Control opacidad diésel en ITV

18 votos, promedio: 3,39 de 518 votos, promedio: 3,39 de 518 votos, promedio: 3,39 de 518 votos, promedio: 3,39 de 518 votos, promedio: 3,39 de 5 18 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.es

Actualizado el 15 de septiembre de 2025

Normativa opacidad ITV 2025: Todo lo que necesitas saber sobre la prueba de emisiones diésel.
¿Qué límites de opacidad aplican según la normativa EURO de tu vehículo? ¿Cuándo es obligatoria la conexión OBD y qué defectos causan inspección desfavorable? ¿Qué pasa si tu coche diésel no supera los límites de humos? ¿Cómo funciona el testigo MIL y por qué puede rechazarte la ITV? ¿Es obligatorio tener la placa de opacidad del fabricante? Guía completa actualizada con los últimos cambios normativos.

¿Qué es la prueba de opacidad en vehículos diésel?

Prueba de opacidad de humos vehículos diésel. La medición de la opacidad de humos en vehículos equipados con motores de encendido por compresión (diésel) se realiza mediante el método de aceleración libre. La sonda conectada al tubo de escape es la encargada de medir el coeficiente de absorción durante los ciclos de aceleración.

Cambios importantes en los últimos años: Lo más destacado es el acceso a los datos de la centralita mediante el puerto OBD del coche. Además, si detectan que se han borrado códigos de error relacionados con el sistema de control de emisiones del vehículo, lo considerarán como defecto grave e inspección desfavorable. Esta medida se aplica únicamente a los vehículos pesados EURO VI.

Normativa en vigor desde el 10/09/2018

Opacidad ITV

Desde comienzos del año 2018, la manera de controlar las emisiones, y en particular la opacidad en el caso de los vehículos diésel en la I.T.V. ha cambiado significativamente. Es muy probable que en un futuro cercano siga modificándose.

Razones de estos cambios:

  • Los vehículos cada vez tienen sistemas de control de emisiones más eficaces y complicados, todo regulado mediante la centralita
  • Cada vez equipan más componentes para reducir sus emisiones
  • Las exigencias sobre contaminación de vehículos, especialmente diésel, son cada vez más estrictas en las grandes ciudades

Importante: Para los coches más antiguos, estas modificaciones no les afectan o son mínimas. Sin embargo, para los más modernos, los cambios sí son importantes.

Tipos de pruebas según la edad del vehículo

Las pruebas pueden ser diferentes dependiendo principalmente de la edad del vehículo a inspeccionar:

  • Vehículos anteriores a los años 80: No se realiza ningún tipo de prueba de humos
  • Vehículos EURO 5 (sólo M1 y N1), EURO 6 y EURO VI: Se conectarán al puerto OBD. Esta medida es de aplicación desde septiembre de 2018
Precisión importante (Octubre 2019): En cuanto a los EURO 5, únicamente se conectarán mediante OBD a los de categorías M1 y N1.
Actualización (Octubre 2019): Ya no es defecto el borrado de DTC. Seguirá siendo defecto sólo en el caso de vehículos pesados EURO VI, que podrán ser graves o leves.

Pruebas de opacidad de vehículos diésel en la ITV

Aplicabilidad: Estas pruebas de emisiones se harán a vehículos diésel matriculados a partir del 01/01/80. Los matriculados antes de esa fecha están exentos.

Uso del puerto OBD: A partir del 10/09/2018, en los vehículos EURO 5 (desde 01/10/2019 sólo M1 y N1), EURO 6 y EURO VI se utilizará el puerto OBD para la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones. Cualquier error en la lectura o código de fallo de la centralita (a partir de octubre 2019 sólo a los pesados EURO VI) será considerado como defecto grave y por tanto inspección desfavorable.

Métodos de medición

¿Qué es el control de humos en aceleración libre?
Consiste en acelerar a fondo con rapidez y continuidad, para conseguir el máximo caudal de combustible y régimen.

