Actualizado el 23 de octubre de 2023
¿Qué espejos retrovisores son obligatorios en un turismo? ¿Es obligatorio el espejo retrovisor derecho? ¿Es obligatorio el retrovisor interior?
En las siguientes líneas podrás cerciorarte de qué espejos retrovisores son obligatorios en los vehículos, tanto en número mínimo exigido como en tipo o el lugar que ocupe.
De esta forma sabrás que es lo que te van a mirar y exigir cuando pases la ITV.
Primero sepamos cuál es su definición.
Un Retrovisor es el dispositivo que tiene por finalidad permitir, en el campo de visión, una visibilidad clara hacia atrás y hacia los lados del vehículo, exceptuándose los dispositivos complejos tales como los periscopios.
El retrovisor interior es el que se destina a ser instalado en el interior del habitáculo y el exterior es el que se destina a ser montado sobre un elemento de la superficie exterior del habitáculo.
Luego existen cinco clases de espejos retrovisores que detallamos a continuación:
- Clase de retrovisor: el conjunto de los dispositivos que poseen una o varias características o funciones comunes.
- Clase I: retrovisor interior con el campo de visión que se especifica en la reglamentación vigente.
- Clase II y III: retrovisores exteriores principales con el campo de visión que se especifica en la reglamentación vigente. La clase II está destinada a las categorías de vehículos M2, M3, N2, N3, tractores agrícolas y demás vehículos especiales. La clase III está destinada a las categorías de vehículos M1 y N1.
- Clase IV: retrovisores exteriores gran angular con el campo de visión que se especifica en la reglamentación vigente.
- Clase V: retrovisores exteriores de proximidad con el campo de visión que se especifica en la reglamentación vigente.
- Clase VI: Retrovisor exterior frontal.
- Clase L: retrovisores exteriores principales con el campo de visión que se especifica en la reglamentación vigente. La clase L está destinada a las categorías de vehículos siguientes: ciclomotores de dos y tres ruedas, motocicletas, motocicletas con sidecar, vehículos de tres ruedas y cuatriciclos.
Coche
¿Qué espejos son obligatorios en un coche?
Para decirlo de forma sencilla y resumida se puede decir que los turismos (coches) están obligados a equipar el retrovisor exterior izquierdo y el interior central El derecho puede ser opcional u obligatorio.
Retrovisor derecho
¿Se puede pasar la ITV sin retrovisor derecho?
Únicamente el retrovisor derecho es obligatorio para los turismos matriculados a partir del año 2010 (ven en la tabla la fecha exacta).
Para los demás turismos, en general el retrovisor derecho exterior no es obligatorio, pero hay una hay una excepción, si el retrovisor interior no hace correctamente su función, entonces el derecho SÍ será obligatorio.
En el caso de llevar una caravana o remolque, entonces Sí que debes llevar los dos retrovisores exteriores.
Y si con los de serie no tienes suficiente visión, entonces te obligarán a instalar unos supletorios que amplíen el campo de visión.
Por lo tanto, en según qué casos puedes pasar la ITV sin el retrovisor derecho, pero si tu coche es del 2010, no pasarás la inspección si él.
Retrovisores obligatorios
¿Qué será lo que te exijan al pasar la ITV de tu coche? Tienes una información más concisa en la tabla siguiente:
En la siguiente tabla tienes los retrovisores que son obligatorios y los que son opcionales para los vehículos de la categoría M1 al pasar la ITV.
Fecha matriculación | Retrovisor interior | Retrovisores exteriores | ||||
---|---|---|---|---|---|---|
Principales | Gran angular | De proximidad (al menos 2 m. del suelo) | Frontal (al menos 2m. al suelo) | |||
Clase I | Clase II | Clase III | Clase IV | Clase V | Clase VI | |
hasta 14/04/1977 | Uno o varios retrovisores | — | — | — | ||
de 14/04/1977 a 01/10/1990 | 1 opcional | 1 opcional | 1 lado conductor obligatorio y 1 pasajero obligatorio (1)(3) | 1 lado conductor y 1 pasajero opcionales | 1 lado conductor y 1 pasajero opcionales | 1 opcional |
de 01/10/1990 a 25/01/2010 | 1 obligatorio (2) | 1 opcional | 1 lado conductor obligatorio y pasajero opcional | 1 lado conductor y pasajero opcionales | 1 lado conductor y pasajero opcionales | 1 opcional |
desde 26/01/2010 | 1 obligatorio (4) | 1 lado conductor y pasajero opcionales | 1 lado conductor y pasajero obligatorio (3) | 1 lado conductor y pasajero opcionales | 1 lado conductor y pasajero opcionales | 1 opcional |
(1) En los vehículos con ventanilla posterior de dimensiones suficientes y cuya carga con remolque no dificulten la visibilidad el espejo retrovisor de la derecha puede ser reemplazado por uno interior. (2) Cuando el retrovisor interior no permita los requisitos de visibilidad especificados en la reglamentación vigente podrá ser reemplazado por uno exterior derecho de la clase III. (3) Se admiten los retrovisores de la clase II. (4) A menos que el retrovisor no proporcione visibilidad posterior, en cuyo caso será opcional |
¿Multas?
Pues que si te paran, te pueden poner una multa de hasta 200 euros.
Normativas aplicables
La inspección de Retrovisores obligatorios en los turismos está regulada por las siguientes normativas:
Resolución de la DGI de 3/07/2008 (BOE 19/07/2008)
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Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.
Perfecto. ¿Y respecto a retrovisores? Me han volado el derecho, ¿sería obligatorio comprarme uno y ponerselo?
El retrovisor derecho es opcional si:
el vehículo NO tiene instalado enganche.
No tiene láminas solares.
No tiene mampara de carga.
SI tiene retrovisor interior.
Pero si el coche fue matriculado en 2010, el derecho es obligatorio.
Buenas tardes. Esta mañana he ido a pasar la ITV y me han dado desfavorable por tener el cristal del espejo retrovisor derecho roto. Mirando en esta pagina veo que no es obligatorio la instalacion de dicho espejo. En este caso ¿por que me han dado desfavorable como defecto grave si llevo el interior y exterior izquierdo en perfectas condiciones?
Buenas tardes, entiendo que te han dado desfavorable porque tu vehículo tiene lámina en la luneta trasera o enganche instalado en el vehículo, en este caso el retrovisor del lado derecho es obligatorio y el interior opcional. Si no tienes ni láminas ni enganche no se el motivo por el que te han dado desfavorable la inspección, ya que el interior sería el obligatorio y el retrovisor derecho el opcional.
Saludos.
Hola, tengo que pasar la itv mañana mismo y le he roto el cristal del retrovisor derecho,¿pasaría la inspección?
Buenos días Oscar, el retrovisor derecho en un turismo es obligatorio si tenemos láminas instaladas en el vehículo o tenemos enganche. Por lo que si tu vehículo no tiene láminas ni enganche y dispone del retrovisor interior no tendrías problemas.
Saludos.
Hola Zenaida, el retrovisor derecho es obligatorio en vehículo que tienen enganche y en vehículos que llevan instalados láminas en la luneta trasera, ya que sustituye al retrovisor interior. Otra cosa es que al estar roto el retrovisor derecho tenga salientes cortantes o algo que presente un peligro por lo que si sería defecto grave.
Saludos.
¿es obligatorio el espejo retrovisor derecho externo en los vehículos clase turismo?
Si venía de serie si. Y si la luna trasera está tapada, también.