Tacógrafo en la ITV

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Actualización normativa: Manual ITV v7.9 (en vigor desde 01/01/2026)

Esta página ha sido actualizada conforme al Manual de Procedimiento de Inspección ITV versión 7.9. El texto en rojo indica contenido nuevo o modificado respecto a la versión anterior (7.8).

Los cambios principales afectan a: nueva obligación para vehículos de más de 2.500 kg en transporte internacional, sistema de exenciones, ubicación de la placa de instalación y tabla de defectos.

El tacógrafo es un elemento obligatorio en camiones de más de 3.500 kg de MMA y autobuses de más de 9 plazas. A partir del 1 de julio de 2026, también será obligatorio en vehículos de transporte de mercancías con MMA superior a 2.500 kg que realicen operaciones de transporte internacional o de cabotaje. Durante la inspección técnica se verifica su existencia, tipo, placa de instalación, precintos y fecha de la última revisión bienal.
Esta página detalla los requisitos del tacógrafo en la ITV, las diferencias entre analógico y digital, y los defectos que pueden provocar un resultado desfavorable.

El tacógrafo debe ser revisado cada 2 años por un centro técnico autorizado. Si la revisión está caducada en el momento de la ITV, el resultado será desfavorable (defecto grave).

Vehículos obligados a llevar tacógrafo

La obligación de instalar y utilizar tacógrafo afecta a determinados vehículos de transporte profesional, según el Reglamento (UE) 165/2014 y el Manual de Procedimiento de Inspección ITV v7.9.

Categoría M (transporte de viajeros)

Vehículos fabricados o adaptados de forma permanente para transportar a más de nueve personas (incluido el conductor) y destinados a tal fin.

Categoría N (transporte de mercancías)

  • Vehículos con MMA superior a 3.500 kg (incluido cualquier remolque o semirremolque).
  • Desde el 01/07/2026: vehículos con MMA superior a 2.500 kg (incluido remolque o semirremolque) en operaciones de transporte internacional o de cabotaje.

Los vehículos que transportan mercancías peligrosas con MMA superior a 3.500 kg también están obligados a llevar tacógrafo, además del certificado ADR y la documentación específica.

Exenciones y declaración responsable

Están exentos de la obligación de utilizar tacógrafo, entre otros:

  • Vehículos de transporte de viajeros en servicios regulares de línea cuyo recorrido no supere los 50 km.
  • Vehículos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 40 km/h.
  • Vehículos de las fuerzas armadas, protección civil, bomberos y fuerzas de seguridad.
  • Vehículos utilizados en situaciones de emergencia o misiones de salvamento.
  • Vehículos especializados para uso médico.
  • Vehículos de autoescuela que no se utilicen para transporte comercial.
  • Vehículos agrícolas y forestales utilizados en un radio de 100 km del centro de explotación.
Si el vehículo está exento del uso de tacógrafo, se puede acreditar mediante declaración responsable del titular o certificado de exención de la autoridad competente en materia de transportes. La estación ITV anotará esta circunstancia en las observaciones del informe de inspección.
Aunque el vehículo esté exento de utilizar el tacógrafo, si lleva instalado un limitador de velocidad cuya señal procede del tacógrafo, este debe estar al día de las revisiones bienales.

Tipos tacógrafo, analógico vs digital

Existen dos tipos principales de tacógrafo, y la normativa determina cuál debe llevar cada vehículo según su fecha de matriculación.

Tacógrafo analógico

  • Registra los datos en discos de papel (disco diagrama).
  • Permitido en vehículos matriculados antes del 1 de mayo de 2006.
  • En desuso progresivo, aunque todavía circulan vehículos que lo utilizan.

Tacógrafo digital

Placa de instalación del tacógrafo en camión N3 con datos reglamentarios visibles

  • Obligatorio en vehículos matriculados a partir del 1 de mayo de 2006.
  • Registra los datos en memoria interna y en la tarjeta del conductor.
  • Permite la impresión de datos almacenados.
  • Mayor seguridad contra manipulaciones.

Tacógrafo inteligente

Versión avanzada del tacógrafo digital, obligatorio en vehículos matriculados a partir del 15 de junio de 2019. Incluye:

  • Conexión GNSS (geolocalización por satélite).
  • Comunicación remota para inspecciones en carretera.
  • Mayor protección contra manipulaciones.

Tacógrafo inteligente v2

Segunda generación del tacógrafo inteligente, obligatorio en vehículos nuevos matriculados a partir de agosto de 2023. Añade funcionalidades como el registro automático de paso de fronteras.

En la ITV se verifica que el tacógrafo instalado tenga una tecnología y versión igual o superior a la que corresponde según la fecha de matriculación o activación del tacógrafo digital.

Revisión bienal tacógrafo

El tacógrafo debe someterse a revisiones periódicas cada 2 años por un centro técnico de tacógrafos autorizado, según lo establecido en el Real Decreto 125/2017.

Cuándo es obligatoria la revisión

  • Tras la instalación inicial.
  • Tras cualquier reparación o modificación del tacógrafo o su instalación.
  • Cada 2 años desde la última intervención.
  • Tras cambio de neumáticos por otros de distintas dimensiones.