¿Cómo se mide la opacidad en los diésel?
La medición de la opacidad de los gases de escape se efectúa acelerando el motor en vacío (motor desembragado y pasando de la velocidad de ralentí a la velocidad de desconexión).

Condiciones del coche para medir emisiones de opacidad ITV

Para poder realizar la prueba de emisiones, el vehículo debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Se comprobará visualmente el sistema de escape para comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no tiene fugas
  • Cuando sea posible, se realizará una inspección visual del equipo de control de emisiones a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas
  • Se comprobará que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas adecuadas, comprobables visualmente
  • Todos los equipos que consuman energía (luces, aire acondicionado, luneta térmica, etc.) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático
  • En el caso de vehículos híbridos se utilizará el protocolo de encendido del motor de combustión establecido por el fabricante
  • El indicador MIL se apaga tras el chequeo del sistema. Esta comprobación debe realizarse sólo a vehículos matriculados a partir del 01/01/2008

Importante desde el 10/09/2018: Si hay que hacer la lectura de OBD y se detectan defectos asociados al sistema de emisiones, ya no se realizará la prueba de medida física de emisiones.

NOTA: Las estaciones no podrán almacenar datos relacionados con DTC controlados por el fabricante. Esta información es propiedad del fabricante del vehículo y por tanto es confidencial.

Precauciones previas prueba opacidad

Preacondicionamiento del vehículo:

  1. Los vehículos podrán ser sometidos a ensayo sin preacondicionamiento, aunque por razones de seguridad debe comprobarse que el motor esté caliente y en condiciones mecánicas satisfactorias.
  2. No se rechazará ningún vehículo a menos que haya sido preacondicionado de conformidad con los requisitos que se detallan a continuación:
    • Motor caliente: El motor deberá estar caliente (desde 08/2017 se elimina la palabra «totalmente»). La temperatura del aceite del motor medida mediante sonda introducida en el tubo de la varilla de nivel de aceite debe ser como mínimo de 80 grados centígrados, o a la temperatura normal de funcionamiento si es inferior. Si no es posible esta medición, la temperatura normal de funcionamiento del motor podrá ser determinada por otros medios, como el funcionamiento del ventilador del motor.
    • Purga del tubo de escape: El tubo de escape deberá ser purgado mediante un mínimo de tres ciclos de aceleración en vacío o un método equivalente, comprobándose que la velocidad de desconexión no sobrepasa el límite de la zona de peligro indicado en el taquímetro del vehículo o los valores establecidos por el fabricante.

Pasos para realizar el ensayo de opacidad de humos del escape

Procedimiento de ensayo:

  1. Inspección visual del equipo de control de emisiones instalado por el fabricante a fin de comprobar que está completo y en estado satisfactorio y que no presenta fugas.
  2. El motor, y cualquier turbocompresor incorporado, debe estar al ralentí antes de que comience cada ciclo de aceleración en vacío. En el caso de los motores diésel de gran potencia, esto significa esperar al menos 10 segundos después de soltar el acelerador.
  3. Para comenzar cada ciclo de aceleración en vacío, el acelerador debe apretarse a fondo con rapidez y continuidad (en menos de un segundo), a fin de obtener el máximo paso de la bomba de inyección.
  4. Durante cada ciclo de aceleración en vacío, el motor debe alcanzar la velocidad de desconexión o la velocidad especificada por el fabricante. En autobuses, autocares y vehículos de mercancías de MMA T 3.500 kg debe ser de, al menos, dos segundos.
  5. La sonda para la toma de muestras deberá situarse centrada en el tubo de escape o, en su caso, en su prolongación, y en una sección donde la distribución del humo sea aproximadamente uniforme.
  6. A los efectos exclusivos de adquisición de datos de este ensayo, podrá emplearse una herramienta de lectura de diagnóstico de abordo (DAB) en los vehículos equipados con este sistema.

