Control opacidad diésel en ITV

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Actualizado el 15 de septiembre de 2025

Normativa opacidad ITV 2025: Todo lo que necesitas saber sobre la prueba de emisiones diésel.
¿Qué límites de opacidad aplican según la normativa EURO de tu vehículo? ¿Cuándo es obligatoria la conexión OBD y qué defectos causan inspección desfavorable? ¿Qué pasa si tu coche diésel no supera los límites de humos? ¿Cómo funciona el testigo MIL y por qué puede rechazarte la ITV? ¿Es obligatorio tener la placa de opacidad del fabricante? Guía completa actualizada con los últimos cambios normativos.

¿Qué es la prueba de opacidad en vehículos diésel?

Prueba de opacidad de humos vehículos diésel. La medición de la opacidad de humos en vehículos equipados con motores de encendido por compresión (diésel) se realiza mediante el método de aceleración libre. La sonda conectada al tubo de escape es la encargada de medir el coeficiente de absorción durante los ciclos de aceleración.

Cambios importantes en los últimos años: Lo más destacado es el acceso a los datos de la centralita mediante el puerto OBD del coche. Además, si detectan que se han borrado códigos de error relacionados con el sistema de control de emisiones del vehículo, lo considerarán como defecto grave e inspección desfavorable. Esta medida se aplica únicamente a los vehículos pesados EURO VI.

Normativa en vigor desde el 10/09/2018

Opacidad ITV

Desde comienzos del año 2018, la manera de controlar las emisiones, y en particular la opacidad en el caso de los vehículos diésel en la I.T.V. ha cambiado significativamente. Es muy probable que en un futuro cercano siga modificándose.

Razones de estos cambios:

  • Los vehículos cada vez tienen sistemas de control de emisiones más eficaces y complicados, todo regulado mediante la centralita
  • Cada vez equipan más componentes para reducir sus emisiones
  • Las exigencias sobre contaminación de vehículos, especialmente diésel, son cada vez más estrictas en las grandes ciudades

Importante: Para los coches más antiguos, estas modificaciones no les afectan o son mínimas. Sin embargo, para los más modernos, los cambios sí son importantes.

Tipos de pruebas según la edad del vehículo

Las pruebas pueden ser diferentes dependiendo principalmente de la edad del vehículo a inspeccionar:

  • Vehículos anteriores a los años 80: No se realiza ningún tipo de prueba de humos
  • Vehículos EURO 5 (sólo M1 y N1), EURO 6 y EURO VI: Se conectarán al puerto OBD. Esta medida es de aplicación desde septiembre de 2018
Precisión importante (Octubre 2019): En cuanto a los EURO 5, únicamente se conectarán mediante OBD a los de categorías M1 y N1.
Actualización (Octubre 2019): Ya no es defecto el borrado de DTC. Seguirá siendo defecto sólo en el caso de vehículos pesados EURO VI, que podrán ser graves o leves.

Pruebas de opacidad de vehículos diésel en la ITV

Aplicabilidad: Estas pruebas de emisiones se harán a vehículos diésel matriculados a partir del 01/01/80. Los matriculados antes de esa fecha están exentos.

Uso del puerto OBD: A partir del 10/09/2018, en los vehículos EURO 5 (desde 01/10/2019 sólo M1 y N1), EURO 6 y EURO VI se utilizará el puerto OBD para la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones. Cualquier error en la lectura o código de fallo de la centralita (a partir de octubre 2019 sólo a los pesados EURO VI) será considerado como defecto grave y por tanto inspección desfavorable.

Métodos de medición

¿Qué es el control de humos en aceleración libre?
Consiste en acelerar a fondo con rapidez y continuidad, para conseguir el máximo caudal de combustible y régimen.

¿Cómo se mide la opacidad en los diésel?
La medición de la opacidad de los gases de escape se efectúa acelerando el motor en vacío (motor desembragado y pasando de la velocidad de ralentí a la velocidad de desconexión).

Condiciones del coche para medir emisiones de opacidad ITV

Para poder realizar la prueba de emisiones, el vehículo debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Se comprobará visualmente el sistema de escape para comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no tiene fugas
  • Cuando sea posible, se realizará una inspección visual del equipo de control de emisiones a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas
  • Se comprobará que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas adecuadas, comprobables visualmente
  • Todos los equipos que consuman energía (luces, aire acondicionado, luneta térmica, etc.) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático
  • En el caso de vehículos híbridos se utilizará el protocolo de encendido del motor de combustión establecido por el fabricante
  • El indicador MIL se apaga tras el chequeo del sistema. Esta comprobación debe realizarse sólo a vehículos matriculados a partir del 01/01/2008

Importante desde el 10/09/2018: Si hay que hacer la lectura de OBD y se detectan defectos asociados al sistema de emisiones, ya no se realizará la prueba de medida física de emisiones.

NOTA: Las estaciones no podrán almacenar datos relacionados con DTC controlados por el fabricante. Esta información es propiedad del fabricante del vehículo y por tanto es confidencial.

