Normativa sobre los neumáticos en la Inspección Técnica de Vehículos. Equivalencia neumáticos, ¿Pasaré la ITV con los neumáticos si son diferentes o están gastados? ¿Qué profundidad mínima debe tener un neumático en la ITV? ¿Qué requisitos ITV deben cumplir los neumáticos de invierno? ¿Comprueban el índice velocidad o carga?
A continuación hablaremos sobre los neumáticos en la ITV. Describiremos el proceso que se sigue en la Inspección Técnica de Vehículos para comprobarlos, qué requisitos deben tener, tipo de defectos y por qué motivos relacionados con los neumáticos nos pueden echar para atrás, por poner un ejemplo, la equivalencia.
Esperemos resolver todas las dudas. En vigor a partir del 01/10/2019.
Siguiendo está guía evitarás que tu vehículo sea rechazado en la ITV por los neumáticos. Detallamos, punto por punto, lo más destacado del proceso de inspección, pero siempre teniendo en cuenta que los procesos pueden ser más exhaustivos que los indicados aquí.
El artículo está estructurado en 3 secciones principales que son: especificaciones generales del neumático, cómo es el proceso de inspección de los neumáticos y por último, la interpretación de cada defecto que puede ser leve, grave o muy grave.
CAMBIOS PARA OCTUBRE 2019: Se añade que los neumáticos del mismo eje, a parte de otras consideraciones, tienen que ser de la misma marca.
El neumático en la ITV, especificaciones generales
Los vehículos de motor, remolques, y semirremolques deben tener sus ruedas provistas de neumáticos (nuevos o recauchutados) con dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura y que esté en unas condiciones mínimas de utilización.
- Los neumáticos tienen que estar homologados.
- Las dimensiones, características y configuración serán las previstas por el fabricante en la homologación del vehículo o sus equivalentes.
Equivalencia de neumáticos en ITV
Describimos los requisitos para que un neumático sea equivalente al pasar la Inspección Periódica al vehículo.
Qué equivalencia de neumático podemos montar en nuestro vehículo es una duda muy común. A veces queremos montarlos de diferente medida porque la medida original tiene un coste elevado y queremos cambiar a una medida más económica, o a veces por simple estética.
En cualquier caso, es importante conocer las condiciones que debe tener el neumático equivalente con respecto al de origen. Algunas son evidentes, pero hay otras que se nos pueden pasar por alto, y ser motivo de rechazo en la inspección.
Se entiende por neumáticos equivalentes aquellos que cumplen con los siguientes requisitos:
- El índice de capacidad de carga es igual o superior a los mínimos indicados en la Tarjeta ITV (Ficha Técnica) o en su homologación de tipo.
- La categoría de velocidad es igual o superior a los mínimos indicados en la Ficha Técnica o en su homologación de tipo.
- Igual diámetro exterior, con una tolerancia de ± 3%.
- Que el perfil de llanta de montaje corresponda al neumático.
No se admite la sustitución de neumáticos cuando esta implique un riesgo de interferir con otras partes del vehículo.
Los neumáticos de los vehículos de las categorías M, N y O, deben tener dibujo en las ranuras principales de la banda de rodadura y, en el caso de los de las categorías M1, N1, O1 y O2 esta profundidad será como mínimo de 1,6 mm, y deben tener indicadores de desgaste.
EXCEPCIONES.
- Los vehículos históricos equipados originalmente con neumáticos o cubiertas de otros tipos que, cuando eran nuevos tenían ranuras de una profundidad inferior a 1,6 mm, podrán utilizar estos en condiciones excepcionales en la vía pública cuando se determine reglamentariamente.
- En el caso de que el índice de capacidad de carga no conste en la Tarjeta ITV ni en la homologación de tipo, se deducirá de la masa técnica máxima autorizada (MTMA) por eje señalada en la Ficha Técnica del vehículo (los neumáticos homologados según Directiva 92/23/CEE, con marcado ZR, pueden no disponer de índice de carga).