Límite opacidad ITV diésel

Valores límite de humos en los diésel – Límite opacidad ITV 2025.

REGLA GENERAL: El nivel de opacidad no debe ser superior al registrado en la placa obligatoria del fabricante.

Cuando no se disponga de este dato o no está disponible para el modelo/versión del vehículo, no se podrán superar los límites siguientes para el coeficiente máximo de absorción:

  • Vehículos con motor diésel de aspiración natural matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 2,5 m-1
  • Vehículos con motor diésel sobrealimentados matriculados por primera vez antes del 01/07/2008: 3,0 m–1
  • Vehículos con niveles de emisión EURO 4, EURO IV, EURO 5 y EURO V, o matriculados después del 01/07/2008: 1,5 m-1
  • Vehículos con niveles de emisión EURO 6 y EURO VI: 0,7 m-1

Exenciones: Estas disposiciones no serán aplicables a los vehículos matriculados o puestos en circulación por primera vez antes del 1 de enero de 1980.

Criterios de aceptación y rechazo

  • Los vehículos serán rechazados únicamente cuando la media aritmética de al menos tres ciclos de aceleración en vacío sea superior al valor límite
  • Se podrá no tener en cuenta toda medición que se desvíe sustancialmente de la media medida
  • El número máximo de ciclos a realizar será de ocho
  • Para evitar ensayos innecesarios, se podrán rechazar vehículos que presenten valores superiores al 50% de los valores límite después de menos de tres ciclos
  • Igualmente, se podrán aceptar vehículos que presenten valores inferiores a los valores límite después de menos de tres ciclos

Cambio importante sobre la placa del fabricante

Modificación desde el 1/08/2017: El punto sobre la obligación de tener la placa de fabricante se modifica:

ANTES: A partir del 20 de Mayo del 2017 será defecto leve no disponer de la placa. A partir del 20 de Mayo de 2018 será defecto grave no disponer de la placa.

MODIFICADO A: En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicarán los valores límites establecidos dependiendo del motor. (En definitiva, que el hecho de no tener la placa no es causa de rechazo en la ITV).

Defectos ITV opacidad

A continuación se explica cómo interpretará la ITV cada defecto que pueden encontrar en el vehículo cuando pasa la prueba de emisiones contaminantes, opacidad en los vehículos diésel.

Aspectos importantes: Tienen en cuenta si está encendido el testigo MIL que sería defecto grave, y hasta los posibles fallos en centralita. Estos últimos, al inicio de su aplicación eran considerados como leves, pero a partir de septiembre 2018 ya son graves y por tanto ITV desfavorable por gases diésel. Incluso, si detectan que se ha borrado un código de error de la centralita, será también defecto grave.

Excepciones y puntualizaciones posteriores

  • Desde el 13/12/2018, se hace una especificación en cuanto al borrado de DTC, ya que podrán ser considerados leves en una segunda inspección, si se presenta informe del taller que indique que no es posible su borrado.
  • Desde el 01/10/19, y esta es importante. Únicamente se considera defecto el borrado DTC, en los vehículos pesados EURO VI, cuando antes se aplicaba a todos los que estaban obligados a la lectura a través del puerto OBD. Por lo tanto, se libran los turismos euro 5 y 6.