Precauciones previas prueba opacidad

Preacondicionamiento del vehículo:

  1. Los vehículos podrán ser sometidos a ensayo sin preacondicionamiento, aunque por razones de seguridad debe comprobarse que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas satisfactorias.
  2. No se rechazará ningún vehículo a menos que haya sido preacondicionado de conformidad con los requisitos que se detallan a continuación:
    • Motor caliente: El motor deberá estar caliente (desde 08/2017 se elimina la palabra «totalmente»). La temperatura del aceite del motor medida mediante sonda introducida en el tubo de la varilla de nivel de aceite debe ser como mínimo de 80 grados centígrados, o a la temperatura normal de funcionamiento si es inferior. Si no es posible esta medición, la temperatura normal de funcionamiento del motor podrá ser determinada por otros medios, como el funcionamiento del ventilador del motor.
    • Purga del tubo de escape: El tubo de escape deberá ser purgado mediante un mínimo de tres ciclos de aceleración en vacío o un método equivalente, comprobándose que la velocidad de desconexión no sobrepasa el límite de la zona de peligro indicado en el taquímetro del vehículo o los valores establecidos por el fabricante.

Pasos para realizar el ensayo de opacidad de humos del escape

Procedimiento de ensayo:

  1. Inspección visual del equipo de control de emisiones instalado por el fabricante a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.
  2. El motor, y cualquier turbocompresor incorporado, debe estar al ralentí antes de que comience cada ciclo de aceleración en vacío. En el caso de los motores diésel de gran potencia, esto significa esperar al menos 10 segundos después de soltar el acelerador.
  3. Para comenzar cada ciclo de aceleración en vacío, el acelerador debe apretarse a fondo con rapidez y continuidad (en menos de un segundo), a fin de obtener el máximo paso de la bomba de inyección.
  4. Durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión o la velocidad especificada por el fabricante. En autobuses, autocares y vehículos de mercancías de MMA T 3.500 kg debe ser de, al menos, dos segundos.
  5. La sonda para la toma de muestras deberá situarse centrada en el tubo de escape o, en su caso, en su prolongación, y en una sección donde la distribución del humo sea aproximadamente uniforme.
  6. A los efectos exclusivos de adquisición de datos de este ensayo, podrá emplearse una herramienta de lectura de diagnóstico de abordo (DAB) en los vehículos equipados con este sistema.

Límite opacidad ITV diésel

Valores límite de humos en los diésel – Límite opacidad ITV 2025.

REGLA GENERAL: El nivel de opacidad no debe ser superior al registrado en la placa obligatoria del fabricante.

Cuando no se disponga de este dato o no está disponible para el modelo/versión del vehículo, no se podrán superar los límites siguientes para el coeficiente máximo de absorción:

  • Vehículos con motor diésel de aspiración natural matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 2,5 m-1
  • Vehículos con motor diésel sobrealimentados matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 3,0 m–1
  • Vehículos con niveles de emisión EURO 4, EURO IV, EURO 5 y EURO V, o matriculados después del 01/07/2008: 1,5 m-1
  • Vehículos con niveles de emisión EURO 6 y EURO VI: 0,7 m-1

Exenciones: Estas disposiciones no serán aplicables a los vehículos matriculados o puestos en circulación por primera vez antes del 1 de enero de 1980.

Criterios de aceptación y rechazo

  • Los vehículos serán rechazados únicamente cuando la media aritmética de al menos tres ciclos de aceleración en vacío sea superior al valor límite
  • Se podrá no tener en cuenta toda medición que se desvíe sustancialmente de la media medida
  • El número máximo de ciclos a realizar será de ocho
  • Para evitar ensayos innecesarios, se podrán rechazar vehículos que presenten valores superiores al 50% de los valores límite después de menos de tres ciclos
  • Igualmente, se podrán aceptar vehículos que presenten valores inferiores a los valores límite después de menos de tres ciclos

Cambio importante sobre la placa del fabricante

Modificación desde el 1/08/2017: El punto sobre la obligación de tener la placa de fabricante se modifica:

ANTES: A partir del 20 de Mayo del 2017 será defecto leve no disponer de la placa. A partir del 20 de Mayo de 2018 será defecto grave no disponer de la placa.

MODIFICADO A: En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicarán los valores límites establecidos dependiendo del motor. (En definitiva, que el hecho de no tener la placa no es causa de rechazo en la ITV).

Defectos ITV opacidad

A continuación se explica cómo interpretará la ITV cada defecto que pueden encontrar en el vehículo cuando pasa la prueba de emisiones contaminantes, opacidad en los vehículos diésel.

Aspectos importantes: Tienen en cuenta si está encendido el testigo MIL que sería defecto grave, y hasta los posibles fallos en centralita. Estos últimos, al inicio de su aplicación eran considerados como leves, pero a partir de septiembre 2018 ya son graves y por tanto ITV desfavorable por gases diésel. Incluso, si detectan que se ha borrado un código de error de la centralita, será también defecto grave.

Excepciones y puntualizaciones posteriores

  • Desde el 13/12/2018, se hace una especificación en cuanto al borrado de DTC, ya que podrán ser considerados leves en una segunda inspección, si se presenta informe del taller que indique que no es posible su borrado.
  • Desde el 01/10/19, y esta es importante. Únicamente se considera defecto el borrado DTC, en los vehículos pesados EURO VI, cuando antes se aplicaba a todos los que estaban obligados a la lectura a través del puerto OBD. Por lo tanto, se libran los turismos euro 5 y 6.