- En el caso de que el índice de velocidad no conste en la Ficha Técnica del vehículo, se comprobará que la velocidad capaz de soportar el neumático es superior a la velocidad máxima capaz de alcanzar el vehículo, tal y como figure en las especificaciones técnicas de este último.
En caso de no conocer estas especificaciones, como mínimo deberá tener un código de velocidad Q para una velocidad de 160 Km/h para los vehículos M1 y N1 de forma análoga al criterio de neumáticos M&S y POR que tienen que tener una velocidad máxima prevista no inferior a 160 Km/h y una etiqueta de advertencia de velocidad máxima. - Para vehículos de otras categorías, en los mismos casos, como mínimo deben tener una categoría de velocidad mínima según el cuadro siguiente:
Categoría vehículo Categoría mínima de velocidad N2, N3 K M2, M3 L O1, O2 J O3, 04 G
Homologar neumáticos no equivalentes
¿Vas a cambiar los neumáticos de tu vehículo por otros que no son los equivalentes? A continuación, detallamos lo que dice la normativa en este caso.
Cuándo se considera Reforma en lo que respecta a los neumáticos.
Definición y descripción de la Reforma.
- Definición: La sustitución de neumáticos incluidos en la homologación de tipo del vehículo por otros que NO cumplan los siguientes criterios de equivalencia:
- Índice de capacidad de carga igual o superior.
- Código de categoría de velocidad igual o superior.
- Igual diámetro exterior con una tolerancia de ± 3 %.
- Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
- Descripción:
- Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y características previstas por el fabricante en la homologación del vehículo o sus equivalentes.
No se considerará Reforma al cambiar la medida de neumático
Vamos a ver algunos casos por los que, pese a cambiar el tipo o medida del neumático, no será necesario la tramitación de una Reforma.
- En el caso de que el neumático sea diferente al homologado, pero es equivalente. Para comprobar si es equivalente, pueden utilizarse diversas tablas y documentaciones donde aparecen los datos más significativos, por ejemplo, neumáticos clasificados por su diámetro exterior de diseño según normas ETRTO, Reglamentos 30, 54, 75, 106, etc.
- El cambio de algún neumático de los homologados, por otro que no cumpla con la totalidad de los criterios, está claro que se considera reforma.
Pero, si cumple con todos los criterios, los neumáticos son equivalentes y por lo tanto no se trata de una reforma de importancia. Este caso no está sujeto a la reforma 45, pero, la nueva medida, debe ser anotada en el Informe de inspección periódica. - La utilización de neumáticos M+S, MS o M&S en las condiciones reglamentarias establecidas en el Manual de Procedimientos de Inspección no se considerará reforma.
- Los neumáticos homologados según directiva 92/23/CEE con marcado ZR, pueden no disponer de índice de carga, por lo que no se tendrá en cuenta el correspondiente criterio de equivalencia.
- El cambio de neumáticos no se podrá realizar cuando implique riesgo de interferencias con otras partes del vehículo.
- Esta reforma obliga a la incorporación de protección lateral, sistema antiproyección y protección trasera para vehículos que en la fecha de matriculación no está obligatoria la incorporación de estos dispositivos, aunque la reforma no afecte a estos Actos.
- En el caso de que se pongan neumáticos NO equivalentes, pero éstos están incluidos en la homologación de tipo del vehículo, siempre y cuando no se vea afectado ningún otro Criterio de Reforma, sólo se tramitará a través de una diligencia administrativa mediante anotación en la Tarjeta ITV, sin ser considerado como reforma y por tanto, no siendo exigible la incorporación de protección lateral, sistema antiproyección, ni adecuación de la protección posterior.
Conoce qué miran en la ITV, a parte de los neumáticos, para no tener problemas a la hora de pasar la inspección periódica.
Neumáticos de nieve
Los neumáticos especiales de nieve deben estar marcados con la inscripción M+S, MS o M&S y deben tener una categoría de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 160 km/h. Si la velocidad máxima del vehículo es superior a esta deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo.
Neumáticos todo terreno profesional.