Tabla defectos emisiones diésel

Tabla interpretación defectos prueba emisiones vehículos diésel Cat. M, N y O
DESCRIPCIÓN DEFECTODLDGDMG
Condiciones del vehículo inadecuadas para el ensayo.X
Indicador MIL encendido.X
Emisiones con nivel de coeficiente de absorción superior a lo permitido.X
Desde el 10/09/2018 vehículos Euro 5 (sólo M1 y N1) y Euro 6: Conexión OBD no es accesible o no operativa.X
Desde el 10/09/2018. Defectos por lectura mediante puerto OBD
Testigo MIL encendidoX
DTC confirmados y/o permanentes.X
Sólo EURO VI(**), distancia o tiempo desde borrado de DTC inferior a 1h. ó 1km.X*X
Sólo EURO VI(**), ni distancia ni tiempo desde borrado de DTC están disponibles.X
Distancia o tiempo desde activación de MIL es superior a 1km/1h.con lectura de OBD MIL offX*X
Ni distancia ni tiempo desde la activación de MIL están disponiblesX
* Sólo podrá ponerse defecto leve en los casos de vehículos con inspección desfavorable, en los que en segunda inspección se presente la declaración de taller que exprese que verificado el vehículo identificado con su VIN, no es posible restituir los valores del mismo para eliminar el defecto. Dicha declaración deberá incluir la fecha de verificación y la identificación de la herramienta de lectura del diagnóstico de abordo empleada en la misma.
** EURO VI se refiere a vehículos pesados (añadido y en vigor desde el 01/10/2019).
DL: Defecto Leve
DG: Defecto Grave
DMG: Defecto Muy Grave

Ejemplos de lectura OBD emisiones ITV

A continuación se muestran ejemplos del resultado de una inspección con conexión al puerto ODB del vehículo.

Primer caso: No se obtendrían defectos con resultado de prueba superada. Se proseguiría con la prueba tradicional de emisiones por tubo de escape.

Segundo caso: La diagnosis indicaría defectos, por lo tanto prueba no superada e inspección desfavorable. En este caso ya no se haría la prueba de gases física.

Aclaración: Se trata sólo de un ejemplo. Los datos contenidos en las tablas no son reales.

Ejemplo de lectura OBD en ITV superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido# Encendido
Prueba OBD y MIL motor arrancado# Apagado
Inspección visual con el motor encendido# Apagado
Códigos listos ECU: 9E9Todos los test del sistema realizados
Asistido01101100100
Finalizado00000000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error0
Distancia recorrida desde borrado de errores23455 km
Tiempo desde borrado errores45345 min
Protocolo OBD: CAN (ISO 12235)
RESULTADOSUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.
Ejemplo de lectura OBD en ITV no superada
Luz de diagnóstico del motor
Inspección MIL visual, ignición encendido# Apagado
Prueba OBD y MIL motor arrancado# Encendido
Inspección visual con el motor encendido# Encendido
Códigos listos ECU: 9E9Todos los test del sistema NO realizados
Asistido01101100100
Finalizado00010000000
Código de error sobre emisiones
Nº de códigos de error2
Cylinder 2 Misfire DetectedP0302
Cylinder 4 Misfire DetectedP0304
Potocolo OBD: CAN (ISO 13235)
RESULTADONO SUPERADA
Datos ficticios a modo de ejemplo.

Cambios en normativa ITV opacidad coches

RESUMEN PARA USUARIOS – Lo que realmente necesitas saber

¿Tu vehículo está afectado por los nuevos controles?

  • Si tu diésel es de antes de 1980: Sin pruebas de humos
  • Si es EURO 5 (turismo): Control OBD desde 2018, pero sin penalización por borrado de códigos
  • Si es EURO 6 (turismo): Control OBD desde 2018, pero sin penalización por borrado de códigos
  • Si es EURO VI (vehículo pesado): Control OBD desde 2018, SÍ penalización por borrado de códigos

Cambios que te benefician:

  • Desde agosto 2017: Ya no es obligatorio tener la placa de emisiones del fabricante
  • Desde octubre 2019: Los turismos EURO 5 y 6 ya no tienen penalización por códigos borrados

Lo que siempre debes revisar antes de la ITV:

  • El testigo MIL (luz de fallo motor) debe funcionar correctamente
  • No debe quedarse encendido con el motor en marcha
  • Si tu vehículo es de 2008 o posterior, es obligatorio que se encienda al dar contacto y se apague al arrancar

Conología técnica detallada

Información técnica precisa. Es más complicada de entender pero necesaria para garantizar la exactitud normativa.