Tabla defectos emisiones diésel

Tabla interpretación defectos prueba emisiones vehículos diésel Cat. M, N y O
DESCRIPCIÓN DEFECTODLDGDMG
Condiciones del vehículo inadecuadas para el ensayo.X
Indicador MIL encendido.X
Emisiones con nivel de coeficiente de absorción superior a lo permitido.X
Desde el 10/09/2018 vehículos Euro 5 (sólo M1 y N1) y Euro 6: Conexión OBD no es accesible o no operativa.X
Desde el 10/09/2018. Defectos por lectura mediante puerto OBD
Testigo MIL encendidoX
DTC confirmados y/o permanentes.X
Sólo EURO VI(**), distancia o tiempo desde borrado de DTC inferior a 1h. ó 1km.X*X
Sólo EURO VI(**), ni distancia ni tiempo desde borrado de DTC están disponibles.X
Distancia o tiempo desde activación de MIL es superior a 1km/1h.con lectura de OBD MIL offX*X
Ni distancia ni tiempo desde la activación de MIL están disponiblesX
* Sólo podrá ponerse defecto leve en los casos de vehículos con inspección desfavorable, en los que en segunda inspección se presente la declaración de taller que exprese que verificado el vehículo identificado con su VIN, no es posible restituir los valores del mismo para eliminar el defecto. Dicha declaración deberá incluir la fecha de verificación y la identificación de la herramienta de lectura del diagnóstico de abordo empleada en la misma.
** EURO VI se refiere a vehículos pesados (añadido y en vigor desde el 01/10/2019).
DL: Defecto Leve
DG: Defecto Grave
DMG: Defecto Muy Grave

Ejemplos de lectura OBD emisiones ITV

A continuación se muestran ejemplos del resultado de una inspección con conexión al puerto ODB del vehículo.

Primer caso: No se obtendrían defectos con resultado de prueba superada. Se proseguiría con la prueba tradicional de emisiones por tubo de escape.

Segundo caso: La diagnosis indicaría defectos, por lo tanto prueba no superada e inspección desfavorable. En este caso ya no se haría la prueba de gases física.

Aclaración: Se trata sólo de un ejemplo. Los datos contenidos en las tablas no son reales.

Ejemplo de lectura OBD en ITV superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido# Encendido
Prueba OBD y MIL motor arrancado# Apagado
Inspección visual con el motor encendido# Apagado
Códigos listos ECU: 9E9Todos los test del sistema realizados
Asistido01101100100
Finalizado00000000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error0
Distancia recorrida desde borrado de errores23455 km
Tiempo desde borrado errores45345 min
Protocolo OBD: CAN (ISO 12235)
RESULTADOSUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.
Ejemplo de lectura OBD en ITV no superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido# Apagado
Prueba OBD y MIL motor arrancado# Encendido
Inspección visual con el motor encendido# Encendido
Códigos listos ECU: 9E9Todos los test del sistema NO realizados
Asistido01101100100
Finalizado00010000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error2
Cylinder 2 Misfire DetectedP0302
Cylinder 4 Misfire DetectedP0304
Potocolo OBD: CAN (ISO 13235)
RESULTADONO SUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.

Cambios en normativa ITV opacidad coches

RESUMEN PARA USUARIOS – Lo que realmente necesitas saber

¿Tu vehículo está afectado por los nuevos controles?

  • Si tu diésel es de antes de 1980: Sin pruebas de humos
  • Si es EURO 5 (turismo): Control OBD desde 2018, pero sin penalización por borrado de códigos
  • Si es EURO 6 (turismo): Control OBD desde 2018, pero sin penalización por borrado de códigos
  • Si es EURO VI (vehículo pesado): Control OBD desde 2018, SÍ penalización por borrado de códigos

Cambios que te benefician:

  • Desde agosto 2017: Ya no es obligatorio tener la placa de emisiones del fabricante
  • Desde octubre 2019: Los turismos EURO 5 y 6 ya no tienen penalización por códigos borrados

Lo que siempre debes revisar antes de la ITV:

  • El testigo MIL (luz de fallo motor) debe funcionar correctamente
  • No debe quedarse encendido con el motor en marcha
  • Si tu vehículo es de 2008 o posterior, es obligatorio que se encienda al dar contacto y se apague al arrancar

Conología técnica detallada

Información técnica precisa. Es más complicada de entender pero necesaria para garantizar la exactitud normativa.

CAMBIOS OCTUBRE 2019 (más detalles en el artículo):

  • Desde el 01/10/2019: Se especifica en el caso de los vehículos EURO 5, sólo se conectará a la entrada OBD a los de las categorías M1 y N1.
  • IMPORTANTE. Solo serán considerados como defectos el borrado de códigos de error de la centralita, en los vehículos pesados EURO VI. Anteriormente también eran defecto para los EURO 5 Y 6 (tanto turismos como camiones).