En el caso de los vehículos equipados con neumáticos todo terreno de uso profesional «Professional Off Road» (marcado POR), si la velocidad máxima del vehículo es superior a la del índice de velocidad de los neumáticos montados, deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo, de forma permanente.
Incluso si los neumáticos son técnicamente “idénticos”, los neumáticos M+S, MS o M&S (categoría de neumáticos de nieve) y los neumáticos POR (Off-Road Profesional) pertenecen a dos tipos diferentes. Por lo tanto, no se pueden mezclar en el mismo eje.
El reesculturado de los neumáticos sólo está permitido en vehículos de más de 3.500 kg de MMA. y marcados con la palabra REGROOVABLE o el símbolo Ω.
Índice de velocidad
La categoría de velocidad (más conocido como “índice de velocidad“) de un neumático, expresada mediante el símbolo que figura en la tabla que se incluye a continuación, indica:
- Para un neumático de vehículo turismo, la máxima velocidad que el neumático puede soportar.
- Para un neumático de vehículo comercial, la velocidad a la cual el neumático puede llevar la masa correspondiente al índice de capacidad de carga.
Cat. velocidad | km/h. | Cat. velocidad | km/h. | Cat. velocidad | km/h. |
---|---|---|---|---|---|
L | 120 | M | 130 | N | 140 |
P | 150 | Q | 160 | R | 170 |
S | 180 | T | 190 | U | 200 |
H | 210 | V | 240 | W | 270 |
Y | 300 | ZR | >240 | (Y) | >300 |
Los neumáticos con las letras “V” o “Z” situadas dentro de la designación del tamaño del neumático, delante de las indicaciones de la estructura del mismo, son adecuados para velocidades máximas superiores a 240 km/h. |
Índice de carga
El índice de capacidad de carga (ICG) de un neumático, indica la carga que puede soportar el neumático en utilización simple, o simple y doble (en el caso de que aparezcan dos números), a la velocidad que corresponda a la categoría y cuando se utilice de conformidad con los requisitos de funcionamiento especificados por el fabricante.
Método de inspección ITV de los neumáticos
Ahora es el momento de detallar qué procedimiento se sigue en las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos para revisar los neumáticos.
Conociendo en qué aspectos del neumático se fijan cuando pasamos la inspección periódica, podremos prevenir que nuestro vehículo sea rechazado y evitar una segunda inspección, que conlleva desplazamientos y en algunos casos volver a pagar. Algunos puntos los podemos conocer, pero hay algunas características que necesitará el neumático para no ser rechazado, que nunca hemos oído.
No es el primero que después de cambiar los neumáticos, precisamente para la obligatoria inspección periódica, se encuentra con una inspección desfavorable, y todo porque no se fijó en el código de velocidad o el índice de carga del neumático, que como ya hemos comentado, debe ser igual o superior al de origen.
O también porque, cuando el inspector estaba en el foso, ha detectado que el neumático tenía una ampolla, que al ser en el lado interno, era complicado que lo detectáramos.
Bueno, y qué decir de ser rechazado por que el neumático que llevas montado no es el equivalente al de serie. Recuerda que uno de los requisitos es que su diámetro no puede tener una diferencia de ± 3%, a parte de índice velocidad, de carga,…
Básicamente se fijarán en:
- Las dimensiones y las características de los neumáticos:
- La marca de homologación.
- Las dimensiones deben ser iguales o equivalentes a las que aparecen en la tarjeta ITV o en la homologación del vehículo.
- EL índice de velocidad y de carga.
- Que los neumáticos del mismo eje sean del mismo tipo.
- Se refiere por mismo tipo a que no tengan entre sí diferencias en cuanto a:
- AÑADIDO EL 01/10/2019: Marca o denominación comercial.
- Designación del tamaño de los neumáticos.
- Símbolo de la categoría de velocidad.
- Categoría de utilización del neumático (normal, de nieve, de uso temporal, etc.).
- EL índice de capacidad de carga.
- Su estructura (neumático radial, diagonal, diagonal cinturado, autoportante).