CAMBIOS OCTUBRE 2019 (más detalles en el artículo):

  • Desde el 01/10/2019: Se especifica en el caso de los vehículos EURO 5, sólo se conectará a la entrada OBD a los de las categorías M1 y N1.
  • IMPORTANTE. Solo serán considerados como defectos el borrado de códigos de error de la centralita, en los vehículos pesados EURO VI. Anteriormente también eran defecto para los EURO 5 Y 6 (tanto turismos como camiones).

Cambios DICIEMBRE 2018:

  • Desde el 13 diciembre 2018: Se podrá considerar defecto leve en código de error OBD si se presenta en segunda inspección un informe de taller que verifique imposibilidad de borrar el código error.
  • En los vehículos pesados EURO VI solamente se revisarán las emisiones mediante el puerto OBD. Por lo tanto, no se inspeccionará físicamente por el tubo de escape.
Anteriormente, desde el lunes 10 de Septiembre de 2018, a los turismos y vehículos ligeros con categoría de emisiones Euro 5 y Euro 6 y los vehículos pesados EURO VI.
A estos vehículos, previamente a la prueba física de emisiones por el tupo de escape, se le realizará, a través de la conexión OBD (sistema de diagnóstico de a bordo), una prueba para detectar irregularidades y códigos de error.
Por norma general los vehículos con norma EURO 5 son todos los turismos y vehículos comerciales hasta 1.305 kg fabricados a partir del año 2011, y 2012 hasta los 2.610 kg.
Norma EURO 6. Lo mismo pero a partir del año 2015.
La norma EURO VI es para los vehículos pesados a partir del año 2013.Ante la duda de si tu vehículo entra dentro de estas nuevas pruebas de emisiones ITV, revisa la documentación o contacta con el fabricante (concesionario).
Desplegar para VER DETALLE TÉCNICO COMPLETO DE TODAS LAS MODIFICACIONES

ÚLTIMA MODIFICACIÓN octubre 2019

Desde el 01/10/19, última modificación del Manual de Procedimientos ITV. Aquí mencionamos los cambios que afectan a la prueba de emisiones (opacidad) en los vehículos diésel:

  • En los casos en los que el vehículo está obligado a ser conectado al puerto OBD para la prueba de emisiones.
    • Ya no se considera defecto el borrado DTC para vehículos euro 5 y 6. Se mantienen los defectos para los vehículos pesados EURO VI, que serán graves o leves según el tiempo o distancia desde su borrado.

Cambios diciembre 2018

Cambio que ha sufrido la normativa de la ITV en cuanto a la prueba de emisiones vehículos diésel que serán de aplicación desde el 13/12/2018.
Nueva especificación de códigos de error OBD que podrán ser considerados leves en una segunda inspección si se presenta informe del taller. Básicamente, la declaración de taller debe verificar que no ha sido posible eliminar el código del defecto. Anteriormente no había esta posibilidad.

Septiembre 2018

Cambios que se aplicaron desde el mes de septiembre del 2018.

  • A partir del 10/09/2018. Los vehículos con categoría de emisiones EURO 5 y 6, y EURO VI, en la prueba de emisiones, se utilizará la lectura del diagnóstico a bordo de emisiones (EOBD / WWHOBD4), más conocida como OBD (On Board Diagnostic).

Cambios febrero 2018

Actualización que entró en vigor el 01/02/2018.

  • Con respecto al testigo MIL, únicamente serán rechazados los vehículos posteriores a 2008 que tengan encendido el testigo.
  • 19/02/2018 Rectificación:
    Testigo MIL, vehículos a partir del 2008 es obligatorio el chequeo, si este no se produce automáticamente es desfavorable por Testigo MIL y condiciones inadecuadas para el ensayo de Emisiones Contaminantes.
  • Vehículos anteriores al 2008, no se le hace chequeo para el testigo MIL, pero si el testigo se encuentra encendido con el motor arrancado es defecto grave.Más información sobre el testigo MIL en la ITV o comúnmente conocido como «chivato fallo motor».