Qué se verifica en la revisión bienal

  • Funcionamiento correcto del aparato.
  • Calibración del coeficiente característico del vehículo (w).
  • Circunferencia efectiva de los neumáticos (l).
  • Constante del tacógrafo (k) en tacógrafos digitales.
  • Precintado de todas las conexiones vulnerables a manipulación.

Ticket de datos técnicos

En tacógrafos digitales, el centro técnico genera un ticket de datos técnicos impreso que contiene información de la intervención más reciente. En la ITV se comprueban los siguientes parámetros:

  • Nombre del centro técnico de tacógrafos respecto a la placa de instalación.
  • Número de identificación del vehículo (VIN) respecto al troquelado, permiso de circulación o TITV.
  • Matrícula respecto al permiso de circulación o TITV.
  • Fecha de intervención respecto a la placa de instalación.
  • Dimensiones del neumático respecto a la placa y al montado en el vehículo.
  • Número de serie del precinto respecto a la placa y los precintos físicos.

Placa de instalación tacógrafo

Tras la instalación, reparación, modificación, cambio de neumáticos o revisión bienal, debe colocarse la placa de instalación correspondiente. Son válidas las placas colocadas por centros técnicos de otros Estados miembros de la UE.

Ubicación de la placa

La placa de instalación debe situarse siguiendo este orden de preferencia:

  1. En el tacógrafo.
  2. Si no es posible, en el montante B del vehículo (tras las puertas delanteras).
  3. Si tampoco es posible, en la zona de la puerta del conductor.

En todos los casos debe ser claramente visible y de fácil acceso.

Protección contra retirada

La placa debe estar precintada, salvo que disponga de un sistema de seguridad que impida su retirada y, en caso de posible retirada, que se destruya y no pueda ser reutilizada.

Placa adicional (M1 y N1 con adaptador)

Únicamente en vehículos de las categorías M1 y N1 equipados con un adaptador, cuando no pueda incluirse toda la información necesaria en la placa principal, se podrá instalar una segunda placa adicional junto a la primera, con el mismo nivel de protección.

Datos de la placa

La placa de instalación debe contener, entre otros:

  • Nombre del centro técnico de tacógrafos.
  • Coeficiente característico del vehículo (w).
  • Constante del tacógrafo (k) en digitales.
  • Circunferencia efectiva de los neumáticos (l).
  • Tamaño de los neumáticos.
  • Fecha de la intervención.
  • Número de identificación del vehículo (VIN).
  • Número de serie del precinto.

Precintos tacógrafo

Los precintos son elementos de seguridad que garantizan que no se han realizado manipulaciones en el tacógrafo.

Requisitos de los precintos

  • Deben estar marcados con un número de serie y la contraseña del centro técnico.
  • Los números de serie de los precintos deben coincidir con los indicados en la placa de instalación.
  • Deben estar intactos, sin signos de manipulación.

Conexiones que deben precintarse

Estarán precintadas todas las conexiones potencialmente vulnerables a manipulación:

  • Conexión con el sensor de movimiento.
  • Conexión con la caja de cambios.
  • Cuando proceda, la propia placa de instalación.
Si un taller ha retirado o roto un precinto para realizar una reparación, desde el 14/04/2017 debe cumplimentar una declaración escrita conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2017/548. El original debe conservarse a bordo del vehículo.

Qué verifica la ITV del tacógrafo

Durante la inspección técnica se comprueban los siguientes aspectos del tacógrafo y su instalación, según el Manual de Procedimiento v7.9:

Verificaciones visuales

  • Que el tacógrafo cumpla con los requisitos de homologación (siempre que sea posible por las características constructivas).
  • En su caso, que el tacógrafo esté instalado (cuando sea obligatorio) y operativo.
  • Que los precintos del tacógrafo y de la instalación estén intactos y dispongan de un número de serie correcto.
  • La existencia y legibilidad de la placa de instalación.
  • La no existencia de indicios de manipulación.
  • Que los neumáticos correspondan con los indicados en la placa de instalación.

Verificaciones documentales

  • Que la última revisión se haya realizado en un periodo inferior a 2 años.
  • En tacógrafos digitales, que el aparato permita la impresión de datos.
  • Que los datos del ticket de datos técnicos correspondan con los de la placa de instalación y los precintos.

Limitador velocidad

Los vehículos obligados a llevar tacógrafo generalmente también deben llevar instalado un dispositivo limitador de velocidad. La verificación de ambos elementos está estrechamente relacionada, ya que el limitador suele tomar la señal del tacógrafo.

La información completa sobre el limitador de velocidad, incluyendo velocidades máximas por categoría, vehículos exentos, placa de montaje y defectos, se encuentra en la página específica: Limitador de velocidad en la ITV.

Relación entre tacógrafo y limitador

  • El limitador de velocidad suele tomar la señal del tacógrafo para conocer la velocidad del vehículo.
  • Si el limitador toma la señal del tacógrafo, el tacógrafo debe disponer de la revisión en vigor, aunque el vehículo esté exento de utilizar el tacógrafo.
  • El Centro Técnico de Tacógrafos puede comprobar el correcto funcionamiento del limitador durante la intervención del tacógrafo, anotándolo en el informe técnico.