- Se refiere por mismo tipo a que no tengan entre sí diferencias en cuanto a:
- En la profundidad del dibujo, mínimo 6 mm.
- Si hay desgaste irregular.
- Sin ampollas, deformaciones, roturas.
- Si se ven cables o grietas.
- Que los neumáticos unidireccionales estén correctamente montados.
- Los neumáticos FRT no están montados en ejes direccionales delanteros o motrices.
- Que el neumático no interferencia con otras partes del vehículo.
- Si los neumáticos han sido reesculturados, que vayan marcados con la palabra REGROOVABLE o el símbolo Ω.
- En el caso de que el coche equipe un sistema de control de la presión de aire de los neumáticos, mirarán que si hay fallos en chivato.
Defectos neumáticos en ITV
¿Cómo se valoran los defectos de los neumáticos a la hora de pasar la Inspección Técnica de Vehículos?
En la siguiente tabla puedes conocer qué defectos son considerados leves, graves o muy graves en lo que respecta a los neumáticos. Y como puedes comprobar, casi la totalidad son considerados como graves.
Descripción | DL | DG | DMG |
---|---|---|---|
La profundidad del dibujo inferior a 1,6 mm. | X | ||
El neumático está mal montado | X | ||
Algún neumático no tiene marca de homologación. | X | ||
Dimensiones, características o configuración no coincide en la homologación del vehículo o con sus equivalentes. | X | ||
Neumáticos de distinto tipo montados en el mismo eje. ¿Qué entiende la ITV por Tipo de neumático? | X | ||
La banda de rodadura tiene un desgaste irregular excesivo. | X | ||
Defectos de estado: ampollas, deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa en los flancos o de la banda de rodadura. – Si tiene peligro de reventón. | X | ||
X | |||
Tiene grietas, síntomas de rotura de la carcasa o se aprecian los cables. | X | ||
Reesculturado no autorizado. | X | ||
El neumático y la llanta no son compatibles | X | ||
Si lleva neumáticos de nieve o Todoterreno uso Profesional, y estos son inadecuados. – Si no tiene la etiqueta de advertencia de velocidad máxima. | X | ||
X | |||
El neumático interfiere con otras partes del vehículo. | X | ||
En el caso de equipar sistema de control de presión de aire, no funciona bien o no funciona. | X | ||
DL: Defecto Leve; DG: Defecto Grave; DMG: Defecto Muy Grave |
Hola, he adquirido un Toyota Auris 2.2 del 2007. Tiene puestas unas ruedas 225/45 R17 que son las que indica el fabricante y las que traía de serie. Sin embargo en la tarjeta de Inspección Técnica figura la medida 225/55R17, esta medida no es compatible con la que lleva¿Tendré problemas en la ITV? Gracias de antemano.
bueas nochaes.
Tengo un BMW 325xi de 2001 . los neumaticos tienen homologacion de velocidad W. Al cambiar los neumatiocs no encuentro ninguno de todo tiempo con esa homlogacion solo con homolagacio V.
Se peden instalar?
Hola.
Tengo un Opel frontera con los neumáticos en ficha 235/70/R15 105t y 245/70/16 107h alt.+8mm. ¿Que ruedas podría ponerle mixtas? Sin que me tire ITV? Actualmente tiene puestas las llantas de 16 y que significa alt + 8mm? Lo compré de segunda mano y no se que quiere decir eso. gracias
Hola Francisco, puedes montar cualquier neumático equivalente a esas dos medidas. Y + 8mm es la variación de altura al instalar los 245/70R16.
Saludos.
Hola. Tengo una vw transporter con neumáticos originales en la ficha técnica 215/65R16 106T. Tiene también homologados 235/55R17 pero aquí no me indica ningún índice de carga…puedo montar unos 235/55ZR17 103W ?
Gracias
si la carga es de 106 no le puedes poner unos inferiores a la homologada, tiene que ser superior
Hola Raquel, como bien te ha respondido Alberto, si no hay más medidas incluidas en la tarjeta técnica lo mínimo que puedes montar es “106T”.