Cambios agosto 2017

Los siguientes cambios en la normativa emisiones opacidad diésel serán de aplicación desde el el 1/08/2017.

  • Se elimina en el párrafo del ciclo de aceleración en vacío (aunque no con violencia).
  • Dentro del método de medición se especifican que todos los equipos que consuman energía (aire acondicionado, luces, etc…) estarán desactivados, excepto las luces de encendido automático.
  • CAMBIO MUY IMPORTANTE. Se especifica que respecto al indicador MIL, se debe verificar que el testigo se apaga tras el chequeo del sistema.
    Concretamos cómo se realiza el chequeo.

    • El chequeo es visual.
    • Se para el motor del vehículo.
    • Se acciona el contacto.
    • Se observa que se enciende el testigo MIL y que al arrancar el vehículo éste se apaga.
    • Añadimos, pese a que no afecta a esta sección, que el mismo procedimiento se seguirá para el testigo del Airbag.
    • Si no se enciende un testigo de los dispositivos obligatorios directamente sería defecto grave, lo mismo pasaría si el testigo sigue encendido después de arrancar el vehículo.

CAMBIO MUY IMPORTANTE. También se elimina el defecto leve y grave por no tener la placa indicativa del coeficiente de absorción declarado por el fabricante.
En los vehículos que no se encuentre esta placa se le aplicará los valores límites establecidos dependiendo del motor.
En este caso, se rectifica (una medida que a nuestro entender era absurda) la anterior modificación del 2016 que imponía tener la placa de emisiones del vehículo, más concretamente decía, que a partir del 20 de Mayo del 2017 sería defecto leve no disponer de la placa y a partir del 20 de Mayo de 2018 sería considerado como defecto grave no tener la placa.

Cambios 2016

Desde el 1 de Noviembre 2016 modificación del Manual de Procedimientos en lo que respecta a la prueba de emisiones:

    1. Sección I Apartado 5.2:
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: Condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
      Sección I Apartado 5.3:
  • Aclaración criterio de aceptación a fin de evitar ensayos innecesarios (eliminación de mención a ciclos de purga).
  • Eliminación nota 1 sobre valor de placa, exigiendo que sea inferior a los valores del resto de apartados.
  • Eliminación nota aclaratoria sobre criterio de aceptación en relación con rango de calibración del opacímetro.
  • Exigencia de que el vehículo tenga el indicador MIL apagado como condición para efectuar la prueba. Especificación del defecto 1: condiciones inadecuadas para el ensayo si el indicador MIL está encendido (defecto 1.1)
  • Introducción defecto 4: sobre lectura DAB.

En definitiva, lo más importante es que si el testigo MIL (diagnóstico de emisiones contaminantes) del vehículo está encendido se considera como inspección desfavorable y no se realiza la prueba de emisiones.

Modificaciones normativa julio 2016

Desde Julio 2016 el límite de las emisiones es el que dicta el fabricante, para todos los vehículos diésel. Se añade (editado en el artículo) que para los motores Euro VI y posteriores el valor es 0,7.
A partir de septiembre 2017 los vehículos nuevos homologarán las cifras de consumo y emisiones con unas pruebas más realistas que las actuales.


CONCLUSIONES CLAVE

Buenas noticias para la mayoría de usuarios:

  • La placa de emisiones ya no es obligatoria (desde 2017)
  • Los turismos EURO 5 y 6 tienen menos restricciones que los vehículos pesados
  • Solo los vehículos pesados EURO VI tienen penalizaciones estrictas por códigos borrados

Lo único que siempre debes verificar:

  • Testigo MIL funcionando correctamente
  • Límites de opacidad según tu categoría EURO
  • Sistema de escape en buen estado

Nota importante: Si tienes dudas sobre la categoría EURO de tu vehículo, consúltalo en la documentación del vehículo o contacta con el concesionario.

