otras partes del vehículoX
Sistema de control de presión (TPMS) funciona incorrectamenteX

Defectos en freno de servicio – Eficacia

DefectoDLDGDMG
Eficacia de frenado inferior al mínimo exigidoX
Desequilibrio superior al 30% en ejes directricesX
Desequilibrio superior al 30% en otros ejesX
Fluctuación excesiva de fuerzas de frenadoX
Frenado inoperante en alguna ruedaX(X)
Daños o corrosión que afecten al sistema de frenosX(X)
Pérdidas de líquido en el sistemaX(X)

Defectos en suspensión

DefectoDLDGDMG
La suspensión no es operativaX
Rotura o inexistencia de tope de suspensiónX
Estado o fijación defectuoso de muellesX
Estado o fijación defectuoso de amortiguadores o ausenciaX
Pérdida de aceite en amortiguadores(X)X
Estado o fijación defectuoso de barra estabilizadoraX
Holgura de rótulas de suspensiónX
Guardapolvo muy deterioradoX
Guardapolvo roto o inexistenteX

Defectos en dispositivo de retención de carga

DefectoDLDGDMG
Inexistencia de anclajes en vehículos obligadosX
Anclajes sin certificación cuando es exigibleX
Estado defectuoso de los anclajesX

Furgonetas camperizadas

Las furgonetas adaptadas como vivienda tienen consideraciones especiales en la ITV que merecen atención detallada. La clasificación en la tarjeta técnica determina tanto la periodicidad como los elementos que se inspeccionan.

Clasificaciones posibles

  • Furgón vivienda (código 2448): mantiene categoría N1. Periodicidad de furgonetas (semestral a partir de 10 años). Velocidad máxima en autovía: 90 km/h.
  • Autocaravana (código 3200): categoría M1. Periodicidad de turismos (anual a partir de 10 años). Velocidad máxima en autovía: 120 km/h.
La clasificación como autocaravana (M1) tiene periodicidad ITV más favorable a largo plazo, pero requiere cumplir requisitos técnicos más exigentes en la homologación.

En la inspección de furgonetas camperizadas se verifican, además de los elementos estándar:

  • Anclajes del mobiliario interior.
  • Instalación de gas (si existe): certificado de instalador autorizado.
  • Ventilación adecuada.
  • Homologación de accesorios exteriores (toldos, placas solares, portabicicletas atornillados) según la 7ª Revisión del Manual de Reformas.

Consulta información completa sobre requisitos y homologación en nuestra página de ITV furgonetas camperizadas.

Preguntas frecuentes

Las siguientes preguntas resuelven las dudas más habituales sobre la ITV de furgonetas.

¿Cada cuánto pasa la ITV una furgoneta nueva?

Las furgonetas de categoría N1 están exentas de ITV durante los dos primeros años desde su matriculación. A partir del segundo año, la inspección es bienal (cada dos años) hasta los 6 años, anual de 6 a 10 años, y semestral a partir de los 10 años.

¿Por qué mi furgoneta pasa la ITV más a menudo que un turismo?

Los vehículos de categoría N (mercancías) tienen una periodicidad más restrictiva que los M1 (turismos) porque están diseñados para un uso profesional más intensivo. Mientras un turismo pasa a ITV anual a los 10 años, una furgoneta lo hace a los 6 años.

¿Qué diferencia hay entre clasificación 1000 y 3100?

El código 1000 corresponde a turismo (categoría M1) y el 3100 a vehículo mixto adaptable. Aunque el vehículo mixto se matricula como M1, a efectos de periodicidad ITV aplica la frecuencia de vehículos de mercancías (N), que es más restrictiva. Un vehículo clasificado como 3100 con más de 10 años requiere ITV semestral.

¿Puedo cambiar la clasificación de mi furgoneta?

Sí, mediante una reforma de importancia. El cambio requiere informe de conformidad de un laboratorio técnico, inspección ITV de reforma y actualización de la documentación. Si el cambio se realiza antes de 5 años desde la matriculación, puede haber implicaciones fiscales por diferencia de IVA.

¿Se pueden reesculturar los neumáticos de una furgoneta?

No. El reesculturado solo está permitido en neumáticos de vehículos con MMA superior a 3.500 kg que lleven el marcado REGROOVABLE. Las furgonetas N1, al no superar ese peso, no pueden utilizar neumáticos reesculturados.

¿Qué profundidad mínima debe tener el dibujo de los neumáticos?

La profundidad mínima del dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura es de 1,6 mm para vehículos de categorías M1, N1, O1 y O2. Los neumáticos deben disponer de indicadores de desgaste (testigos TWI) que facilitan esta comprobación.

¿Qué eficacia de frenado mínima debe tener mi furgoneta?

Las furgonetas N1 matriculadas a partir del 1 de enero de 2012 deben alcanzar una eficacia mínima del 50% respecto a su MMA. Para vehículos anteriores a esa fecha, el mínimo es del 45%. El freno de estacionamiento debe alcanzar al menos el 16%.

¿Necesito declaración de mercancías peligrosas aunque no transporte nada?

Sí. Desde el 1 de enero de 2018, todos los vehículos de categorías N y O deben presentar una declaración responsable indicando si transportan o no mercancías peligrosas. Esta declaración es obligatoria para realizar la inspección, aunque el vehículo nunca transporte este tipo de mercancías.

¿Cuánto cuesta la ITV de una furgoneta?

El precio varía según la comunidad autónoma. Las tarifas para furgonetas N1 suelen ser similares o ligeramente superiores a las de turismos. Puedes consultar los precios actualizados en nuestra comparativa de precios ITV.

¿Puedo remolcar con mi furgoneta?

Sí, la mayoría de furgonetas N1 pueden remolcar conjuntos de hasta 3.500 kg con permiso B o hasta 4.250 kg con permiso B96. Si el remolque supera los 750 kg de MMA, necesita su propia ITV independiente. Consulta los requisitos de ITV para remolques y la inspección del enganche de remolque.

Normativas aplicables

La inspección de ITV furgonetas, inspección vehículos mercancías N1 está regulada por las siguientes normativas:

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos

Real Decreto 920/2017

Conozca a los Autores del Contenido

Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

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Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

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Foto de José Antonio Benitez

José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

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