Coche aparcado sin ITV ni seguro

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Actualizado el 4 de marzo de 2024

Con la prolongada crisis de este país se a hecho bastante común dejar nuestro coche parado, aparcado, sin utilizar para ahorrarnos los gastos del Seguro Obligatorio o el paso de la Inspección Periódica. Y, desafortunadamente, se a hecho común que a los propietarios de estos vehículos les llegue una multa por no tener en vigor ni el seguro ni la ITV, pese a que el coche no circule. Pero ojo que si recurres puede que anulen la multa.

Dejar nuestro coche parado sin ITV

Según el Reglamento General de Vehículos todo vehículo debe tener contratado el seguro y haber superado la ITV.
El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos en su artículo 2 lo deja muy claro:

Para la exención de la obligatoriedad de la inspección en razón de la no utilización del vehículo en las vías públicas será requisito necesario obtener la baja temporal del vehículo en la Jefatura Provincial o Local de Tráfico correspondiente, para su anotación en el Registro de vehículos, quien comunicará esta circunstancia al órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de matriculación.

Vamos, que al tener un vehículo dado de alta estamos obligados a pasar la inspección periódica independientemente de si lo usamos o no.

Si bien, está fuera de toda duda que un coche que circula habitualmente debe tener pasada la ITV, muchos conductores consideran que no debiera de ser punible en el caso de que no se utilice. De hecho, por ley, circular sin la ITV está tipificado como falta grave y se multa con 200 euros.
El hecho de tenerlo parado sin ITV se considerará también como falta grave y la cuantía de la sanción será de 200€.

Lo que dicen los juzgados

La última resolución ha llegado este mes de febrero de 2024 de un juzgado de Pamplona, en la que anula y deja sin efecto las dos sanciones administrativas impuestas por la DGT el 14 de agosto y 8 de noviembre de 2022, al propietario de un vehículo por no haberlo sometido a la obligatoria ITV.
Pero el caso es que el coche estaba reparándose en un taller y por eso la sentencia entiende vulnerado el principio de culpabilidad, ya que en las fechas en que fue denunciado no tenía la posesión del vehículo, por lo que someterse a la inspección técnica periódica es un acto de cumplimiento imposible, haciendo alusión a la aplicabilidad del artículo 82e de la Ley de Tráfico, que imputa dichas infracciones al titular del taller.

No es la primera vez que la DGT acaba perdiendo en los tribunales por circunstancias similares. En el 2023 también lo hizo tras emitir sentencia, el 7 de noviembre, el Juzgado de Cádiz. En este caso se multó con 200 euros, estando estacionado su vehículo, al propietario de un ciclomotor por no tener la ITV en regla.

Además, hay que tener en cuenta que una previa resolución judicial dictada por un juzgado de Madrid en octubre de 2021 aceptó el recurso y anuló la multa de 200 euros impuesta al titular de un vehículo estacionado en la calle que no había pasado la ITV, al considerar que el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica.

En el recurso se argumentaba en que en la vigente Ley de Seguridad Vial no está tipificado como infracción el hecho de no pasar un vehículo a la ITV en el plazo debido, sino circular sin ella, circunstancia que no se ya que el vehículo estaba aparcado.
Por ello, no podía imponerse ninguna multa por este motivo porque, en caso contrario, se «infringiría el principio de legalidad y tipicidad al no existir una norma con rango de ley que sancionara la conducta descrita, puesto que la ley recoge el término circular».

La clave es que la resolución judicial considera que «el ilícito a sancionar es el previsto en el artículo 76 de la LSV y está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica».

AEA destaca que esta resolución judicial constituye un importante precedente jurídico y va a permitir determinar con claridad qué hechos pueden ser o no sancionados en relación con la inspección técnica de vehículos.

Dejar el vehículo parado sin seguro

Pues lo mismo.
Según el Reglamento General de Vehículos, todo vehículo debe tener contratado el Seguro Obligatorio circule o no, Aunque sea el más básico de responsabilidad civil. Si no la multa estará entre los 600 y 3.000 euros.

La grúa

Incluso, se dan casos, en los que la grúa municipal, retira el coche por estos mismos motivos.
Para poder permanecer en la vía pública, circulando o no, todo vehículo debe tener contratado el seguro, y en su caso, haber superado la ITV.
El incumplimiento de la obligación de asegurar el coche determina la prohibición de circulación por el territorio nacional y el depósito del vehículo con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro.

Transcurridos dos meses de estancia en el citado depósito sin que nadie se haga cargo de él, abone los gastos de traslado y en su caso la tasa de custodia del mismo, tendrá la consideración de residuo sólido urbano y será llevado al desguace.

Entonces, ¿qué hago?

Como vemos, aunque no usemos el vehículo, tenemos una serie de obligaciones para con él.
La mejor solución es darlo de baja temporal en Tráfico. Así, no estamos obligados a tener un seguro, o pasar la ITV. Para hacerlo, simplemente tenemos que rellenar un impreso en Tráfico y llevar la documentación del coche. Esta gestión nos saldrá por unos 8€.
Pero ojo, en el momento de darlo de baja temporal, el vehículo debe de tener pasada la ITV. Y para pasar la ITV el vehículo debe tener un seguro. Por eso, una buena idea es contratar un seguro temporal.

Y Recuerda las multas por no tener el Seguro Obligatorio.
Turismo circulando sin el seguro: 1.500€ de multa.
Moto circulando sin seguro: 1.250€
Ciclomotor sin seguro: 1.000€
Camiones y autobuses: 2.800€

Hay 85 comentarios sobre Coche aparcado sin ITV ni seguro

  • Iker Vidal
    31 marzo, 2022

    Hola a todos tengo un problema y es que resulta que yo le deje mi coche a mi ex mujer para que pudiera llevar a los niños a la escuela y también ir a trabajar se cargo los frenos y no los quiso arreglar y dejó el coche sin seguro y sin itv en la calle ahora me ha llegado una carta es una multa por no tener el seguro obligatorio no tener la itv y estaba en su puerta de casa pues en la multa pone que estaba abandonado ahora después de hacer el favor yo no sé ni de cuánto será la cantidad de la multa y sacarlo del deposito que me la ha hecho grande y bonita.

  • Marta García
    25 febrero, 2022

    Buenos días
    Un vecino circula sin seguro alardeando de ello día a día
    Es una persona que no está
    En sus cabales y considero un peligro
    Puedo denunciar??

  • Emilio
    10 octubre, 2021

    Hola entiendo que el seguro y la ITV es obligatorio si el coche esta parado porque puede suponer un peligro, pero si esta dado de baja temporal ya no es un peligro, nose a ver si me pueden aclarar esto, gracias

  • Sebastian
    27 julio, 2021

    Hola hoy la grúa se a cojido mi coche con las targas inglés. No tendría ITV español ni seguro. Coche era parcado corettamente.

  • David
    25 julio, 2021

    Hola me han dejado una notificación pegatina en el coche hoy que está estacionado en la puerta de mi casa me dice que sino subsano los errores que vendrá la grúa a retirarlo cuántos días tengo para ello? Gracias

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