Normativas aplicables

La inspección de Control opacidad diésel en ITV está regulada por las siguientes normativas:

Reglamento General de Vehículos, Art. 11.19

Directiva 1999/52/CE

Directiva 2003/27/CE

Directiva 72/306/CEE

Conozca a los Autores del Contenido

Este contenido ha sido elaborado por expertos en ITV y redacción, garantizando información veraz, actualizada y conforme a las normativas vigentes.

Foto de Juan Carlos Seoane

Juan Carlos Seoane - Redactor especializado en Mecánica

Experto en redacción y mecánica con estudios superiores de mecánica y electricidad de vehículos. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles.

En los últimos 15 años, se ha dedicado a divulgar la Inspección Técnica de Vehículos para el público general a través de internet.

LinkedIn
Foto de José Antonio Benitez

José Antonio Benitez - Experto en ITV

Técnico Superior en Automoción y Técnico en Electromecánica de Vehículos, con experiencia como Mecánico Inspector de ITV.

Supervisor en ITV con formación profesional en Inspección Técnica de Vehículos.

Amplios conocimientos sobre el Manual de Procedimiento de Inspección, el Reglamento General de Vehículos y la Legislación vigente en ITV.

LinkedIn

Hay 375 comentarios sobre Control opacidad diésel en ITV

  • Daniel
    17 septiembre, 2025

    Buenas tardes

    Mi coche es un Chevrolet, matriculado en 2013. Motor diesel. Según la normativa el límite máximo de opacidad en la prueba de gases es 1,5……bien pues ayer mismo en la ITV me salió desfavorable habiendo dado 1.1…….alguien me lo explica? Según el técnico de la ITV el máximo es 0,5…..o es así o me ha engañado o lo que es peor, no tiene ni puñetera idea. Me pasó en la ITV de Ciudad del Automóvil, Leganés, Madrid.

    • Juan Carlos Seoane
      17 septiembre, 2025

      El nivel de opacidad no debe ser superior al registrado en la placa obligatoria del fabricante.

  • Pepe
    9 septiembre, 2025

    Sobre el tema de las emisiones, sí un motor diesel se utiliza normalmente en ciudad, acumula y emite más emisiones que si circula por carretera en un régimen alto. Que acumule ciertos contaminantes, en las mediciones de la ITV, no significa que contamine más. Entre otros valores a tener en cuenta, si lo que nos preocupa es el medio ambiente ?. No es lo mismo hacer 3.000 km al año, que 30.000. Respecto al tipo de conducción, si existe diferencia entre circular tramos cortos o largos, no es ningún fallo del motor, es algo intrínseco a su funcionamiento y a las necesidades del usuario. Por todo ello desde mi humilde opinión la prueba de opacidad que realizan las ITV, no tiene sentido tal como está planteada y no reporta ningún beneficio a nadie. Beneficio honesto, me refiero. Gracias por la información publicada en este post.

  • Antonio
    21 abril, 2024

    sencillamente: NO HAY DERECHO, a que en un pais que se pretende moderno y democratico, se organice TAL PIFOSTIO por la pretendida contaminacion de los vehiculos…ni por nada, por supuesto..Todo esto es consecuencia de una HIPERTROFIA VERGONZANTE DE GENTE EN LA ADMINISTRACION… A causa de ello, y a fin de justificar esos puestos de gente TOTALMENTE INECESARIA , se complican artificialmente NORMAs que deberian estar claras y pristinas, y que no tienen por que tener ese grado de complicacion, asi pueS…FUERA LAS AUTONOMIAS…FUERA LAS COMPLICACIONES ADMINISTRATIVAS….FUERA LEYES ABSURDAS………TENGAMOS UN PAIS CENTRALIZADO, QUE, SI EN 1975 tenia unos 800.000 servidores publicos, traspolando hoy en dia, y SIN TENER EN CUENTA la mejora de los procesos ofimaticos, no deberia pasa rde 1.300.000 servidores publicos…Y POLITICASTROS…TENEMOS MAS QUE ALEMANIA CON 80.000.000 DE habitantes….Ya esta bien de jetas investidos de la DIGNIDAD DE SERVIDOR PUBLICO……..A ver si va a haber que hacer como POL-POT (CON PERDON)…o sea ..MANDARLOS TODOS AL CAMPO A PLANTAR PATATAS. Ya esta bien de alimentar vagos caraduras, que ademas impiden trabajar al que desarrolla una actividad util a la sociedad……….