Cambios DICIEMBRE 2018:

  • Desde el 13 diciembre 2018: Se podrá considerar defecto leve en código de error OBD si se presenta en segunda inspección un informe de taller que verifique imposibilidad de borrar el código error.
  • En los vehículos pesados EURO VI solamente se revisarán las emisiones mediante el puerto OBD. Por lo tanto, no se inspeccionará físicamente por el tubo de escape.
Anteriormente, desde el lunes 10 de Septiembre de 2018, a los turismos y vehículos ligeros con categoría de emisiones Euro 5 y Euro 6 y los vehículos pesados EURO VI.
A estos vehículos, previamente a la prueba física de emisiones por el tupo de escape, se le realizará, a través de la conexión OBD (sistema de diagnóstico de a bordo), una prueba para detectar irregularidades y códigos de error.
Por norma general los vehículos con norma EURO 5 son todos los turismos y vehículos comerciales hasta 1.305 kg fabricados a partir del año 2011, y 2012 hasta los 2.610 kg.
Norma EURO 6. Lo mismo pero a partir del año 2015.
La norma EURO VI es para los vehículos pesados a partir del año 2013.Ante la duda de si tu vehículo entra dentro de estas nuevas pruebas de emisiones ITV, revisa la documentación o contacta con el fabricante (concesionario).
Desplegar para VER DETALLE TÉCNICO COMPLETO DE TODAS LAS MODIFICACIONES

ÚLTIMA MODIFICACIÓN octubre 2019

Desde el 01/10/19, última modificación del Manual de Procedimientos ITV. Aquí mencionamos los cambios que afectan a la prueba de emisiones (opacidad) en los vehículos diésel:

  • En los casos en los que el vehículo está obligado a ser conectado al puerto OBD para la prueba de emisiones.
    • Ya no se considera defecto el borrado DTC para vehículos euro 5 y 6. Se mantienen los defectos para los vehículos pesados EURO VI, que serán graves o leves según el tiempo o distancia desde su borrado.

Cambios diciembre 2018

Cambio que ha sufrido la normativa de la ITV en cuanto a la prueba de emisiones vehículos diésel que serán de aplicación desde el 13/12/2018.
Nueva especificación de códigos de error OBD que podrán ser considerados leves en una segunda inspección si se presenta informe del taller. Básicamente, la declaración de taller debe verificar que no ha sido posible eliminar el código del defecto. Anteriormente no había esta posibilidad.

Septiembre 2018

Cambios que se aplicaron desde el mes de septiembre del 2018.

  • A partir del 10/09/2018. Los vehículos con categoría de emisiones EURO 5 y 6, y EURO VI, en la prueba de emisiones, se utilizará la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones (EOBD / WWHOBD4), más conocida como OBD (On Board Diagnostic).

Cambios febrero 2018

Actualización que entró en vigor el 01/02/2018.

  • Con respecto al testigo MIL, únicamente serán rechazados los vehículos posteriores a 2008 que tengan encendido el testigo.
  • 19/02/2018 Rectificación:
    Testigo MIL, vehículos a partir del 2008 es obligatorio el chequeo, si este no se produce automáticamente es desfavorable por Testigo MIL y condiciones inadecuadas para el ensayo de Emisiones Contaminantes.
  • Vehículos anteriores al 2008, no se le hace chequeo para el testigo MIL, pero si el testigo se encuentra encendido con el motor arrancado es defecto grave.Más información sobre el testigo MIL en la ITV o comúnmente conocido como «chivato fallo motor».

Cambios agosto 2017

Los siguientes cambios en la normativa emisiones opacidad diésel serán de aplicación desde el el 1/08/2017.

  • Se elimina en el párrafo del ciclo de aceleración en vacío (aunque no con violencia).
  • Dentro del método de medición se especifican que todos los equipos que consuman energía (aire acondicionado, luces, etc…) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático.
  • CAMBIO MUY IMPORTANTE. Se especifica que respecto al indicador MIL, se debe verificar que el testigo se apaga tras el chequeo del sistema.
    Concretamos cómo se realiza el chequeo.

    • El chequeo es visual.
    • Se para el motor del vehículo.
    • Se acciona el contacto.
    • Se observa que se enciende el testigo MIL y que al arrancar el vehículo éste se apaga.
    • Añadimos, pese a que no afecta a esta sección, que el mismo procedimiento se seguirá para el testigo del Airbag.
    • Si no se enciende un testigo de los dispositivos obligatorios directamente sería defecto grave, lo mismo pasaría si el testigo sigue encendido después de arrancar el vehículo.

CAMBIO MUY IMPORTANTE. También se elimina el defecto leve y grave por no tener la placa indicativa del coeficiente de absorción declarado por el fabricante.
En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicará los valores límites establecidos dependiendo del motor.
En este caso, se rectifica (una medida que a nuestro entender era absurda) la anterior modificación del 2016 que imponía tener la placa de emisiones del vehículo, más concretamente decía, que a partir del 20 de Mayo del 2017 sería defecto leve no disponer de la placa y a partir del 20 de Mayo de 2018 sería considerado como defecto grave no tener la placa.

Cambios 2016

Desde el 1 de Noviembre 2016 modificación del Manual de Procedimientos en lo que respecta a la prueba de emisiones:

    1. Sección I Apartado 5.2:
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: Condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
      Sección I Apartado 5.3:
  • Aclaración criterio de aceptación a fin de evitar ensayos innecesarios (eliminación de mención a ciclos de purga).
  • Eliminación nota 1 sobre valor de placa, exigiendo que sea inferior a los valores del resto de apartados.
  • Eliminación nota aclaratoria sobre criterio de aceptación en relación con rango de calibración del opacímetro.
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
  • Introducción defecto 4: sobre lectura DAB.

En definitiva, lo más importante es que si el testigo MIL (diagnóstico de emisiones contaminantes) del vehículo está encendido se considera como inspección desfavorable y no se realiza la prueba de emisiones.