Tabla defectos ITV tacógrafo

A continuación se detallan los defectos relacionados con el tacógrafo, según el Manual de Procedimiento de Inspección ITV v7.9 (vigor desde 01/01/2026).

Defectos en tacógrafo (Sección 10.4)

DefectoDLDGDMG
1. No instalado conforme a los requisitos.X
2. Inoperante o inexistente.X
3. Precintos defectuosos o inexistentes o de un taller no autorizado.X
4. Placa de instalación inexistente, ilegible, caducada o ubicación incorrecta.X
5. Manipulación evidente.X
6. Tamaño de los neumáticos no coinciden con los parámetros de calibración.X
7. Datos de placa de instalación incorrectos o no coincidentes con datos de los precintos.X
8. Revisión caducada.X
9. Tacógrafo digital que no permite imprimir datos.X
Todos los defectos de tacógrafo son graves (DG) y suponen resultado desfavorable de la inspección. Los defectos 5 y 6 son nuevos en el Manual v7.9.

Centros técnicos de tacógrafos

Solo los talleres autorizados o centros técnicos de tacógrafos autorizados pueden instalar, reparar, revisar y precintar tacógrafos.

Requisitos de centros técnicos

  • Autorización según lo establecido en el Real Decreto 125/2017.
  • Personal formado y equipamiento homologado.
  • Capacidad para emitir informe técnico de la intervención.

Alcance de la autorización

Los centros técnicos de tacógrafos ubicados en cualquier Estado de la Unión Europea son válidos para intervenir tacógrafos de vehículos españoles.

Informe técnico de la intervención

Tras cada intervención, el centro técnico emite un informe técnico que refleja el resultado de la intervención en cuanto a la aptitud del tacógrafo para seguir siendo utilizado. Los informes pueden transmitirse por sistemas electrónicos. Este informe es verificado durante la ITV.

Preguntas frecuentes

Las siguientes preguntas resuelven las dudas más habituales sobre el tacógrafo en la ITV.

¿Cada cuánto hay que revisar el tacógrafo?

El tacógrafo debe revisarse cada 2 años (revisión bienal) por un centro técnico de tacógrafos autorizado. Tras la revisión se actualiza la placa de instalación con la nueva fecha. Si en la ITV la revisión está caducada, el resultado será desfavorable.

¿Qué pasa si los precintos del tacógrafo están rotos?

Es defecto grave. Los precintos deben estar intactos en todas las conexiones vulnerables a manipulación (sensor de movimiento, caja de cambios, etc.). Si un taller ha roto un precinto para reparación, debe haber una declaración escrita a bordo y nuevos precintos con su número de serie coincidente con la placa.

¿Mi furgoneta de 3.500 kg necesita tacógrafo?

No, si la MMA es exactamente 3.500 kg. El tacógrafo es obligatorio en vehículos de transporte de mercancías con MMA superior a 3.500 kg. Las furgonetas N1 (hasta 3.500 kg) están exentas. A partir del 01/07/2026, vehículos con MMA superior a 2.500 kg que realicen transporte internacional o cabotaje sí necesitarán tacógrafo.

¿Qué tacógrafo necesita un camión matriculado en 2024?

Un camión matriculado en 2024 debe llevar tacógrafo inteligente de segunda generación (v2), obligatorio desde agosto de 2023 para vehículos nuevos. En la ITV se verifica que la tecnología sea adecuada a la fecha de matriculación.

¿Puedo pasar la ITV sin papel en el tacógrafo digital?

No. Los tacógrafos digitales deben permitir la impresión de datos almacenados. Si el aparato no dispone de papel o no imprime, es defecto grave y la ITV será desfavorable.

¿Dónde debe estar la placa de instalación del tacógrafo?

Según el Manual 7.9, la placa debe situarse preferentemente en el tacógrafo. Si no es posible, en el montante B del vehículo (tras las puertas delanteras). Si tampoco es posible, en la zona de la puerta del conductor. En todos los casos debe ser visible y accesible.

¿Qué es la declaración responsable para exención de tacógrafo?

Si el vehículo está exento de utilizar el tacógrafo (por ejemplo, por el tipo de transporte que realiza), el titular puede presentar una declaración responsable acreditándolo. La estación ITV anotará en las observaciones: «Exento tacógrafo por declaración del titular del vehículo».

¿Qué pasa si los neumáticos no coinciden con los de la placa?

Desde el Manual 7.9 es defecto grave. Si el tamaño de los neumáticos montados no coincide con los parámetros de calibración indicados en la placa de instalación, el resultado será desfavorable.

Normativas aplicables

La inspección de Tacógrafo en la ITV está regulada por las siguientes normativas:

Real Decreto 2822/1998 Artículo 11.12

Real Decreto 125/2017

Reglamento (UE) nº 165/2014

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Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

Foto de Juan Carlos Seoane

Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

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Foto de José Antonio Benitez

José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

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