Otra cosa es que en la ficha reducida de tu vehículo haya más medidas incluidas, puedes consultar al fabricante.
Saludos.
Mi coche tiene neumáticos según ficha técnica solo y exclusivamente 205/60 R16 92V, quiero poner neumáticos MS y me dicen en el taller de neumáticos que al tratarse de neumáticos MS es válido que monte 205/60 R16 96H, aunque sea distinto código de velocidad. ¿Es esto cierto? Gracias de antemano
Buenas noches Luis, puedes montar los neumáticos que has comentado si son M+S, eso si, tienes que colocar una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, en tu caso que indique 210 km/h.
Saludos.
Buenas tardes
No me queda claro si al montar neumáticos de invierno puedo reducir y cuánto el índice de velocidad.
Por ejemplo, si mi medida es 215/65 R16 98H, puedo montar 215/65 R16 103/100S o tendría que ser mínimo Y el índice de velocidad?
Buenas noches Iñigo, el mínimo índice de velocidad en neumáticos M+S que puedes montar en un turismo es “Q”.
Puedes montar los neumáticos que has comentado si son M+S, eso si, tienes que colocar una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, en tu caso que indique 180km/h.
Saludos.
Buenos días,
Mi vehiculo segun ficha tecnica, acepta 235/45/17 94Y, pero tambien incluye otra opción de homologación 235/45/17 93V. ¿ Puedo montar un neumatico 235/45/17 97W ?
Muchas gracias de antemano
Hola Jesús, si, porque la Normativa indica que puedes montar el índice de carga y velocidad igual o superior al mínimo indicado en tarjeta técnica o en ficha reducida, por lo que puedes montarlos sin problema.
Saludos.
Buenas tardes;
Tengo una VW California Beach. Monta neumáticos 205/65R16 103T
Quiero montar la misma medida y codigo de carga, pero con indice de velocidad superior “H”
Es posible?
Gracias de antemano.
Hola Jose, si, puedes montar perfectamente unos neumáticos con índice de velocidad superior, por lo que no tendrás ningún problema.
Saludos.
Hola tengo un Peugeot 407 de año
2005 tiene los neumáticos 205/60R16 92H se puede montar 205/60/16 91V gracias
Hola Valentín, sería desfavorable por el índice de carga inferior, por lo que no pasaría la ITV favorable.
Saludos.
Hola tengo un nissan terrano 2 del 99 3 puertas en la ficha solo pone 235/75/15* los neumaticos que llevo son indice de carga 109 codigo velocidad T yo quiero ponerle unas Mud terrain porque voy por muy mal camino pero no encuentro de este codigo velocidad ni carga hay algunos que me han dicho que si lleva unos neumaticos POR professional off road puedo poner un indice mas bajo de carga y velocidad, si es asi querria saber hasta que código de carga y velocidad puedo poner sin tener problemas, y requisitos, si no se puede querria saber si acudo a un laboratorio puedo homologar indice de carga y velocidad mas bajo, un terrano no corre 190km ni de broma
Hola Toni, no te puedo responder si puedes montar esos neumáticos porque hay que consultar la ficha reducida, ya que no te indican el índice de carga y de velocidad mínimo que tienes que montar.
Puedes solicitar directamente al fabricante cual es el índice de carga y velocidad mínimo que tienes que montar.
Eso si, si nunca te ha dado problema al pasar con los “109 T” puedes montarlos en esos índices, porque me imagino que ITV cuando lo han consultado eran equivalentes.
Saludos.
Segun ficha técnica corresponden al vehiculo unos neumáticos de velocidad W. He montado unos neumáticos M+S pero con código de velocidad V, puedo tener problemas en la ITV?
Gracias
Hola Xavier, si le colocan la etiqueta de velocidad máxima de los neumáticos actuales en el parabrisas no, si no ponen la etiqueta será defecto leve pero pasaría la ITV, está permitido montar neumáticos de invierno reduciendo el índice de velocidad.
Saludos.