Modificaciones normativa julio 2016

Desde Julio 2016 el límite de las emisiones es el que dicta el fabricante, para todos los vehículos diésel. Se añade (editado en el artículo) que para los motores Euro VI y posteriores el valor es 0,7.
A partir de septiembre 2017 los vehículos nuevos homologarán las cifras de consumo y emisiones con unas pruebas más realistas que las actuales.


CONCLUSIONES CLAVE

Buenas noticias para la mayoría de usuarios:

  • La placa de emisiones ya no es obligatoria (desde 2017)
  • Los turismos EURO 5 y 6 tienen menos restricciones que los vehículos pesados
  • Solo los vehículos pesados EURO VI tienen penalizaciones estrictas por códigos borrados

Lo único que siempre debes verificar:

  • Testigo MIL funcionando correctamente
  • Límites de opacidad según tu categoría EURO
  • Sistema de escape en buen estado

Nota importante: Si tienes dudas sobre la categoría EURO de tu vehículo, consúltalo en la documentación del vehículo o contacta con el concesionario.

Normativas aplicables

La inspección de Control opacidad diésel en ITV está regulada por las siguientes normativas:

Reglamento General de Vehículos, Art. 11.19

Directiva 1999/52/CE

Directiva 2003/27/CE

Directiva 72/306/CEE

Conozca a los Autores del Contenido

Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

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Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

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José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

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Hay 375 comentarios sobre Control opacidad diésel en ITV

  • Jose
    5 junio, 2018

    discrepo de esta respuesta, supongamos que DL sea k la luz de la matricula,posocion, etc este fundida en la inspecion. La cambias, y se puede volver a fundir. ¿como van a demostrar que no la has sustituido? Ya no voy a que sea un guardapolvos aujereado, k no creo que el agente se tire debajo del coche

    • Supervisor Itv
      6 junio, 2018

      Buenos días Jose, mi compañero ha respondido correctamente, indica que el agente puede multar, habrá casos que no pueden comprobar si algún defecto leve se ha reparado (cualquier defecto motor), pero habrá defectos leves como matrículas, alguna luz en la que podrían multar a partir de los dos meses de la ITV.
      De todas formas, nosotros damos la información referente al informe de ITV, que la norma actual indica que se tienen dos mese para reparar los defectos leves, como vaya actuar tráfico, policía, etc… no lo sabemos con exactitud, por eso siempre comentamos que pueden denunciar, no que lo vayan a hacer en todos los casos.
      Saludos y muchas gracias por tus opiniones.

  • Jose
    23 mayo, 2018

    buenas, ante los ultimos rumores sobre la ultima modificacion d ela ITV, y se dice que no va a haber defectos leves, Me estoy lechendo todo el manual de procedimiente version 7.3.1 de 20/5/2018 y ya he visto en mas de un apartado
    7.4 TIMONERIA Y ROTULAS
    DESPERFECTO 3 GUARDAPOLVOS DETERIORADOS PONE DL
    3.4 ANTIHIELO-ANTIVHO
    DESPERFECTO 1 Y 2 DL
    ETC ETC.
    entonces hay defectos leves o no?

    • Supervisor Itv
      29 mayo, 2018

      Buenas tardes, son rumores e inciertos, van a seguir habiendo defectos leves, es más, con el nuevo cambio de normativa es posible convertir algunos defectos leves en graves, si en un sistema con varios defectos leves se demuestra que son graves.

      A día de hoy existen los defectos leves, eso sí, desde el pasado día 20 de Mayo, se tiene dos meses para repararlos.

      Saludos.

      • Jose
        5 junio, 2018

        como? y que hay que volver en ese plazo a comprobar la reparacion efectuada?
        o los agentes de la benemerita van a pedite el papel de la ITV, y lo van a comprobar ellos? Suponiedo, k sea una bobilla y poco mas calro

      • Itvcitaprevia
        5 junio, 2018

        No habrá que volver a la ITV, pero si un Agente de Tráfico comprueba con el Informe de Inspección que los defectos leves no se han arreglado te puede multar.

      • Mario
        17 mayo, 2021

        Las leves no hay que volver a la ITV te dan favorable y hasta el proximo año no vuelves. Lo que si te aocnsejan es repararlas con la maxima brevedad ya que si te paran y te piden el informe y ven que continua mal te sancionaran! Aunque esto en el historial de la ITV no se queda memorizado ya que yo tuve un coche que rezumaba aceite (No goteaba) y siempre me ponian en la casilla de faltas Perdidas de aceite sin goteo (Leve) Y como no tenia arreglo todos los años me ponian lo mismo pero jamas me recordaban que años anteriores habia tenido la misma falta!

  • Rafael
    4 mayo, 2018

    Hola buenas quisiera saber en la prueba de gases el máximo permitido para un renault megane scenic 1900D 65cv del año 1999

    • Supervisor Itv
      7 mayo, 2018

      Buenos días, el límite de opacidad para tu vehículo viene en el vano motor, dentro de un recuadro negro viene el valor límite.
      Saludos.

    • Jose
      9 mayo, 2018

      excepto que no tenga dicha etiqueta

      • Jose
        20 mayo, 2018

        al Experto, en un periodico de mi ciudad, hoy ponen esto:
        «Será obligatorio presentar el seguro y, si hay segunda inspección, la factura que justifique dónde se arreglaron los defectos»
        no puede ser cierto verdad? uno mismo es libre de reparar su vehiculo

      • Supervisor Itv
        22 mayo, 2018

        Buenos días Jose, si, es cierto, con la entrada del nuevo Decreto ahora para pasar la ITV es obligatorio tener el seguro en vigor. Lo de llevar el seguro es por si existe algún tipo de problema de conexión con la DGT, o existe algún dato identificativo erróneo, para poder justificar que tienes el seguro en vigor.
        La factura del taller también es una de las modificaciones, tienes que llevar la factura, si no la llevas se tendrá que indicar en el informe autoreparación, ya que uno mismo puede reparar algunas partes de su vehículo, como es lógico.
        Saludos.