    • Pepe
      9 septiembre, 2025

      Estoy de acuerdo! Dar trabajo no está mal, que tipo de trabajo, es otra cosa.

  • Jorge
    29 diciembre, 2022

    Mi vehículo es una Renault Kangoo 1,9 diésel del año 2001.
    Dado que por fecha de matrícula no le corresponde etiqueta ambiental por que la DGT considera que es un vehículo muy contaminante, ¿para que sirve la ITV si la opacidad registrada, para asombro del técnico que la camprobó, es de 0,07 m-1?¿Por qué no puedo entrar con mi furgoneta en ZBE? Por que no podré entrar y salir de mi domicilio con mi furgoneta opacidad real 0,07 m-1 y si podré entrar y salir compro un vehículo de 2ª mano norma Euro 6 que contamine 0,7 m-1 (10 veces más) ¿por qué me obligan a cambiar de coche por antigüedad si el mio contamina 20 veces menos que uno con etiqueta C? Por qué no dan la etiqueta en función del resultado de análisis de opacidad en la propia ITV?

    • Gabriel
      14 febrero, 2024

      Porque todo esto esto no es mas que un gran negocio. ¿Cómo te van a vender un coche nuevo si sigues conduciendo uno con 15 o 20 o 25 años? Tendrán que ponerte trabas y normas para obligarte a cambiarlo, ¿no? Por qué si no, si el tuyo esta cuidado y contamina menos, y lo puedes demostrar, ¿por qué ibas a cambiarlo? Todo esto es una gran mamarrachada orquestada por gente que no sabe ni lo que legisla. Personas que usan coches oficiales y tienen sueldos con los pueden comprar coches nuevos cada año. Gente que vive en otro nivel de la realidad. Esto es irrefutable.

  • Eduardo
    9 diciembre, 2022

    Hola, tengo un Ibiza Diésel del 2009 y me están aplicando limite de opacidad 0.6 con lo que ya no he pasado las dos veces que he ido…yo diría que debe ser 1.5 de límite o incluso más…
    Tampoco en la prueba veo hayan comprobado la temperatura del aceite y otros que parece deben comprobar.
    Donde se puede ver esto legalmente?.
    Gracias

  • Amtonio
    7 febrero, 2022

    Hola.quisiera saber si el limite de opacidad en un diesel con turbo del año 2003 es de 1.2 como pone em la placa de fabricación o de 3 por antiguedad del coche?
    Un saludo

Danos tu valoración

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas 18 Reseñas | Valoración por los usuarios itvcitaprevia.esCargando...
itvcitaprevia.es te informa que los datos como el nombre y dirección de correo electrónico que añades para envíar un comentario, son exclusivamente para el correcto funcionamiento del sistema de comentarios y, en su caso, evitar el SPAM. No son cedidos a terceros.
Deja tu comentario
He leído y acepto la política de privacidad.

Publicar comentario
Es posible que tu comentario no tenga respuesta de nuestros expertos.
Solicitar soporte
Podrás adjuntar documentación, fotos. Un Agente experto la estudiará y te dará una respuesta totalmente privada en 24 horas.

¿Quieres que te ayude uno de nuestros expertos?

Por tan solo 15€, uno de nuestros expertos revisará tu caso y en 24/48h tendrás la ayuda que necesitas.

He leído y acepto la política de privacidad.