    • Mario
      17 mayo, 2021

      SI tienes la pegatina lo que diga la pegatina, si no la tienes al ser diesel atmosferico se te aplicara 2.5 de maxima!

  • Cris88
    20 abril, 2018

    No acabo de pasar la ITV por la emisión de humos. Mi duda es, el fabricante de mi vehículo dice que el máximo de revoluciones es 4000. El técnico de la ITV ha revolucionado el vehículo hasta 6000 rpm siete veces. ¿Es normal? ¿Puedo reclamar? Qué procedimiento debo seguir? Lógicamente, tengo que volver, si que no quisiera tener más problemas con ellos. ¿Puedo solicitar que respeten las indicaciones del fabricante? ¿Cómo podría hacerlo? Gracias!

    • Supervisor Itv
      23 abril, 2018

      Buenos días, en el procedimiento de la prueba de opacidad de un vehículo diésel indica que durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión, la velocidad especificada por el fabricante, o el máximo régimen de giro alcanzado.
      Si el fabricante indica que la prueba es a 4.000 r.p.m. el inspector debería de realizar la prueba a esas r.p.m..
      Mi recomendación es que vuelvas a la Estación ITV y hables con el Director, Técnico o Supervisor, y le comentes que la prueba de opacidad que se realizó en la ITV fue realizada incorrectamente, porque el fabricante indica unas r.p.m. y se realizó por encima de estas.
      Solo por curiosidad, ¿como sabes que r.p.m. indica el fabricante? Te ,lo pregunto porque te lo van a preguntar allí, lo tendrás que justificar, porque en la mayoría de los casos los fabricantes no dan estas referencias y en ITV casi siempre se realiza estas pruebas con acelerador a fondo.
      Saludos y ya nos cuentas.

      • Jose
        23 abril, 2018

        el límite debería ser el rojo del cuentavueltas no? y creo que la prueba siempre se pasa al rojo

      • Cris88
        24 abril, 2018

        Muchas gracias por la respuesta. Hablé con mi taller y me dijeron eso. Les preguntaré para poder especificar bien en la itv. Además me dijeron que era una locura llevarlo 6000rpm. Ya os contaré!

    • Supervisor Itv
      7 mayo, 2018

      Buenos días, el Manual de Procedimientos indica esto para el procedimiento del ensayo:

      «Durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión, la velocidad especificada por el fabricante, o el máximo régimen de giro alcanzado.»

      Por lo que si existen especificaciones del fabricante (yo en muy pocos casos la he visto) se realizará la prueba a las r.p.m. que indique el fabricante. Para los demás casos la prueba es con acelerador a fondo, en menos de un segundo y sin violencia (algo muy difícil de controlar ya que cada vehículo tiene una aceleración muy diferente).
      Saludos.

  • Camino
    10 abril, 2018

    Buenas tardes. El coche está al día en mantenimiento. Por ciudad casi no rueda. Antes de pasar la ITV rodó 32 km entre 3000 y 4000 rpm ( ya me habían avisado para los humos) y aun así no pasa. No se si pedirle a peugeot pegatina con niveles más altos…En serio, ya no sé qué hacer para pasar la ITV

    • Jose
      22 abril, 2018

      Aún no has respondido si tienes etiqueta o no, de tenerla te van a aplicar lo que ponga dicha pegatina. Mejor no tenerla casi seguro. Pregunta en otra estación cuales son los niveles max de opacidad de tu coche y obra en consecuencia.

  • Camino
    5 abril, 2018

    Hola. Vengo de pasar la itv. Peugeot del 2003 diésel. Gases 1.30. Desfavorable. Límite 0,52. ¿qué puedo hacer? El del taller todavía está flipando. Se supone que el nivel debería ser 3.0 por el año de matriculación.

    • Jose
      7 abril, 2018

      ¿tenias etiqueta opacidad? de ser así, es lo que marque la etiqueta.
      Yo he visto peugeot 307 del año 2005 diesel con 2.5 de opacidad en etiqueta

    • Supervisor Itv
      9 abril, 2018

      Buenos días, como te comenta Jose el valor límite es lo que marque la etiqueta de opacidad, que en tu modelo viene en el vano motor.
      Poner el coche a punto, buen mantenimiento, y un buen uso de el vehículo son las claves para no contaminar, si el vehículo solo se utiliza en bajas marchas por población tiene muy complicado pasar este tipo de pruebas.
      Saludos.

  • Jose
    27 febrero, 2018

    que pasaria si el vehiculo no tiene operativo el conector OBD?

    • Supervisor Itv
      1 marzo, 2018

      Buenas tardes, pues si obligan en el futuro a inspeccionar a través del OBD será desfavorable al no tener acceso a la CPU del vehículo (todo esto es una suposición porque a día de hoy no es defecto), lo que si te puede ocurrir es que si tienes algún testigo encendido como el testigo de Airbag, o el testigo MIL, si en el taller no te lo pueden apagar por no tener operativo el OBD será desfavorable el vehículo.
      Saludos.

      • Jose
        2 marzo, 2018

        Me refiero a operativo entre comillas, … Y por otro lado, existe el grave riesgo de equivocacion en la configuración de la máquina de diagnosis, es fácil confundirse en el tipo de motor por ejemplo, etc… ¿qué ocurriria si en una estación ocurre esto y te desconfiguran la cpu del coche? Ya he visto en talleres liarla parda con esta maquinita.
        Lo tengo claro hasta que no sea defecto, para la itv mi conector obd…

  • Paco Ramírez
    20 enero, 2018

    Buenas noches, mi consulta es si mi coche está matriculado en septiembre del 2005 y con categoría Euro4 que tendría que hacer para que la itv y la dgt me reconozca el derecho a tener la pegatina para poder circular por Barcelona cuando se aplique la norma de contaminación.
    Ya que según la ley emitida en el boe no va relacionado a la fecha de matriculación sino a el nivel euro de emisiones.
    Gracias y un saludo.

    • Itvcitaprevia
      20 enero, 2018

      Es posible que la respuesta la tengas aquí.

    • Mario
      17 mayo, 2021

      Vete a Correos y lleva los papeles del coche y el DNI y te daran el distintivo por 5€

  • Juan
    10 enero, 2018

    «CAMBIO MUY IMPORTANTE. También se elimina el defecto leve y grave por no tener la placa indicativa del coeficiente de absorción declarado por el fabricante.
    En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicará los valores límites establecidos dependiendo del motor.»

    ¿Puede decirme en que documento oficial figura esta modificación?
    Gracias

  • Manu
    27 diciembre, 2017

    Una cuestión… tengo una Citroen c15 del año 1989, en perfectas condiciones… tiene una pegatina que pone 2,1… ¿qué significa? y por cierto.. ¿qué normativa se aplica a los vehículos anteriores a 1980?

  • Ramón
    16 diciembre, 2017

    Tengo Peugeot 307 2.0D HDI del 2004 no supero las pruebas de humos, según la información que posen los talleres, para todos, el limite de mi coche, debería ser 2,5, y en la inspección se fijaron en la etiqueta, y pone 0,5, si yo me hubiera presentado sin etiqueta, abría pasado las pruebas; eso me da mi pensar, que no tienen una linea de pruebas exactas, dando a la gente buscar la trampa, ya que aquí se confirma tal procedimiento.
    Entonces si todos los talleres, posén una información que desconozco su procedencia (Industria,trafico,fabricantes,Itv…….) y ustedes en el momento de inspeccionar no la poseen, como pueden verificar la autencidad de la inspección.
    Yo donde recurro para que me certifiquen la inspección correcta, y que limite debe llevar mi vehículo.

  • Alex Gallardo
    15 diciembre, 2017

    Soy de Iquique y nos llegan vehículos usados , tengo un Mitsubishi delica 98 y no pase los gases la exigencia también se da para vehículos de este año , la normativa japonesa es más alta que 0.70 y el vehículo trabaja con ese índice de opacidad que podemos hacer aquí los vehículos no están pasando la norma incluso realizando calibración y limpieza de bomba inyectoras

  • Alvaro
    27 noviembre, 2017

    Según entiendo, la prueba de humos tienen que hacerla 3 veces ¿mínimo?.
    El otro dia me echaron para atrás el coche, por humos. Solo probaron una vez y me «aconsejaron» solucionar «pedal de freno esponjoso» pero no lo apuntaron. El frenómetro daba correctamente.
    Lo de aconsejaron es decirlo suavemente, porque el tío que me atendió mas bien me lo exigia para poder volver.
    En el taller el coche lo ven bien, el freno igual. Pastillas, discos y purgado de frenos hace poco. El pedal no se hunde hasta el fondo y mientras el coche en el taller comprobándolo y sin poder conducir.

    • Alvaro
      4 diciembre, 2017

      Me autorespondo, tras dar un poco de caña en rpm al coche.
      Prueba de humos pasada.
      Malas formas aun así en el ITV, buscaré otra cercana la próxima vez.

  • Jose Luis
    11 noviembre, 2017

    Tengo 2 preguntas. 1ª El anterior año paso bien la ITV. en la hoja de inspeccion
    pone. Ciclos:0,00m-1. Opacidad0,00m-1 .Este año pone Ciclos:2,19m-1.Opacidad:2,19m-1- Valor placa fabricante:1,00m-1 y no ha pasado. Imagino que es
    por la nueva normativa. la 2ªpregunta es: como dá 2,19 y no sale pese a dar acelerones hasta llevarlo a 5.000 revoluciones y no se ve salir humo ni blanco ni negro. El coche es un Audi A-3: 2.0 TDI del año 2004

  • Jose Luis
    7 noviembre, 2017

    No he pasado la ITV por opacidad en gases (es un diésel). Me han dado dos meses para poder pasar otra revisión. Me han dicho también que no puedo circular con el coche. ¿Hay también margen para poderme desplazar a un taller para su arreglo? O lo tengo que llevar a cuestas.

    • Itvcitaprevia
      7 noviembre, 2017

      No hay un margen, simplemente puedes circular con el coche para ir al taller (lo más pronto posible) y una vez arreglado, del taller a la ITV.

  • Jose
    6 noviembre, 2017

    Bueno bueno, ayer lei en un diario que en 2018 nos van a conectar el coche a la terminal de la itv por el conector de diagnostico, esto ya ye la repera.Espero que se lo piensen bien, porque aqui si que la pueden liar parda, una erronea configuracion del dispositivo de la terminal, la pue liar bien

    • Supervisor Itv
      6 noviembre, 2017

      Buenas tardes Jose, si, seguramente para Mayo o así, todavía no está confirmada la fecha, estamos esperando la publicación del BOE, se comenzará una inspección electrónica, para ver el estado de los sistemas de retención, errores de código motor, etc… es una de las novedades para modernizar la inspección, desde hace años los vehículos tienen mucha electrónica y en ITV solo se inspecciona la instalación física, el estado de los cables, pero no el estado y modificación de parámetros tan importantes como la desactivación de los airbag, que es un sistema importantísimo y que a día de hoy muchos usuarios lo tienen desactivado, algunos lo saben y otros no.
      Cuando haya novedades os iremos informando desde esta página.
      Saludos.

  • Dani
    23 octubre, 2017

    Hola, muchas gracias por la valiosa información que proporcionáis en la web. Respecto a los datos de opacidad, ¿sabe alguien si disponen las ITV de un listado con los datos de opacidad para cada vehículo o dependen de lo que aparezca en la placa? En el supuesto de que exista el listado, ¿se puede consultar en algún punto de la web del ministerio?
    Un saludo

    • Supervisor Itv
      25 octubre, 2017

      Buenas tardes, el Ministerio que yo conozca no tiene un listado de valores límites de emisiones. Cada ITV en cambio, puede recopilar datos de los fabricantes, por lo que no te puedo asegurar si disponen de dicho listado. Lo normal es que el inspector mire la etiqueta del vehículo y lo aplique, sobretodo en las marcas que el valor está contenido en la placa del fabricante.
      Saludos.

  • Leticia
    20 octubre, 2017

    Tengo una duda con un vehículo Hyundai Getz 1.5 Diesel de 2004.
    ¿Cuales son los niveles admisibles cara a ITV que puede alcanzar en las emisiones en Opacidad actualmente?
    Entiendo que 2,5 m-1, pero ¿pueden en la ITV declarar desfavorable 1,3?
    En una ITV del norte de España acaban de hacerlo.

    • Supervisor Itv
      22 octubre, 2017

      Buenas tardes, si te han dado la inspección como desfavorable con ese valor es porque es el límite para tu vehículo.
      Ese valor está indicado en la placa del fabricante o en la etiqueta de emisiones que indica el fabricante como límite para tu vehículo.
      Saludos.

      • Leticia
        23 octubre, 2017

        El vehículo Hyundai Getz 1.5 (diesel) de 2004 no tiene pegatina. Según ustedes dicen en el foro ¿No se debe de aplicar entonces el valor genérico de 2.5 m-1 como valor máximo permitido?

    • Supervisor Itv
      25 octubre, 2017

      Buenas tardes, si no se tiene la etiqueta y la ITV no tiene el valor del fabricante se tiene que aplicar 2.5 m-1, es lo que indica el Manual de Procedimientos de ITV.
      En tu vehículo está la etiqueta en la cara interior del capó.
      Saludos.

  • Alberto
    13 octubre, 2017

    Hola. Con respecto a la normativa euro 3 o euro4.
    Mi coche es una Peugeot Partner 2.0 hdi , motor del tipo D-RHY, y está fabricado en Polonia al parecer, y toda la homologación de la ficha técnica es de Julio de 2005; Por otro lado la matriculación del vehículo del 30 diciembre 2005 igualmente.
    para solicitar la pegatina de la dgt de emisión de gases, llamo al concesionario Peugeot, y dando el número de bastidor o la matrícula no saben decirme si es euro 3 o euro 4. Me dice el chico que lo que pone en su programa es normativa L4.
    por otro lado en la ficha técnica no pone nada, sin embargo he consultado otros vehículos y si pone que es euro 2 en la ficha técnica.
    quisiera saber como puedo enterarme realmente, ya que de aquí a poco, en grandes ciudades y durante episodios de contaminación, no podran circular vehículos que sean euro3, con lo cual en caso de que fuera euro3 estaba pensando en venderla.
    Al mirar en páginas en la web unos ponen una cosa y otros otra.
    Que tengo que hacer para disponer de la pegatina de contamninación? Aquien compite darmela, a la itv o a la DGT, o que he de presentar??
    muchas gracias

    • Supervisor Itv
      13 octubre, 2017

      Buenas tardes, la pegatina de emisiones por lo que tengo entendido es competencia de la DGT, te puedo asegurar que competencia de la ITV no lo es.
      El tema del motor si es Euro 3 o Euro 4 te lo debería de asegurar mediante un certificado si hiciera falta el fabricante. De todas formas creo que cuando se solicita por el tipo de motor te lo dicen directamente a cual pertenece, yo no puedo asegurarte a cual pertenece porque es un vehículo importado y es posible que sea Euro 3, dudo que sea Euro 2 pero…
      Saludos.

  • Isra
    6 octubre, 2017

    Gracias por la información,entonces q valor seria? 2.5?

    • Supervisor Itv
      10 octubre, 2017

      Buenas tardes Isra, si el motor de tu vehículo es atmosférico sería 2.5 m-1 y si tiene turbo 3.0 m-1.
      Saludos.

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